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FechaTítuloResumen
24-may-2016Stancatti, OscarPersonal de inspección sanitaria abrió una encomienda remitida en un transporte de larga distancia. Así, se encontró un paquete con 800 grs. de marihuana. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó al imputado por el delito de transporte de estupefacientes. Posteriormente, la Cámara Federal de Casación Penal anuló todo lo actuado por considerar inválida la apertura de encomienda sin la debida intervención de autoridad jurisdiccional. Contra esa resolución la fiscalía interpuso un recurso extraordinario federal que denegado motivó la presentación de un recurso de queja.
31-may-2016Gómez y otro (causa Nº 6587)Un policía realizaba tareas de prevención cuando advirtió que dos hombres intercambiaban un objeto en el interior de un vehículo. Por ese hecho, se estacionó detrás del rodado e hizo sonar la sirena. En ese instante, quien se encontraba del lado del acompañante, intentó descender y emprender la huida. Sin embargo, fue detenido. Una vez identificados, se procedió a la requisa. Fue así que se hallaron cien pastillas de éxtasis, dinero, chips de celulares, marihuana, LSD, y tarjetas de ingreso a fiestas electrónicas y pulseras a boliches bailables. Ante esas circunstancias, dada la gran cantidad de material estupefaciente, se dispuso el allanamiento de las moradas de los dos hombres. En ese procedimiento, secuestraron más de 1500 pastillas, 2 envoltorios de nylon con sustancia similar al clorhidrato de cocaína y 2 frascos de marihuana. Asimismo, se encontraron balanzas y cuadernos con anotaciones. Además, se advirtió una suerte de laboratorio en la morada por lo que se procedió a su franjado a la espera del arribo de personal especializado en la materia. De esa manera, los dos hombres fueron procesados con prisión preventiva en calidad de coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso ideal con el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de autor material.
3-jun-2016LEE y otros (causa N° 990000095)Una persona se encontraba en el Aeropuerto de Ezeiza con el objeto de viajar a la ciudad Barcelona. En el marco de los controles rutinarios, personal policial halló 1485 gramos de cocaína en el interior de su valija. Por tal razón, se procedió a su detención. En oportunidad de prestar declaración indagatoria, solicitó declarar en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. En particular, explicó que el viaje con estupefacientes constituía una operación realizada junto a la Administración para el Control de Drogas (DEA). Así, denunció una organización criminal integrada por varias personas que reclutaba gente para realizar viajes con droga al exterior. En tal sentido, refirió que se había involucrado en esa banda con el propósito de descubrir la conexión colombiana en España y aportó los datos personales de quienes le habían entregado la valija con la droga, los pasajes y el dinero de viáticos. La información fue corroborada y, como consecuencia de los datos aportados, se identificó y detuvo a tres personas. En su alegato, la defensa consideró que su asistido debía ser eximido de pena en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. Por su parte, la fiscalía consideró la actuación del imputado en base a esa normativa y propuso la imposición de una pena de tres años de prisión en suspenso.
15-jul-2016RNR (causa N° 52000853)Dos personas que se encontraban a bordo de un vehículo fueron interceptadas por personal policial en la vía pública. Una de ellas descendió del rodado y huyó. Del interior del auto se secuestró droga, por lo que el conductor fue detenido. Por tal razón, se le imputó el delito de transporte de estupefacientes. Al momento de prestar declaración indagatoria, el imputado suministró información de la persona que se había fugado y que, según explicó, lo había contratado para la comisión del hecho que se le atribuía. En consecuencia, el juzgado procedió a su detención. Sin embargo, no dispuso ninguna medida para identificar a otras personas. Elevadas las actuaciones a juicio, el Tribunal Oral consideró que el imputado había declarado como arrepentido en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737 y lo condenó a la pena de tres años de prisión en suspenso. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, entendió que los datos aportados por el imputado no resultaban suficientes para “desbaratar” una banda dedicada al narcotráfico y que, por tal razón, se le había aplicado el instituto de manera incorrecta.
12-ago-2016PSF (causa N° 990000219)Una persona se encontraba imputada por el delito de contrabando de estupefacientes. En la etapa de juicio, solicitó prestar declaración en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. En esa oportunidad, aportó los datos de la persona que le había entregado la droga. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Posteriormente, se dispuso el reconocimiento, la detención y el procesamiento del sujeto señalado. Por tal razón, su defensa interpuso un recurso de revisión. En particular, tuvo en consideración los avances en la investigación logrados como consecuencia de los datos aportados de su asistido y, en esa línea, entendió que le correspondía una reducción del monto de su pena.
16-ago-2016FJL (causa N° 9536)Una mujer se encontraba imputada por el delito de contrabando de estupefacientes tentado. En el marco de su declaración indagatoria, manifestó que había sido amenazada y coaccionada para transportar la droga. En tal sentido, individualizó a varias de las personas involucradas en la maniobra. A partir de los datos aportados, se dispuso una serie de medidas de investigación. Durante el debate, la defensa consideró que correspondía una reducción en la pena que le cabría a su asistida. En tal sentido, indicó que, aunque todavía no se había dictado el procesamiento de ninguna persona, la información aportada por su asistida era relevante en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737.
2-sep-2016Caballero Trinidad, JuanEn el marco de una investigación iniciada por la presunta infracción de la ley 23.737, el juzgado de primera instancia instruyó la causa sin que mediara requerimiento fiscal. Asimismo, dispuso la intervención de varios teléfonos con escasa fundamentación de las medidas y sin correr vista al acusador público. A partir de la información obtenida de las intervenciones telefónicas, el personal de Gendarmería interceptó un automóvil en un control vehicular, lo requisó y secuestró cocaína del interior del baúl. El representante del Ministerio Público sólo intervino para requerir la elevación de la causa a juicio. En el juicio oral, el fiscal solicitó la pena de siete años de prisión para uno de los imputados y seis años y seis meses de prisión para el otro por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el concurso de tres o más personas. El Tribunal Oral condenó a los dos a la pena de siete años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes, sin aplicar la agravante solicitada. Para llegar esta decisión, tomó como pautas agravantes la pureza del material secuestrado y la modalidad de ocultamiento. Contra la sentencia condenatoria, la defensa interpuso recurso de casación.
26-sep-2016Balali, Edgardo GabrielUna persona fue acusada por dos hechos vinculados con infracciones a la ley 23.737 por los que, finalmente, fue absuelto. En primer término, se le atribuía la tenencia simple de estupefacientes. El imputado Había sido detenido en la vía pública con quince envoltorios con cocaína y un cigarrillo de armado casero. Durante el debate, el representante del Ministerio Público Fiscal alegó que se trataba de un caso de tenencia para consumo personal y solicitó la desestimación de la acción penal. El Tribunal Oral –por aplicación de la doctrina del fallo “Tarifeño” de la CSJN– absolvió al imputado. En segundo lugar, se le atribuía el delito de transporte de estupefacientes. El proceso se inició por un control vehicular de un micro. En ese marco, uno de los policías reconoció entre los pasajeros –por sus antecedentes judiciales– a al imputado. Luego de hacer descender a todos los pasajeros del vehículo y solicitarles que retiren sus valijas, se requisó el equipaje de una adolescente que viajaba junto a él. Entonces, se secuestraron 584 gramos de marihuana. La defensa planteó, entre otras cuestiones, la nulidad del procedimiento. A tal fin, resaltó que no había mediado orden judicial para proceder a la detención y requisa de su asistido y que no concurrieron circunstancias que justificaran el actuar del personal policial en los términos del art. 230 del CPPN.
27-oct-2016Loyola, Sergio AlejandroLa Cámara Primera en lo Criminal de la provincia de Córdoba había rechazado el planteo de inconstitucionalidad de la escala prevista en el art. 5, inc. c) en función del art. 34 inc. 1º de la ley 23.737 deducido por la defensa. A su vez, declaró al imputado autor del delito de comercialización de estupefacientes y le impuso la pena de cuatro años de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de inconstitucionalidad.
2-nov-2016RGAEn ambos casos, la policía había constatado maniobras compatibles con la venta de estupefacientes y, en consecuencia, allanó dos domicilios. Sus habitantes fueron detenidos e imputados por el delito de comercialización de estupefacientes. En el primer caso, se secuestraron 7 gramos de cocaína, 23 de marihuana y la suma de $220. El Juzgado de Garantías convirtió en prisión preventiva la detención que se le había impuesto al imputado. En el segundo caso, se secuestraron 44 gramos de marihuana y 15 de cocaína, teléfonos celulares y la suma de $446. Al calificar este hecho, se aplicó la agravante prevista en el art. 11 inc. e), pues la vivienda allanada se encontraba en las inmediaciones de cuatro centros educativos/ asistenciales. La defensa solicitó, en este marco, la morigeración de la prisión preventiva. El tribunal oral rechazó el pedido. En los dos casos, la defensa interpuso recurso de apelación.
10-nov-2016MFBEn ambos casos, la policía había constatado maniobras compatibles con la venta de estupefacientes y, en consecuencia, allanó dos domicilios. Sus habitantes fueron detenidos e imputados por el delito de comercialización de estupefacientes. En el primer caso, se secuestraron 7 gramos de cocaína, 23 de marihuana y la suma de $220. El Juzgado de Garantías convirtió en prisión preventiva la detención que se le había impuesto al imputado. En el segundo caso, se secuestraron 44 gramos de marihuana y 15 de cocaína, teléfonos celulares y la suma de $446. Al calificar este hecho, se aplicó la agravante prevista en el art. 11 inc. e), pues la vivienda allanada se encontraba en las inmediaciones de cuatro centros educativos/ asistenciales. La defensa solicitó, en este marco, la morigeración de la prisión preventiva. El tribunal oral rechazó el pedido. En los dos casos, la defensa interpuso recurso de apelación.
30-nov-2016VMH (causa N° 1568)Una persona fue imputada como partícipe secundaria del delito de contrabando de estupefacientes destinados a su comercialización. Durante la sustanciación del proceso, aportó información de una persona que habría tenido un grado mayor de responsabilidad dentro de la organización. En oportunidad de celebrar un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía destacó la importancia de la información aportada por el imputado. En esa línea, consideró que, en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737, el nombrado podría ser eximido de pena.
26-dic-2016SCCL (causa N° 51004898)Una persona había sido imputada por la presunta comisión del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de tenencia con fines de comercialización. Durante el trámite de la causa, prestó declaración indagatoria en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de cuatro años de prisión. Posteriormente, se inició otro proceso penal y se dictaron una serie de medidas con el objeto de corroborar los datos aportados en carácter de arrepentido: se ordenó el allanamiento de diversos domicilios, se secuestraron estupefacientes y se detuvo a trece integrantes de una banda dedicada a su comercialización. Por tal motivo, la defensa interpuso un recurso de revisión. Entre sus argumentos, sostuvo que correspondía la revisión de la pena impuesta a su asistido. El fiscal dictaminó de manera favorable.
20-feb-2017Z, MHUna persona circulaba en automóvil por una ruta cuando fue detenida por la policía de la provincia de La Rioja para un control de rutina. El hombre fue reconocido por los agentes en virtud sus antecedentes penales por infracción a la ley de estupefacientes. Por tal razón, se requisó su vehículo. El perro de la fuerza de prevención reaccionó al pasar por el baúl del rodado, donde se encontraba ubicada la rueda de auxilio. Luego, se convocaron dos testigos que fueron llamados por teléfono y buscados en sus domicilios, alejados del lugar del hecho. Ambos pertenecían a la Agencia de Seguridad Vial de la provincia. El imputado fue conducido a una dependencia policial, mientras que los preventores y testigos se trasladaron a una gomería para la apertura de la rueda. Allí se hallaron 920 gramos de marihuana. En oportunidad de alegar, la defensa requirió la nulidad del procedimiento.
may-2017Probation (CFCP)Jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal sobre suspensión del juicio a prueba
2-jun-2017MFG (causa N° 16662)Una persona imputada por el delito de secuestro extorsivo doblemente agravado declaró como arrepentido, en los términos de la ley Nº 27.304. En esa línea, celebró un acuerdo de colaboración que fue homologado. En el documento, la fiscalía se comprometía a valorar la información aportada por el imputado al momento de formular su acusación y mensurar la pena que le correspondería. En el requerimiento de elevación a juicio, el representante del Ministerio Público Fiscal le atribuyó la misma calificación legal y grado de participación que a sus coimputados. Por tal razón, la defensa planteó la nulidad del requerimiento. En particular, sostuvo que la decisión de la fiscalía constituía un incumplimiento del acuerdo. El juzgado rechazó la presentación, lo que motivó la interposición de un recurso de apelación.
3-jul-2017PHD (causa N° 5722)Un hombre conducía un camión por una ruta de la provincia de Corrientes. Personal de la Gendarmería Nacional lo interceptó con el objeto de realizar un control rutinario y detectó irregularidades en su documentación. Luego de dar aviso al juzgado federal, se requisó el vehículo y se encontraron 8.443 kilogramos de marihuana. Por tal razón, fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes. Durante el debate, el imputado solicitó declarar en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. En esa oportunidad, individualizó a quien lo había contactado con las personas que prepararon la droga para su transporte. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de diez años de prisión. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, argumentó que el tribunal no había valorado la información aportada por su representado.
3-ago-2017GGAUna persona publicaba en la página de Facebook de su comercio productos relacionados con el cultivo de plantas de marihuana. Además, compartía recomendaciones que realizaban otros usuarios vinculados con la misma actividad. Esa conducta era repetida en la página web de su negocio y en su local comercial. Como consecuencia de eso se dispuso el allanamiento del lugar y se secuestraron elementos destinados al consumo de esa sustancia. El juzgado federal lo procesó por el delito de difusión e impartición pública de instrucciones acerca del uso de estupefacientes, en los términos de los artículos 12 y 28 de la Ley 23.737. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
29-ago-2017BW y otrosEl juez de instrucción procesó a un grupo de personas por comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas. Más tarde, el hecho fue calificado como “confabulación” por la Cámara de Apelaciones. Sin embargo, al requerir la elevación a juicio de la causa, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que se trataba de una tentativa de contrabando agravada por ser cometido por tres o más personas. Frente a este cambio de calificación, la defensa realizó un planteo de nulidad. El Juzgado no hizo lugar a la impugnación. Por ese motivo, interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que se había violado el principio de congruencia.
5-sep-2017DJM (causa N°74001771)Una persona fue imputada por el delito de tráfico de estupefacientes en las modalidades de tenencia con fines de comercialización y comercio agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada. Durante la etapa de instrucción, el imputado solicitó declarar en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. En dicha oportunidad, aportó información de distintas personas de la organización. El Tribunal Oral, finalmente, lo condenó a la pena de ocho años de prisión. Unos meses después de dictada la sentencia, y como consecuencia de las medidas de investigación realizadas a partir de los datos aportados por el imputado, se detuvo a cinco personas pertenecientes a una organización de tráfico de estupefacientes. Por esa razón, la defensa interpuso un recurso de revisión. En su presentación, solicitó que se redujera la pena impuesta a su asistido.