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FechaTítuloResumen
24-feb-2015Martínez Pérez, José Luis -PGNEn el año 2000, el actor compró una parcela ubicada en Bariloche, provincia de Río Negro, a la Empresa Forestal Rionegrina SA. Sin embargo, la comunidad Las Huaytekas, integrante del pueblo mapuche, ejercía en esas tierras la ocupación tradicional indígena, tal como quedó acreditado mediante un informe realizado por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) en el marco de lo dispuesto por la ley 26.160. El actor inició una denuncia penal y un interdicto de recobrar la posesión, invocando el título de propiedad inscripto a su nombre en el Registro de la Propiedad Inmueble y logró en primera instancia una medida cautelar que ordenaba el desalojo de las familias de la comunidad. La Comunidad apeló el pronunciamiento.
9-mar-2015Martínez, Cristian MarceloEn el caso, el Sala de turno declaró inadmisible el recurso de casación deducido por la defensa contra la decisión del tribunal oral de rechazar la excarcelación del imputado.
13-may-2015Martínez, Diego RicardoUn hombre fue imputado en el año 2007 por el delito de robo agravado por la intervención de una persona menor de edad. Durante tres años el expediente no tuvo ninguna actuación relevante. Elevada la causa juicio, en 2014 la defensa planteó una excepción de falta de acción y requirió que se declarara la extinción de la acción penal por prescripción. La fiscalía se expidió de modo favorable. El Tribunal Oral rechazó la solicitud. Para decidir de ese modo, consideró que no habían transcurrido los plazos previstos para la prescripción del delito imputado. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
22-abr-2016Martínez, Santiago UlpianoEl representante del Ministerio Público Fiscal –en calidad de Fiscal General subrogante de la Fiscalía Federal de Primera Instancia– había interpuesto un recurso de apelación contra la resolución que desestimó una denuncia contra un juez por irregularidades en causas seguidas por crímenes de lesa humanidad. El fiscal mantuvo el recurso ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca mediante la presentación del informe previsto por la acordada CFABB 72/08 en reemplazo de la audiencia prevista en el art. 454 CPPN. La Cámara tuvo por desistido el recurso por entender que el escrito era inoficioso por haber sido firmado y sellado por el funcionario que lo interpuso y no por el Fiscal de Cámara. Contra esa decisión, el fiscal interpuso recurso de casación.
7-nov-2023“Martínez” (causa Nº 5688)En noviembre de 2019 un hombre había sido condenado a la pena de cinco años de prisión por el delito de comercialización de estupefacientes. Conforme el cómputo de pena efectuado, la sanción impuesta vencía en noviembre de 2023. Asimismo, en noviembre de 2021, se redujo en dos meses el plazo temporal para transitar en el régimen penitenciario por aplicación del artículo 140 de la ley N° 24.660. La defensa del condenado solicitó que se le concediera la libertad condicional. El tribunal interviniente valoró informes elaborados por distintas áreas de la unidad penitenciaria donde se encontraba detenido que se pronunciaban por unanimidad de manera favorable al otorgamiento del instituto liberatorio. Entonces, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 14, inciso 10, del Código Penal y 56 bis, inciso 10, de la ley N° 24.660 y dispuso la libertad condicional del hombre. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que la categoría utilizada por el poder legislativo para efectuar la distinción del artículo 14 no era irrazonable ni desproporcionada y el principio de igualdad no se veía afectado. En ese sentido, consideró que si bien la reinserción social era un derecho de las personas condenadas, nada impedía al legislador diagramar otras alternativas, como el régimen preparatorio para la liberación previsto en el artículo 56 quater de la Ley de Ejecución.; La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar a la impugnación y anuló la resolución. Además, declaró la constitucionalidad de los artículos 56 bis, inciso 10, de la ley N° 24.660 y 14, inciso 10, del Código Penal y reenvió las actuaciones al tribunal de origen para que evaluara la pertinencia de mantener o revocar esa situación procesal del condenado en virtud de su comportamiento en libertad. Contra esa sentencia, el fiscal interpuso un recurso extraordinario federal.
9-jul-2015Martzaklis y otros v. GreciaLos peticionarios, portadores de HIV y con un grado de discapacidad del 67%, se encontraban detenidos en el hospital de la cárcel de Korydallos, sector superpoblado y compartido con personas que sufrían otras enfermedades contagiosas. Dicho establecimiento, además, contaba con baños que no cumplían con los estándares mínimos de higiene, la lavadora se encontraba fuera de servicio –pese a que la ropa de los internos debía ser lavada todos los días a una temperatura alta–, el valor nutricional de la comida era bajo, la edificación no estaba adecuadamente calefaccionada y el espacio se limitaba a menos de 2 metros cuadrados por persona. Por lo demás, el hospital no brindaba atención médica especializada en enfermedades infecciosas.
30-jun-2022Masacre de Napalpí (Causa N° 9846)En 1924 residían en el territorio chaqueño denominado Reducción de Indios de Napalpí aproximadamente mil personas de los pueblos Moqoit y Qom. La situación de los pueblos era de extrema vulnerabilidad, no tenían acceso a bienes esenciales y se encontraban sometidos a condiciones de trabajo análogas a la esclavitud. El 19 de julio de ese año, en el marco de una huelga contra las condiciones a las que estaban sometidos, personal policial y de gendarmería junto con personas civiles armadas ingresaron a la localidad y dispararon contra la población de forma indiscriminada. Como resultado, fueron asesinadas entre cuatrocientas y quinientas personas. En 2022, el Ministerio Público Fiscal requirió la realización de un juicio por la verdad a fin de obtener una resolución judicial declarativa de los hechos ocurridos en la denominada “Masacre de Napalpí”. Cabe destacar que un juicio por la verdad es un proceso judicial impulsado ante algún tipo de imposibilidad legal para el ejercicio de la acción penal y su objetivo es investigar el hecho delictivo y que se dispongan distintos tipos de medidas de reparación.
13-dic-2021MASCI (causa Nº 12620)Una persona de la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, inició ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) un trámite para obtener un retiro por invalidez. La persona realizó una evaluación ante la Comisión Médica del organismo y apeló el dictamen que emitió el organismo ante la Cámara Federal de la Seguridad Social (conforme artículo 49 inciso 4 de la ley Nº 24.241). El tribunal de segunda instancia ordenó una medida para mejor proveer que fue notificada al Defensor Público Coadyuvante a cargo de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social. Contra esa resolución, el defensor interpuso un recurso de reposición y solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 49, inciso 4, de la ley Nº 24.241. Entre sus argumentos, expresó que el actor no podía desplazarse a la Ciudad de Buenos Aires –asiento del tribunal de segunda instancia– debido a que tenía que cumplir con deberes de asistencia familiar.
20-jul-2018Masliah (causa Nº 21789)Una mujer denunció a su ex pareja por un hecho constitutivo de violencia de género. El imputado manifestó en su declaración indagatoria que en el momento al que se aludía en la denuncia había tenido un accidente vial, había sido intervenido quirúrgicamente y se encontraba en silla de ruedas. Por ese motivo, indicó que no resultaba posible haberle causado ningún tipo de lesión física a su ex pareja. De todos modos, el hombre fue procesado. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
20-sep-2019Mastronardi (reg. Nº 1690 y causa  N° 1968)Una persona había sido imputada por el delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social durante los períodos fiscales de junio y diciembre de 2013 y febrero, marzo, abril y mayo de 2014 por un total de $154.256,76. En la etapa de instrucción, fue sobreseída por la aplicación retroactiva de la ley N° 27.430, en virtud del artículo 2 del Código Penal. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que las sumas evadidas superaban por umbrales mínimos el monto de $20.000 fijado por la ley N° 26.735. La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca revocó la decisión. Para resolver de esa manera, sostuvo que la modificación de los montos dinerarios de punibilidad no reflejaba un desinterés del Estado en mantener la incriminación de determinadas conductas, sino que había tenido como única finalidad actualizarlos para compensar la depreciación sufrida por la moneda nacional. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, se agravió por la afectación del principio de legalidad y debido proceso. En ese sentido, explicó que la Cámara de Apelaciones había aplicado al caso una norma que había sido derogada por la ley N° 27.430.
19-jun-2020Mastrostefano (causa N° 32109)Tres personas libraron cheques sin fondo. Por ese hecho fueron imputadas por el delito de defraudación. La defensa solicitó la celebración de una audiencia de conciliación en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código Penal y ofreció una reparación. La empresa damnificada prestó su consentimiento. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al planteo. En ese sentido, sostuvo que en la maniobra había existido un concurso de delitos y que una de las imputadas tenía una causa en trámite por el delito de asociación ilícita. Por esa razón, el juzgado rechazó el acuerdo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
8-ago-2023MAT (Causa N° 28950)Una persona trabajaba como masajista y utilizaba cremas con cannabis para realizar sus tratamientos. En ese contexto, decidió cultivar plantas de marihuana para producir sus propias cremas. A partir de una denuncia, la policía realizó un allanamiento en el domicilio de la persona. Allí, encontraron plantas de marihuana y distintos recipientes plásticos con cannabis, que fueron secuestrados y peritados. Los informes periciales indicaron que los elementos contenían THC en una concentración muy baja. La persona fue procesada por el delito de tenencia de estupefacientes. Contra esa resolución, su defensa interpuso un recurso de apelación. El juzgado interviniente hizo lugar al recurso y sobreseyó a la persona. Sin embargo, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, indicó que la persona no podía cultivar plantas de cannabis porque no estaba inscripta en el REPROCRANN. Luego, el Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal desistió del recurso.
5-abr-2017Matarasso, Néstor PabloLa defensa había planteado la excepción de falta de acción por prescripción de la acción penal. El juzgado rechazó la solicitud. Contra esa resolución, interpuso un recurso de casación. Allí, invocó el precedente “Julián, Carlos Alberto”, en el que la Sala III de la CNCCC había hecho lugar a una solicitud similar. Sin embargo, la Sala I no hizo lugar a la impugnación. Frente a esta situación, la defensa consideró contradictoria la doctrina establecida en los dos fallos e interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley, en los términos del art. 11 de la ley 24.050.
21-sep-2015Mateo, Romina Soledad y otroLa causa se inició a raíz de la extracción de testimonios ordenada por la jueza titular del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nº 47. La magistrada tomó conocimiento de que el supuesto autor material de un robo iba a presentarse ante el Juzgado de Garantías de Responsabilidad Juvenil nº1 de San Martín, motivo por el cual le solicitó al titular de esa sede que lo detenga. Sin embargo, el imputado no se presentó y, por ende, la detención no se produjo. La magistrada de instrucción advirtió que la incomparecencia se había producido porque un empleado de la Defensoría Oficial del Departamento Judicial de San Martín se había comunicado con la madre del imputado a fin de advertirle del pedido de detención para que no se presentara en la sede del Juzgado provincial. Para ello, se hizo con las conversaciones telefónicas entre el empleado de la defensoría y la madre del imputado y entre ésta y su hijo. Los testimonios respecto del accionar del empleado que realizó el llamado y de la secretaria de la defensoría de San Martín se derivaron al fuero federal. El Fiscal Federal de Tres de Febrero requirió la instrucción por haber anoticiado a Leandro Nahuel Anselmo que pesaba un pedido de detención en su contra y, por tanto, haberlo ayudado a eludir las investigaciones y la acción de la autoridad competente.
29-jul-2020Matos Conde (Causa n°73620)Un hombre había sido condenado a la pena de un año y seis meses de prisión por el delito de robo agravado por haber sido cometido en un lugar poblado y en banda, en grado de tentativa. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional casó la sentencia y modificó la calificación legal por la de robo simple tentado. Además, reenvió la causa al tribunal para que estableciera una nueva pena, que debía ser inferior a la primera. El Tribunal Oral impuso al imputado una pena idéntica a la anterior. Entonces, su defensa interpuso un recurso de casación por considerar que la decisión era arbitraria dado que no respetaba lo resuelto por la CNCCC. El tribunal rechazó el planteo, lo que motivó la interposición de un recurso de queja.
29-nov-1968MatteiEn febrero de 1964 una persona había sido imputada del delito de contrabando. En agosto de ese año se dictó su prisión preventiva. En 1967 el juzgado dispuso el cierre del sumario y el expediente fue elevado a la etapa de plenario. El tribunal interviniente anuló de oficio todo lo actuado a partir del cierre de sumario. En particular, sostuvo que la instrucción había sido deficiente y que existían pruebas que debían realizarse puesto que eran de interés para la causa. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal, que fue denegado. Entonces, interpuso un recurso de queja. Entre otras cuestiones, señaló que la resolución impugnada había violado el derecho de defensa, puesto que se retrotrajo el proceso cuando se encontraba en condiciones de ser resuelto de modo definitivo.
14-abr-2023Maurellio (causa N° 1026)Un hombre había sido condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de evasión tributaria doblemente agravado. Tiempo después, el tribunal interviniente dispuso su detención bajo la modalidad de arresto domiciliario. La defensa presentó informes de diversas dependencias en relación a las condiciones personales de su asistido y de su familia, compuesta por su esposa y dos hijos. De los documentos se desprendía la necesidad del hombre de generar ingresos para el sustento familiar. En ese contexto, la defensa solicitó una autorización para salir a realizar tareas laborales. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. En ese sentido, expuso que el condenado no se encontraba en condiciones de acceder al régimen de semi libertad por no cumplir con el requisito temporal establecido en la Ley de Ejecución Penal. Además, consideró que no se trataba de un “interno” en el sentido estricto por no encontrarse alojado en una unidad penitenciaria.
15-may-2014Mavri v. EsloveniaEl peticionario, Danilo Mavri?, fue obligado en 2008 a pagar una multa a la policía por atacar verbal y físicamente a Š.S. Luego, solicitó la revisión judicial de esta medida, proponiendo dos testigos. En marzo de 2011 el tribunal local de Ljubljana escuchó a los testigos y en base a ello rechazó el pedido del peticionario. El tribunal no informó la audiencia al peticionario ni a su abogado, por lo que estos no pudieron examinar a los testigos ni hacerse oír. Ante esto, el señor Mavri? presentó apelación, que en septiembre de ese mismo año fue rechazada por inadmisible por el tribunal constitucional.
31-mar-2022Maza (Causa n°24000934)En marzo de 1975 un hombre había sido detenido por las fuerzas de seguridad y trasladado a un escuadrón de Gendarmería Nacional. En ese lugar fue torturado y, luego de un mes, recuperó su libertad. En 2010 el hombre denunció los hechos y desde aquel momento intentó acceder al proceso como querellante. Sin embargo, obtuvo un resultado negativo. Entre los obstáculos que se lo impidieron, se encontraba la ausencia de recursos económicos para solventar una asistencia legal privada, el mal desempeño de los abogados particulares que lo representaron en determinados momentos y la distancia entre su lugar de residencia y la ciudad donde estaba radicada la causa. En 2017 se promulgó la Ley de Víctimas y en 2020 se puso en funcionamiento la Defensoría Pública de Víctimas en el ámbito de la Defensoría General de la Nación. De esa manera, el Defensor Público de Víctimas de Salta solicitó que se tenga al hombre por constituido como querellante. En su presentación, argumentó que el hombre había intentado mantener un rol activo dentro de la acusación desde que formuló su denuncia.
abr-2018Más que un perfume. Algunas cuestiones problemáticas en el procedimiento previsto por la ley 27.272La sanción de la ley Nº 27.272 (1/12/2016) implicó la modificación parcial del Código Procesal Penal de la Nación y el establecimiento de un procedimiento especial para los delitos cometidos en flagrancia. Este trabajo se plantea analizar los problemas centrales que plantea la reforma y realizar un balance en lo que respecta a los avances y retrocesos que tuvieron lugar como consecuencia de ella en materia de garantías constitucionales.