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Fecha | Título | Resumen |
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4-abr-1994 | Toonen v. Australia | Nicholas Toonen –ciudadano del Estado de Tasmania, Australia, y miembro destacado del Grupo de Reforma de leyes relativas a las personas homosexuales– impugnó dos disposiciones del Código Penal de Tasmania que criminalizaban diversas formas de contacto sexual entre hombres, aún cuando hubiesen tenido lugar de forma consentida y en privado. Dicha normativa facultaba a la policía a investigar aspectos íntimos de la vida privada de las personas y detenerlas si contaban con motivos para creer que participaron en actividades sexuales ilícitas. Por todo esto, Toonen denunció que Australia había violado, en su perjuicio, el párrafo 1 del artículo 2 y de los artículos 17 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. |
11-jul-2002 | Christine Goodwin v. The United Kingdom | Chirstine Goodwin era una mujer transexual que se sometió a una operación de cambio de sexo. Tras la intervención quirúrgica, enfrentó varios inconvenientes en su trabajo y manifestó haber sido víctima de acoso. Como el registro civil del Reino Unido no admitía alteraciones de la partida de nacimiento en lo que respecta al género, Goodwin debió mantener el certificado en el que se la identificaba como hombre. Esto le generó diversas molestias y humillaciones. Además, tuvo dificultades en el ámbito de la Seguridad Social: a los efectos legales era considerada un hombre, por lo que se le impuso el pago de aportes hasta los sesenta y cinco años, edad prevista para el retiro de los trabajadores del sexo masculino. Para evitar preguntas por parte de su empleador, firmó un acuerdo específico mediante el cual ella pagaba directamente sus aportes. Sin embargo, este sistema también resultaba engorroso, ya que los expedientes administrativos de personas trans eran catalogados como “sensibles”, por lo que Goodwin debía solicitar turnos especiales para poder discutir sobre sus aportes. |
9-abr-2003 | S.L. v. Austria | El artículo 209 del Código Penal austríaco establecía: “[e]l hombre que haya cumplido 19 años y mantenga relaciones sexuales con una persona del mismo sexo que tuviera entre 14 y 18 años será penado a prisión entre 6 meses y 5 años”. El Código Penal también condenaba las relaciones sexuales de adultos con menores de 14 años y abusos sexuales por vicios en el consentimiento como abusos de una posición de poder o uso de fuerza, pero no criminalizaba las relaciones entre adultos (indistintamente de su sexo) y mujeres que tuvieran entre 14 y 18 años. SL se sintió atraído por personas de su mismo sexo desde muy temprana edad, pero se abstuvo de mantener una relación íntima con un compañero adulto por miedo a exponer a esa persona a ser penada o a ser llamado como testigo en un proceso judicial y tener que exponer detalles íntimos de su vida privada. En este marco, denunció ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que el artículo 209 CP trataba de prevenir infundadamente que hombres jóvenes mantuvieran relaciones con hombres adultos e impedía el desarrollo de hombres adolescentes homosexuales al crear un estigma social respecto de sus relaciones íntimas y a su orientación sexual en general. En relación con la problemática implicada en este caso, cabe destacar que el Parlamento de Austria decidió derogar el artículo 209 del Código Penal en el año 2002. |
10-abr-2008 | PRL (causa Nº 771) | Una persona trans inició una acción de amparo tendiente a obtener una autorización judicial para una intervención quirúrgica femeneizante y la modificación de sus datos registrales tanto en su partida de nacimiento, DNI y cédula de identidad, con la asignación del prenombre “T”. |
6-ene-2009 | Amparo directo civil 6-2008 Suprema Corte de Justicia de la Nación de México | Una persona trans realizó un juicio de rectificación de acta y demandó al director del Registro Civil del Distrito Federal a los fines de la rectificación de su nombre y sexo, en virtud del diagnóstico de un estado intersexual denominado “seudohermafroditismo femenino”, consecuencia de una deficiencia enzimática y virilización de órganos sexuales externos, y haber sido sometida, primero, a un tratamiento hormonal inducido o tratamiento de asignación hormonal feminizante, toda vez que su aspecto físico, psicológico y social era el de una mujer. Además, solicitó que se elaborara una nueva acta sin dejar constancia de aquella situación. El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la acción y concedió el cambio de nombre y sexo con anotación marginal en la partida. |
7-abr-2009 | MMJ (causa Nº H510828) | Una entidad bancaria tomó conocimiento de que un empleado tenía HIV. A partir de eso, se lo evaluó negativamente y se lo trasladó a otra sucursal. Finalmente, el empleado, se acogió a un plan de retiro voluntario. En este marco, alegó haber sufrido discriminación porque tenía HIV y por su orientación sexual. En consecuencia, inició una demanda por daños y per-juicios contra la entidad. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. En esa oportunidad, se reconoció que el retiro del empleado debía presumirse como un acto discriminatorio y que estaba a cargo del empleador demostrar lo contrario. Contra dicha decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. |
20-may-2009 | AZB (causa Nº 55790) | Una persona trans se sometió a una intervención quirúrgica en una clínica de la ciudad de Santiago de Chile que consistió en una ablación de los órganos sexuales femeninos internos. Con posterioridad, solicitó autorización en Argentina para la intervención quirúrgica y/o todas las demás prácticas médicas tendientes a lograr la adecuación de sus órganos genitales externos, sin ablación de órganos, para evitar infracción a la ley Nº 17.132, que obligaba a los médicos a no llevar a cabo intervenciones quirúrgicas que modifiquen el sexo del enfermo, salvo que sean efectuadas con posterioridad a una autorización judicial. Además, requirió que se ordene la anulación parcial y absoluta de la partida de nacimiento y se disponga una nueva inscripción de nacimiento en el Registro Civil, bajo el nombre de JA, se emita un nuevo DNI, se modifique el padrón electoral y se ordene la rectificación de toda documentación de reparticiones públicas y privadas como de establecimientos educacionales. El tribunal de primera instancia rechazó la solicitud. Contra dicha resolución, interpuso un recurso de apelación. |
2-jun-2010 | Kozak v. Polonia | Kozak –peticionario ante el TEDH– mantenía una relación con una persona del mismo sexo. Ambos residían en un departamento cuyo alquiler estaba a nombre de esta última. Tras la muerte de su pareja, Kozak inició una acción contra la municipalidad y reclamó continuar con el arrendamiento. Los tribunales domésticos desestimaron la petición. A tal fin, tomaron en consideración que Kozak se había mudado del departamento y había dejado de pagar el alquiler antes que falleciera su pareja. Asimismo, los tribunales polacos sostuvieron que la relación marital de hecho –que constituía un pre-requisito para la sucesión del arrendamiento del piso municipal– solo podía tener lugar entre personas del sexo opuesto. |
22-oct-2010 | P.B. and J.S. v. Austria | Una pareja del mismo sexo –conformada por PB y JS– convivía en Viena. JS se desempeñaba como funcionario público y, como tal, contaba con un seguro por accidente y enfermedad de la Corporación de Seguros de Funcionarios Públicos (CSIC por sus siglas en inglés). La normativa contemplaba la posibilidad de extender esa cobertura a la persona del sexo opuesto que conviviera con el asegurado. En 1997, PB solicitó que se le extendiera el seguro médico. Sin embargo, la CSIC rechazó el pedido. La decisión fue confirmada por el Tribunal Administrativo de Viena. En consecuencia, ambos se presentaron ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Con posterioridad, en el año 2007, se introdujeron cambios en la legislación que excluía a los concubinos de la posibilidad de gozar del seguro médico de su pareja a las personas del mismo sexo. |
5-may-2011 | Acción directa de inconstitucionalidad 4277 | En virtud del Estatuto de los Empleados Públicos del Estado de Río de Janeiro las parejas del mismo sexo no podían acceder a los mismos beneficios y derechos previstos para las parejas heterosexuales. Asimismo, el artículo 1723 del Código Civil Brasilero establecía que “[e]s reconocida como entidad familiar la unión estable entre hombre y mujer, de conocimiento público, continua y duradera y establecida con el objeto de constituir una familia”. En consecuencia, la Procuraduría General de la República y el Gobierno de Río de Janeiro presentaron una acción Directa de Inconstitucionalidad y una de Argumentación de Descubrimiento de Precepto Fundamental en las que se planteó si era posible equiparar la unión entre personas del mismo sexo a la entidad familiar prevista en el artículo 1723 del Código Civil. |
28-jun-2011 | PA c. ANSeS (Causa Nº 368) | Un hombre requirió a la Administración Nacional de la Seguridad Social una pensión por el fallecimiento de su pareja del mismo sexo. ANSeS rechazó la solicitud por considerar que la convivencia en aparente matrimonio de dos personas del mismo sexo no estaba prevista en el artículo 53 de la ley Nº 24.241. En consecuencia, el requirente accionó judicialmente. Su petición, sin embargo, fue rechazada en primera instancia y por la Cámara de Apelaciones. Contra esta última resolución, el actor interpuso un recurso extraordinario federal. |
24-feb-2012 | Atala Riffo y niñas v. Chile | En este caso, el ex marido de Atala Riffo había iniciado acciones en la Justicia de Familia chilena con la finalidad de obtener la tenencia de sus hijas. Esto, debido a que la nombrada se había declarado abiertamente lesbiana y vivía en pareja con una persona del mismo sexo. El Tribunal de Primera Instancia le otorgó la tutela a la madre. La decisión fue apelada por el accionante. Finalmente, la Cuarta Sala de la Corte Suprema de Justicia de Chile hizo lugar al recurso de queja y concedió al recurrente la tutela de las niñas con fundamento en la protección de su interés superior, por considerar que era incompatible con la orientación sexual de su madre. Por otra parte, en el presente caso tuvo lugar una investigación disciplinaria ordenada por el Pleno de la Corte de Apelaciones de Temuco en contra de Atala Riffo –quien se desempeñaba como jueza– con el fin de indagar acerca de las publicaciones en las que hacía referencia a su orientación sexual y la utilización de elementos y personal para cumplir diligencias decretadas en el proceso de tenencia. |
19-feb-2013 | X and Others V. Austria | X mantenía una relación amorosa con una persona del mismo sexo, Z. La primera de ellas deseaba adoptar al hijo de su pareja para crear un vínculo legal entre ellos que no rompiera la relación del niño con su madre. En ese marco, realizaron un acuerdo de adopción. Sin perjuicio de eso, los tribunales nacionales se negaron a aprobar el convenio por entender que la adopción por parte de una sola persona implicaba reemplazar la relación filio-parental con el progenitor del mismo sexo que el adoptante; es decir, habría conllevado la supresión del vínculo parental del hijo con su madre biológica. Los peticionarios acudieron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos al entender que no había ninguna justificación razonable y objetiva para garantizar la adopción de integración a parejas de diferente sexo, casadas o no, y negar a parejas del mismo sexo. El Estado, entre otros argumentos, sostuvo que la imposibilidad legal de garantizar la adopción a los peticionarios no resultaba discriminatoria, en la medida que no estaba basada en su orientación sexual. Expresó que el artículo 182, inc. 2 del Código Civil hacía imposible que una mujer adoptara a un mejor mientras mantuviera vínculos legales con su madre biológica y que esa regla tenía carácter general. |
27-mar-2013 | ALD (causa Nº 5613) | Una persona que trabajaba en un supermercado como supervisora de caja sufrió malos tratos de parte de sus compañeros debido a su orientación sexual. En consecuencia, fue asignada a tareas que aumentaron su responsabilidad y excedían su función. Entonces, inició una acción civil contra el supermercado y la ART. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del artículo 39 de la ley Nº 24.557 y condenó a la sociedad titular del supermercado y a la ART –en los términos de la póliza– al pago de una suma de dinero en concepto de reparación. En consecuencia, la parte actora y las demandadas interpusieron un recurso de apelación. |
29-abr-2013 | SMD (causa Nº 25273) | Dos personas del mismo sexo que trabajaban en el Ministerio de Salud de la Nación y se encontraban en pareja, contrajeron matrimonio. Posteriormente, se decidió no renovarles los contratos. En consecuencia promovieron una demanda por despido contra el Estado nacional por haber sido discriminados por su orientación sexual. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al pago de una suma de dinero. Ambas partes apelaron la sentencia. |
2-sep-2013 | PLD (causa Nº 62) | Una persona travesti, PLD, cumplía una pena en una cárcel de hombres. En ese marco, solicitó su traslado a una cárcel de mujeres y que se recaratulara el expediente, ya que aparecía el nombre masculino que utilizaba en el pasado. El juzgado de ejecución ordenó su traslado a un establecimiento penitenciario “acorde con su condición físico-anatómica” y agregó su nombre actual a la carátula del expediente. PLD impugnó la decisión. |
7-nov-2013 | Vallianatos Et Alli v. Grecia | Grecia sancionó la ley Nº 3719/2008 que contemplaba un “pacto de convivencia” y aludía, en su artículo 1º, a las parejas formadas por personas mayores de edad de distinto sexo. Un grupo de parejas del mismo sexo presentaron dos demandas contra Grecia por considerar que la ley atentaba contra su derecho a la vida privada y familiar y suponía una discriminación injustificada entre las parejas heterosexuales y las parejas homosexuales, en detrimento de estas últimas. |