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FechaTítuloResumen
8-dic-1999Observación General Nº 13El Comité elaboró su Observación General Nº 13 dedicada a los artículos 13 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el derecho a la educación.
27-feb-2007Observación General Nº 9En esta Observación General se interpretó la Convención sobre los Derechos del Niño en relación a los derechos del niño con discapacidad, en especial los derechos relativos a la educación.
8-ago-2007STLos padres de un niño con discapacidad, de acuerdo a la prescripción de su médico neurólogo, solicitaron que la obra social les cubra la escolaridad común con el apoyo de una maestra integradora. Ante la negativa, iniciaron una acción de amparo y solicitaron, como medida cautelar, que se les brinde la cobertura. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición. La demandada interpuso un recurso de apelación.
18-dic-2008Saviny v. UcraniaLos peticionarios, marido y mujer, eran ciegos desde su infancia. Dieron a luz a siete hijos. Cuatro de ellos fueron llevados a los servicios sociales en 1998. Los otros tres fueron puestos en la misma situación en virtud de una sentencia judicial de 2006. Las autoridades nacionales alegaron que la falta de medios financieros y las cualidades personales de los peticionarios ponían en peligro la vida, la salud y la educación moral de todos sus hijos. Los peticionarios apelaron la sentencia sin éxito.
18-feb-2009FCM c. Obra Social Docentes ParticularesLos padres de una niña con discapacidad solicitaron a su obra social la cobertura integral de escolaridad primaria común integrada, sesiones de kinesiología, terapia ocupacional y psicoterapia de conformidad con lo prescripto por su médico. Ante la negativa de la entidad, los padres interpusieron una acción de amparo y requirieron, como medida cautelar, la cobertura inmediata de la prestación. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la medida precautoria. La demandada interpuso un recurso de apelación.
30-jun-2009VADUn niño con discapacidad asistía a una escuela privada y su obra social se hacía cargo de la cobertura de la maestra integradora. Sus padres solicitaron que, además, se le cubrieran los gastos del establecimiento educativo. Ante la negativa, interpusieron una acción de amparo y requirieron que se disponga una medida cautelar. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición y ordenó cumplir con la cobertura de la escolaridad.
6-ago-2009AA y otro c. OSDEDos niños con discapacidad motriz que se movilizaban en silla de ruedas concurrían al único colegio adaptado arquitectónicamente a sus necesidades en la zona en la que residían. Los padres solicitaron a la obra social la cobertura de las prestaciones establecimiento educativo. Ante la negativa, iniciaron una acción de amparo y solicitaron la cobertura de las prestaciones. El juzgado de primera instancia hizo lugar a lo requerido. La demandada interpuso un recurso de apelación.
18-nov-2009SVA del R y otros c. provincia del ChubutDos niños con discapacidad concurrían a distintas instituciones educativas. En ambos casos, tuvieron una maestra integradora como figura de apoyo. No obstante, con el transcurso del tiempo pasó a asistirlos durante unas pocas horas diarias. El defensor, apoderado de los padres de los niños, interpuso una acción de amparo contra la provincia de Chubut con el objeto de que dicte un acto administrativo y subsane ese déficit. El tribunal de primera instancia rechazó la acción. Contra tal resolución interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelaciones, previo a resolver, dispuso como medida para mejor proveer la designación de una perito auxiliar en la especialidad de Psicopedagogía.
16-mar-2010MF c. Gobierno de la Ciudad de Buenos AiresUna persona con una discapacidad motriz asistía a un centro educativo que no contaba con rampas de acceso ni elevadores. En consecuencia, interpuso una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de que se ordene a la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento y/o quien resulte competente, que implemente con carácter de urgente las medidas inmediatas para garantiar la accesibilidad adecuada de las personas con discapacidad motriz o capacidad motriz reducidad.
16-abr-2010HRADos hermanos con discapacidad concurrían a un centro educativo terapéutico en razón de la cobertura que le brindaba su obra social. En determinado momento, el instituto educativo notificó a sus padres que los aportes efectuados por la obra social resultaban insuficientes. Por ese motivo, una vez que finalizara el convenio vigente entre las dos instituciones, dejarían de prestarles asistencia terapéutica a sus hijos. Los padres solicitaron a la obra social la cobertura total e integral de los gastos derivados de la atención en el centro educativo. La obra social rechazó el pedido y les ofreció que concurrieran a otras unidades educativas. En consecuencia, iniciaron una acción de amparo. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. La decisión fue impugnada.
9-may-2010Recurso 603/2010Los peticionarios de este caso eran padres de niños que sufrían Trastorno de Espectro Autista (TEA) y fueron escolarizados a partir del curso 2006-2007 en el Aula de Comunicación y Lenguaje del Colegio Público "Tomas de Montañana". Sin embargo, el aula no se encontraba acondicionada de modo adecuado. Además, la escuela carecía de personal con conocimientos específicos en materia de TEA, de material didáctico, no existía coordinación entre los centros educativos implicados en la educación de los niños y no se disponía de un tutor con formación específica por cada 3 o 5 niños. Esta situación afectó a nueve niños (cuatro de ellos abandonaron la escuela porque sus padres entendieron que el aula no contaba con recursos adecuados). Los peticionarios cuestionaron la inactividad de la Generalidad Valenciana que no dotó a la escuela de los medios necesarios para que la educación de sus hijos.
18-ago-2010PLJM c IOMAEl curador definitivo de una persona con discapacidad inició una acción de amparo contra el Instituto de Obra Médico Asistencial con el objeto de obtener una cobertura integral de la prestación “Formación Laboral, Jornada Doble” sin limitaciones temporales. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción de manera parcial y ordenó al IOMA suministrar al amparista la continuidad de las prestaciones, conforme con la normativa aplicable. Contra dicha resolución, la parte actora interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata, rechazó el recurso. El accionante interpuso recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley.
24-nov-2011CCHUna persona con discapacidad asistía a un centro de rehabilitación en razón de la cobertura parcial que le brindaba su obra social. Debido a que no podía solventar la diferencia, solicitó a la obra social, a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas Discapacitadas, al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad y al Ministerio de Salud, la cobertura integral de la prestación y la regularización de los montos que se le adeudaban al Centro de Día al que concurría. Ante la negativa, su madre interpuso una acción de amparo. El juzgado de primera instancia hizo lugar al amparo y ordenó al servicio Nacional de Rehabilitación y al Ministerio de Salud, como medida cautelar, la cobertura total de la prestación y la regularización de lo adeudado. El Servicio Nacional de Rehabilitación y el Ministerio de Salud interpusieron recursos de apelación.
7-dic-2012MSJS c. Medife Aasociacion Civil y otroLos padres de una niña con discapacidad requirieron a MEDIFE y al Servicio Nacional de Rehabiliación y Protección de las Personas con Discapacidad la cobertura total de su escolaridad en un jardín maternal. Ante la negativa de ambas entidades, los padres interpusieron una acción de amparo y solicitarón como medida cautelar innovativa la cobertura inmediata de la prestación. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición. La entidad estatal interpuso un recurso de apelación.
17-abr-2013Observación General Nº 17El Comité sobre los Derechos del Niño emitió la presente Observación General sobre los derechos de los niños al descanso, el esparcimiento, el juego, las actividades recreativas, la vida cultural y las artes, reconocidos en el artículo 31 de la Convención de los Derechos del Niño. El objeto de este documento es abordar ciertas preocupaciones relativas a la forma de garantizarlos, aumentar en los Estados la visibilidad, la conciencia y la comprensión de su importancia para la vida y el desarrollo de todo niño, e instarlos a elaborar medidas para asegurar su disfrute efectivo.
7-may-2013MLP c OSDELos padres de una niña con discapacidad solicitaron a una empresa de medicina prepaga las siguientes prestaciones: una maestra integradora, educación en un instituto de gestión privada y tratamiento psicológico. Frente a la negativa, iniciaron una acción de amparo. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la acción. Contra dicha resolución, tanto la parte actora como la demandada, interpusieron un recurso de apelación.
jun-2014DESC (nacional)Jurisprudencia nacional sobre DESC
mar-2015Protección de la Familia (internacional)Jurisprudencia internacional sobre la protección de la Familia
1-jun-2015NEP c. Universidad de La Matanza (PGN)Una persona con una discapacidad motriz se graduó como licenciado en educación física en una universidad. Al año siguiente intentó continuar sus estudios en la misma institución y obtener el título de profesor en educación física. La universidad negó el pedido sobre la base de que no reunía las condiciones físicas requeridas para la carrera. En consecuencia, inició una acción de amparo. Tanto en primera como en segunda instancia hicieron lugar al amparo y ordenaron la inscripción en la carrera. La demandada interpuso un recurso extraordinario federal. Ante su rechazo, interpuso un recurso de queja.
8-jun-2015IMM y otro c OSDELa madre de un niño con discapacidad solicitó en reiteradas oportunidades a una empresa de medicina prepaga distintas prestaciones prescriptas por su médico tratante. Ante la falta de respuesta de la empresa, inició una acción de amparo. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la acción. La demandada interpuso un recurso de apelación.