Buscar por Voces DERECHO A LA INTIMIDAD

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FechaTítuloResumen
9-abr-2018Frías (Causa N° 38337)Durante un patrullaje, personal del "Operativo Centinela" de Gendarmería Nacional observó a un hombre que abrió una puerta, sin picaporte y sin cerradura. Esta persona, al notar la presencia del personal policial uniformado salió corriendo y se introdujo por un pasillo hacia el interior de un barrio de emergencia. Vecinos del lugar, informaron a los preventores que en ese sitio vendían estupefacientes. Por esta razón, los efectivos golpearon dicha puerta en reiteradas oportunidades y al estar entreabierta y no obtener respuesta ingresaron al lugar. En el interior, los gendarmes vieron a un hombre trepando una pared con intención de huir, y dieron la voz de alto. Lo detuvieron y secuestraron dos envases con sustancias estupefacientes fraccionadas. Además, dentro del lugar –en una habitación— se detuvo a otras dos personas y encontraron armas y más estupefacientes. La defensa de las personas imputadas solicitó la nulidad del allanamiento. La fiscalía adhirió a ese planteo y el Juzgado Federal de Lomas de Zamora N°2 rechazó el pedido. La defensa presentó un recurso de apelación y la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, declaró la nulidad del allanamiento y de todo lo actuado con posterioridad. Contra esta decisión, la fiscalía presentó un recurso de casación.
24-abr-2018Benedik v. EsloveniaLa policía suiza realizó un monitoreo sobre los usuarios de una red de comunicaciones por internet. De esa manera, pudo establecer que había personas que disponían e intercambiaban pornografía infantil en formato de video e imagen. Entre las direcciones IP que utilizaban la red, se detectó una de carácter dinámico, lo que implicaba cierta dificultad para localizar al usuario. Con base en esta información, se solicitó la cooperación de la policía eslovena. Sin contar con orden judicial, esta fuerza de seguridad requirió a la compañía proveedora de internet que brindara información sobre la IP. En consecuencia, la empresa puso a disposición el nombre y la dirección del abonado. Posteriormente, un juez emitió una orden para que la compañía de internet revelara los datos personales y de tráfico vinculados con la dirección IP en cuestión y dispuso el allanamiento del domicilio identificado. La policía secuestró cuatro computadoras, obtuvo copias de los discos duros y revisó su contenido. De esa manera, registró que el material vinculado a la pornografía infantil pertenecía a uno de los hijos de la persona a cargo de la contratación del servicio de internet, de nombre Benedik. Esta persona fue procesada y condenada por exhibir, fabricar, poseer y distribuir material pornográfico. La sentencia fue recurrida. Entre sus argumentos, señaló que los datos de la dirección IP fueron obtenidos sin orden judicial. La decisión fue confirmada en las sucesivas instancias locales.
18-may-2018Internos de la Unidad N° 19 SPF (causa N° 32210)Las personas que visitaban a familiares y amigos detenidos en la Unidad N° 19 del Servicio Penitenciario Federal eran sometidas a requisa. El procedimiento implicaba desnudos y revisiones de zonas corporales íntimas. Si bien el establecimiento contaba con scanners, personal penitenciario realizaba, de manera eventual, requisas manuales. Por tal razón, los internos interpusieron un hábeas corpus colectivo. Durante la audiencia, se indicó que la situación denunciada se agravaba en el caso de las mujeres, que recibían un trato humillante y degradante por parte del personal de la Unidad. El juzgado federal hizo lugar a la acción de manera parcial y consideró que se debía acudir a registros físicos invasivos sólo de manera excepcional y cuando no existieran medios alternativos menos restrictivos. Así, dispuso que se instruyera al personal penitenciario respecto del trato adecuado que debía llevarse a cabo en los procedimientos de registro personal, en especial cuando las visitantes fueran mujeres. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la resolución. Entre otras cuestiones, sostuvo que las revisiones eran efectuadas mediante scanners y que sólo ante la presencia de algún cuerpo extraño se inspeccionaba a las visitas de forma manual. Por tal razón, sostuvo que los agravios habían perdido actualidad. Contra esa decisión, la Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso un recurso de casación. En su presentación, señaló que las requisas corporales —que continuaban siendo practicadas— resultaban invasivas y atentaban contra la dignidad, intimidad, honor e integridad personal de las visitas.
31-jul-2018FJG (Causa Nº 37443)Dos jóvenes le quitaron las pertenencias a una persona que dormía en la vía pública. El chofer de un colectivo observó la situación y describió el aspecto de los jóvenes a un agente policial. Unos minutos después, el policía detuvo a dos personas que coincidían con la descripción y le secuestró a uno de ellos un teléfono celular. Entonces, se comunicó con el juzgado de turno, que le ordenó la toma de fotografías y el peritaje del aparato. El policía extrajo el chip, lo colocó en su propio teléfono y llamó a un número telefónico de la agenda de contactos, con el objeto de ubicar al damnificado. El juzgado dictó el procesamiento con prisión preventiva del joven por el delito de robo. La defensa solicitó la nulidad de la inspección del celular y de todo lo obrado en consecuencia, por considerar que el chip se había obtenido sin autorización judicial. En consecuencia, solicitó que se dispusiera el sobreseimiento de su asistido. El juzgado rechazó el pedido. En tal sentido, entendió que se habían cumplido las exigencias que habilitaban al personal policial a actuar sin orden judicial. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
26-sep-2018DFRR (causa N° 2134)Una persona había publicado en su cuenta personal del sitio Facebook una amenaza dirigida a una diputada nacional y al jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ese motivo, resultó imputada por el delito de amenazas simples. En el marco de ese proceso, se ordenó el allanamiento de su vivienda. En la orden emitida, el juez interviniente ordenó el secuestro de todos los dispositivos electrónicos con acceso a internet desde los que se pudiera haber realizado la publicación. De esa manera, se secuestraron dos teléfonos celulares y una CPU. Luego, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó a la División Análisis de Inteligencia Informática de la Superintendencia de Delitos Tecnológicos de la Policía de la Ciudad que realizara un informe pericial sobre los dispositivos. En particular, requirió que se identificara la configuración del usuario denunciado, su correo y la actividad desarrollada en el sitio. También dispuso que se aportara información sobre las cuentas de usuario del sistema operativo y de las utilizadas o accedidas a través de navegadores web, aplicaciones de gestión de correos electrónicos, mensajería instantánea, alojamiento de información en la nube y similares. Por último, solicitó que se determinara si las publicaciones que resultaban objeto de la investigación se encontraban almacenadas en alguno de los dispositivos o cuentas personales. Una vez realizada la pericia, la división interviniente informó que se habían encontrado “imágenes con presuntos desnudos de menores que no son de interés para la presente causa”. Este hallazgo fue logrado en base a la utilización de un software específico que busca imágenes referentes a posibles desnudos de menores. Una vez informado a la Fiscalía, dio lugar a una nueva causa. En ese marco, la persona fue imputada por el delito de producción, financiación, comercialización y publicación de pornografía infantil. La defensa planteó la nulidad de la pericia. Sobre ese aspecto, sostuvo que se había excedido el objeto de la medida y que el software utilizado tampoco se correspondía con su objeto. El tribunal no hizo lugar al planteo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
2019Cannabis Medicinal. Una cuestión de derechosLa publicación Cannabis medicinal, una cuestión de derechos se inspiró en las jornadas del mismo nombre, organizadas por la Secretaría General de Capacitación y Jurisprudencia, durante los días 6 y 7 de septiembre de 2018, en la sede de la Universidad del Museo Social Argentino. Al igual que en esa oportunidad, en esta obra colectiva, se reúnen las experiencias de pacientes y cultivadores, así como también los saberes de las más variadas disciplinas. Este crisol de miradas enriquece el tratamiento de una temática en la que confluyen múltiples actores.
11-ene-2019Google LLCEl jefe forestal de una provincia de Galicia, España, había sido autorizado para cazar en una zona protegida junto a un grupo de personas. Durante el transcurso de la jornada, fue detenido por agentes medioambientales. A partir de esa detención, un blog y un medio de comunicación digi-tal publicaron una noticia que lo describía como “cazador furtivo”. El jefe forestal presentó un reclamo ante el Director General de la Agencia Española de Protección de Datos. En su presen-tación, solicitó que la empresa Google desvinculara su nombre de los resultados de búsqueda que el sitio proporcionaba; en particular, de la noticia publicada en el blog y el medio de comunica-ción digital. La Dirección de Protección de Datos hizo lugar a su reclamo. Contra esa decisión, la empresa interpuso un recurso de apelación. Ante su desestimación, interpuso un recurso conten-cioso administrativo. Luego de ser rechazado, recurrió ante el Tribunal Supremo de España.
12-abr-2019Robinson v. Fiscal GeneralUn ciudadano de Jamaica, diputado y secretario general del Partido Nacional del Pueblo impugnó la constitucionalidad de la Ley Nacional de Identificación y Registro (National Identification and Registration Act –NIRA–, por su sigla en inglés) sancionada por el parlamento de ese país. El ciudadano consideraba que algunas de las disposiciones de la ley violaban el derecho a la igualdad, la libertad, la seguridad y la intimidad. La ley –que aún no había entrado en vigor– buscaba proporcionar un sistema de recopilación de datos de todos los ciudadanos de Jamaica y de aquellos que vivieran en el país durante al menos seis meses de un año calendario. Para tal fin, requería que las personas solicitaran el registro y en caso de no hacerlo quedaban expuestas al riesgo de una sanción penal. El sistema utilizado por la ley proponía recopilar, entre otras cosas, los datos biométricos, la información demográfica y los números de referencia nacional, como el número de contribuyente y la licencia de conducir, con el objetivo de crear una base de datos nacional de identificación civil que se almacenaría indefinidamente en los sistemas gubernamentales. Al momento de registrarse, a las personas se les asignaría un número de identificación nacional (National Identification Number –NIN–), lo que las haría elegibles para la entrega de una tarjeta de identificación nacional (National Identification Card –NIC–). El NIN o la NIC era imprescindibles para acceder a bienes o servicios prestados por las autoridades. Sin embargo, el sistema también permitía el acceso de terceros a los datos personales sin suficientes garantías de protección.
19-jun-2019Acordada CSJN 17-2019Diversas comunicaciones personales fueron filtradas y difundidas de manera masiva. Por esa razón, la CSJN solicitó que se realizara una auditoría sobre la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen organizado (DAJuDeCO). Asimismo, el Relator Especial sobre el derecho a la privacidad del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU recomendó la elaboración de un sistema que dispusiera que los investigadores de los organismos no recibieran todo el contenido de las líneas interceptadas sino las partes pertinentes. Además, manifestó su preocupación por el sistema que permite el uso del material interceptado y recomendó que las transcripciones fueran realizadas por funcionarios ajenos a los equipos de investigación.
ago-2019Intervenciones telefónicasJurisprudencia en la que se analizan problemas relativos a la intervención de las telecomunicaciones en el marco de procesos penales.
8-ago-2019Patel v. FacebookEn 2010, Facebook presentó la herramienta “sugerencia de etiquetas” que utilizaba un sistema de reconocimiento facial para identificar personas en las fotografías que los usuarios cargaban a Facebook libremente. En 2015, un grupo de usuarios presentó una demanda colectiva en virtud de la Ley de Privacidad de la Información Biométrica de Illinois (“BIPA”, siglas en inglés) ante el Tribunal de Distrito para el Norte de California, con el objetivo de impugnar la recopilación de información facial biométrica sin consentimiento previo que utilizaba la red social “Facebook”. Los usuarios afectados alegaron que el sistema de sugerencias funcionaba mediante un proceso de reconocimiento facial de cuatro pasos. Primero, el sistema detectaba los rostros de las imágenes que se cargaban. Luego, la herramienta estandarizaba o “alineaba” los rostros según un conjunto de parámetros (distancia entre los ojos, la nariz y las orejas). En el tercer paso, el sistema calcula una “firma facial”, que es una cadena de números que representa ese rostro en particular. Luego, el sistema busca una coincidencia en una base de datos de “plantillas faciales” almacenadas en la red social. Las plantillas faciales almacenadas se calculaban en función de otras fotografías en las que se había etiquetado a un usuario. De esa manera se producía una coincidencia cuando la firma facial caía dentro de un umbral de similitud con una de las plantillas faciales almacenadas. Esto le permitía a “Facebook” sugerir etiquetar al usuario al que le pertenece la plantilla facial. El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Norte de California hizo lugar a la demanda colectiva presentada por el grupo de usuarios. La defensa de “Facebook” apeló la medida ante el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito con sede en California. Alegó que los demandantes no habían acreditado ningún perjuicio concreto, y que solo almacenaba plantillas faciales y no firmas faciales.
sep-2019Migrantes (internacional)Actualización de la jurisprudencia internacional en materia de derechos humanos de las personas migrantes durante el periodo comprendido entre el año 2017 y 2019. Se identificación 24 sentencias que se presentan divididas por sistemas regionales de protección de derechos humanos.
24-oct-2019Díaz Quispe (causa N° 29176)En el marco de un control de prevención, personal de la Gendarmería Nacional detuvo a un micro que se trasladaba desde la ciudad de Mendoza a Malargüe. Una de las pasajeras se identificó y se mostró muy nerviosa, por lo que le solicitaron que descendiera del vehículo. Un agente la reconoció por haber sido investigada en un expediente por comercio de estupefacientes, en el que se había allanado su domicilio y se había detenido a su pareja y a una mujer que transportaba droga en sus partes íntimas en la modalidad “vaginera”. Por tal razón, la requisaron. El procedimiento se efectuó sin orden judicial ni testigos. La revisión sobre sus pertenencias arrojó resultado negativo. Al detectar que la mujer continuaba nerviosa, la trasladaron al baño de la dependencia y requisaron su vagina. En su interior se halló una bolsa de nylon con cien gramos de cocaína. Por ese hecho el juzgado dictó su procesamiento con prisión preventiva por el delito de transporte de estupefacientes. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La defensa planteó la nulidad del procedimiento policial. En tal sentido, sostuvo que durante el control de prevención su asistida se había identificado de manera correcta. De ese modo, consideró que la requisa se había fundado en su vinculación con hechos pasados ya que no existían circunstancias que habilitaran a proceder en los términos del artículo 230 bis del CPPN. Asimismo, señaló que la requisa de partes íntimas resultaba una medida invasiva que importaba una degradación de la dignidad.
6-nov-2019NN (causa Nº 17673)A través de una denuncia anónima se informó que una persona cultivaba marihuana. Por esa razón, un agente policial utilizó un dron y tomó fotografías con gran cercanía al patio de su casa. En las imágenes se observó una construcción con un techo de red, a través del cual se veían plantas. Luego, prestó declaración testimonial el policía y explicó el procedimiento. Entonces, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó el allanamiento de la vivienda. El juzgado dispuso la exclusión probatoria de las medidas de prueba y rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, sostuvo que la invasión de un espacio privado sólo podía realizarse mediante una orden judicial y señaló que las medidas habían afectado los derechos a la privacidad e intimidad de la persona. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que el ascenso vertical del dron no había constituido una intromisión ilegítima en la privacidad de la persona toda vez que no había ingresado al patio del inmueble.
6-jul-2020RSV (causa n°21080646256)Una mujer tuvo un parto en su casa sin asistencia médica ni de terceros, se desvaneció y el bebé cayó al piso. Luego, fue traslada al hospital. Al momento de concurrir al centro médico la mujer llevó al bebé, que carecía de signos vitales. Personal médico la denunció. En su declaración indagatoria, la mujer manifestó que se había desmayado y que por esa razón el bebé se le había caído. Por ese hecho, fue imputada por homicidio doloso agravado por el vínculo. Para fundar la acusación la fiscalía consideró, entre otras cuestiones, que la mujer había mantenido oculto el embarazo y que no se había realizado los controles médicos y ginecológicos durante su desarrollo. Además, mencionó que el padre del bebé era extranjero y que se había ido del país. Luego, la calificación del hecho fue modificada a la de homicidio culposo agravado por el vínculo. En tal sentido, se le imputó no haber tomado los recaudos para evitar que el parto ocurriera en condiciones en las que ni ella ni el bebé pudieran ser asistidas por personal ido?neo. En la etapa de juicio la imputada y la fiscalía suscribieron un acuerdo de juicio abreviado en el que se pactó la pena de tres años de prisión. El acuerdo fue presentado para su homologación ante el juzgado.
10-ago-2020DNR (causa N° 50016)Una mujer estuvo involucrada en una causa penal de trascendencia mediática. Luego de veinte años, interpuso una demanda contra Google con el objeto de que se le obligase a suprimir del buscador  publicaciones que consideraba ofensivas de su honor y privacidad. Además, solicitó que se le aplicasen sanciones a la empresa por temeridad y malicia. El juzgado hizo lugar a la acción de manera parcial y ordenó la desindexación de los eventuales enlaces que pudieran exhibir videos o imágenes obtenidos hace veinte años o más que contuvieran escenas que la peticionaria hubiera podido protagonizar cuyo contenido mostrara agresiones verbales o físicas, insultos, discusiones, escenas de canto y/o baile de precaria calidad artística o posibles reportajes televisivos en los que la actora hubiera brindado información acerca de experiencias de su vida privada. Contra esa decisión ambas partes interpusieron recursos de apelación.
17-sep-2020Observación General Nº 37 (2020), relativa al derecho de reunión pacífica (artículo 21)El Comité de Derechos Humanos emitió una observación general donde delineó el contenido y los alcances de las obligaciones estatales bajo el artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que reconoce el derecho a la reunión pacífica.
2-oct-2020Barroso Toledo (Causa N° 21299)A través de una denuncia anónima se informó que en una vivienda se comercializarían estupefacientes. Por tal razón, personal policial realizó tareas de investigación sobre el domicilio y el juzgado de turno dispuso el allanamiento de la vivienda. En la orden se indicó que era una vivienda donde funcionaba un kiosco y que se encontraba entre dos alturas catastrales. Durante el procedimiento, personal policial encontró que el lugar eran dos construcciones identificadas como “Construcción nro. 1” y “Construcción nro. 2” (en la que funcionaba el kiosco). Como resultado, se encontró material estupefaciente en las dos viviendas. La fiscalía requirió la elevación a juicio de una imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercio de estupefacientes y de otras dos personas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en calidad de autores. Durante el debate, el defensor solicitó la nulidad del allanamiento materializado en la “Construcción N° 1” por realizarse sin autorización judicial. Manifestó que el domicilio donde se encontraba uno de los imputados no estaba contemplado en la orden de allanamiento.
22-oct-2020VM (causa N° 62230)Un hombre francés y una mujer de nacionalidad chilena con residencia de doce años en Argentina se conocieron en la ciudad de Buenos Aires en el año 2016. En 2018 contrajeron matrimonio y tuvieron una hija. En septiembre de ese año la familia viajó a Europa y, luego de recorrer varias ciudades, se quedaron un mes en la ciudad de Burdeos, Francia. La pareja planificó que en enero de 2019 la niña y su madre viajarían por dos meses a la Argentina y a Chile y luego volverían a Francia. Sin embargo, la madre no regresó con la niña. Por ese motivo, el hombre regresó a la Argentina e inició una demanda de restitución internacional. En su presentación sostuvo que la residencia habitual de la niña era en Burdeos, Francia. El juzgado rechazó la acción. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, con sustento en el Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (CH 1980) –aprobado por ley 23.857–, ordenó la inmediata restitución internacional de la niña a Francia. Contra esa decisión, la madre interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, originó la presentación de un recurso de queja.
30-oct-2020Sobarzo (Causa N° 10801)En septiembre del 2013, a partir de una denuncia de una persona con identidad reservada, se inició una investigación por presunta comercialización de estupefacientes. La fiscalía dio intervención a la Policía de Seguridad Aeroportuaria para que realicen tareas de investigación por un plazo que luego fue prorrogado. Luego de 7 meses de vigilancia y sin obtener resultados que acreditaban una infracción a la ley 23.737, la fiscalía cesó la intervención de la PSA y designó a la Policía Federal Argentina para que continúe la investigación. Los agentes informaron sobre maniobras que evidenciaban la venta de estupefacientes. En mayo del 2014, el juez federal autorizó dos allanamientos y se secuestró estupefacientes y elementos para su confección. Las personas imputadas fueron procesadas por el delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de tenencia con fines de comercialización. Una de las personas imputadas presentó un recurso de apelación. La defensa desarrolló los fundamentos de la impugnación interpuesta in paueris y solicitó la nulidad del allanamiento. El juez rechazó el planteo y, ante esa decisión, la defensa de la persona imputada presentó un nuevo recurso.