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18-oct-2022Valencia Campos y otros v. BoliviaUn grupo de personas asaltó un vehículo de seguridad privada con armas de fuego. Los hechos dieron lugar al inicio de una investigación penal. Unos días más tarde, el juzgado interviniente ordenó el allanamiento de varios domicilios con habilitación de horario nocturno. El operativo policial se llevó a cabo en horas de la madrugada, mientras algunos y algunas niños, niñas y adolescentes estaban presentes en los domicilios. Durante el allanamiento, los agentes policiales golpearon, amenazaron e insultaron a las personas presentes sin hacer distinciones entre los imputados y sus familiares. Además, algunas mujeres sufrieron actos de violencia sexual. La policía detuvo a varios de los sospechosos. Al día siguiente, a pesar de no existir una imputación formal contra los detenidos, se realizó una conferencia de prensa donde se los presentó como responsables del atraco. La conferencia tuvo fuerte impacto mediático y derivó en la estigmatización de los detenidos y sus familiares. Luego, algunos de los detenidos no fueron imputados y otros fueron absueltos.
29-nov-2016Valencia Hinojosa v. EcuadorEl señor Valencia Hinojosa pertenecía a la Policía Nacional de Ecuador. El 3 de diciembre de 1992 se encontraba con cuatro colegas en un lugar público ingiriendo bebidas alcohólicas. En ese contexto se produjo un altercado, por lo que un capitán de la policía los trasladó al cuartel, donde se le solicitó que entregara su arma. El nombrado se negó, efectuó cuatro disparos (con los que hirió al capitán y a un cabo) y se dio a la fuga. Unas horas después, falleció en el marco del operativo policial que se desplegó para detenerlo. A partir de ese suceso, se abrió un expediente en jurisdicción ordinaria con el objeto de investigar su muerte. Sin embargo, el trámite se remitió a la jurisdicción penal policial de Ecuador. Ese sistema de justicia estaba compuesto por el Distrito de la Policía, los Tribunales del Crimen de la Policía, las Cortes Superiores (conocidas como Cortes Distritales de Policía) y una Corte Suprema de Justicia de esa misma fuerza. Finalmente, se sobreseyó a los agentes investigados por considerar que Valencia Hinojosa se había suicidado. Dicho pronunciamiento fue confirmado por la Corte Distrital en marzo de 1997.
5-nov-2014Valencia, Fernando ReneEl juez de ejecución penal rechazó el pedido de libertad condicional formulado por al defensa.
18-dic-2014Valenzuela c. Naldo LombardiEl accionante compró una heladera no frost que tenía una garantía de fábrica de 12 meses y, además, adquirió una garantía extendida que comenzaría a operar una vez vencida la de fábrica. En el mes de diciembre de 2013 la heladera comenzó a fallar. Fue atendida en el servicio técnico oficial y, como la reparación no fue exitosa, la heladera fue retirada nuevamente el 8 de marzo de 2014 y desde ese entonces se encuentra en el taller del servicio técnico. En virtud de ello, la parte actora solicitó, como medida innovativa, la entrega de una nueva heladera. La jueza de grado rechazó la medida peticionada. Contra dicha decisión, el accionante interpuso recurso de apelación con base en que la medida solicitada no era una medida autosatisfactiva sino una innovativa como así también en que en el escrito inicial había aclarado que demandaría por daños y perjuicios. Asimismo, alegó que los derechos invocados atendían a razones de verdadera urgencia cuya finalidad es proteger a la parte débil de la relación de consumo y prevenir abusos en su perjuicio.
5-oct-2018Valiente (causa N° 13669)Una encomienda con treinta mil pastillas de éxtasis fue enviada desde España. El paquete fue retirado por un hombre, que fue detenido e imputado por el delito de contrabando de estupefacientes. Durante la etapa de instrucción, solicitó declarar como arrepentido. En dicha oportunidad, aportó los datos de la persona que le había solicitado que recibiera el envío a cambio de dinero. Entonces, suscribió un acuerdo de colaboración con el Ministerio Público Fiscal, que fue homologado por el juzgado. A partir de sus declaraciones, la persona fue detenida. Sin embargo, se demostró que no tenía vínculo alguno con el hecho y fue sobreseída. En consecuencia, Valiente fue procesado por proporcionar información falsa o inexacta de modo malicioso (cfr. art. 276 bis del Código Penal). Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó la inconstitucionalidad de la figura imputada por entender que afectaba la garantía que prohíbe la autoincriminación forzada.
20-jul-2020Valle Ambrosio y otro v. ArgentinaEl 23 de diciembre de 1997, la Cámara Novena del Crimen de Córdoba condenó a los peticionarios, Valle Ambrosio y Domínguez Linares, por la comisión de un delito de defraudación por administración fraudulenta calificada, en calidad de partícipes necesarios. Por tal motivo, se les impuso una pena de tres años y seis meses de prisión a cada uno. Contra esa resolución, la defensa de Domínguez Linares interpuso un recurso de casación. El 17 de diciembre de 1998, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba declaró inadmisible el recurso. El 5 de febrero de 1999, la defensa de Domínguez Linares interpuso un recurso extraordinario que también fue declarado inadmisible. Finalmente, el 21 de marzo de 2000, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de queja interpuesto por la defensa. El 19 de febrero de 1998, la defensa de Valle Ambrosio interpuso un recurso de casación contra la sentencia condenatoria. En primer lugar, alegó que se aplicó erróneamente la ley sustantiva. También cuestionó la determinación de la pena por entenderla excesiva y carente de motivación. El 17 de diciembre de 1998, la Sala Penal del TSJC declaró la inadmisibilidad del recurso de casación. Contra esa decisión, el 4 de febrero de 1999, la defensa interpuso un recurso extraordinario que fue declarado inadmisible el 16 de junio de 1999. Finalmente, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de queja el 21 de marzo de 2000.
13-mar-2015Vallejo, Hugo DomingoUna persona imputada como partícipe necesaria de la comisión del delito previsto en el art. 174 inc. 5 en relación con el 172 del CP solicitó la suspensión del juicio a prueba. Dicha petición obtuvo dictamen negativo del representante del Ministerio Público Fiscal.
20-oct-2015Vallejos Acosta, Julio Cesar (reg. Nº 575 causa Nº 40291)Un individuo fue condenado a una pena de prisión. Al cumplir el requisito temporal previsto en el artículo 13 del Código Penal, la defensa solicitó la libertad condicional. El representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó a favor de la concesión del instituto. Evaluó positivamente la conducta y concepto del condenado, que no tuviera sanciones disciplinarias y que se encontrara trabajando en la unidad. El Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, valoró de manera negativa sus antecedentes penales. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
3-nov-2021Vallejos Meneses (causa N° 60581)Luego de que una mujer le anunciara su pareja que quería poner fin a la relación, tuvo lugar una discusión. El 14 de octubre de 2015, la mujer fue entrevistada por la Brigada Móvil de Atención a las Víctimas del Ministerio de Justicia. En ese momento, manifestó que su ex pareja la había amenazado en reiteradas oportunidades y que la última vez había sido la semana anterior, cuando quiso separarse. El 15 de octubre, la mujer denunció en la Oficina de Violencia Doméstica que hacía dos días el hombre había abusado de ella, la había golpeado y amenazado. Esta situación dio lugar a un proceso penal. El hombre fue imputado por el delito de amenazas coactivas por los hechos presuntamente ocurridos el 13 de octubre de 2015. Con anterioridad al debate se realizaron múltiples diligencias para establecer el paradero de la denunciante. Sin embargo, ninguna medida tuvo éxito. El día del juicio, la mujer no compareció al tribunal. Por este motivo, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la incorporación de la declaración brindada por la mujer durante la instrucción. El tribunal interviniente hizo lugar a este pedido. Además, durante el debate, se incorporaron por lectura constancias documentales del informe de la OVD y de la Brigada Móvil de Atención a las Víctimas del Ministerio de Justicia, informes médicos y de situación de riesgo. El tribunal condenó al hombre a una pena de prisión en suspenso por el delito de amenazas coactivas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre los motivos de su presentación, sostuvo que no se había sustanciado prueba de cargo durante el debate y que se había vulnerado el derecho de defensa. En ese sentido, señaló que durante el juicio no se le había permitido ejercer el control de la prueba. También, manifestó que el tribunal había basado su decisión en los elementos recolectados durante la instrucción y, en particular, en la declaración de la mujer ante la Oficina de Violencia Doméstica. Por último, alegó que el tribunal interviniente había valorado de manera arbitraria la prueba en violación al principio in dubio pro reo.
7-nov-2013Vallianatos Et Alli v. GreciaGrecia sancionó la ley Nº 3719/2008 que contemplaba un “pacto de convivencia” y aludía, en su artículo 1º, a las parejas formadas por personas mayores de edad de distinto sexo. Un grupo de parejas del mismo sexo presentaron dos demandas contra Grecia por considerar que la ley atentaba contra su derecho a la vida privada y familiar y suponía una discriminación injustificada entre las parejas heterosexuales y las parejas homosexuales, en detrimento de estas últimas.
21-dic-2015Vañek, Antonio y otrosEl Tribunal Oral, con el dictado de una sentencia de condena, revocó la prisión domiciliaria que se les había concedido a los imputados y ordenó la realización de estudios médicos para determinar el establecimiento más adecuado para el cumplimiento de las penas. Como resultado de esa decisión, se dispuso su ingreso en una unidad carcelaria. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
28-dic-2022Varacalli (causa N° 801 y reg. N° 1820)Una mujer, su hijo de once años y su pareja fueron captados y acogidos con fines de explotación laboral por dos personas. Por ese hecho, fueron imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, agravado por mediar engaño, por la cantidad de víctimas, por el abuso de su situación de vulnerabilidad, por haberse consumado la explotación y por haber sido cometido en perjuicio de un menor de edad. Las víctimas no se constituyeron como parte querellante en el proceso penal.; En la etapa de juicio oral, la defensa particular de las personas imputadas solicitó su sobreseimiento. Al contestar la vista, el representante del Ministerio Público Fiscal retiró la acusación. Entre sus argumentos, sostuvo que el hecho investigado no encuadraba en ninguna figura legal. Entonces, el tribunal oral las sobreseyó. Para decidir de esa manera, se basó en los lineamientos fijados en el precedente “Tarifeño” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese sentido, señaló que la víctima no constituida en parte querellante en el proceso carecía de la facultad de ejercer la acción penal conjunta o de manera alternativa con el Ministerio Público Fiscal. Por último, expresó que el fiscal había valorado de manera minuciosa los elementos probatorios reunidos durante la instrucción y había concluido que no se había configurado ninguna conducta delictiva.; La Defensoría Pública de Víctimas, en representación de la mujer, interpuso un recurso de casación contra la resolución que declaró el sobreseimiento. Entre otras cuestiones, argumentó que se había vulnerado el derecho de la víctima a ser oída con las debidas garantías. Además, expuso que se había violado el principio de preclusión cuando se dispuso el sobreseimiento de las personas imputadas por supuestos no habilitados por la ley procesal. Asimismo, refirió que se había omitido realizar el debido control jurisdiccional sobre el dictamen fiscal. Por último, indicó que la resolución impugnada había desconocido el derecho de la víctima a contar con la asistencia de la Defensoría Pública de Víctimas, por lo que afectó el debido proceso y el derecho de defensa en juicio de su asistida.
18-sep-2018Varas (Causa Nº 8652)A través de la ventanilla de un vehículo, dos personas efectuaron un “pasamanos”. El hecho fue observado por personal policial, que interceptó el vehículo y secuestró de su interior dieciocho gramos de marihuana, papeles para el armado de cigarrillos, dinero en efectivo, recortes de nylon y teléfonos celulares. Además, detuvo a las personas. De los estudios periciales efectuados sobre los dispositivos, se obtuvieron fotografías en las que se observaban bloques compactos de marihuana, cigarrillos artesanales y plantas. Además, se hallaron mensajes de texto correspondientes a actividades de compra-venta de estupefacientes. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado dictó el procesamiento de las personas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, consideró que la resolución no poseía argumentos suficientes para vincular a sus asistidos con la figura imputada.
7-jul-2015Varela, Norberto c. Transportes Automotores PlazaEl accionante inició, por derecho propio, un juicio por daños y perjuicios con base en el accidente de tránsito que sufrió su madre, que falleció luego de iniciar el trámite de mediación obligatoria. La sentencia de primera instancia desestimó la demanda por haber sido promovida por derecho propio y no iure hereditatis. Esa resolución fue confirmada en segunda instancia. La parte actora interpuso recurso extraordinario, cuya denegatoria dio lugar a la queja. Entre sus agravios, el actor alegó que el derecho a la reparación nació en el mismo momento en que su madre sufrió el hecho dañoso, que ella inició la mediación previa y que el derecho a ser indemnizado por daños patrimoniales es sucesoriamente transmisible. Finalmente, arguyó que no hay en nuestro derecho una acción iure hereditatis nacida de la muerte.
13-may-2021Vargas (Causa N° 47006)Un hombre había sido condenado a la pena de cinco años y seis meses de prisión. Luego de cumplir el requisito temporal, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe que, por mayoría, se expidió de manera favorable al pedido. El Servicio Criminológico concluyó que tenía un pronóstico de reinserción social dudoso con tendencia favorable. Sin embargo, el Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal se expidió de forma desfavorable. En el mismo sentido se pronunció el Área Social del Consejo Correccional, mientras que la Dirección Trabajo destacó un buen desempeño laboral. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido de libertad condicional. El juzgado de ejecución interviniente tuvo en cuenta los informes desfavorables y rechazó la libertad condicional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
29-oct-2015Vargas (Causa n°7118)Una persona había sido condenada a la pena de 7 años de prisión por el delito de homicidio en grado de tentativa. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, alegó que la acción penal había estado prescripta, ya que desde el primer llamado a prestar declaración indagatoria hasta el requerimiento de elevación a juicio habían transcurrido doce años sin que ocurriera ningún acto interruptivo.
3-dic-2013Vargas (reg. N° 2128 y causa N° 16794)Personal de la Gendarmería Nacional informó que había tomado conocimiento de que una familia transportaba estupefacientes desde Bolivia a las provincias de Santa Fe y Buenos Aires. La nota aportaba los nombres y domicilios de las personas que participaban en la organización y daba cuenta de que la hermana de una de las personas indicadas había sido detenida con aproximadamente cincuenta kilos de cocaína. La fiscalía solicitó al juzgado que autorizara la realización de tareas de investigación. Unos días después, la Gendarmería aportó los números las líneas telefónicas utilizadas por una de las personas intervinientes y la fiscalía requirió su intervención. Sobre la base de ese informe, el juzgado hizo lugar al pedido. Luego de dos meses de intervención telefónica, personal policial informó que no se habían registrado actividades delictivas ni sospechosas. No obstante, indicó la vinculación de la familia con una persona de una organización que comerciaba estupefacientes. Entonces, se dispuso la intervención de otras tres líneas telefónicas. Transcurridos dos meses, de uno de los teléfonos no se detectó actividad ilícita y de la otra línea se escuchó una conversación referida a la compraventa de una rueda. Después de un año de investigación, se ordenó el allanamiento de diversos domicilios. En esa oportunidad se secuestró sustancia estupefaciente y se detuvo a cuatro personas. El Tribunal Oral las condenó por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a penas de entre seis y siete años de prisión. Contra esa sentencia, se interpusieron recursos de casación.
1-ago-2018Vargas (reg. N° 884 y causa N° 34987)Un hombre había sido imputado por el delito de robo en grado de tentativa. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo de juicio abreviado con el representante del Ministerio Público Fiscal. En la audiencia prevista en el artículo 41 del Código Penal, el imputado expresó que era adicto a los estupefacientes y que tenía intenciones de someterse a un tratamiento de rehabilitación. Luego, el Tribunal Oral homologó el acuerdo y condenó al hombre a la pena de siete meses de prisión de efectivo cumplimiento y a la pena única de dos años y nueve meses de prisión. Además, le impuso, como medida curativa, la obligación de realizar un tratamiento de rehabilitación para el consumo de estupefacientes, sujeto a un informe médico que determinara su necesidad. Para decidir de esa manera, explicó que debía aplicarse el artículo 16 de la Ley de Estupefacientes. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Luego de que se lo declarara inadmisible, interpuso un recurso de queja en donde se agravió de la imposición del tratamiento de rehabilitación. En ese sentido, sostuvo que el tribunal carecía de jurisdicción para disponer esa medida ya que excedía el marco del acuerdo celebrado entre las partes.
6-jul-2020Vargas Rodri?guez (causa N° 12823)El Departamento de Emergencias de la Policía Federal Argentina recibió una denuncia anónima respecto de una situación de comercialización de estupefacientes. Por esa razón, dos personas fueron detenidas en la vía pública. El agente declaró que había notado un intercambio tipo “pasamanos” y que una de las personas, que coincidía con la descripción realizada en la denuncia, contaba con estupefacientes en su poder. A la otra se le secuestró dinero en efectivo. Ambas fueron imputadas por el delito tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La primera fue sobreseída y la segunda, al momento de prestar declaración indagatoria, señaló que el dinero estaba destinado a un par de zapatillas. El juzgado dictó su procesamiento y elevó el expediente a juicio. En esa instancia su defensa solicitó que se declarara su sobreseimiento. En particular, consideró que no existían pruebas suficientes para sostener la acusación. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió en el mismo sentido. Entre sus argumentos consideró que, a nivel probatorio, la elevación a juicio sólo se había basado en la descripción de la denuncia anónima y en el testimonio del oficial de la policía.
1-abr-2015VAVL c. OSDELa actora inició una acción de amparo contra la obra social OSDE a fin de que se ordene a la demandada la cobertura integral (100%) de la prestación de fertilización asistida (FIV) por técnica ICSI con óvulos propios y del procedimiento de fertilización asistida (FIV) por técnica ICSI con ovodonación. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda pero difirió el tratamiento de la pretensión referida a la cobertura integral del procedimiento de fertilización asistida (FIV) por técnica ICSI con ovodonación hasta tanto existiera una prescripción médica determinante para la actora. En consecuencia, tanto la actora como la demandada interpusieron recursos de apelación.