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FechaTítuloResumen
20-abr-2015AC, BDCEn el año 2008, se declaró inhábil a AC. Posteriormente, en el marco de la revisión de esa sentencia, se solicitó el cierre del expediente por considerar que ya no requería la protección judicial y que, eventualmente, de necesitar algún consejo jurídico, contaba con el apoyo de familiares abogados y escribanos.
18-may-2015LTEUn juzgado de primera instancia declaró la incapacidad absoluta de una persona que padecía esquizofrenia residual y debilidad mental. La curadora provisoria apeló la resolución y solicitó que se dicte un nuevo fallo acorde al nuevo marco legal del Código Civil y Comercial y se realice una interpretación restrictiva del grado de afectación de la capacidad jurídica de la actora.
27-may-2015Parra, Leonela AyelénEl tribunal oral había rechazado la solicitud de prisión domiciliaria efectuada por la imputada, madre de un niño discapacitado y embarazada al momento de la solicitud. En razón de ello, la defensa interpuso recurso de casación.
28-may-2015C, HMEl accionante solicitó la interdicción de su hermano, que padecía psicosis esquizofrénica crónica, con un grado de discapacidad laboral permanente del 100% de sus funciones intelectuales y, a la vez, se propuso como su curador definitivo. El juez de grado designó como Curadora ad-litem a la Curadora Oficial del Ministerio Público. Se realizaron los informes interdisciplinarios (de los cuales surgía que la persona no era autovalente, no podía administrar sus bienes ni realizar tareas remunerativas) y se escuchó en una audiencia al causante. La Curadora y la Asesora de incapaces solicitaron que se haga lugar a la demanda y se restrinja la capacidad de C. de la menor manera posible y se proceda a su revisión dentro de los tres años.
1-jun-2015NEP c. Universidad de La Matanza (PGN)Una persona con una discapacidad motriz se graduó como licenciado en educación física en una universidad. Al año siguiente intentó continuar sus estudios en la misma institución y obtener el título de profesor en educación física. La universidad negó el pedido sobre la base de que no reunía las condiciones físicas requeridas para la carrera. En consecuencia, inició una acción de amparo. Tanto en primera como en segunda instancia hicieron lugar al amparo y ordenaron la inscripción en la carrera. La demandada interpuso un recurso extraordinario federal. Ante su rechazo, interpuso un recurso de queja.
5-jun-2015K, MUn juez de primera instancia resolvió mantener la interdicción de MK. La letrada de la Unidad de Letrados para la Revisión de Sentencias que Restringen el Ejercicio de la Capacidad Jurídica y la Defensora de Menores e Incapaces de primera instancia apelaron la decisión. El recurso fue mantenido por la Defensora de Menores e Incapaces de segunda instancia. Entre sus fundamentos, sostuvieron que la sentencia contrariaba las disposiciones de la Ley de Salud Mental y de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
8-jun-2015IMM y otro c OSDELa madre de un niño con discapacidad solicitó en reiteradas oportunidades a una empresa de medicina prepaga distintas prestaciones prescriptas por su médico tratante. Ante la falta de respuesta de la empresa, inició una acción de amparo. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la acción. La demandada interpuso un recurso de apelación.
16-jun-2015P, A c. Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas DiscapacitadasLa accionante demandó al Servicio Nacional de Rehabilitación y a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas Discapacitadas para que brinde la cobertura total de las prestaciones que requería con motivo de su discapacidad. El juez de grado rechazó la acción. Contra dicha resolución, la parte actora interpuso recurso de apelación. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal hizo lugar a la impugnación. En consecuencia, condenó a la demandada a brindar la cobertura total de las prestaciones. El representante del Servicio Nacional de Rehabilitación dedujo recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja.
19-jun-2015B, LBEn este caso, en atención a lo dispuesto por el artículo 152 ter del Código Civil que establecía la revisión de las sentencias de inhabilitación o incapacidad, se requirió la evaluación interdisciplinaria de la persona. Del informe se desprendía que “…la Sra. B. no presenta[ba] signos de impulsividad ni agresividad, deambula[ba] por la vía pública por sus medios, sus necesidades personales [eran] suplidas por sí misma, sólo [requería] supervisión de un adulto responsable para ciertos aspectos como la manutención económica y el control de la toma de medicación. [Podía] dirigir su persona y se [encontraba] en condiciones de vivir sola y se halla[ba] en condiciones de realizar actividades laborales remuneradas aunque no de administrar un sueldo o beneficio previsional. No [podía] cumplir con indicaciones terapéuticas sin ser asistida o supervisada por un adulto responsable ni se halla[ba] en condiciones de firmar el consentimiento informado por la realización de estudios complementarios”.
16-jul-2015MVRLa Unidad de Letrados para la Revisión de Sentencias que restringen el Ejercicio de la Capacidad Jurídica apeló una sentencia que restringía la capacidad de una persona para emitir su voto en elecciones nacionales, provinciales y/o municipales.
25-ago-2015MC, GT c. Estado NacionalLa parte actora inició la acción de amparo con el objeto de se declare la inconstitucionalidad del inciso “e” del artículo 1° del decreto 432/97, reglamentario del artículo 9° de la ley 18.910, en cuanto exige a los extranjeros acreditar una residencia mínima y continua en el país de 20 años y que, como consecuencia de ello, se ordene al Estado Nacional que le otorgue de inmediato la pensión por discapacidad.
27-ago-2015BMD ( Causa Nº 5759 )Una mujer inició un juicio de insania de su tío, quien padecía de oligofrenia con incapacidad total y permanente del 86%.
1-sep-2015Gonzales Lluy y otros v. EcuadorTalía Gonzales Lluy tenía tres años cuando fue contagiada con el virus del VIH al recibir una transfusión de sangre a la que no se le habían realizado pruebas serológicas. La sangre provenía de un banco de sangre de la Cruz Roja de la provincia del Azuay y la transfusión fue realizada en una clínica privada. Para la época de los hechos, la Cruz Roja ecuatoriana tenía competencia exclusiva para administrar los bancos de sangre. Cuando la niña tenía cinco años fue inscripta en una escuela pública. Asistió a ese establecimiento durante dos meses hasta que el director –informado por una profesora sobre la enfermedad de la niña– dispuso su suspensión. El 8 de febrero de 2000, la madre de Talía presentó una acción de amparo ante el Tribunal Distrital en lo Contencioso Administrativo contra el Estado, el director de la escuela y la profesora. La acción fue declarada inadmisible por considerar que debían predominar los intereses colectivos del conglomerado estudiantil frente a los derechos y garantías individuales de Talía.
4-sep-2015LHEn un proceso de restricción de la capacidad, el juzgado de primera instancia ordenó la inscripción del nacimiento de la señora HL y declaró su incapacidad por padecer psicosis crónica y esquizofrenia. Además, designó a la Curadora Pública Oficial como curadora definitiva. Contra dicha resolución, la representante del Ministerio Público interpuso un recurso de apelación.
7-sep-2015CEAEn el marco de un juicio de restricción de la capacidad, el tribunal de primera instancia dejó sin efecto la interdicción de C. y declaró su capacidad plena. Sin embargo, estableció un sistema de apoyo tendiente a salvaguardar al causante. La Curadora Oficial y la Defensora Oficial interpusieron recursos de apelación.
21-sep-2015F v. AustriaLa presente comunicación fue iniciada por F, ciudadano austriaco invidente que dependía del transporte público para realizar sus actividades cotidianas, tanto para fines personales como profesionales. F utilizaba, sobre todo, una de las líneas de tranvía de la ciudad de Linz, que estaba gestionada por una empresa estatal encargada de todo el transporte público de la zona. En marzo de 2004, la empresa comenzó a equipar las paradas de tranvía con sistemas de audio digital que reproducían el texto escrito de los paneles de información digital al pulsar un botón de un transmisor portátil. Posteriormente, se amplió el recorrido de la línea que utilizaba el peticionario. Sin embargo, no se instaló el sistema de audio digital en ninguna de las paradas nuevas. Tras el intento frustrado de dar solución al problema mediante un procedimiento de conciliación –como exigía la Ley Federal de Igualdad de las Personas con Discapacidad–, F interpuso una demanda ante el Tribunal de Distrito en la que denunció que había sido objeto de discriminación indirecta. El tribunal resolvió que la falta de un sistema de audio digital no constituía una barrera de comunicación equivalente a una violación de la prohibición de discriminar. Como consecuencia de ello, desestimó la demanda.
22-sep-2015A, CE y A, YEn el marco de un proceso judicial en el que se había declarado el estado de desamparo y adoptabilidad de un niño con discapacidad, la directora del Hogar donde el niño se alojaba solicitó que se la designe como tutora provisoria a fin de que el niño pueda obtener el Certificado Único de Discapacidad (CUD), tramitar una pensión por invalidez y la afiliación a la cobertura social. El Juzgado de Menores de Corrientes resolvió otorgar la tutela especial solicitada, en los términos del artículo 109 inciso g) del Código Civil y Comercial de la Nación, exclusivamente a los fines de la obtención del CUD y tramitación, percepción y administración de la pensión del niño.
oct-2015Prisión domiciliariaJurisprudencia sobre prisión domiciliaria
7-oct-2015JLEn este caso, se dictó una resolución de revisión de una sentencia que había restringido la capacidad de una persona en 1998, mantuvo los alcances de la sentencia original y rechazó el requerimiento de la Curadora Oficial de designar a la Unidad de Letrados para la Revisión de las Sentencias que restringen la Capacidad Jurídica. La Curadora Oficial y la Defensora de Menores e Incapaces interpusieron un recurso de apelación por considerar que la resolución recurrida era una clara intromisión del Poder Judicial en el ámbito del Ministerio Público y porque el juez de grado debió haber ordenado la intervención de la unidad de letrados.
14-oct-2015MIEl médico de un niño con discapacidad, a los fines de contar con un lenguaje alternativo y favorecer su rehabilitación, solicitó la utilización de una tablet para su tratamiento. Sus padres solicitaron a la obra social la compra del dispositivo. Ante la negativa, iniciaron una acción de amparo y solicitaron una medida cautelar. El juzgado de primera instancia hizo lugar a lo solicitado, lo cual fue confirmado por segunda instancia. En consecuencia, la demandada interpuso un recurso de apelación.