Buscar por Voces SENTENCIA EQUIPARABLE A DEFINITIVA
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Fecha | Título | Resumen |
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11-nov-2014 | Carreras, Aldo Omar | La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal declaró mal concedido el recurso de casación deducido contra el fallo de la Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal que confirmó la decisión de primera instancia que rechazó la excepción de falta de acción por cosa juzgada interpuesta por la defensa. La Cámara de Casación Penal había desestimado la vía casatoria por considerar que el rechazo de una excepción de falta de acción no encuadraba en los supuestos de resoluciones recurribles que contiene el artículo 457 del ordenamiento adjetivo. |
mar-2015 | Habeas corpus (nacional) | Jurisprudencia nacional sobre hábeas corpus (nacional) |
27-mar-2015 | Romano, Matías Norberto | El tribunal oral denegó el pedido de excarcelación del imputado, por lo que la defensa interpuso recurso de casación. |
2-jun-2015 | Acuña Noemi c. Anses y otro - Pcia de Salta | En el año 2005, la parte actora solicitó el reajuste de su jubilación que fue resuelta por la ANSeS. Sin embargo, al no haberse notificado esa resolución, la demandante requirió nuevamente la recomposición de sus haberes el 23 de octubre de 2006, reclamo que fue decidido el 12 de diciembre de ese año, época en que la actora ya había iniciado la demanda de conocimiento pleno. La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró la inhabilidad de la instancia judicial por falta de agotamiento de la vía administrativa. Contra esa decisión, la accionante interpuso el recurso extraordinario cuya denegación dio origen a la queja. |
3-dic-2015 | Rocha Beltrán, María Isabel | La Cámara de Apelaciones había revocado la excarcelación que el juez de instrucción le había concedido a la imputada. Ello, dado el peligro de fuga que se derivaba de la calificación jurídica del hecho que se le atribuía y la gravedad de la pena que podría recaer en su contra. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación. |
21-dic-2015 | Cuevas Contreras (causa Nº 19151) | En el presente caso, el Tribunal Oral en lo Criminal había rechazado la excepción de falta de acción por reparación integral en los términos del inciso 6º del art. 59 del Código Penal –incorporado por ley 27.147–. Para resolver de este modo, el tribunal consideró que la entrada en vigor de la ley mencionada se encontraba supeditada a la puesta en funcionamiento del nuevo Código Procesal Penal de la Nación (ley 27.063). Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación. |
22-dic-2015 | RBS | En este caso, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires había desestimado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley promovido por la Procuradora General ante esa instancia contra la sentencia por la cual se había ordenado comunicar al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal la decisión de no aplicar una sanción penal a dos menores de edad, en relación a los hechos por los que fueron declarados penalmente responsables. A tal fin, el tribunal entendió que el pronunciamiento recurrido no constituía sentencia definitiva ni equiparable a tal. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso recurso extraordinario federal y, frente a su rechazo, recurso de queja. |
8-nov-2016 | Robbio, Carlos María | La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó el procesamiento con prisión preventiva y embargo de una persona imputada por delitos de lesa humanidad. Frente a esto, la defensa interpuso un recurso de casación que, al ser denegado, motivó la presentación de un recurso de queja. Entre sus argumentos, la defensa sostuvo que las impugnaciones resultaban formalmente viables dado que la sentencia recurrida era equiparable a definitiva y el agravio que le generaba no era susceptible de reparación posterior, ya que determinaba la privación de la libertad de su asistido. |
22-nov-2017 | Almada (Causa Nº 30665) | Dos hombres forzaron la ventana de un comercio y tomaron seis paquetes de papas fritas. Ambos fueron detenidos e imputados por robo simple en grado de tentativa. Elevada la causa a juicio, ofrecieron a la dueña del comercio la suma de mil pesos en concepto de reparación integral. La damnificada aceptó el monto y manifestó que no le interesaba que la causa continuara. La víctima y los imputados suscribieron un acuerdo que, luego, presentaron ante el tribunal. Entonces, requirieron que se dispusiera su sobreseimiento por reparación integral. Por su parte, la fiscalía se expidió de forma desfavorable a la solicitud de las defensas. El tribunal rechazó la petición. Contra esa decisión, las defensas interpusieron un recurso de casación. |
21-may-2019 | Rubinowicz (Causa Nº3017) | Cuatro personas se encontraban imputadas por el delito de lavado de activos. Durante la instrucción, solicitaron la producción de ciertas medidas de prueba. La solicitud fue denegada con fundamento en que podían ser producidas en la etapa posterior. Elevada la causa a juicio, la defensa solicitó su realización. El Tribunal Oral rechazó casi la totalidad de la prueba ofrecida. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de reposición. El Tribunal Oral rechazó las impugnaciones. Entonces, se interpuso un recurso de casación que, denegado, motivó la interposición de una queja. |
22-dic-2020 | Salvatierra (causa N° 74000120) | Tres personas fueron imputadas por la comisión de un delito. En la etapa de juicio, la defensa solicitó que se les concediera la probation. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Uno de los imputados designó un abogado particular, quien aceptó el cargo. La defensa interpuso un recurso de casación contra la decisión que había rechazado la suspensión del juicio a prueba y planteó la recusación de los jueces intervinientes. El tribunal rechazó la recusación y la designación del letrado particular. Para decidir de esa manera sostuvo que la elección del acusado tenía como objeto apartar a los jueces naturales de la causa debido a la relación de amistad que vinculaba al abogado con uno de los magistrados. Entonces, el tribunal intimó al imputado a designar un nuevo letrado bajo apercibimiento de nombrar a una persona de la defensa oficial. Ante su negativa, el tribunal ordenó la designación. El acusado realizó una presentación in pauperis en la que rechazó la asistencia de la defensa oficial y sostuvo que ya había designado a un abogado de confianza y no quería otra representación letrada. De acuerdo a lo dispuesto por la resolución DGN 1355/2015, el defensor oficial se abstuvo de asistir al imputado dado que había manifestado de manera expresa su voluntad de ser representado por un letrado de su confianza. Además, planteó la nulidad del auto que había ordenado su designación por entenderlo arbitrario y violatorio del derecho de defensa. Rechazado el planteo, el defensor interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que la intervención de un defensor oficial era supletoria y debía cesar cuando la persona asistida ejercía su derecho a nombrar un abogado de su confianza. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible la impugnación. Para decidir de esa manera consideró que la resolución atacada no constituía una sentencia definitiva y que no se había acreditado la existencia de una cuestión federal. Contra ese pronunciamiento, el representante del Ministerio Público Fiscal y la defensa interpusieron sendos recursos extraordinarios federales, cuyo rechazo motivó la interposición de recursos de queja. |
28-dic-2021 | Reynal (Causa n° 1875) | En una causa penal se investigaba una serie de delitos cometidos durante la última dictadura militar. En el año 2000, el juzgado interviniente dispuso la prescripción de la acción penal y sobreseyó al hombre imputado. Contra esa decisión, la querella solicitó la nulidad del sobreseimiento. Entre otras cuestiones, planteó que los hechos investigados eran delitos de lesa humanidad. El juzgado rechazó el planteo y la querella interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó lo resuelto por el juzgado. La querella interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y anuló la decisión. Entonces, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso extraordinario federal. Ante su denegación, interpuso un recurso de queja. |
28-dic-2021 | Diez (Causa N° 1610) | Una persona había sido imputada por el delito de malversación de caudales públicos (artículo 261, segundo párrafo, del Código Penal). El juzgado de primera instancia dictó su sobreseimiento. Ante la apelación del representante del Ministerio Público Fiscal, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal revocó el sobreseimiento y dispuso su procesamiento sin prisión preventiva. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, alegó la necesidad de obtener el doble conforme del auto de procesamiento de acuerdo con las normas del derecho internacional de los derechos humanos. La Cámara Federal de Casación Penal declaró el recurso inadmisible. Para decidir de esa manera, consideró que la decisión impugnada no era una sentencia definitiva ni equiparable a tal, y explicó que el procesamiento es sólo un juicio de probabilidad. La defensa interpuso un recurso extraordinario federal que, ante su denegación, motivó la interposición de un recurso de queja. |
29-jul-2022 | AJA (Causa Nº 553) | Un hombre inició un juicio laboral contra su empleadora. Al momento de contestar la demanda, la empresa accionada ofreció como prueba documental toda la que se encontraba alojada dentro de una carpeta de Google Drive. En consecuencia, el Tribunal interviniente ordenó el correspondiente traslado de esa prueba. Sin embargo, la actora planteó que el traslado debía limitarse al contrato social que la accionada había acompañado, pero no al resto de la prueba contenida en Drive ya que no había sido incorporada en el sistema informático de gestión del fuero denominado PUMA. En ese sentido, sostuvo que no podía controlarla y que, de esa manera, se afectaba su derecho de defensa. En consecuencia, la Cámara hizo lugar a lo solicitado. Frente a esa decisión, la accionada interpuso un recurso de reposición que fue admitido en forma parcial. Los jueces expresaron que desconocían que existía la posibilidad de subir archivos tanto de audio como de video mediante sistemas de almacenamiento externo. Sin embargo, recordaron que los medios probatorios se regían por el Código Procesal Civil y Comercial, y por la Acordada N° 1/21 del Superior Tribunal de Río Negro. Esa normativa establecía la obligación de convertir todas las fotografías y documental a formato PDF debido a la tramitación electrónica de los expedientes. En ese sentido, señalaron que la demandada no había cumplido con la normativa señalada. Por lo tanto, se admitieron las pruebas audiovisuales colocadas en la carpeta de Google Drive y se desestimaron el resto de las probanzas. Frente a esa situación, la demandada planteó un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley. Entre sus argumentos, manifestó que el tribunal había emitido una resolución arbitraria que vulneraba el debido proceso en tanto la normativa provincial no prohibía incorporar prueba en sitios de almacenamiento externo. |
20-abr-2023 | GAC (Causa N° 2517) | Una mujer se desempeñaba como empleada y realizaba tareas de limpieza en la casa de un hombre en Posadas, Misiones. En marzo de 2012 dio a luz a una niña en esa ciudad. Sin embargo, la mujer consideró que no podría llevar adelante su crianza. Por esa razón, cuando nació la entregó para su cuidado al hijo del hombre para el que trabajaba y a su pareja, que vivían en Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires. En ese marco, meses después la pareja interpuso ante esa jurisdicción una demanda para obtener la guarda con fines de adopción de la niña. Sin embargo, el juez consideró que no era competente, pues la niña había nacido en otra jurisdicción. De esa manera, la causa se remitió al Juzgado de Familia de Posadas. El juzgado asumió la competencia, pero rechazó la demanda sin darle curso al procedimiento. Para decidir así, la jueza sostuvo que no surgía del escrito inicial que se hubieran cumplido los recaudos dispuestos por la normativa provincial en los procesos de adopción. La norma exigía a los progenitores que propusieran guardadores que probaran de forma acabada que conocían las circunstancias personales, sociales y familiares de esas personas. En ese marco, la jueza consideró que debía respetarse el orden de los inscriptos en el Registro Único de Aspirantes a Adopción de Misiones. En consecuencia, convocó a la progenitora y a la niña a una audiencia con intervención del Ministerio Público de la Defensa local. Luego, la progenitora y los guardadores interpusieron recursos de apelación. Sin embargo, la cámara los rechazó. En su decisión, sostuvo que no se había cumplido con la legislación vigente en materia de adopción y que el solo transcurso del tiempo no podía convalidar una situación irregular. Por consiguiente, la pareja y la progenitora presentaron un recurso extraordinario provincial de inaplicabilidad de ley. Entre sus argumentos, advirtieron que el rechazo de la demanda desde el inicio no había permitido escuchar la voluntad de la progenitora y había vulnerado así su derecho de defensa. A su vez, señalaron que la resolución afectaba el interés superior de la niña porque la privaba de continuar forjando vínculos con sus guardadores. En ese marco, en diciembre de 2018 el Supremo Tribunal de Justicia de Misiones declaró inadmisible el recurso por considerar que no se trataba de una sentencia definitiva. Contra esa decisión, la pareja de guardadores interpuso un recurso extraordinario federal. En esa oportunidad, expresaron que la decisión vulneraba la tutela judicial efectiva y el interés superior de la niña. Sin embargo, en octubre de 2019 el Superior Tribunal rechazó el recurso por considerarlo inadmisible. Sobre ese aspecto, señaló que no existía cuestión federal y que no se trataba de una sentencia definitiva. Así las cosas, la pareja presentó un recurso directo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese contexto, la Defensora General de la Nación dictaminó que el recurso extraordinario federal no debía admitirse. Entre sus consideraciones, sostuvo que la resolución apelada no era definitiva y que el caso no involucraba la cuestión federal prevista por la normativa para su curso. Sin perjuicio de ello, la Defensora General hizo hincapié en la pasividad de los operadores judiciales y en la afectación al plazo razonable. A su vez, remarcó que tanto la normativa internacional como nacional exigían que se agotaran todos los recursos internos antes de separar a los niños de su familia de origen. Además agregó que el Código Civil y Comercial prohibía de manera expresa la entrega directa de niños. Por último, solicitó que se exhorte a las autoridades provinciales a escuchar a la niña y regularizar su situación de manera urgente. |
20-abr-2023 | DHC (Causa N° 1645) | En 2016 una mujer que vivía en Misiones dio a luz a una niña. Como no podía hacerse cargo de su crianza, a los pocos días la niña quedó al cuidado de una pareja conocida que vivía en Santiago del Estero. Unas semanas después, ambos solicitaron en sede judicial que se declarara a la niña en situación de adoptabilidad y que se les otorgara su guarda con fines de adopción. En su presentación plantearon la inconstitucionalidad de los artículos 611 y 613 del Código Civil y Comercial de la Nación, que prohibían las entregas directas de niños, niñas y adolescentes. La progenitora acompañó el pedido. Sin embargo, el juzgado rechazó lo requerido sin más trámite y ordenó a los accionantes que devolvieran a la niña para que una familia de acogida pudiera cuidarla. Además, dispuso que el defensor oficial debía iniciar el proceso de adoptabilidad correspondiente. Para así decidir, consideró que los solicitantes no contaban con legitimación y que no habían informado sobre la familia ampliada de la niña. Resaltó que el ordenamiento prohibía las entregas directas. Contra lo decidido, la parte actora interpuso un recurso de apelación. En 2017, la cámara interviniente confirmó la sentencia y obligó que se restituyera la niña a su madre o a un integrante de su familia de origen. En ese sentido, fijó medidas de apoyo a fin de lograr la revinculación entre la niña y su progenitora. Aclaró que, si ello no prosperaba, debía promoverse el proceso de adoptabilidad. Con posterioridad, los accionantes presentaron un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley. Por su parte, en 2018 el Superior Tribunal de Misiones no lo admitió, ya que indicó que la sentencia de la anterior instancia no tenía carácter de definitiva. En ese marco, los actores interpusieron un recurso de inconstitucionalidad y arbitrariedad, que también fue rechazado por el Máximo Tribunal local por las mismas razones. Frente a esa situación, los accionantes interpusieron un recurso extraordinario federal. Debido a que fue rechazado, presentaron una queja. En esa oportunidad, la Defensora General de la Nación emitió su dictamen. Entre sus argumentos, expuso que debía desestimarse el recurso pues, de lo contrario, se convalidaría una situación irregular por el paso del tiempo, lo que afectaba el interés superior de la niña. Sobre ese aspecto, señaló que debía definirse con rapidez cuál sería el entorno familiar de la niña. Por último –a pedido de la Corte Suprema de Justicia de la Nación– el juzgado de familia interviniente llevó a cabo una serie de audiencias con las partes y con la niña, quien se refirió a sus guardadores como sus padres. Para ese momento, la progenitora biológica se encontraba en Brasil por motivos laborales. En esa oportunidad, la mujer ratificó su decisión de dar en adopción a la niña y que permaneciera con los guardadores. También fue citada la abuela materna, quien sostuvo que tenía dificultades económicas que le impedían hacerse cargo de su nieta. |
16-may-2024 | Goldemberg (Causa N° 990000174) | Diez personas fueron imputadas por treinta y ocho hechos de contrabando agravados ocurridos entre febrero y septiembre de 1996. Además, fueron acusadas por el delito de asociación ilícita. En diciembre de 2004, el tribunal interviniente condenó a tres de ellas por el delito de contrabando y las absolvió por el delito de asociación ilícita. En febrero del año siguiente, comunicó los fundamentos de la sentencia. Contra las absoluciones, el representante del Ministerio Público Fiscal y la querella interpusieron recursos de casación. En abril de 2007, la Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar de manera parcial a las impugnaciones, anuló la sentencia y ordenó la realización de un nuevo debate. Por otro lado, los recursos que habían interpuesto las respectivas defensas de las personas imputadas habían sido rechazados en agosto de 2008. El juicio de reenvío se realizó ante otro tribunal entre septiembre y noviembre de 2008. En ese momento, se absolvió a todas las personas imputadas. Por esa razón, las partes acusadoras impugnaron la decisión y en diciembre de 2008 fueron declarados admisibles los recursos de casación. En abril de 2010, la Cámara Nacional de Casación Penal advirtió que podía encontrarse prescripta la acción penal y remitió el asunto a la instancia anterior. En diciembre de ese año, el tribunal donde se había realizado el juicio de reenvío declaró la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseyó a todas las personas imputadas. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de casación. En diciembre de 2014, la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación, anuló la decisión recurrida y devolvió las actuaciones para que un nuevo tribunal se pronunciara sobre el punto en disputa. En junio de 2017, el nuevo tribunal interviniente declaró la vigencia de la acción penal y remitió las actuaciones a la cámara de casación. Una vez resuelta la cuestión relativa a la prescripción advertida en abril de 2010, la Cámara Federal de Casación Penal revisó la sentencia del juicio de reenvío dictada en noviembre de 2008. En ese sentido, en mayo de 2018, la Cámara hizo lugar a los recursos interpuestos por las partes acusadoras, anuló de manera parcial la sentencia del tribunal de reenvío en cuanto a la absolución de las personas imputadas y devolvió las actuaciones al tribunal que había quedado a cargo del proceso respecto de la prescripción de la acción penal, a fin de realizar un nuevo debate. Contra tal decisorio, el defensor de uno de los imputados interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, originó la presentación de un recurso de queja. La defensa objetó que el pronunciamiento de la CFCP había sido arbitrario y había conculcado los derechos constitucionales a ser juzgado en un plazo razonable y a no ser perseguido más de una vez por un mismo delito. |