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Fecha | Título | Resumen |
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1-nov-2013 | YR, CA | Una persona había sido imputada por el delito de abuso sexual. Su defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal dictaminó de modo favorable a la concesión del instituto. Sin embargo, el tribunal oral había rechazó el requerimiento. Contra esa resolución, la defensa interpuso recurso de casación. |
13-jun-2014 | Rodriguez Guido (Registro Nº 1046) | Una mujer fue imputada por el delito de homicidio en grado de tentativa. En la etapa de instrucción declaró que se había presentado en la oficina de un varón porque le iba a conseguir un empleo. Explicó que el hombre había ido al baño y cuando volvió le había dicho “una mano lava la otra, es favor por favor”. La mujer relató que había visto que tenía la bragueta abierta y su pene afuera con un preservativo colocado. Luego contó que el hombre se había abalanzado sobre ella y la había amenazado con matarla para que no dijera nada y en ese momento se había producido un forcejeo en donde el varón había esgrimido un elemento cortopunzante. La mujer refirió que había puesto sus brazos delante del rostro para defenderse mientras él le hacía cortes en el cuerpo, hasta que perdió el instrumento y lo tomó ella. Describió que había cerrado los ojos y había hecho movimientos con la mano para alejarlo y al abrirlos otra vez había advertido que lo había cortado en el cuello. Por último, sostuvo que durante el forcejeo el hombre había tratado de quitarle la ropa, le había tocado los pechos y que Luego había de la oficina, la había encerrado y había llamado a la policía. En la etapa de juicio oral, la mujer se negó a declarar. Sin embargo, se incorporó por lectura la declaración prestada frente al juez de instrucción. Por otra parte, el hombre, constituido como parte querellante, expuso que había tenido relaciones sexuales con la imputada y que, luego, ella le había querido robar y matarlo cortándole el cuello con un bisturí que sacó de su mochila. Asi mismo, fue incorporado al debate un informe químico que concluía que todo el material biológico presente en el preservativo correspondía al mismo individuo de sexo masculino. Además, se incorporó un informe forense que explicaba que las lesiones registradas por la imputada resultaban compatibles con “lesiones de defensa”. Al momento de los alegatos, la querella solicitó que se condenara a la mujer a la pena de diez años de prisión por el delito de homicidio en grado de tentativa. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal peticionó su absolución por duda razonable. El Tribunal Oral absolvió a la mujer por considerar que había actuado en legítima defensa. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de casación. |
22-ago-2014 | BPN c. AVE | Una persona demandó por los daños y perjuicios que sufrió por haber sido víctima del delito de abuso sexual cuando contaba con 17 años de edad. En razón de ese delito, el demandado fue condenado en sede penal por sentencia firme a la pena de seis años de prisión. |
20-nov-2014 | Espinoza Gonzáles v. Perú | El presente caso se enmarca en un contexto de conflicto entre grupos armados y agentes de fuerzas policiales y militares del Perú, iniciado en 1980 y acrecentado por el golpe de Estado del 5 de abril de 1992 y que perduró hasta noviembre del año 2000. En este marco, regía en el país un permanente estado de emergencia que posibilitaba el recorte de garantías. Se aplicaba una legislación antiterrorista que por decreto establecía los delitos de terrorismo y traición a la patria así como la competencia de la justicia militar. Tenía lugar en el marco de las investigaciones de los delitos antes mencionados una práctica generalizada y sistemática de torturas y otros tratos crueles inhumanos y degradantes como instrumento de lucha contra los grupos armados y para la obtención de información. Asimismo, también era una práctica generalizada la violación sexual y otras formas de violencia sexual como medio de tortura. En este contexto, el 17 de abril de 1993 Gladys Carol Espinoza Gonzáles fue detenida junto a su pareja por agentes de la División de Investigación de Secuestros (DIVISE) de la Policía Nacional del Perú (PNP). Allí su compañero murió a causa de las heridas que ambos sufrieron durante la detención. Gladys permaneció incomunicada durante tres semanas sin que se registrara su detención, por lo que permanecía desaparecida para su madre y hermano que la buscaban. Mientras estuvo detenida, las condiciones fueron muy precarias: la comida, el agua, la iluminación eran escasas, la atención médica casi nula. Además, sufrió de golpes, violencia física y amenazas constantes, también durante las requisas, así como de violaciones y otro tipo de ataques sexuales. Esto le ocasionó lesiones físicas y psicológicas constatadas por informes médicos aunque tiempo después de producidas. En junio de ese mismo año fue condenada por el fuero militar a cadena perpetua por traición a la patria. En febrero de 2003 se anuló todo lo actuado y finalmente fue condenada a 25 años de prisión por delito contra la tranquilidad pública y terrorismo. Permanece detenida. Por los hechos denunciados por Gladys no se iniciaron investigaciones hasta el año 2012 como consecuencia de una visita de la CIDH, y recién en mayo se procesó a algunos de los implicados. |
mar-2015 | Protección de la Familia (internacional) | Jurisprudencia internacional sobre la protección de la Familia |
20-feb-2015 | CCA (causa N° 11750) | Una niña sufrió actos de abuso sexual por parte de la pareja de su madre desde el año 1993 hasta el 2000. A la edad de 27 años, en febrero del 2014, lo denunció. El juzgado declaró extinguida la acción penal por prescripción y lo sobreseyó. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. En particular, sostuvo que de acuerdo a la ley 26.705, la acción penal no se encontraba extinguida ya que el plazo de prescripción había comenzado a correr a partir de que la denunciante había alcanzado la mayoría de edad, en el año 2004. |
12-ago-2015 | Bautista Cabana, Gabriel | El Juzgado Nacional de Ejecución Penal había rechazado por segunda vez el pedido de incorporación del condenado al régimen de libertad condicional. A tal fin, se tuvo en cuenta la circunstancia de que el imputado no concluyera el tratamiento psicoterapéutico que se le ofreció. La defensa interpuso recurso de casación. |
25-ago-2015 | X e Y v. Georgia | La violencia sufrida por X comenzó en 1987 cuando fue violada por su futuro marido en una fiesta. En su país se cuestionaba que la mujer mantuviera relaciones sexuales antes del matrimonio por lo que se casó poco tiempo después de ese episodio. Dentro del matrimonio, X dio a luz a cinco hijos. Su marido ejerció violencia física y sexual contra los niños y contra ella. Estos incidentes fueron informados a las autoridades estatales en más de cinco ocasiones. Sin embargo, no se dispuso ninguna medida tendiente a investigar lo sucedido. |
25-feb-2016 | BFF | Una persona fue condenada en virtud de un acuerdo de juicio abreviado a la pena de tres años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido contra una menor de trece años aprovechando la situación de convivencia preexistente con la víctima. Entre otras pautas de tratamiento, el condenado se sometió voluntariamente al Programa para Agresores Sexuales (C.A.S.). Después de cumplir ocho meses de detención, la defensa solicitó su incorporación al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional informó que el condenado presentaba conducta ejemplar diez, muy buena asistencia a sus estudios secundarios, se encontraba a la espera de una vacante laboral y no presentaba signos o síntomas de enfermedad mental que requiriera tratamiento especializado. Asimismo, consideró que, por el corto tiempo que llevaba condenado, no se podía acreditar ninguna evolución de la que pudiera inferirse un pronóstico favorable de reinserción social. Por su parte, el Servicio Criminológico señaló que el detenido aún transitaba el período de observación, por lo que no había iniciado la etapa de tratamiento. Sobre esa base, el juez de ejecución penal rechazó la libertad condicional. A su vez, entendió que el tratamiento en el Programa C.A.S. debía ser completado en sus tres fases para determinar si correspondía o no otra forma de cumplimiento de la pena. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. A tal fin, consideró que el pronunciamiento recurrido era arbitrario dado que, entre otras cuestiones, no tuvo en cuenta la imposibilidad de que el condenado cumpliera todas las etapas del C.A.S. ya que se extendían por más tiempo que el de su pena, ni contempló la posibilidad de realizar un tratamiento en el marco de las reglas de conducta del artículo 13 inciso 6º CP. |
22-mar-2016 | AJ (causa N° 191) | Un hombre fue denunciado por varios hechos de abuso sexual con acceso carnal. Una parte de ellos fueron cometidos en el año 1995, cuando la víctima era tenía seis años, y ocurrieron en el domicilio donde ella vivía. Al cumplir la mayoría de edad, la mujer realizó la denuncia. En el año 2013, fue citado a prestar declaración indagatoria. Luego, el juzgado declaró la prescripción de la acción penal y dictó el sobreseimiento parcial del imputado respecto de esos hechos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en el año 2014 confirmó la decisión. Entre otras cuestiones, la cámara señaló que el tiempo transcurrido entre los hechos y el llamado a prestar declaración indagatoria había superado ampliamente el máximo previsto para la prescripción de las penas previstas para el delito imputado. Además, sostuvo que el cómputo de ese término había culminado muchos años antes de la entrada en vigencia de la ley 26.705, que fue publicada en 2011.Contra esa resolución, la querella interpuso un recurso de casación. |
10-may-2016 | RS, KM | El tribunal oral había condenado a RS, KM por el homicidio de una niña. La Cámara Federal de Casación Penal, sin que mediara recurso de la acusación, rechazó la impugnación de la defensa y ordenó la extracción de testimonios a fin de investigar la responsabilidad de la imputada por su eventual participación en el abuso sexual de la niña. A partir de ello, el Juez de Instrucción ordenó el archivo del sumario por entender que proceder del modo dispuesto por la Cámara de Casación infringía el principio ne bis in ídem. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la decisión. Por lo tanto, la causa fue elevada a juicio oral. La defensa reeditó el planteo ante el tribunal oral. |
11-jul-2016 | XX y otras | En el presente caso, a raíz de una denuncia de su pareja, se le atribuía a XX haber interrumpido su embarazo de doce semanas mediante la utilización de una medicación comercial llamada Oxaprost. A su vez, se acusaba a dos médicas de brindarle información para realizar el aborto y facilitarle la medicación. De acuerdo a la historia clínica agregada a la causa, la imputada, al entrevistarse con las médicas, había explicado que era víctima de violencia y abusos por parte del denunciante. Esta circunstancia motivó que las médicas consideraran que la situación encuadraba en el supuesto del art. 86 inc. 2º del CP. Por otra parte, la perito propuesta por la defensa señaló que XX presentaba una serie de alternaciones emocionales que encuadraban en la causal del art. 86 inc. 1º para la realización de un aborto no punible. |
2-sep-2016 | P, V | Un hombre fue condenado a la pena de cuatro años de prisión por los delitos de abuso sexual simple agravado por el vínculo, en concurso real con amenazas, por hechos ocurridos catorce años atrás, cuando la presunta víctima era menor de edad. La sentencia se fundó en el testimonio de la damnificada que, por el tiempo transcurrido, no recordaba los hechos con detalle. Conjuntamente, se tuvieron en cuenta informes periciales elaborados a partir de una serie de entrevistas entre la víctima y distintas profesionales de la salud, en los que se indicaba que aquella presentaba “ciertos indicadores compatibles con un abuso sexual”. La defensa interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria. Por esa vía se impugnó, principalmente, el modo en que se valoró la prueba. |
nov-2016 | CNCCC - Informes anuales | Jurisprudencia del año 2016 y finales de 2015 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (informes anuales). |
13-dic-2016 | R, MA | El Tribunal Oral condenó a un hombre a la pena de siete años de prisión por los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal en tres oportunidades y privación ilegítima de la libertad. Para llegar a esa decisión, valoró el testimonio de la víctima, concubina del condenado, lo declarado por otros testigos, vecinos del barrio, y la historia clínica de la damnificada. Frente a esto, la defensa interpuso recurso de casación. Argumentó, entre otras razones, una errónea valoración de la prueba. |
13-dic-2016 | RMA (causa Nº 39411) | Una mujer denunció a su pareja por una serie de episodios de violencia de género. Los hechos incluían abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral en, al menos, tres oportunidades, todos en el interior de su casa. La víctima declaró que, luego del primer hecho, quedó embarazada; no obstante, el embarazo no llegó a término. El segundo evento tuvo lugar algunos días después de esta pérdida; entonces, volvió a quedar embarazada. El tercer hecho, sucedió una noche que su pareja regresó alcoholizado a su domicilio, le arrancó las prendas de vestir y la forzó a tener relaciones sexuales por vía oral y vaginal. En ese contexto, además, el hombre ejerció violencia física (golpes, zamarreos, tiradas de pelo) en su contra. La mujer había denunciado a su pareja con anterioridad por haberla dejado encerrada en su domicilio, oportunidad en la que se comunicó con sus vecinos a través de la puerta. Durante el debate oral, declaró la madre de la víctima. Manifestó que su hija le había dejado entrever la existencia de violencia económica, pero no física. Además, explicó que había convivido con la pareja durante el embarazo y que no había presenciado hechos de violencia física, aunque sí verbal. Asimismo, una vecina declaró que estaba sorprendida porque nunca había visto a la denunciante lastimada y agregó que escuchó discusiones en las que el hombre gritaba que la iba a matar. Por su parte, el psiquiatra que atendió a la mujer a lo largo de esos años explicó que vivía una situación de temor, pero que no había ningún dato que indicara un cuadro de mayor gravedad. De la historia clínica surgía que la mujer efectuó diversas consultas médicas; sin embargo, no registraron lesiones o indicios de haber sido abusada sexualmente. De la misma forma, la paciente no había realizado ninguna manifestación sobre este punto. Además, de los controles ginecológicos surgía que buscaba un embarazo. Por otro lado, los informes elaborados por el Cuerpo Médico Forense y la Oficina de Violencia Doméstica determinaron la existencia de diversas manifestaciones de violencia generadas por un vínculo disfuncional con violencia doméstica que derivó en una situación de riesgo para la víctima. El Tribunal Oral condenó a RMA a la pena de siete años y seis meses de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal reiterado al menos en tres oportunidades, y privación ilegítima de la libertad. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
3-feb-2017 | GHC | Un hombre fue imputado por diversos delitos contra la integridad sexual que, presuntamente, había cometido contra la hija menor de edad de su ex pareja a lo largo de varios años. Entre otras cosas, se le atribuían abusos reiterados con acceso carnal y corrupción de menores. La niña había declarado en Cámara Gesell en dos oportunidades con espacio de un año. En la segunda entrevista modificó su lenguaje por uno más adulto e incorporó nuevos datos acerca de los episodios de abuso. Su madre también declaró dos veces y, en la etapa de juicio, cambió su relato de los hechos. Asimismo, la mujer hizo referencia a la disfuncionalidad familiar y a cambios en el comportamiento de su hija. Los informes psicológicos señalaron que estas modificaciones actitudinales podían o no ser consecuencia de situaciones de abuso. Durante el debate, las declaraciones de vecinos de la familia sirvieron como prueba de la situación de violencia familiar a la que eran sometidas la mujer y su hija. Esos episodios, además, habían sido denunciados ante la OVD. Por otra parte, se realizaron tres informes médico–ginecológicos que presentaron conclusiones contradictorias en punto a la existencia de desgarros u otras señales de acceso carnal. De la declaración testimonial de una médica surgía, además, que uno de esos estudios no había sido realizado con la técnica adecuadas. Asimismo, se presentaron informes psicológicos y psiquiátricos que afirmaban la verosimilitud del relato de la niña. La fiscalía y querella encontraron la prueba de solidez suficiente como para solicitar condenas de 12 y 10 años respectivamente. La defensa la consideró inconsistente y contradictoria y pidió la absolución del imputado. |
30-mar-2017 | LQE | Una persona había sido condenada a la pena de catorce años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado en al menos dos oportunidades y agravado por haber sido cometido contra una menor de dieciocho años y aprovechando la situación de convivencia preexistente. Contra dicha sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que la determinación de la pena había sido infundada y excesiva. |
may-2017 | Probation (CFCP) | Jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal sobre suspensión del juicio a prueba |
7-sep-2017 | MEJ | Una persona había sido condenada por el delito de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con robo. Alcanzado el requisito temporal, solicitó ante el Juzgado de Ejecución Penal su incorporación al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional del Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza, por unanimidad, emitió de manera fundada un informe favorable a la concesión del instituto. Por otra parte, el informe médico de la Unidad concluyó que existía un pronóstico favorable de reinserción social y se expidió, por unanimidad, de manera positiva. Sin embargo, recomendó la realización de un tratamiento psicológico post-penitenciario que le permitiera profundizar sobre los “momentos de su historia vital que incidieron en su actuar transgresor”. El juzgado de ejecución rechazó la solicitud del imputado. Para decidir de esa manera, consideró que, de acuerdo al informe médico, el interno no había completado de manera integral el tratamiento específico tendiente a “morigerar sus impulsos sexuales desviados”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |