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FechaTítuloResumen
10-jul-2017CPA (CNCCC)Un hombre intentó llevarse sin pagar de un local perteneciente a una cadena de farmacias dos desodorantes y un jabón. Luego de que el personal de seguridad le pidiera que abra su campera para revisarla, el hombre se retiró corriendo del comercio. En su escape arrojó uno de los productos que llevaba. A pocas cuadras, un policía lo detuvo y secuestró el resto de los objetos. En el marco del proceso, el hombre imputado refirió que vivía con VIH y que su único ingreso era una pensión por discapacidad de $1800. El hombre fue condenado a la pena de quince días de prisión por el delito de hurto en grado de tentativa. Contra esa deci-sión, su defensa interpuso un recurso de casación por considerar, entre otras cuestiones, que la conducta resultaba atípica en virtud del principio de insignificancia.
10-ago-2017PME (Causa Nº91007317)Una persona fue imputada por el delito de malversación de caudales públicos. Durante la etapa de juicio, suscribió un acuerdo conciliatorio con la querella y el actor civil, mediante el cual se pactó el pago de un monto de dinero en concepto de reparación integral. En tal sentido, el querellante expresó que había sido reparado y que, en consecuencia, renunciaba a toda acción en tal carácter. Por su parte, la fiscalía consideró que debía declararse la extinción de la acción penal por prescripción.
29-ago-2017VGP y otro (causa Nº 25020)Dos personas habían utilizado una tarjeta de crédito y un DNI pertenecientes a un tercero para efectuar compras en una farmacia y le ocasionaron un perjuicio económico al local. Ambas fueron imputadas por el delito de estafa en concurso ideal con el uso de un documento nacional de identidad ajeno. La defensa solicitó la celebración de una audiencia de conciliación en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código Penal. El tribunal hizo lugar al pedido y el acto fue realizado de acuerdo a lo prescripto por el artículo 293 del CPPN. Los imputados ofrecieron reparar el daño patrimonial ocasionado al comercio. La propuesta fue aceptada por el representante legal de la firma. La defensa requirió, entonces, que se homologara el acuerdo y se extinguiera la acción penal. Sin embargo, la fiscalía consideró que el propietario del DNI y tarjeta de crédito también había sido damnificado. Por esa razón, planteó que correspondía suspender la audiencia y citarlo. Asimismo, entendió que su consentimiento resultaba ineludible para proceder de conformidad con lo peticionado por la defensa. El Tribunal Oral homologó el acuerdo, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a los imputados. Para decidir de esa manera sostuvo que, de acuerdo al requerimiento de elevación a juicio, la farmacia era la única parte que había sufrido un perjuicio patrimonial. Contra esa decisión, la representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación.
29-sep-2017BAS (Causa N° 77397)En el marco de un evento musical, un drone impactó en el rostro de una persona. El choque le causó lesiones en la nariz y en el párpado derecho. El juzgado de instrucción consideró que el hombre que conducía el drone violó el deber de cuidado y lo procesó por el delito de lesiones leves culposas. El imputado poseía un antecedente penal por un delito cometido de manera dolosa. En la etapa de juicio, las partes suscribieron un acuerdo de conciliación en el que se pactó el pago de una suma de dinero en carácter de reparación. La representante del Ministerio Público Fiscal entendió que el acuerdo y su homologación resultaban procedentes, en tanto el procedimiento se adecuaba a lo establecido en el artículo 59 inc. 6 del CP.
23-oct-2017PJA (causa Nº 57029)Una persona que conducía un camión, luego de accidentarse con otro vehículo, provocó lesiones a dos peatones. El conductor fue procesado por haber violado el deber de cuidado y causar las lesiones. La persona imputada celebró un acuerdo con los damnificados y les abonó una suma de dinero en concepto de reparación. A partir de eso, la defensa planteó una excepción de falta de acción y solicitó su sobreseimiento.
29-nov-2017Trujillo (Causa Nº48462)Una persona fue imputada por el delito de robo. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo conciliatorio con la víctima. En dicha oportunidad, se pactó el pago de seiscientos pesos en concepto de reparación y se ofrecieron disculpas. El damnificado aceptó la propuesta y manifestó que no poseía interés en continuar con el trámite el expediente. La fiscalía se expidió de manera favorable a lo acordado.
27-mar-2018CVD (causa Nº 13130)Un individuo había sido imputado por el delito de homicidio simple. El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el imputado había actuado en legítima defensa y, por tal razón, solicitó su sobreseimiento. Por otra parte, la madre de la víctima se constituyó como querellante. A partir de su impulso en solitario, la causa fue elevada a juicio. En el año 2016, la madre falleció. Por esa razón, la hermana de la víctima solicitó continuar con la querella. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de ese modo, sostuvo que el artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación no contemplaba esa posibilidad. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. Durante su trámite, fue aprobada la ley N° 27.372, que modificó el artículo 82 del CPPN y reconoció legitimación a los hermanos de la víctima en delitos cuya consecuencia fuera la muerte de la persona. En consecuencia, durante el término de oficina, la pretensa querellante solicitó la aplicación retroactiva de dicha normativa.
24-abr-2018BCD (causa Nº 74210)Un individuo fue imputado por el delito de lesiones leves culposas. En etapa de juicio, suscribió un acuerdo de conciliación con el damnificado. Allí, se pactó el pago de la suma de $5.000 en concepto de reparación. La representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el caso se adecuaba a lo normado en el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. El acuerdo fue homologado por el Tribunal Oral. Luego, la defensa presentó el comprobante de depósito que certificaba el abono del monto pactado. Por tal razón, solicitó que se declarase la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistido.
8-may-2018Daloi (causa N° 19446)En el mes de marzo del 2014, un hombre libró un cheque de pago diferido. Luego, efectuó la denuncia de su extravío ante una comisaría y expidió una contraorden de pago. Al ser presentado al cobro, el cartular fue rechazado. Por tal razón, el hombre fue imputado en los términos del artículo 302, inciso 3°, primer supuesto, del Código Penal. Durante la etapa de instrucción, suscribió un acuerdo de conciliación con la persona damnificada en el que se pactó el pago del monto de dinero adeudado. Luego, la víctima fue citada a prestar declaración testimonial. En esa oportunidad, ratificó el acuerdo, relató que el daño había sido reparado en su totalidad y que no tenía interés en continuar con el trámite del expediente. El Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al acuerdo, por considerar que se había garantizado el acceso a la tutela judicial efectiva.
8-may-2018LEI (causa N° 77761)Dos jóvenes consumieron comidas y bebidas en un restaurante por el valor de $1500. Cuando se les entregó la cuenta, manifestaron que no poseían dinero. Uno de ellos, menor de edad, fue procesado por el delito de defraudación. Junto a su defensa, la fiscalía y el representante del comercio, el joven suscribió un acuerdo de conciliación. Allí, pactó el reintegro de la suma de dinero en concepto de reparación integral del daño causado. En esa línea, la defensa solicitó que, en caso de homologarse el acuerdo, se dictase el sobreseimiento de su asistido, en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código penal.
24-may-2018PRA y otro (causa Nº 5372)Dos personas se habían apoderado de un extintor de incendio de una estación de subte. A partir del aviso de los empleados de la empresa, la policía los detuvo. Ambos fueron imputados por el delito de hurto. Durante el proceso, suscribieron un acuerdo conciliatorio con el representante de la empresa. La conciliación consistió en un pedido de disculpas como única reparación simbólica. La representante del Ministerio Público Fiscal consideró que debía homologarse el acuerdo y declarar extinguida la acción penal.
24-may-2018PML (causa N° 1475)Una persona libró tres cheques de pago diferido y, luego, expidió una contraorden de pago. Por tal razón, fue imputada en los términos del artículo 302, inciso 3°, del Código Penal. En la etapa de instrucción, suscribió un acuerdo conciliatorio con la querella. Allí, se pactó el pago del monto de los cheques rechazados. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal consideró que debía rechazarse la presentación. El juzgado suspendió la acción penal contra la imputada de acuerdo con lo establecido en el artículo 59, inciso 6°, del Código Penal. Contra esa resolución, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. En su presentación, entendió que dicha norma no resultaba aplicable hasta tanto no se encontrara vigente el Código Procesal Penal de la Nación sancionado por la ley N° 27.063.
4-jun-2018MJ (causa N° 36165)Una persona fue imputada por el delito de defraudación. Durante la etapa de instrucción, la defensa planteó la extinción de la acción penal por reparación integral del perjuicio (artículo 59, inciso 6° del Código Penal). El juzgado rechazó la presentación. Para decidir de esa manera, consideró que la ley procesal no regulaba en qué clase de delitos y bajo qué requisitos la extinción por reparación resultaba procedente. Además, omitió citar a la víctima. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
29-jun-2018ZCF (causa N° 41474)Una persona libró dos cheques de pago diferido. Luego, efectuó una contraorden de pago y, al ser presentados al cobro, fueron rechazados. Por tal razón, fue imputada por el delito previsto en el artículo 302, inciso 3°, primera hipótesis, del Código Penal. En la etapa de juicio, suscribió un acuerdo con el damnificado. En dicha oportunidad, se pactó el pago de un monto de dinero en carácter de reparación integral. Además, se ofreció la donación de veinte mil pesos a Cáritas. En tal sentido, la defensa solicitó que se declarara la extinción de la acción penal y se declarara el sobreseimiento de su asistido. La representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al planteo.
6-jul-2018SWN (causa N° 7016)Un hombre libró un cheque de pago diferido y, luego, expidió una contraorden de pago. Por tal razón, fue imputado de acuerdo a lo previsto por el artículo 302, inciso 3, segunda hipótesis, del Código Penal. En la etapa de juicio, suscribió un acuerdo conciliatorio con el damnificado. Allí, se pactó –en carácter de reparación patrimonial– el pago del monto adeudado y de sus intereses. Por tal razón, la defensa planteó una excepción de falta de acción. En ese marco, además, se solicitó que se tuviera en cuenta la colaboración social prestada por el imputado a una fundación. La representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al planteo.
2-ago-2018CF y otra (causa N° 19700)ASB libró y puso en circulación dos cheques de pago diferido que fueron entregados por CF en concepto de pago por la compra de una camioneta. Luego, ASB expidió una contraorden de pago y ambos fueron imputados en los términos del artículo 302 del Código Penal; la víctima, además, se presentó en calidad de querellante. En la etapa de juicio, ASB suscribió un acuerdo de conciliación de acuerdo a lo previsto por el artículo 59, inciso 6° del Código Penal y pagó el monto de dinero adeudado. Por tal razón, la víctima desistió de su rol querellante. Entonces, la defensa interpuso una excepción de falta de acción. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal consideró que el instituto remitía a leyes procesales que no se encontraban vigentes y que, en consecuencia, no podía ser aplicado.
21-ago-2018Mansilla (Causa N° 830893)En noviembre del año 2008, Mansilla fue detenido e imputado –junto a otras dos personas– por el delito de almacenamiento de estupefacientes. En el año 2010, fue absuelto por un Tribunal Oral. Dicha resolución fue recurrida por la fiscalía. La Cámara Federal de Casación Penal anuló la sentencia y ordenó que se dictara un nuevo pronunciamiento. En abril del 2015, el Tribunal Oral lo condenó a la pena de cuatro años de prisión. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. La CFCP volvió a anular la resolución y ordenó el apartamiento de los magistrados intervinientes y la celebración de un tercer debate. Devueltas las actuaciones, en junio del 2018 se dispuso la nueva integración del tribunal. La defensa solicitó el sobreseimiento de su asistido por entender que se había violado la garantía a ser juzgado en un plazo razonable.
sep-2018Prisión domiciliariaEl presente documento incluye jurisprudencia sobre prisión domiciliaria emitida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Cámara Federal de Casación Penal y la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional durante los años 2016, 2017 y 2018.
nov-2018Reparación y conciliaciónEl presente documento fue elaborado con la colaboración del Programa de Resolución Alternativa de Conflictos de la Defensoría General de la Nación. Tiene por objeto relevar el modo en que evolucionó la jurisprudencia a partir de la sanción que las leyes Nº 27.063 y 27.147 que reformaron, respectivamente, el Código Procesal Penal de la Nación y el Código Penal e introdujeron los institutos de la conciliación y la reparación integral como causales de sobreseimiento.
14-nov-2018Gonzalez (causa Nº 15950)Una pareja se presentó ante un juzgado de familia y solicitó la inscripción de un niño. Allí, manifestaron que la señora González le había entregado al niño. Por tal razón, el juzgado extrajo testimonios para que se investigara la comisión de un posible delito. Durante el trámite del expediente, se conoció que la madre del niño trabajaba en los domicilios en los que vivía González. La mujer realizaba tareas domésticas todos los días, no poseía contrato de trabajo y debía solicitar autorización si deseaba salir del lugar. Además, González administraba la paga que le suministraba y el dinero que recibía en concepto de asignación universal por hijo. En Cámara Gesell, la víctima explicó que durante su infancia había vivido en un contexto de violencia y abuso familiar. En tal sentido, manifestó que González la había “rescatado”, por lo que reconocía una figura materna en ella. Sin embargo, relató los insultos que recibía de su parte cada vez que efectuaba un trabajo, como así también que se le había negado el acceso a una educación formal. Por tal razón, González fue imputada por los delitos de trata de personas con fines de explotación laboral y sustracción de un menor de diez años. En la etapa de juicio, suscribió un acuerdo de juicio abreviado junto a su defensa y la fiscalía. Allí, se pactó que la conducta de la imputada encuadraba en el delito de reducción a la servidumbre. Además, el representante el Ministerio Público Fiscal sostuvo que no se había logrado tener por configurado el delito de sustracción de un menor de diez años, por lo que retiró su acusación en ese sentido.