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Fecha | Título | Resumen |
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30-may-1999 | Castillo Petruzzi y otros v. Perú | El 15 de octubre de 1993, Jaime Francisco Castillo Petruzzi, María Concepción Pincheira Sáez, Lautaro Enrique Mellado Saavedra y Alejandro Astorga Valdés, ciudadanos chilenos, fueron detenidos en Perú acusados por la comisión del delito de traición a la patria. Los nombrados fueron juzgados y condenados a prisión perpetua por un juez sin rostro de la justicia militar. Durante el trámite de las respectivas causas, los abogados defensores no pudieron entrevistarse en privado con sus asistidos, no tuvieron acceso al expediente, y no pudieron contrainterro-gar a los testigos de cargo. Por su parte, los inculpados tampoco tuvieron acceso a las pruebas reunidas en su contra, y declararon encapuchados, vendados y encadenados. |
12-dic-2006 | Benítez, Aníbal Leonel | El tribunal oral había condenado a una persona a la pena de dos años y seis meses de prisión por haberlo considerado autor del delito de lesiones graves calificadas por su comisión con arma de fuego. Para llegar a esa conclusión, el tribunal se había basado en los testimonios de cargo incorporados por lectura sin brindar a la defensa la posibilidad de interrogarlos. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación, cuya denegación motivó la presentación de un recurso extraordinario. |
7-jun-2011 | Gallo López, Javier | El tribunal oral condenó a una persona a la pena de dieciocho años de prisión por considerarlo autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por un ascendiente en concurso ideal con el delito de corrupción de una menor de dieciocho años de edad, agravado también por esta última circunstancia. Contra esa decisión, el defensor interpuso recurso de casación y argumentó que se vio imposibilitado de controvertir los dichos de la víctima y la denunciante. La Sala IV de la CFCP, por aplicación del precedente “Benítez” de la CSJN, anuló la sentencia condenatoria y reenvió las actuaciones a un nuevo tribunal. Esa resolución fue impugnada por el fiscal. |
15-dic-2011 | Al-Khawaja y Tahery v. Reino Unido | En la presente sentencia, el Tribunal Europeo abordó y falló los casos de los peticionarios Al-Khawaja y Tahery de manera conjunta. En primer lugar y respecto de Al-Khawaja, en junio de 2003, ST y VU denunciaron haber sido abusadas sexualmente durante las consultas médicas realizadas con el peticionario. Antes del comienzo del juicio por estos he-chos, ST se suicidó; sin embargo, había declarado ante la policía y relatado los hechos a otras dos personas (BF y SH). Su declaración escrita fue leída durante el juicio y los dos testigos brindaron su declaración. Además, VU brindó su testimonio junto con la evidencia presentada por los oficiales de la policía. Por otro lado, la defensa interrogó a estos testigos, presentó su propia evidencia y convocó a sus propios testigos. El tribunal condenó a Al-Khawaja a 15 meses de prisión por el caso de ST y a 12 meses por el caso de VU. En segundo lugar y respecto de Tahery, en mayo de 2004, un miembro de la comunidad iraní de Londres, S, se involucró en una pelea callejera con miembros de la comunidad kurda. Tahery, por su parte, se interpuso para defenderlo. Con posterioridad, los dos ira-níes discutieron y pelearon en la calle, en presencia de varias personas: el tío y un amigo de S (T), y los kurdos de la pelea anterior. S fue apuñalado y el peticionario fue acusado por lesiones dolosas. Ningún testigo, ni siquiera S, pudo identificar al peticionario como el autor de la lesión. Sin embargo, en días posteriores, el testigo T declaró ante la policía haber visto al peticionario apuñalando a S. Dado que Tahery había efectuado declaraciones en otro sentido, se lo acusó por obstrucción de justicia, cargo que aceptó, a diferencia del cargo de lesiones, que volvió a rechazar. T declaró frente al juez detrás de una pantalla; no declaró ante el jurado por temor a represalias fundadas en llamadas y visitas que recibieron él y su familia, de las que no dio detalles. Por lo tanto, su declaración sólo fue leída. Finalmente, Tahery fue condenado a la pena de 9 años de prisión por lesiones y a quince meses por obstrucción de justicia. |
28-feb-2012 | GML (causa N° 10) | Una mujer vivía con su pareja y sufría violencia de género de forma regular. En una oportunidad, mientras ella cocinaba, él comenzó a golpearla. Entonces, la mujer agarró un cuchillo para que no se le acercara y la dejara ir. Sin embargo, en uno de los movimientos que realizó lo apuñaló. El hombre fue trasladado al hospital y, luego, falleció. En la etapa de juicio oral, la mujer declaró que no había querido matarlo, sino que sólo se había defendido. Además, diferentes testigos expusieron que la mujer se había alejado y aislado de sus amigos y entorno habitual ante los celos de su pareja. La Cámara en lo Penal, Correccional y Contravencional la condenó a la pena de nueve años de prisión por el delito de homicidio. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que la mujer había sido víctima de violencia de género y que había actuado en legítima defensa. |
ene-2014 | Prueba testimonial (internacional) | Jurisprudencia internacional sobre prueba testimonial |
15-may-2014 | Mavri v. Eslovenia | El peticionario, Danilo Mavri?, fue obligado en 2008 a pagar una multa a la policía por atacar verbal y físicamente a Š.S. Luego, solicitó la revisión judicial de esta medida, proponiendo dos testigos. En marzo de 2011 el tribunal local de Ljubljana escuchó a los testigos y en base a ello rechazó el pedido del peticionario. El tribunal no informó la audiencia al peticionario ni a su abogado, por lo que estos no pudieron examinar a los testigos ni hacerse oír. Ante esto, el señor Mavri? presentó apelación, que en septiembre de ese mismo año fue rechazada por inadmisible por el tribunal constitucional. |
29-may-2014 | Norín Catriman y otros (dirigentes, miembros y activista del Pueblo Indígena Mapuche) v. Chile | Los ocho peticionarios, autoridades y miembros del Pueblo Indígena Mapuche y una activista por los derechos de dicho pueblo, habían sido penalmente condenados por el Estado de Chile de acuerdo a la “Ley Antiterrorista” Nº 18.314 de 1984, por los hechos ocurridos durante la protesta social, ocurrida entre los años 2001 y 2002, por la reivindicación de sus tierras ancestrales. La protesta se originó por el desplazamiento del Pueblo Mapuche de sus tierras tradicionales, acrecentado por la explotación de estas por empresas forestales y por el emprendimiento de proyectos tales como centrales hidroeléctricas y carreteras. En el marco de este conflicto, además de las movilizaciones, tuvieron lugar ocupaciones de las tierras demandadas y otras tierras no reclamadas, incendios de plantaciones forestales, cultivos, instalaciones y casas patronales, destrucción de equipos, maquinarias y cercados, cierres de vías de comunicación y enfrentamientos con la fuerza pública (“Carabineros” y Policía). Por estos hechos, los ocho peticionarios y otras personas fueron procesadas (con prisión preventiva en muchos casos) y condenados penalmente de acuerdo a la Ley Antiterrorista a penas de prisión y accesorias tales como la prohibición de desempeñarse en medios de comunicación o la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos. Asimismo, a partir del 2001 se produjo un aumento significativo de la investigación y/o condena a mapuches por delitos ordinarios. |
20-oct-2014 | C, N | En el contexto de una pelea callejera entre varias personas menores de edad, dos adolescentes, presuntamente, habían sustraído el teléfono celular de otra persona menor de edad. El juez de instrucción sobreseyó a una de ellas por inimputabilidad y procesó a la otra por el delito de robo en poblado y en banda. Basó su decisión únicamente en los testimonios de los damnificados. |
5-nov-2014 | Riveros, Santiago Omar y otros | Los imputados fueron convocados a prestar declaración indagatoria. En dicha oportunidad se les hizo saber que obraban en el expediente como prueba de cargo las declaraciones testimoniales que habían brindado bajo juramento en el mismo proceso. |
1-dic-2014 | Orellano, Juan José | Una persona fue procesada por haber cometido, presuntamente, el delito de robo en grado de tentativa (artículo 42, 45 y 164 del Código Penal de la Nación). En el marco del juicio oral, el fiscal formuló su acusación. Con posterioridad a ello, “…el defensor manifestó a la actuaria que se había cruzado con [la víctima del ilícito en cuestión] y que éste le había anunciado que los hechos de la causa tenían algunas diferencias en cuanto a lo que declaró en el debate. A ello, el presidente del debate agregó que cuando se dirigía a la audiencia el damnificado le refirió que quería modificar algunas cuestiones respecto de su declaración”. Por este motivo, el testigo volvió a declarar y el fiscal debió reformular su alegato. |
17-abr-2015 | Suárez Avila, José Luis | En el marco de un procedimiento policial de rutina se observó a una persona que poseía un elemento extraño que sobresalía de su pantalón. En razón de ello, la policía –sin convocar testigos– le solicitó que exhibiera sus pertenencias. En este marco, se evidenció que la persona detenida poseía marihuana. |
15-may-2015 | Torales (causa N° 550) | En el marco de un procedimiento policial, personal policial del Destacamento de Lomas del Mirador detuvo a un joven de 16 años y lo trasladó a la dependencia policial. Al momento de su ingreso, una médica lo examinó y no constató ningún tipo de lesión física. En ese contexto, el joven fue alojado en el sector de la cocina y se le impidió todo tipo de contacto. El oficial de servicio a cargo del destacamento el día de los hechos golpeó al joven mientras otro funcionario policial lo sujetaba del brazo. De esa manera, le ocasionaron un traumatismo facial en la frente y en el pómulo izquierdo. Al mismo tiempo, lo amenazaron con quitarle la vida y lo humillaron. Por esos hechos, el jefe de servicio fue imputado por el delito de tortura. En la etapa de juicio oral, la madre del joven explicó que el día del hecho su hijo se había ido a trabajar temprano y al mediodía arribó un móvil policial a su casa a fin de avisarle que el joven estaba detenido por el delito de robo. La mujer contó que en el destacamento se entrevistó con un policía que le dijo que esperara en el sector de guardia. Luego, el oficial le manifestó que no podía ver a su hijo porque estaba detenido e incomunicado. Según su declaración, esperó durante horas hasta que decidió regresar a su casa y solicitarle ayuda a su hija. Cuando regresaron juntas al destacamento escucharon que el joven gritaba. En ese momento, se abrieron dos puertas y escuchó que su hijo gritaba “Vane sacame de acá que me están matando a palos”. Entonces, solicitó de nuevo ver al joven, pero le dijeron que no era posible debido a que carecía de la documentación necesaria para acreditar el vínculo familiar. La mujer explicó que desde que se retiró del destacamento hasta que regresó con la partida de nacimiento transcurrieron dos horas. Por último, manifestó que vio caminar por un pasillo al joven que lloraba e insultaba al imputado. |
18-jun-2015 | Escobar, Daniela | El tribunal oral había condenado a una mujer a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por la relación de pareja. La defensa recurrió la resolución. |
23-jun-2015 | Balta et Demir v. Turquía | Dos personas fueron condenadas a penas de prisión por su pertenencia a una organización ilegal. La sentencia se fundó, principalmente, en un testimonio anónimo tomado en una audiencia “a puertas cerradas”, sin que la defensa pudiera examinar al testigo ni acceder a sus testimonios más que por la incorporación por lectura. Esta resolución fue confirmada por el tribunal superior de la causa. |
9-jul-2015 | El Khoury v. Alemania | Boutros Yaacoub El Khoury, ciudadano libanés, había sido arrestado en Portugal en agosto de 2006 y extraditado a Alemania en septiembre del mismo año, imputado por tráfico de drogas y falsificación de documentos. Durante su detención se lo mantuvo en un régimen especial de aislamiento respecto de otros presos. La detención preventiva fue prorrogada en varias ocasiones debido a que se presumía que existía un elevado riesgo de fuga. En septiembre de 2009 se lo condenó a la pena de seis años de prisión. El recurso de apelación que interpuso contra esa sentencia fue rechazado por la Corte Constitucional Federal en enero de 2012. En el ámbito europeo, el señor El Khoury alegó que el encarcelamiento preventivo que se le impuso y los procesos que se le siguieron tuvieron una duración excesiva y que ni él ni su defensor tuvieron la oportunidad de confrontar al testigo principal de cargo en ninguna etapa del procedimiento. |
15-jul-2015 | Jimenez, Roberto Claudio y otro | El tribunal oral había condenado a los imputados por la comisión del delito de robo con armas en grado de tentativa. La resolución se basó, principalmente, en la declaración de la víctima. Ante esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación. |
ago-2015 | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional | El presente boletín reúne los pronunciamientos emitidos por la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional en el primer semestre de 2015 en seis ejes temáticos: -Prisión preventiva y aspectos ligados al derecho a la libertad de las personas imputadas en el marco de un proceso penal; - Suspensión del proceso a prueba y conversión de la pena de prisión en tareas comunitarias; - Problemas de la parte especial del derecho penal; - Procedimiento de juicio abreviado; - Garantías constitucionales; - Ejecución penal. |
2-sep-2015 | MSH (causa Nº 44917) | Un hombre, asistido por su abogada, inició un juicio laboral por un accidente que había tenido en su lugar en su trabajo. El fallo fue favorable al actor, quien transfirió a su abogada una suma dineraria que superaba los honorarios pactados. Por esa razón, la denunció por el delito de estafa. Sin embargo, al declarar en el marco del juicio oral, su versión de los hechos difirió de lo que había relatado en la etapa de instrucción. Por su parte, la imputada explicó que el monto percibido en concepto de honorarios se correspondía con el asesoramiento brindado en virtud de dos denuncias que había efectuado su cliente y la devolución de un préstamo de dinero. Una testigo, empleada de la imputada, dijo que era usual que se efectuaran ese tipo de transacciones con los clientes y que podía dar cuenta de que la abogada le devolvió al querellante los pagarés de la deuda al momento de realizarse la transferencia. El Tribunal Oral condenó a la abogada por el delito de estafa a una pena de nueve meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial para ejercer la profesión por un año y seis meses. Para decidir de esta manera, valoró la prueba documental incorporada al debate –el expediente laboral y el informe del Banco Ciudad de Buenos Aires– y los dichos de la imputada y del querellante. Tras comparar las versiones ofrecidas por las partes, descartó la de la imputada porque, a su criterio, no existía prueba que avalara su descargo. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
10-dic-2015 | Sosa, Emiliano Facundo | En este caso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal había confirmado el rechazo de la excarcelación dispuesto por el juez de instrucción. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación. |