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2-feb-2017T, LLUna persona había sido imputada de acuerdo al procedimiento de flagrancia. Durante la audiencia inicial (art. 353 quáter CPPN) el juez de instrucción dispuso que se le realizara el examen previsto en el art. 78 CPPN. A partir de esto, se determinó que el imputado no comprendía las razones de su detención ni las conductas se le reprochaban. Por este motivo, el magistrado suspendió el trámite de las actuaciones en los términos del art. 77 del CPPN, sin expedirse en relación a la procedencia o no de la prisión preventiva. La defensa solicitó la excarcelación del imputado. A tal efecto explicó que su detención no se encontraba justificada bajo ningún tipo de riesgo procesal. En particular, tuvo en consideración que, de acuerdo al dictamen médico, no existía peligro cierto o inminente de peligrosidad para el imputado ni para terceros. El juzgado no hizo lugar a lo requerido. Contra esa resolución, se interpuso un recurso de apelación.
16-dic-2014T, MEn el marco del expediente sobre la capacidad jurídica de la actora, el juez de primera instancia desestimó el pedido de una medida cautelar de no innovar a fin de que la obra social mantenga la cobertura íntegra de la residencia de la actora en el Hostal de Salud Mental. Ello, en atención a la comunicación de la obra social que informaba a la madre de la actora que dejaría de sostener el costo de la residencia. La Defensoría Pública de Menores e Incapaces y la Defensora Pública Curadora interpusieron recurso de apelación.
9-feb-2015T, M F c. C BEl actor solicitó que se establezca un régimen comunicacional con la niña A.C., de seis años de edad, con quien convivió desde que tenía un año y tres meses de edad hasta la separación de pareja con la madre de la niña, construyendo un auténtico vínculo paterno-filial. La madre de la niña no se opuso a la fijación de un régimen de visitas entre su hija y el actor, pero sí lo hizo respecto de la modalidad propuesta en el escrito de inicio.
12-sep-2014T, M HEn el marco del proceso de revisión de la sentencia que restringió la capacidad jurídica de TMH, la Sra. Curadora Pública solicitó que se dicte sentencia en formato de lectura fácil. Entre sus argumentos, mencionó las normas de Naciones Unidas sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y las obligaciones asumidas por los Estados de hacer accesible la información y documentación para las personas con discapacidad bajo un lenguaje simple y directo que evite los tecnicismos. Ello, de acuerdo con el modelo social de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Asimismo, sumó a su argumentación las previsiones establecidas en las 100 Reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad y el Protocolo sobre el acceso a la justicia de las personas con discapacidad, propuestas para un trato adecuado, realizado por este Ministerio Público de la Defensa junto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del Programa EUROsociAL II (Aprobado por Res. DGN N° 1417/2013).
28-mar-2016T, OHUna persona había sido imputada por poner en circulación moneda falsa y por estafa. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se opuso a la concesión del instituto. A tal fin, argumentó que “resultaba necesario que el juicio cuente con todos los procesados de autos para garantizar que aquel se realice exhaustivamente y se pueda determinar la responsabilidad que le cupo a cada uno, ya que de otro modo quedaría limitado el ejercicio de la acción penal”. El representante del MPF, sin embargo, había consentido el otorgamiento de probation a otros coimputados en la causa. El tribunal rechazó la solicitud de la defensa, pues consideró que la oposición fiscal poseía carácter vinculante. La decisión fue recurrida por la defensa.
28-mar-2017T, PL y otroDos personas intentaron sustraer el volante de un vehículo que se encontraba estacionado en estado de abandono. El auto había sido dejado en la vía pública hace años y poseía una calcomanía del gobierno de la ciudad que anunciaba que sería removido a la brevedad. El inventario realizado por el personal preventor consignó que el rodado estaba “totalmente desmantelado”. Asimismo, del informe técnico se desprendía que el vehículo poseía diversos daños y carecía de casi todas sus piezas. Los imputados fueron procesados por el delito de robo simple en grado de tentativa. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
18-abr-2017T, SB y otrosUna mujer cumplía una condena de 4 años y 6 meses de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario. Tenía a su cargo a sus dos hijos adolescentes, de dieciocho y veinte años. La primera tenía, a su vez, una hija de dos años. El segundo poseía una discapacidad por un retraso madurativo permanente. La condenada, antes de ser detenida, cuidaba a un anciano; ese era el único ingreso económico con el que contaba la familia. Por tal motivo, la defensa solicitó al Tribunal Oral que autorizara salidas con fines laborales a la imputada, para que continuara realizando aquel trabajo. El fiscal estuvo de acuerdo. El tribunal no hizo lugar a lo peticionado. Contra esa solución, la defensa interpuso un recurso de casación.
3-feb-2017T, VF (Dictamen PGN)T., madre de un niño con discapacidad, solicitó a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). La asignación fue concedida por un mes y discontinuada a fines de 2009. El organismo previsional revocó la prestación por considerar que, de conformidad con el artículo 9 del decreto 1602/09, existía una incompatibilidad entre la AUH y la pensión por discapacidad que percibía en los términos de la ley 10.205 de la provincia de Buenos Aires. En consecuencia, T. inició un reclamo administrativo que, al ser rechazado, dio lugar a una acción de amparo. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y declaró la inconstitucionalidad del artículo 9 del decreto 1602/09. Sin embargo, la Sala A de la Cámara Federal de Rosario entendió que la acción de amparo era inadmisible por haber sido iniciada una vez transcurrido el plazo de caducidad previsto en el artículo 2, inciso e, de la ley 16.986. En este marco, la amparista interpuso un recurso extraordinario federal.
29-dic-2015TAA (Causa N° 400654 2008)“[E]l fiscal [consideró que] las condiciones personales de [la imputada] disminuían su grado de culpabilidad por el injusto. En tal sentido, afirmó que debía valorarse especialmente que ‘[la nombrada] quedó huérfana a los meses de nacer, que fue madre a los 13 años y que actualmente es joven [...] y tiene seis hijos menores de edad […] que dependen de ella para subsistir…” “[La imputada] realizó un aporte esencial al plan consistente en la ‘recepción de los pasajes en Tucumán, obtención del acta de nacimiento de la hermana –mayor de edad– de la víctima, apoderándose asimismo del documento de identidad de la misma persona…’”. “[E]l Tribunal tuvo por probado que [otra persona] ‘…financió el viaje, ya que la condición de extrema pobreza que tenían tanto la víctima como la imputada […] permiten afirmar que les hubiera resultado imposible la compra de los pasajes…’”.
24-abr-2018TAA (causa Nº 20919 2014)Una mujer, en representación de su hija, inició una demanda por alimentos contra el progenitor de la niña. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y fijó una cuota alimentaria que, a partir de agosto de 2015, ascendería con el fin de absorber, escalonadamente, los incrementos de los costos y las necesidades de la niña. Ambas partes interpusieron recursos de apelación que fueron declarados desiertos porque no se presentaron los memoriales dentro del plazo previsto en el art. 246 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su vez, la Defensora de Menores e Incapaces interpuso un recurso de apelación porque consideró insuficiente el monto fijado en concepto de alimentos. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil declaró inapelable la cuestión por considerar que el defensor de menores sólo podía actuar, supletoriamente, cuando el representante legal omitía ejercer su representación, para impedir la frustración de un derecho; en consecuencia, desconoció su carácter de representante de la niña. Contra dicha resolución, la defensora interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, dio lugar al recurso de queja.
18-may-2016Taboada Ortiz, Víctor (PGN)La Dirección Nacional de Migraciones dictó una resolución que declaraba la irregularidad de la permanencia del actor en el país y ordenaba su expulsión y prohibición de reingreso por el término de ocho años. El juez de primera instancia hizo lugar a la excepción interpuesta por la DNM y no habilitó la instancia de revisión judicial. El actor apeló esa decisión. La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó lo resuelto en primera instancia. El actor interpuso recurso extraordinario federal que, denegado, dio lugar a la presentación directa ante la CSJN.
17-oct-2019Taborda (causa Nº 73343)M. y A. eran pareja, se encontraban separados y tenían un hijo de ocho meses. A partir de una discusión por la tenencia del bebé, A. pidió ayuda a su papá, R. Ante su intervención, fue golpeado por M. En ese contexto se acercó al lugar G., la madre de M., junto a su pareja. G. le manifestó a su hijo “matalo matalo” y le expresó a su pareja que dejara a M. hacer “lo que tenía que hacer”. Entonces, M. le produjo diez cortes a R. con un cuchillo. G. lo asistió y lo trasladó a un hospital, donde murió. Por ese hecho, G. fue imputada como partícipe necesaria del delito de homicidio. Una vecina aportó un video casero en el que se escuchaba que una persona decía varias frases, aunque no se observaba quién las manifestaba. Además, prestaron declaración testimonial dos personas, quienes atribuyeron a G. la primera de las manifestaciones. Durante la audiencia de debate la fiscalía consideró que la mujer no había realizado acción alguna para que el conflicto cesara, sino que había incitado a su hijo a continuar con las agresiones. En tal sentido, señaló como agravante que la mujer era madre de M. y requirió que se la condenara a la pena de ocho años de prisión. Por su parte, la defensa sostuvo que no se había logado determinar quién había dicho las frases atribuidas a su asistida. Además, señaló que la mujer no había instigado a M. ni intervenido de ninguna manera sobre el conflicto. Sobre la base de dichas consideraciones, postuló su absolución.
6-oct-2022TAD (Causa N° 64685)Una mujer había sufrido un accidente mientras cumplía con sus tareas laborales. En esa ocasión, se cortó la mano derecha con un bisturí utilizado en un paciente HIV positivo. Ese día realizó una denuncia ante la aseguradora de riesgo de trabajo (ART) a fin de que se die-ra cumplimiento con las resoluciones Nº 19/1998 y 18/2000 que regulaban la atención de accidentes de trabajo del personal de la salud con riesgo de infección por patógenos san-guíneos. No obstante, la aseguradora no cumplió con el procedimiento de los estudios que debían realizarse conforme al protocolo de profilaxis post exposición. Por ese motivo, la trabajadora inició una acción de amparo. En esa oportunidad, solicitó como medida caute-lar que se entregaran un grupo de estudios que le habían realizado y cuyo resultado no le había sido informado. Además, requirió que se obligara a la demandada a realizar un tercer estudio pendiente. Luego, personal de salud se presentó en el domicilio de la mujer para realizar el procedimiento, pero no le entregaron los resultados. En esa oportunidad, la mu-jer se angustió por la incertidumbre de no saber si había contraído HIV. En consecuencia, reclamó a la ART una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados ante el incumplimiento de deberes de asistencia médica y por los desconocimientos de sus derechos como paciente. Además, sostuvo que la negligencia de la aseguradora en el cumplimiento de sus obligaciones le generó un daño moral. El juzgado interviniente hizo lugar al resarcimiento. Por su parte, la aseguradora apeló la decisión por considerar excesivo e injustificado el monto de la indemnización.
2-may-2020Talavera (causa N° 11677)A raíz de la declaración de emergencia sanitaria y la disposición de aislamiento obligatorio, una mujer y su cónyuge quedaron varados en España. Por ese motivo su padre, en representación de su hija y su yerno, interpuso una acción de amparo contra el Estado Nacional (Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y de Culto) con el objeto de que se ordenase efectivizar el derecho a regresar a su país. Asimismo, solicitó como medida cautelar que hasta tanto se procediera a la repatriación, se les entregase una bolsa de alimentos en forma semanal, se abonase el alojamiento y se contratase un seguro de salud a su nombre. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida. Contra esa resolución la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
19-mar-2019Tallarico (causa Nº 6530)Una mujer celebró con la obra social de su marido, Tallarico (adulto mayor con discapacidad), un convenio por el que la entidad se obligaba a pagarle un subsidio por gastos de geriatría. Con posterioridad, Tallarico fue institucionalizado y recibió tratamiento y rehabilitación en el centro Re-Crear. En este contexto, su hija solicitó a la obra social de su padre la cobertura íntegra del centro en el que se encontraba institucionalizado debido a que el monto del subsidio no alcanzaba a cubrir los costos. Sin embargo, la obra social no respondió el planteo. En ese marco, la peticionante inició una acción de amparo contra la obra social y requirió, como medida cautelar innovativa, la cobertura íntegra del hogar en el que se encontraba su padre. El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y obligó a la obra social a dar cobertura en el centro Re-Crear y extendió el monto hasta los límites que indica el Nomenclador de Prestaciones Básicas para las Personas con Discapacidad correspondientes al módulo Hogar Permanente, categoría “A”, más el 35% en con-cepto de dependencia hasta que se resolviera la cuestión de fondo. Contra esa resolución, interpuso un recurso de apelación la parte actora porque consideró que debían aplicarse los valores correspondientes a Hogar Permanente con centro de día, categoría “A”, más el 35% en concepto de dependencia.
19-feb-2019Talleres Reunidos Italo Argentino (causa Nº 28038)La sindicatura de una empresa promovió una acción de simulación y revocatoria contra otra a efectos de que se declarara la nulidad de la venta de un inmueble efectuada por una tercera empresa declarada en quiebra. Además, denunció que la causa invocada para justificar la transacción no había existido y, consecuentemente, la transferencia de dominio constituía un acto simulado que tenía por objeto disminuir el patrimonio en perjuicio de terceros. Adicionalmente, la sociedad demandada recibió, en pago de una supuesta deuda, un inmueble con un valor tres veces superior a la deuda con el único propósito de consumar la insolvencia de la deudora. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y declaró la nulidad de la operación de transferencia de dominio por dación en pago del inmueble. Además, dispuso la anotación registral del inmueble en cabeza de la empresa fallida una vez que quedara firme la decisión. Frente a esto, la parte demandada interpuso un recurso de apelación quejándose de que se le hubiera impuesto la carga de la prueba.
2-mar-2017Talpis v. ItaliaUn hombre y una mujer tuvieron un hijo y una hija en el marco de su matrimonio. En ese momento, el hombre comenzó a presentar signos de alcoholismo. A su vez, en distintas oportunidades, golpeó a su pareja y a su hija. La esposa denunció los episodios ante la policía. Durante su intervención, los oficiales constataron las heridas ocasionadas. Sin embargo, no se inició un proceso judicial. Un mes más tarde, la mujer fue víctima de un nuevo ataque. Ante una nueva denuncia, la policía sólo comprobó la identidad del hombre y le ordenó alejarse de ella. La mujer abandonó su hogar y, a través de una organización que asistía a las víctimas de violencia de género, presentó una denuncia por malos tratos y violencia. En su presentación, solicitó a las autoridades una acción rápida que protegiese a ella y a sus hijos. La organización puso a su disposición una vivienda. Luego de tres meses, el servicio social local informó que no contaba con recursos suficientes para proteger a la víctima en ese sitio y que debía abandonarlo. No obstante, señaló que antes de contar con la asistencia, debía realizar una presentación ante el servicio social local. La mujer comenzó a vivir en la calle hasta que una amiga le hospedó. Posteriormente, consiguió trabajo. Siete meses después de realizar la presentación a través de la organización, la mujer fue interrogada por la policía por primera vez. En esa oportunidad, cambió sus declaraciones. Señaló que su marido era un buen padre de familia y que, más allá de su adicción al alcohol, la situación en su hogar era calma. De esa manera, la investigación judicial fue finalizada. Luego de algunos meses, una nueva denuncia de violencia fue recibida por la policía. El marido fue detenido en estado de intoxicación y se lo liberó a las pocas horas. El hombre volvió al hogar y con un cuchillo hirió a su hijo. El joven murió. Las investigaciones fueron reabiertas. El hombre fue condenado a prisión perpetua por el homicidio de su hijo y los malos tratos hacia la mujer y su hija.
12-abr-2023Tamayo (causa N° 71802)Luego de un cumpleaños infantil en un salón de fiestas, una niña de tres años le manifestó a su madre que el padre de una de sus compañeras la había llevado al baño de varones para orinar y que, cuando terminó, la había limpiado y tocado sus genitales. La madre denunció al hombre y se inició una investigación penal en su contra. En el juicio oral, uno de los padres que había asistido al cumpleaños declaró en calidad de testigo y sostuvo que había visto al hombre imputado llevar de la mano a la niña al baño y luego llorando. A su vez, otro grupo de padres afirmó que no habían visto a la niña ser acompañada al baño por nadie. El tribunal oral interviniente condenó al hombre por el delito de abuso sexual simple a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación por considerar, entre otras cuestiones, que se había realizado una valoración parcial de la prueba y que existía una duda razonable sobre la comisión del delito imputado.
7-abr-2020Tanquía (reg. N° 375 y causa N° 91578)Una mujer había sido detenida e imputada por el delito de hurto. En el momento de su detención se identificó de manera correcta. La imputada registraba antecedentes condenatorios y en el Registro Nacional de Reincidencia se encontraba anotada bajo distintos nombres. La defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. En esa oportunidad aportó un domicilio en donde podía vivir con su madre y su hija de cuatro años. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera señaló que, en virtud de los antecedentes de la mujer, la eventual pena no podía ser de ejecución condicional. Además, consideró que haber dado diferentes nombres en detenciones anteriores configuraba un riesgo de fuga que impedía conceder una medida cautelar alternativa a la prisión preventiva. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
25-nov-2021Tapia (reg. N° 1942 y causa N° 241)En 2015, un hombre había sido imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En 2016, había sido acusado por el mismo delito. En febrero de 2018 fue condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión por ambos hechos. Ese mismo año fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por el artículo 11, inciso e, de la ley N° 23.737. Por esos hechos fue condenado a la pena de seis años de prisión. En octubre de 2019, el tribunal interviniente unificó las penas. En la etapa de ejecución, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Juzgado de Ejecución rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que al momento de la comisión de los primeros hechos se encontraba vigente la ley N° 24.660 sin las modificaciones introducidas por la ley Nº 27.375. En ese sentido, solicitó la aplicación de la ley penal más benigna.