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| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 13-jul-1963 | Brady v. Maryland | En 1958, John Brady y Donald Boblit fueron juzgados por separado por un asesinato cometido durante un robo. Durante el juicio Brady admitió haber participado en el robo, pero sostuvo en todo momento que él no había apretado el gatillo sino que el autor material de los disparos había sido Boblit. En el alegato de clausura, su abogado admitió que Brady era culpable de asesinato en primer grado y solicitó únicamente que el jurado dictara su veredicto “sin pena de muerte", pues el jurado tenía la facultad de recomendar o decidir si se debía aplicarse esa pena. Para respaldar esta postura, la defensa había solicitado formalmente a la fiscalía todas las declaraciones extrajudiciales de Boblit. Sin embargo, el fiscal entregó varias piezas pero retuvo deliberadamente la confesión más crucial, en la que Boblit admitía haber apretado el gatillo. Sin esta prueba vital, Brady fue hallado culpable y sentenciado a la pena de muerte. Una vez confirmada la condena por el Tribunal de apelaciones, el defensor encontró la confesión oculta y solicitó ante el tribunal de primera instancia un nuevo juicio basado en la prueba recientemente descubierta que había sido suprimida por la fiscalía. Ese pedido fue rechazado y Brady presentó un recurso de apelación que fue desestimado por la Corte de Apelaciones. Luego, hizo otra presentación en el marco de la Ley de Procedimiento de Post-Condena de Maryland (Maryland Post Conviction Procedure Act). La petición de reparación por vía de post-condena fue desestimada por el tribunal de instancia y fue recurrida por la defensa. La Corte de Apelaciones reconoció la conducta indebida del fiscal y sostuvo que la supresión de la prueba por parte de la fiscalía privó al peticionario del debido proceso legal. Sin embargo, determinó que la prueba suprimida no habría alterado el veredicto de culpabilidad, dado que Brady ya había confesado su participación en el robo (lo que lo hacía legalmente responsable del asesinato bajo la felony murder rule). No obstante, el tribunal concluyó que la confesión de Boblit sí habría sido fundamental para que el jurado decidiera sobre la cuantía de la pena. En consecuencia, ordenó un nuevo juicio limitado exclusivamente a la sentencia, manteniendo firme la condena por asesinato. Frente a esa decisión, la defensa de Brady recurrió ante la Corte Suprema de EEUU argumentando que el ocultamiento de pruebas viciaba el proceso de manera integral y exigía un juicio nuevo y completo. La Corte Suprema debió resolver si la retención de evidencia favorable por parte del Estado violaba la cláusula del Debido Proceso de la 14ª Enmienda y si el Tribunal de Apelaciones de Maryland se había equivocado al remitir el caso únicamente en lo referente a la cuestión de la pena. |
| 24-feb-1972 | Giglio v. Estados Unidos | Un hombre fue condenado por el delito de circulación de giros postales falsos, basándose casi exclusivamente en el testimonio de un cajero de banco que actuó como su cómplice. Durante el juicio, la defensa interrogó agresivamente al testigo sobre si había recibido promesas de inmunidad y este lo negó. En el alegato de clausura, el fiscal de juicio reforzó esta idea afirmando que el testigo no había recibido promesas. Mientras la apelación estaba pendiente, la defensa descubrió que un primer fiscal, quien había intervenido ante el Gran Jurado, efectivamente le había prometido al testigo que no lo acusaría si cooperaba. Sin embargo, el segundo fiscal, quien llevó adelante el juicio, desconocía esta promesa porque su colega no se la informó. A partir de este descubrimiento, la defensa solicitó la realización de un nuevo juicio, por considerar que la omisión había afectado la garantía del debido proceso. El tribunal de distrito rechazó el planteo, porque entendió que el fiscal de juicio actuó de buena fe y que el primer fiscal no tenía autoridad para tal promesa. La decisión fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones. La defensa recurrió ante la Corte Suprema de EEUU. En su recurso, argumentó que la falta de revelación de una promesa de inmunidad a un testigo clave hecha por un fiscal constituye una violación al Debido Proceso que justifican la realización de un nuevo juicio. |
| 13-may-1986 | Rayford | Durante un operativo, personal policial detuvo en la vía pública a una persona extranjera con escaso dominio del idioma español. En ese contexto, la persona manifestó haber consumido marihuana y tener más en su domicilio. Posteriormente, los oficiales ingresaron a su vivienda y secuestraron un envoltorio con marihuana. Mientras la persona detenida era trasladada a la comisaría, entregó una tarjeta con los datos de la persona a la que había comprado el estupefaciente. Horas después, un joven fue detenido y, a partir de su declaración, se logró la detención de una tercera persona. Ambas personas afirmaron estar involucradas en la comercialización de estupefacientes. La defensa de la persona extranjera solicitó la nulidad del allanamiento y de los actos posteriores. El juzgado de primera instancia absolvió a los imputados, pero la fiscalía impugnó la decisión. La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la sentencia y condenó a los acusados por el delito de tenencia y suministro de estupefacientes. Contra esa decisión, la defensa de una de las personas presentó un recurso extraordinario federal, en el que argumentó que se había vulnerado la inviolabilidad del domicilio y que la prueba obtenida era inválida. |
| 23-ene-1989 | Florida v. Riley | La policía del estado de Florida, Estados Unidos recibió una denuncia anónima respecto de un hombre que estaba cultivando marihuana en un invernadero dentro de su propiedad. El lugar denunciado estaba cercado y cubierto por árboles, arbustos y por la casa del hombre. Esta situación le impidió a la policía observarlo desde el nivel del suelo. Por ese motivo, un policía circuló la vivienda en helicóptero a una altura de 120 metros. Desde allí, observó a través de una apertura en el invernadero unas plantas que parecían de marihuana. En base a sus observaciones, obtuvo una orden de allanamiento y se encontraron cultivos de marihuana en el lugar. Durante el proceso penal, el hombre imputado requirió que se excluyera la prueba obtenida. El tribunal hizo lugar al pedido. Contra esta decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones de Florida hizo lugar a la impugnación y admitió la evidencia. Sin embargo, solicitó a la Corte Suprema de Florida que se pronunciara sobre la legalidad de las inspecciones policiales realizadas desde helicópteros. Sobre este aspecto, señaló la necesidad de interpretar la situación de acuerdo con el derecho a la privacidad consagrado en la Cuarta Enmienda. La Corte Suprema de Florida hizo lugar al requerimiento y revocó la decisión de la Cámara de Apelaciones. Para decidir así, sostuvo que la observación del invernadero constituyó una ‘pesquisa’ en los términos de la Cuarta Enmienda. Asimismo, consideró que la inspección policial sin orden judicial era inconstitucional y excluyó la prueba obtenida. Ante esa resolución, el Estado de Florida presentó un writ of certiorari que dio intervención a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. |
| 23-ene-1989 | Florida v. Riley | La policía del estado de Florida, Estados Unidos recibió una denuncia anónima respecto de un hombre que cultivaba marihuana en un invernadero dentro de su propiedad. El lugar denunciado estaba cercado y cubierto por árboles, arbustos y por la casa del hombre. Esta situación le impidió a la policía observarlo desde el nivel del suelo. Por ese motivo, un policía circuló la vivienda en helicóptero a una altura de 120 metros. Desde allí, observó a través de una apertura en el invernadero unas plantas que parecían de marihuana. En base a sus observaciones, obtuvo una orden de allanamiento y se encontraron cultivos de marihuana en el lugar. Durante el proceso penal, el hombre imputado requirió que se excluyera la prueba obtenida. El tribunal hizo lugar al pedido. Contra esta decisión, la fiscalía inter-puso un recurso de apelación. El Tribunal de Apelaciones de Florida hizo lugar a la impugnación y admitió la evidencia. Sin embargo, solicitó a la Corte Suprema de Florida que se pronunciara sobre la legalidad de las inspecciones policiales realizadas desde helicópteros. Sobre ese aspecto, señaló la necesidad de interpretar la situación de acuerdo con el derecho a la privacidad consagrado en la Cuarta Enmienda. La Corte Suprema de Florida hizo lugar al requerimiento y revocó la decisión de la Cámara de Apelaciones. Para decidir así, sostuvo que la observación del invernadero constituyó una ‘pesquisa’ en los términos de la Cuarta Enmienda. Asimismo, consideró que la inspección policial sin orden judicial era inconstitucional y excluyó la prueba obtenida. Ante esa resolución, el Estado de Florida presentó un writ of certiorari que dio intervención a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. |
| 23-feb-1995 | R. v. Chaplin | Dos hombres fueron acusados por delitos contra la propiedad. Con anterioridad al inicio del debate oral, su defensa solicitó a las autoridades federales que informaran si alguno de los hombres imputados había sido alcanzado por autorizaciones de intervención de comunicaciones en otros casos en años anteriores. La fiscalía informó que no existían autorizaciones de intervención vinculadas con la investigación de esos cargos, pero se negó a confirmar o negar la existencia de otras autorizaciones relativas a investigaciones distintas. Entonces, su defensa solicitó una orden judicial para que la fiscalía respondiera el pedido de manera expresa y, en caso afirmativo, entregara las autorizaciones, los documentos de respaldo y los registros, transcripciones y grabaciones correspondientes. Argumentó que bajo los principios del caso Stinchcombe, una vez solicitada la divulgación, la carga de la prueba recae en la fiscalía para justificar su negativa basándose en la irrelevancia manifiesta o en el privilegio de interés público. La jueza hizo lugar al recurso de la fiscalía y ordenó la revelación de la información solicitada por la defensa, pero la fiscalía provincial lo recurrió, por lo cual la jueza dispuso la suspensión del proceso. Luego, el tribunal de alzada revocó la orden de revelación y la suspensión del proceso. Contra esa decisión, la defensa recurrió ante la Corte Suprema de Canadá para discutir el alcance de la obligación de revelación. |
| 10-oct-1995 | Wood v. Bartholomew | Un hombre fue condenado por un homicidio cometido durante un robo a una lavandería. Durante la investigación, el hombre admitió el robo, pero sostuvo que no había querido matar a la víctima, sino que su arma se había disparado accidentalmente. Como medida de prueba antes del juicio, el hermano del imputado y la novia de ese hombre se sometieron a exámenes poligráficos. En el caso de la mujer, los resultados sobre algunas preguntas fueron inconcluyentes, aunque el examinador consideró que sus respuestas eran veraces. En el caso del hermano, el examinador concluyó que sus respuestas sobre su intervención en el robo y sobre si había estado junto al imputado dentro de la lavandería indicaban engaño. Esa información no fue revelada a la defensa. Durante el debate oral, ambos declararon como testigos. Dijeron que, antes del hecho, el imputado les había dicho que pensaba robar la lavandería y no dejar testigos. También afirmaron que, después, les dijo que había puesto dos balas en la cabeza de la víctima. La defensa del imputado sostuvo que ambos testigos mentían para disminuir la participación del hermano en el hecho. Al momento de dictaminar, el tribunal condenó al hombre a pena de muerte. Esa condena fue revocada y luego fue condenado a prisión perpetua sin posibilidad de libertad condicional. Luego de agotar las vías recursivas posibles, el condenado promovió una acción federal de habeas corpus y alegó que la omisión de revelar los exámenes poligráficos había vulnerado la doctrina de Brady v. Maryland. El tribunal federal de distrito rechazó el planteo. Esa decisión fue apelada y la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito la revocó. Este tribunal entendió que los exámenes poligráficos eran inadmisibles como prueba según la ley de Washington, y que a pesar de que los resultados no hubiesen sido admitidos al juicio, la información era material bajo el estándar del caso Brady. Para arribar a esa conclusión, el tribunal explicó que, si el abogado defensor hubiera conocido los resultados del polígrafo, habría tenido un motivo más sólido para profundizar en la investigación del relato del hermano del imputado. Sostuvo que, de haber contado con esa información, la defensa probablemente le habría tomado una declaración testimonial en la que podría haber obtenido una confesión de su falsedad, permitiéndole descubrir diversas contradicciones que habrían sido utilizadas con gran eficacia durante el contrainterrogatorio en el juicio. |
| 14-dic-1995 | R. v. O’Connor | Cuatro personas denunciaron que veinticinco años antes, cuando se encontraban en una escuela religiosa residencial, el hombre a cargo de la institución los había agredido sexualmente. Con anterioridad al inicio del debate oral, la defensa solicitó y obtuvo una orden judicial para que los denunciantes autorizaran la entrega de sus registros médicos, de consejería terapéutica y escolar para que se informaran los datos de los profesionales tratantes. La fiscalía cuestionó el alcance de esa orden y no la cumplió en tiempo oportuno. Durante el juicio, la defensa solicitó la suspensión del proceso como remedio procesal frente a esos incumplimientos. El tribunal hizo lugar a su pedido y el órgano acusador recurrió la decisión. Entonces, el tribunal de alzada revocó la suspensión del proceso, dejó sin efecto la orden cuestionada y ordenó la realización de un nuevo juicio. En ese contexto, la defensa recurrió ante la Corte Suprema de Canadá. |
| 10-oct-1996 | HO (Causa N° 40) | En 1993, un hombre reclamó a la ANSES el reajuste de su haber jubilatorio. Sin embargo, el organismo rechazó su solicitud. De esa forma, le comunicó que había calculado la movilidad que le correspondía según las leyes vigentes. Frente a esa respuesta, el hombre apeló ante la entonces Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social. En marzo de 1995 –mientras aún tramitaba su recurso– entró en vigencia la Ley N° 24.463 que introdujo reformas al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. En ese contexto, el actor planteó la inconstitucionalidad del artículo 24 de la nueva norma, que disponía la conversión inmediata del procedimiento en aquellas causas en trámite ante la cámara. En ese sentido, el hombre destacó que lesionaba el principio de preclusión y su derecho de defensa, ya que suponía iniciar un nuevo juicio ante los juzgados de primera instancia. Luego, la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional a esa norma. Sostuvo que los beneficios previsionales tenían carácter alimentario y cubrían riesgos de subsistencia y ancianidad. Por lo tanto, entendió que la norma cuestionada retrotraía el trámite del proceso a una instancia concluida, lo que afectaba el debido proceso. Contra esa decisión, tanto la ANSES como el fiscal interpusieron recurso extraordinario federal. Entre sus argumentos, señalaron que bajo el régimen anterior debían aceptar las sentencias de la cámara, pues no tenían la posibilidad de probar la legalidad de los actos administrativos. Al respecto, ANSES indicó que los jueces fijaban haberes exorbitantes que colocaban al sistema previsional al borde del colapso financiero. Agregó que, mediante la ley 24.463 los litigantes solo debían adaptar los recursos que hubieran presentado a una demanda por reajuste de haber, bajo las reglas del proceso sumario. Por su parte, el fiscal opinó que la ley 26.463 era de orden público y materia federal, por lo que debía aplicarse de inmediato a los expedientes en trámite. Sobre ese aspecto, sostuvo que el actor no había obtenido una sentencia definitiva al momento de la sanción de la ley. |
| 14-abr-1999 | United States v. Carey | Un hombre estaba siendo investigado por la presunta tenencia y comercialización de estupefacientes. Tras varias entregas controladas, la policía obtuvo una orden de detención en su contra. Al momento de practicar la detención en el domicilio del hombre, los oficiales advirtieron a simple vista marihuana y dispositivos para fumar, por lo que le solicitaron su consentimiento para registrar su departamento. Tras una discusión con los oficiales, el hombre dio su consentimiento verbal, que luego ratificó por escrito en una comisaría. Con respaldo en este consentimiento, los oficiales regresaron al domicilio y secuestraron algunos estupefacientes y dos computadoras. Las computadoras fueron llevadas a la comisaría y se obtuvo una orden judicial para registrar archivos relacionados con la venta de estupefacientes. Uno de los oficiales identificó varios archivos en formato "JPG" que, al ser abiertos, contenían fotografías con pornografía infantil. Considerando que existía causa probable para continuar explorando los archivos, el detective descargó aproximadamente doscientos cuarenta y cuatro archivos JPG o de imagen. Por estos hechos, el hombre fue acusado de un cargo de posesión de un disco duro de ordenador que contenía tres o más imágenes de pornografía. El acusado acordó declararse culpable de forma condicional [conditional guilty plea] y apeló la decisión del tribunal de distrito que había denegado el pedido de supresión del material incautado en su computadora. Para ello, alegó que se había obtenido como resultado de un registro sin orden judicial. |
| 12-dic-2003 | R. v. Taillefer; R. v. Duguay | Dos hombres, B.T y H.D, fueron imputados por el homicidio de una adolescente. De forma posterior, un jurado los declaró culpables y ambos fueron condenados a la pena de prisión perpetua. Las defensas de ambos recurrieron esas condenas. Luego, el tribunal de alzada confirmó la condena de B.T. Respecto de H.D., anuló la condena por considerar que, de acuerdo con la prueba producida en el juicio, no correspondía atribuirle responsabilidad por la figura más grave, y ordenó la realización de un nuevo juicio por un delito de menor gravedad. Antes de que ese nuevo juicio se llevara a cabo, H.D. acordó con el órgano acusador su responsabilidad por el delito de homicidio culposo y fue condenado por la pena de condena de doce años de prisión. De forma posterior, a partir de una investigación sobre el accionar de los agentes policiales provinciales, se advirtió que durante el proceso contra ambos hombres se había retenido prueba relevante sin darle el debido acceso a sus defensas. Entre ese material había declaraciones de testigos, notas policiales tomadas durante los interrogatorios y documentación presentada para obtener una orden de registro. En el marco de aquella investigación se concluyó que parte de esa prueba podría haber servido para cuestionar la credibilidad de testigos de cargo, debilitar la teoría del caso de la fiscalía y abrir nuevas líneas de investigación. A partir de esas conclusiones, se habilitó una nueva revisión judicial del caso y ambos hombres imputados volvieron a recurrir sus condenas. Al momento de interponer estos recursos ambos se encontraban cumpliendo sus penas en prisión hacía aproximadamente ocho años. |
| 21-may-2005 | Bulacio (causa N° 3102) | Una mujer vivía con sus dos hijos y sufría violencia de género por parte de su expareja. Ambos eran propietarios de un minimercado que se encontraba en la planta baja de la vivienda. Tras la separación, el hombre regresaba a la casa con el fin de percibir las ganancias del comercio y mantener relaciones sexuales contra la voluntad de la mujer. En una ocasión, la mujer se dirigía a su domicilio con su hija cuando fue interceptada por su expareja, quien las insultó, amenazó, golpeó y obligó a ingresar al domicilio. Luego, golpeó a su ex esposa y le causó múltiples lesiones. Además, rompió vidrios y disparó en dos ocasiones un arma de fuego, obligándola a subir a la habitación con la finalidad de mantener relaciones sexuales. La mujer comenzó a quitarse sus prendas íntimas, en tanto el hombre la esperaba acostado en la cama. En un momento de distracción, ella tomó el arma y le disparó en la cabeza, ocasionándole la muerte. Por ese hecho, la mujer fue detenida e imputada por el delito de homicidio calificado. En la etapa de juicio oral, la acusada declaró que su expareja la golpeaba y violaba de manera constante y que le tenía mucho miedo. Agregó que había concurrido en varias oportunidades a la comisaría, pero no le habían querido tomar las denuncias. A su vez, la hija menor dio una versión de los hechos concordante con la de su madre. Además, un vecino expuso que el día del hecho había escuchado disparos y en otra ocasión había visto a la mujer golpeada. Por otra parte, los informes periciales concluyeron que había antimonio en una de las paredes, propio de los residuos de deflagración de un arma de fuego. Los informes psicológicos demostraban que la mujer temía por su vida. |
| 22-nov-2005 | C-1194/05 | En el procedimiento penal colombiano, la audiencia de formulación de acusación es la oportunidad para que la fiscalía exponga formalmente la acusación y es donde se realiza el descubrimiento de las pruebas por parte de la fiscalía hacia la defensa. En este contexto, una ciudadana, en nombre propio, solicitó la inconstitucionalidad del artículo de la norma que regulaba el descubrimiento de la prueba por parte de la defensa. Fue así que atacó el artículo 344 del Código de Procedimiento Penal porque, en una lectura literal, establecía que en la audiencia de acusación la defensa sólo podía pedirle al juez que ordenara a la fiscalía descubrir "un elemento material probatorio específico". En este sentido, sostuvo que la norma atacaba la igualdad, porque mientras la fiscalía podría pedir conocer todas las pruebas de la defensa, la ley aparentemente limitaba a la defensa a conocer solo "una" prueba descubierta por la fiscalía. En su interpretación, la norma iba en contra del artículo de la constitución que obligaba a la Fiscalía General de la Nación, o a sus delegados, en caso de presentarse escrito de acusación, a “suministrar, por conducto del juez de conocimiento, todos los elementos probatorios e informaciones de que tenga noticia incluidos los que le sean favorables al procesado”. |
| 11-jul-2006 | Jalloh v. Alemania | Agentes de policía observaron a un hombre en varias ocasiones sacándose de la boca pequeñas bolsas de plástico y entregándolas a cambio de dinero. Ante la sospecha de que contuvieran estupefacientes, los policías lo detuvieron mientras tragaba otra bolsita. Como no se le encontró droga, la fiscalía competente ordenó que se le administrara un emético para obligarle a regurgitar la bolsa. El hombre fue trasladado al hospital, donde lo sujetaron y le inyectaron un emético a la fuerza. Como resultado, expulsó una pequeña bolsa de cocaína. El hombre fue acusado de tráfico de estupefacientes. Su abogado alegó que las pruebas contra él se habían obtenido de forma ilegal, por lo que no podían utilizarse en el proceso penal. El tribunal interviniente condenó al demandante. Contra esta decisión, el hombre presentó diversos recursos que no prosperaron. |
| 27-dic-2006 | Vega Giménez, Claudio Esteban | El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó a Claudio Esteban Vega Giménez a la pena de un año y dos meses de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes en infracción al art. 14, primer párrafo de la ley 23.737. La defensa oficial del nombrado interpuso recurso de casación por inobservancia de las normas sustantivas y procesales toda vez que, a su juicio, dada la escasa cantidad detentada y demás circunstancias que confluían en el caso, debía concluirse en que la tenencia era para consumo personal en el marco del art. 14, segundo párrafo de la ley 23.737. |
| 17-mar-2009 | IPP (causa N° 264424) | Una mujer vivía con su marido y sufría violencia de género. En una oportunidad, el hombre había tomado alcohol, discutieron, la golpeó y la amenazó. Luego, se dirigió a una vivienda aledaña y le pegó a su nuera. Entonces, su esposa tomó un palo y se lo asestó en la cabeza, ocasionándole la muerte. Por ese hecho la mujer fue imputada por el delito de homicidio calificado por el vínculo. En la indagatoria, la mujer declaró que su esposo era agresivo con ella y con sus hijos, en especial cuando se alcoholizaba. Explicó que siempre aguantaba las golpizas para que no les hiciera daño a sus hijos. Agregó que los vecinos tenían conocimiento del contexto de violencia en el que vivía porque la habían visto golpeada en varias oportunidades. En particular, contó que el día del hecho el hombre estaba alcoholizado, le había tirado del pelo y la había zamarreado. Cuando pudo soltarse, se dirigió al patio de la casa, donde continuó golpeándola. En ese momento se acercó su nuera, a quien el hombre le pegó dos piñas en el pecho. Luego la agredió a ella y la persiguió con un palo hasta una habitación, donde la estranguló y mordió. La mujer logró esconderse debajo de la cama, por lo que el marido salió al patio con la intención de lesionar a su nuera. En ese momento, tomó el palo y lo golpeó dos veces en la cabeza. Por último, agregó que solo quería defender a su nuera y nunca pensó que con un palo podía provocarle la muerte. La nuera de la imputada declaró en el mismo sentido. Asimismo, uno de los hijos de la pareja dijo que su padre golpeaba a su madre no solo con las manos sino con cualquier objeto que encontrara. Explicó que en una oportunidad en que había intervenido para defender a su mamá, el hombre le había dado una puntada en el hombro con una cuchilla. Igualmente, dos vecinos explicaron que sabían que el hombre era violento y agredía a su esposa e hijos. Del acta de procedimiento, además, se desprendía que los agentes policiales encontraron a la acusada en estado de nerviosismo y que presentaba diversas lesiones en su cara, cuello y brazo derecho. Por otra parte, el informe médico determinó que la acusada tenía lesiones de carácter leve y reciente, además de cicatrices antiguas. |
| 26-mar-2009 | SLM (Causa N° 740) | Un hombre fue diagnosticado con esclerosis múltiple. En consecuencia, su médico tratante le indicó un tratamiento con los medicamentos deltizona B vía oral y acetato deglatiramer (Copaxone). Luego de unos años, el hombre tuvo un retroceso en su estado de salud. Por ese motivo, buscó otras alternativas de tratamiento. En ese contexto, comenzó a atenderse en un centro médico recomendado, que no era prestador de su obra social. Allí, le prescribieron la vacuna T-linfocitaria. Por lo tanto, solicitó a su obra social la cobertura. Sin embargo, el pedido fue rechazado. En ese sentido, fundó su decisión en la falta de sustento científico y comprobación de la eficacia del tratamiento, dado que no era reconocido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), ni por organismos extranjeros como la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA) y la Agencia Europea de Evaluación de Medicamentos (EMEA). Ante esta situación, el hombre interpuso una acción judicial contra la obra social y contra el Estado Nacional. En su presentación, sostuvo que su vida y su salud estaban en riesgo. Asimismo, remarcó que la vacuna T-linfocitaria no era una droga, por lo que no era necesario que contara con la autorización de la ANMAT. A su turno, se presentó el Estado Nacional y afirmó que el rechazo no era arbitrario. Alegó que la obra social contaba con gran cantidad de afiliados y recursos limitados, por lo que no podía gastar en tratamientos cuyos resultados no tuvieran base científica. Por su parte, el juzgado de primera instancia rechazó la solicitud del actor. Para ello, expresó que el tratamiento era de carácter experimental y que no se encontraba reconocido por la ANMAT, ni por la FDA y la EMEA. A su vez, manifestó que el centro médico y el profesional tratante no eran prestadores de la obra social. Frente a esa decisión, el actor interpuso recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó el fallo. Entre sus argumentos, consideró que la ANMAT informó que no autorizaba terapias, por lo que era improcedente el reconocimiento del tratamiento por parte del organismo y que, pese al carácter experimental, el actor tenía derecho a una terapia prescripta que podía mejorar su estado de salud. Además, indicó que la obra social no acreditó que tuviera algún prestador que pudiera proporcionarle la terapia. Agregó que las obras sociales debían brindar cobertura integral a los requerimientos de sus beneficiarios, en virtud de lo dispuesto por las leyes N° 23.660 y 23.661. Por último, citó el derecho de todas las personas a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental. Expresó que el Programa Médico Obligatorio constituía un límite inferior de prestaciones exigibles y no un tope máximo. Contra la sentencia, la parte demandada interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de una queja. Cuestionó, entre otros aspectos, que la Cámara hubiera establecido que el carácter experimental no impedía la obtención de la cobertura, puesto que dejaba de lado la obligatoria intervención de la autoridad estatal sanitaria en la autorización y contralor de las nuevas técnicas y prácticas médicas. |
| 26-ago-2009 | United States v. Comprehensive Drug Testing | En 2002, el gobierno federal inició una investigación sobre Bay Area Lab Cooperative (Balco), de la que sospechaba que suministraba esteroides a jugadores profesionales de béisbol. Ese año, la Major League Baseball Players Association también firmó un convenio colectivo con la Major League Baseball que preveía la realización de controles antidopaje a todos los jugadores. Durante el primer año de vigencia del convenio, se recogían muestras de orina que eran analizadas en busca de sustancias prohibidas. Se les aseguró a los jugadores que los resultados serían anónimos y confidenciales; el objetivo de las pruebas era únicamente determinar si más del cinco por ciento de los jugadores daban positivo, en cuyo caso se realizarían pruebas adicionales en temporadas futuras. La Comprehensive Drug Testing, Inc. (CDT), una empresa independiente, administraba el programa y recogía las muestras de los jugadores; las pruebas las realizaba el laboratorio Quest Diagnostics, Inc. La CDT conservaba la lista de jugadores y los resultados de sus respectivas pruebas; Quest conservaba las muestras reales con las que se realizaban las pruebas. Durante la investigación de Balco, las autoridades federales tuvieron conocimiento que diez jugadores habían dado positivo en el programa de CDT. El gobierno obtuvo una citación del gran jurado en el Distrito Norte de California para realizar la búsqueda de todos los "registros de pruebas de drogas y especímenes" pertenecientes a las Grandes Ligas de Béisbol en posesión de la CDT. La CDT y los jugadores intentaron negociar un acuerdo de conformidad con el gobierno, pero, al fracasar las negociaciones, solicitaron la anulación de la citación. El día en que se presentó la moción de anulación, el gobierno obtuvo una orden en el Distrito Central de California autorizando el registro de las instalaciones de la CDT en Long Beach. A diferencia de la citación, la orden se limitaba a los registros de los diez jugadores respecto de los cuales el gobierno tenía motivos fundados. Sin embargo, cuando se ejecutó la orden, el gobierno secuestró y revisó rápidamente los registros de las pruebas de drogas de cientos de jugadores de la Major League Baseball (y de muchas otras personas). El gobierno también obtuvo una orden del Distrito de Nevada para las muestras de orina en las que se habían realizado las pruebas de drogas que se guardaban en las instalaciones de Quest en Las Vegas. Posteriormente, el gobierno obtuvo órdenes adicionales para los registros en las instalaciones de la CDT en Long Beach y el laboratorio de Quest en Las Vegas. Por último, el gobierno notificó a la CDT y Quest nuevas citaciones en el Distrito Norte de California, exigiendo la presentación de los mismos registros que acababa de secuestrar. La CDT y los jugadores solicitaron en el Distrito Central de California, de conformidad con la Regla Federal de Procedimiento Penal 41(g), la devolución de los bienes secuestrados. El juez Cooper consideró que el gobierno no había cumplido con los procedimientos detallados en la orden y, sobre esa base y otras, ordenó la devolución de los bienes (orden Cooper). La CDT y los jugadores solicitaron posteriormente en el Distrito de Nevada, de conformidad con la Regla Federal de Procedimiento Penal 41 (g), la devolución de los bienes secuestrados en virtud de las órdenes emitidas por ese tribunal de distrito. El caso fue analizado por el juez Mahan, quien accedió a la petición y ordenó al gobierno que devolviera los bienes secuestrados, con la excepción del material relativo a los diez jugadores de béisbol identificados (orden Mahan). La CDT y los Jugadores finalmente solicitaron en el Distrito Norte de California, de conformidad con la Regla Federal de Procedimiento Penal 17(c), la anulación de la última ronda de citaciones. El caso fue analizado por el Juez Illston. En una resolución oral, el juez Illston anuló las citaciones (Illston Quashal). Los tres jueces expresaron su descontento con la gestión de la investigación por parte del gobierno, y algunos llegaron a acusar al gobierno de manipulación y tergiversación. No obstante, el gobierno apeló las tres órdenes y un panel dividido del tribunal de California revocó la Orden Mahan y la Illston Quashal, pero (unánimemente) consideró que la apelación de la Orden Cooper era extemporánea. |
