Buscar por Voces EXTRADICION
Mostrando resultados 1 a 20 de 40
Siguiente >
Fecha | Título | Resumen |
---|---|---|
8-jul-2014 | Tribunal Superior Estadual (OLG) de Dresden - traducida | Una persona se encontraba en prisión preventiva por el delito de tráfico de reptiles y moluscos sin los certificados correspondientes. La Sala había ordenado la extradición sobre la base de un pedido de Interpol. |
10-jul-2014 | Rakhimov v. Rusia | El peticionario fue juzgado en ausencia en Uzbekistán por intento de derrocar el orden constitucional del país, por almacenamiento y difusión de documentos conteniendo ideas religiosas consideradas extremistas, por separatismo y fundamentalismo, por amenazas a la seguridad y orden público nacionales, y por su participación y dirección en organizaciones prohibidas. Fue pedida su extradición a Uzbekistán ya que se encontraba viviendo en Rusia con su familia. Había llegado allí en busca de trabajo, y nunca se había registrado como extranjero con residencia temporal en el país ni había pedido el status de refugiado. Solo hizo esto último al ser detenido, y su petición fue rechazada. A pesar de las garantías que brindó el estado de Uzbekistán, el peticionario solicitó que no se lo extraditara por considerar que existía riesgo de ser sometido a tratos crueles y a que las garantías de juicio equitativo no se respetaran. Finalmente el proceso fue discontinuado el 24 de julio de 2013. Sin embargo, continuó privado de su libertad y el día 31 de julio se dictó una nueva orden de arresto por una ofensa administrativa: no haberse registrado ante las autoridades migratorias. El peticionario mantuvo su solicitud de no extradición por los riesgos ya antes manifestados. No obstante, las autoridades consideraron que no existía tal riesgo, a pesar de la información existente al respecto. Tanto durante el primer procedimiento como durante el segundo, el peticionario estuvo en una celda de 4,5 m2 de detención temporaria en un centro especial de detención para extranjeros. Compartía la celda con entre cuatro y quince personas, no contaba con baño, no tenía acceso a luz natural o ventilación y se le otorgaba agua y comida solo una vez al día. |
16-sep-2014 | Casanova (PGN) | La Señora C. y el Señor G. fueron denunciados por el dueño de una joyería de la República del Paraguay que había prestado una gargantilla y unos pendientes de gran valor a la imputada para ser utilizados en un evento, acordando con la misma su devolución una vez culminado el espectáculo. Contrariamente a lo acordado, las joyas desaparecieron. En la causa penal iniciada en la República del Paraguay el joyero y la imputada arribaron a un acuerdo económico por el cual la víctima desistió de la querella civil y criminal. De todas formas, la República del Paraguay solicitó la extradición de los imputados. El juez a cargo del Juzgado Federal nº 2 de Morón, provincia de Buenos Aries, denegó la extradición solicitada. El fiscal actuante recurrió esta resolución. |
24-sep-2014 | Schevchuk, Volodymyr (dictamen PGN) | La República de Ucrania solicitó la extradición de una persona para ser sometido a proceso por los delitos de contrabando de estupefacientes y producción ilícita, preparación, adquisición, conservación, envío y comercialización de dichas sustancias previstos en los artículos 305 y 307 del código penal del país reclamante. El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 4 de la Capital Federal hizo lugar al pedido. Contra esa resolución, la defensa oficial del requerido interpuso recurso ordinario de apelación que fue fundado por la Defensoría Pública Oficial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Entre los agravios, el Defensor sostuvo que la extradición no había sido solicitada por la autoridad judicial en los términos previstos por el artículo 13, inciso d de la ley 24.767 de Cooperación Penal Internacional. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la resolución y declaró improcedente el pedido de extradición. |
22-dic-2014 | Caballero López, Pablina (PGN) | El Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana declaró procedente la extradición de Pablina Caballero de López al Reino de España para ser sometida a proceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de apelación en el que se solicitó que se declare inválida la resolución, pues se dictó sin que fueran escuchadas las hijas menores de la imputada. |
16-feb-2015 | Perona, Mauricio Iván y otro (CSJN) | El Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba denegó, por defectos formales, la solicitud de extradición formulada por la República de Portugal. Ello dado que la fiscal del país requirente había dispuesto librar las correspondientes órdenes europea e internacional de detención en perjuicio de las personas requeridas sin que surja del legajo una decisión judicial ligada a la detención y a la solicitud de extradición. Contra esa decisión, el Ministerio Público Fiscal interpuso recurso ordinario de apelación. |
24-feb-2015 | AP, MA | El Juzgado de instrucción había rechazado el pedido de excarcelación formulado por la defensa en el marco de un proceso de extradición. En virtud de ello, se interpuso recurso de apelación. |
mar-2015 | Habeas corpus (nacional) | Jurisprudencia nacional sobre hábeas corpus (nacional) |
24-mar-2015 | Gallardo Sanchez v. Italia | El peticionario fue detenido el 19 de abril de 2005 por la policía romana para ser extraditado a Grecia. Después de atravesar distintas vicisitudes procesales, la Corte de Apelaciones de Aquila se pronunció en favor de la extradición. El peticionario apeló esa decisión ante la Corte de Casación, que rechazó la impugnación. Finalmente, el 9 de octubre de 2006 el Ministerio de Justicia firmó la extradición, que se concretó el 26 de octubre del mismo año. |
24-jun-2015 | Jinkis, Mariano Alejo | La defensa había solicitado que se le conceda al imputado la excarcelación o, en subsidio, la prisión domiciliaria. Esto último en razón de su estado de salud y de la necesidad de preparar su defensa en el proceso por el que se requirió su extradición a Estados Unidos. |
30-jun-2015 | Wong Ho Wing v. Perú | El Estado chino había requerido a Perú la extradición del peticionario para juzgarlo por la presunta comisión de los delitos de contrabando de mercancías comunes, cohecho y lavado de activos. En octubre del año 2008, cuando se solicitó la extradición, el delito de contrabando de mercancías comunes contemplaba la pena capital como una de sus posibles sanciones. En el marco del proceso de extradición, la Corte Suprema de Justicia del Perú emitió una resolución consultiva en la que consideró procedente la extradición. Sin embargo, poco después, el Tribunal Constitucional emitió una sentencia –prima facie vinculante– en la que ordenó al Poder Ejecutivo abstenerse de extraditar a Wong Ho Wing. Para ello, consideró que, en caso de materializarse la extradición, se pondría su vida en riesgo. El proceso de extradición se encontraba en curso, a la espera de que el Poder Ejecutivo decidiera la petición de las autoridades Chinas. Desde octubre de 2008, Wong Ho Wing estuvo privado de su libertad. En marzo de 2014, se modificó la modalidad de detención que se le impuso al peticionario, quien se encontraba en un centro penitenciario, disponiéndose su arresto domiciliario. |
27-oct-2015 | Schevchuk, Volodymyr | La República de Ucrania solicitó la extradición de una persona para ser sometida a proceso por los delitos de contrabando de estupefacientes y producción ilícita, preparación, adquisición, conservación, envío y comercialización de dichas sustancias previstos en los artículos 305 y 307 del código penal del país reclamante. El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 4 de la Capital Federal hizo lugar al pedido. Contra esa resolución, la defensa oficial del requerido interpuso recurso ordinario de apelación que fue fundado por la Defensoría Pública Oficial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Entre los agravios, el Defensor sostuvo que la extradición no había sido solicitada por la autoridad judicial en los términos previstos por el artículo 13, inciso d de la ley 24.767 de Cooperación Penal Internacional. |
24-nov-2015 | Longno, Reich Alvarado | En este caso, el Juzgado había declarado procedente la extradición de Reich Alvarado Longno solicitada por la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China. Ello, con el fin de someterse a juicio por dos hechos de homicidio que habrían tenido lugar a bordo del buque de bandera de esa Región Administrativa Especial mientras navegaba en aguas internacionales. Contra esa resolución, la defensa interpuso recurso ordinario de apelación en los términos del art. 33 de la ley 24.767 de Cooperación Penal Internacional. Entre los agravios, el defensor sostuvo que la extradición no había sido solicitada por la autoridad judicial en los términos previstos por el artículo 13, inciso d) de la ley 24.767. |
16-feb-2016 | Caballero López, Pablina (CSJN) | En el presente caso, el Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana declaró procedente la extradición de Pablina Caballero de López al Reino de España para ser sometida a proceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de apelación en el que se solicitó que se declare inválida la resolución, pues se dictó sin que fueran escuchadas las hijas menores de la imputada. |
18-feb-2016 | Longno, Reich Alvarado (CCC) | El caso remitía al enjuiciamiento de Alvarado Longno por dos hechos de homicidio que habrían tenido lugar a bordo de un buque de bandera de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China que tenía por destino el Puerto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En este marco, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró improcedente el pedido de extradición efectuado por la Región Administrativa de Hong Kong y devolvió el expediente al juzgado de origen (ver sentencia de la CSJN y memorial de la DPO ante CSJN). En razón de ello, el juez de instrucción consideró que, dado que el proceso de extradición había sido resuelto en forma definitiva, las autoridades judiciales de la República Argentina contaban con jurisdicción para conocer el caso. La defensa interpuso recurso de apelación contra esa decisión. |
12-jul-2016 | Callirgós Chávez, José Luis | El Juzgado Federal de Campana declaró procedente la extradición de Callirgós Chávez a la República de Perú para ser sometido a proceso por el delito de fraude contra la administración pública. Contra esa resolución, la defensa interpuso recurso ordinario de apelación y nulidad de la sentencia que, concedido, fue fundado por el Defensor Oficial ante el tribunal. |
13-oct-2016 | BAC v. Grecia | BAC, nacional turco, fue detenido en el año 2000 acusado de un delito contra el orden constitucional. Dos años más tarde, después de disponerse su libertad, decidió abandonar su país y solicitar asilo en Grecia. Sin embargo, por un periodo de doce años, el Estado griego se abstuvo de resolver el requerimiento. El hecho de tener la tarjeta de peticionario de asilo –y no una residencia legal– le impidió ejercer sus derechos, solicitar empleo, recibir un número de identificación fiscal, abrir una cuenta bancaria y reunirse con su familia, que permanecía en Turquía. En 2005, Interpol presentó una solicitud de extradición que fue rechazada por la Corte de Apelación. Dicha decisión se fundó en el riesgo de que el peticionario sea sometido a torturas. |
10-may-2017 | Observaciones finales sobre el quinto y sexto informe conjunto periódico de Argentina | Observaciones finales sobre el quinto y sexto informe conjunto periódico de Argentina CAT/C/ARG/5-6), examinadas por el Comité contra la tortura de Naciones Unidas y aprobadas el 10 de mayo de 2017. |
9-feb-2018 | Observación General Nº 4 | En la presente observación general, el Comité contra la Tortura analizó la aplicación del principio de “no devolución”, previsto en el artículo 3 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Además, evaluó la aplicación de ese principio al procedimiento previsto en el artículo 22 de la Convención, que establece la posibilidad que el Comité examine presentaciones de personas que aleguen ser víctimas de una violación de las disposiciones de la Convención por el Estado parte. |
27-feb-2018 | DVJC (causa Nº FGR 17001) | A una persona se le había restringido el alcance de una licencia médica para recetar determinadas sustancias en los Estados Unidos de Norteamérica. Ante esta situación, el médico contrató a un colega que contaba con el permiso necesario. De ese modo, le solicitó que firmara recetas en blanco para entregárselas a sus pacientes. La persona fue imputada por [1] ser parte de una asociación ilícita con el objeto de prescribir sustancias que no se encontraba autorizado a recetar y [2] ser parte de una asociación ilícita, con el objeto de prescribir sustancias mediante el uso de un registro emitido a otra persona. El imputado viajó, posteriormente, a Argentina, por lo que Estados Unidos requirió su extradición. El representante del Ministerio Público consideró que la medida no resultaba procedente respecto del cargo 1, ya que en Argentina no resultaba necesaria una autorización especial para la prescripción de medicación. Sin embargo, sostuvo que correspondía el extrañamiento en base a la segunda imputación. En ese sentido, tuvo en consideración el artículo 29 de la ley 23.737 – falsificación de recetas médicas o su impresión sin autorización del profesional o con datos falsos– y el artículo 292, CP –falsificación de documentos–. El juzgado declaró procedente el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. En particular, consideró que los argumentos utilizados en relación al primer cargo debían haber sido extensivos a la segunda acusación, por cuanto lo que se había imputado guardaba relación con la integración de una asociación ilícita, y no con una falsificación de documentos. |