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FechaTítuloResumen
11-jul-2002Christine Goodwin v. The United KingdomChirstine Goodwin era una mujer transexual que se sometió a una operación de cambio de sexo. Tras la intervención quirúrgica, enfrentó varios inconvenientes en su trabajo y manifestó haber sido víctima de acoso. Como el registro civil del Reino Unido no admitía alteraciones de la partida de nacimiento en lo que respecta al género, Goodwin debió mantener el certificado en el que se la identificaba como hombre. Esto le generó diversas molestias y humillaciones. Además, tuvo dificultades en el ámbito de la Seguridad Social: a los efectos legales era considerada un hombre, por lo que se le impuso el pago de aportes hasta los sesenta y cinco años, edad prevista para el retiro de los trabajadores del sexo masculino. Para evitar preguntas por parte de su empleador, firmó un acuerdo específico mediante el cual ella pagaba directamente sus aportes. Sin embargo, este sistema también resultaba engorroso, ya que los expedientes administrativos de personas trans eran catalogados como “sensibles”, por lo que Goodwin debía solicitar turnos especiales para poder discutir sobre sus aportes.
10-abr-2008PRL (causa Nº 771)Una persona trans inició una acción de amparo tendiente a obtener una autorización judicial para una intervención quirúrgica femeneizante y la modificación de sus datos registrales tanto en su partida de nacimiento, DNI y cédula de identidad, con la asignación del prenombre “T”.
20-may-2009AZB (causa Nº 55790)Una persona trans se sometió a una intervención quirúrgica en una clínica de la ciudad de Santiago de Chile que consistió en una ablación de los órganos sexuales femeninos internos. Con posterioridad, solicitó autorización en Argentina para la intervención quirúrgica y/o todas las demás prácticas médicas tendientes a lograr la adecuación de sus órganos genitales externos, sin ablación de órganos, para evitar infracción a la ley Nº 17.132, que obligaba a los médicos a no llevar a cabo intervenciones quirúrgicas que modifiquen el sexo del enfermo, salvo que sean efectuadas con posterioridad a una autorización judicial. Además, requirió que se ordene la anulación parcial y absoluta de la partida de nacimiento y se disponga una nueva inscripción de nacimiento en el Registro Civil, bajo el nombre de JA, se emita un nuevo DNI, se modifique el padrón electoral y se ordene la rectificación de toda documentación de reparticiones públicas y privadas como de establecimientos educacionales. El tribunal de primera instancia rechazó la solicitud. Contra dicha resolución, interpuso un recurso de apelación.
jun-2014DESC (nacional)Jurisprudencia nacional sobre DESC
28-sep-2014Personas Dominicanas y Haitianas Expulsadas v. República DominicanaEn este caso la Corte IDH analizó las privaciones ilegales y arbitrarias de libertad y posteriores expulsiones sumarias de personas dominicanas y haitianas de República Dominicana hacia Haití, incluidas niñas y niños, ocurridas entre los años 1999 y 2000, sin las debidas garantías y sin acceso a un recurso efectivo para garantizar sus derechos. Cabe destacar que, para la época de los hechos, las personas haitianas y descendientes de haitianos nacidos en República Dominicana, comúnmente se encontraban indocumentadas y en situación de pobreza. Además, sufrían con frecuencia tratos peyorativos o discriminatorios, inclusive por parte de autoridades, lo que agravaba su situación de vulnerabilidad. En ese contexto, la Corte IDH estableció que era discriminatoria la sentencia del Tribunal Constitucional de República Dominicana que había validado el hecho de que los extranjeros que se encontraban en situación irregular no podían invocar que sus hijos nacidos en el país podían obtener la nacionalidad dominicana.
24-oct-2014S, AA c. S, REn este caso, una mujer inició una demanda para que se revoque o se declare nula la adopción plena otorgada en el año 1985 en relación a su persona. A su vez, solicitó que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 323 y 335 del C.Civ. en tanto el primero dispone la irrevocabilidad de la adopción plena y el segundo establece –únicamente– causales de revocación respecto de la adopción simple. La accionante señaló que, en la etapa de la preadolescencia, fue víctima de abuso sexual por parte de su progenitor adoptivo. Cuando tenía 18 años, con el fallecimiento de aquél, decidió irse de la casa adoptiva. A partir de ese momento, reconstruyó los vínculos con su familia biológica, que la ayudó a recuperarse de las situaciones que vivió.
16-dic-2014Filippinni, LeonardoEste caso se inició a partir de la presentación de un habeas corpus correctivo y colectivo a favor de la totalidad de las personas condenadas privadas de libertad que no cuentan con Documento Nacional de Identidad, a pesar de haberlo requerido y reunir los requisitos sustantivos para ello, pues esa falta vulnera su derecho de identidad y los priva del acceso en plenitud a otros derechos fundamentales como la educación, el trabajo formal o la salud.
27-ene-2015Paradiso y Campanelli v. ItaliaUn matrimonio italiano decidió recurrir a la gestación por sustitución luego de varios intentos fallidos de tratamientos de fecundación in vitro. Entonces, acudieron a una clínica en Moscú puesto que esta práctica estaba prohibida en Italia. En mayo del 2010, después de un tratamiento de fertilización in vitro exitoso –supuestamente realizado con el esperma del peticionario– los embriones fueron implantados en el útero de la mujer gestante. El bebé nació en febrero de 2011. La mujer gestante dio su consentimiento escrito para que el niño sea registrado como hijo de ellos. De conformidad con la legislación rusa, los peticionarios fueron registrados como padres del niño. El certificado de nacimiento ruso –que no mencionaba la gestación por sustitución– fue apostillado de acuerdo a la Convención de La Haya. En mayo de 2011, cuando los peticionarios solicitaron el registro del certificado de nacimiento por parte de las autoridades italianas, fueron acusados por la alteración del estado civil del niño y por infringir la ley de adopción. El mismo día, el Ministerio Público solicitó el inicio de un proceso de adopción con fundamento en que el niño debía ser considerado en estado de abandono. En agosto de 2011, el tribunal italiano solicitó una prueba de ADN cuyo resultado estableció que no existía vínculo biológico entre el niño y los peticionarios –de manera contraria a lo que habían declarado–. En octubre de 2011, el tribunal italiano decidió separar al niño y prohibir el contacto entre ellos. En abril de 2013, el tribunal italiano rechazó el registro del certificado de nacimiento ruso y ordenó la emisión de un nuevo certificado de nacimiento en el que se indicara que el niño era hijo de padres desconocidos y se le otorgara un nuevo nombre. Los peticionarios se opusieron a todas las medidas y solicitaron la adopción del niño, que les fue negada.
10-mar-2015LCFGEl juzgado de primera instancia había rechazado la petición de una persona dirigida a suprimir su apellido paterno. Dicha solicitud se fundó en el abandono de su progenitor durante su niñez, lo que encuadraría –a criterio del requirente– en los “justos motivos” que contempla el artículo 15 de la ley 18.248 que permite la modificación del nombre por resolución judicial. Dicha decisión motivó la interposición de un recurso de apelación.
11-mar-2015P, MG c. MG, JMLa madre de MGP inició un proceso de filiación que fue rechazado –con sentencia firme de la SCJBA- por no haberse logrado efectuar el análisis de ADN. Con posterioridad, MGP –por derecho propio– inició la demanda de filiación y solicitó que se realice la prueba de ADN, aún en forma compulsiva. El demandado interpuso la excepción de cosa juzgada que fue rechazada por el tribunal de primera instancia. Dicha decisión fue confirmada en segunda instancia por entender que, si bien los requisitos para que proceda la excepción de cosa juzgada se encontraban cumplidos, se trataba de una situación particular que involucraba el interés social en busca de proteger el derecho de las personas de acceder a un emplazamiento filial auténtico, respetuoso de su identidad. Contra dicha resolución, el demandado interpuso el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
26-mar-2015C, MI c. S, TLa actora –en representación de su hijo– inició las actuaciones con el objeto de establecer la paternidad del niño, cuyo presunto padre biológico había fallecido en el año 2002, cuatro meses después de su nacimiento. El juez de grado dictó sentencia definitiva en el año 2013. En dicha oportunidad, el magistrado admitió la demanda y ordenó el pago de honorarios y la inscripción de la sentencia en el Registro Nacional de las Personas. Con posterioridad, la progenitora del niño manifestó la imposibilidad de gestionar la partida de nacimiento de su hijo y de proceder a la inscripción de la sentencia debido a la falta de recursos económicos para hacer frente a los honorarios y aportes de ley. En virtud de ello, en forma conjunta con el Ministerio Público, solicitó que se ordene la inscripción del de la sentencia sin más trámite. El juez de primera instancia desestimó el planteo. Contra esa decisión se interpuso recurso de apelación.
21-may-2015R, AE c. B, PD.La actora inició el proceso en representación de su hija adolescente a fin de que se autorice el cambio de su apellido en los términos del artículo 15 de la ley 18.248 y se reemplace el paterno por el materno. La actora refirió que la adolescente no tiene un vínculo afectivo con su padre y que había manifestado su deseo de llevar el apellido materno. El juez de primera instancia rechazó el pedido. Contra esa decisión se interpuso recurso de apelación.
16-jun-2015P., César NapoleónEl actor inició una acción sumarísima de cambio de nombre y requirió la sustitución de su segundo nombre, “Napoleón”, por el sentimiento de vergüenza que le generó a lo largo de su vida.
25-jun-2015NNO (causa Nº 81682)Los actores solicitaron la inscripción del nacimiento de una niña nacida por la técnica de fertilización in vitro con gestación por sustitución. Al efecto, acompañaron un estudio de filiación biológica y el acuerdo de voluntad subrogada suscripto entre los actores y la gestante. Del acuerdo se desprendía que la gestante aceptaba que le fuera implantado un embrión y llevar adelante el embarazo y que asumía que la niña que daría a luz era hija de los actores.
4-sep-2015LHEn un proceso de restricción de la capacidad, el juzgado de primera instancia ordenó la inscripción del nacimiento de la señora HL y declaró su incapacidad por padecer psicosis crónica y esquizofrenia. Además, designó a la Curadora Pública Oficial como curadora definitiva. Contra dicha resolución, la representante del Ministerio Público interpuso un recurso de apelación.
9-nov-2015P, A C c. L, PLa actora, por su propio derecho y en representación de su nieta, interpuso demanda de reclamación de filiación extramatrimonial. Refirió que la niña ha nacido de la relación de pareja que su hija mantuvo con el padre alegado, ambos con discapacidad psicosocial. Fundó su legitimación para iniciar las actuaciones en virtud de que había sido declarada judicialmente como curadora de su hija y madre de la niña, y como tutora de su nieta.
11-nov-2015AOE (Causa Nº 118.781)La niña O. –de 12 años, institucionalizada en un hogar de tránsito desde los 4 años– se presentó con su abogado patrocinante en el proceso de adopción de S., otro niño de la misma institución. El tribunal convocó una audiencia a la que compareció O. y solicitó ser tenida como parte en el proceso con fundamento en el vínculo que mantenía con S. y requirió convivir con ella y sus guardadores. Asimismo, requirió la vinculación con el niño S. La jueza rechazó la petición. Sin embargo, hizo lugar a la solicitud de vinculación y derivó las actuaciones al Equipo Técnico Auxiliar del juzgado y al Asesor de Menores. Contra dicha resolución, O. interpuso un recurso de apelación y, entre otras cosas, criticó el sistema intervenido de comunicación supervisado por el equipo técnico porque esa modalidad violentaba su intimidad. La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mercedes confirmó la decisión. En consecuencia, la adolescente interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.