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Título : United States v. Carey
Fecha: 14-abr-1999
Resumen : Un hombre estaba siendo investigado por la presunta tenencia y comercialización de estupefacientes. Tras varias entregas controladas, la policía obtuvo una orden de detención en su contra. Al momento de practicar la detención en el domicilio del hombre, los oficiales advirtieron a simple vista marihuana y dispositivos para fumar, por lo que le solicitaron su consentimiento para registrar su departamento. Tras una discusión con los oficiales, el hombre dio su consentimiento verbal, que luego ratificó por escrito en una comisaría. Con respaldo en este consentimiento, los oficiales regresaron al domicilio y secuestraron algunos estupefacientes y dos computadoras. Las computadoras fueron llevadas a la comisaría y se obtuvo una orden judicial para registrar archivos relacionados con la venta de estupefacientes. Uno de los oficiales identificó varios archivos en formato "JPG" que, al ser abiertos, contenían fotografías con pornografía infantil. Considerando que existía causa probable para continuar explorando los archivos, el detective descargó aproximadamente doscientos cuarenta y cuatro archivos JPG o de imagen. Por estos hechos, el hombre fue acusado de un cargo de posesión de un disco duro de ordenador que contenía tres o más imágenes de pornografía. El acusado acordó declararse culpable de forma condicional [conditional guilty plea] y apeló la decisión del tribunal de distrito que había denegado el pedido de supresión del material incautado en su computadora. Para ello, alegó que se había obtenido como resultado de un registro sin orden judicial.
Decisión: La Corte de Apelaciones del Décimo Circuito Judicial de Estados Unidos, hizo lugar al recurso de apelación y revocó lo resuelto.
Argumentos: 1. Sistema informático. Prueba. Prueba informática. Prueba digital. Orden judicial. Testimonios. Protección de datos personales. Allanamiento. “La Corte Suprema ha señalado que ‘la doctrina de la plain view no puede ser utilizada para extender una búsqueda exploratoria general de un objeto a otro hasta que al final surja algo incriminatorio’ [...]. La orden obtenida con el propósito específico de registrar las computadoras del acusado sólo permitía el registro de los archivos informáticos en busca de ´nombres, números de teléfono, libros de contabilidad, recibos, direcciones y otras pruebas documentales relativas a la venta y distribución de sustancias controladas´. Así pues, el alcance del registro se circunscribía a las pruebas relacionadas con el tráfico de drogas. El argumento de que los archivos estaban a la vista no es válido porque lo que se incautó fue el contenido de los archivos y no los archivos en sí”.   “El caso gira en torno a que cada uno de los archivos que contenían material pornográfico estaban etiquetados como ´JPG´ y la mayoría presentaba un título sexualmente sugerente. Seguramente, después de abrir el primer archivo y ver una imagen de pornografía infantil, el oficial encargado de la búsqueda supo, antes de abrir los demás archivos, lo que significaba la etiqueta. Cuando abrió los archivos posteriores, sabía que no iba a encontrar elementos relacionados con la actividad de drogas como se especificaba en la orden”. “En la audiencia oral, el acusador sugirió que esta situación es similar a la de un oficial que tiene una orden judicial para registrar un archivador que contiene muchos cajones. Aunque cada cajón está etiquetado, tuvo que abrir un cajón para comprobar si la etiqueta era engañosa y si el cajón contenía los objetos de la búsqueda. Si bien el escenario es probable, no es representativo de los hechos de este caso. Este no es un caso en el que el directorio del disco duro contenga archivos con etiquetas ambiguas. No se trata de un caso en el que los agentes tuvieron que abrir cada cajón del expediente antes de descubrir su contenido. Incluso si empleamos la teoría del archivador, el testimonio del detective hace que la analogía sea inapropiada porque afirmó que sabía, o al menos tenía causa probable para saber, que cada cajón estaba debidamente etiquetado y su contenido estaba claramente descrito en la etiqueta”. “Debido a que este caso involucra imágenes almacenadas en una computadora, la analogía del archivador puede ser inadecuada. ‘Dado que es probable que el almacenamiento electrónico contenga una mayor cantidad y variedad de información que cualquier método de almacenamiento anterior, las computadoras son objetivos tentadores en la búsqueda de información incriminatoria’ [...]. Depender de analogías con contenedores cerrados o archivadores puede llevar a los tribunales a ´simplificar excesivamente un área compleja de las doctrinas de la Cuarta Enmienda e ignorar las realidades del almacenamiento masivo en computadoras modernas´”. “Alternativamente, los tribunales pueden reconocer que las computadoras a menudo contienen ´documentos entremezclados´. Bajo este enfoque, las fuerzas del orden deben participar en el paso intermedio de clasificar varios tipos de documentos y luego buscar sólo los especificados en una orden judicial. Cuando los agentes encuentran documentos relevantes tan entremezclados con documentos irrelevantes que no es posible clasificarlos en el lugar, los agentes pueden sellar o retener los documentos hasta que un magistrado apruebe las condiciones y limitaciones de una búsqueda adicional entre los documentos. El magistrado debe entonces exigir a los agentes que especifiquen en una orden judicial qué tipo de archivos se buscan”. “Con las computadoras y los datos bajo su custodia, los agentes encargados de hacer cumplir la ley generalmente pueden emplear varios métodos para evitar buscar archivos del tipo no identificado en la orden: observar los tipos de archivos y títulos enumerados en el directorio, hacer una búsqueda de palabras clave para términos relevantes, o leer partes de cada archivo almacenado en la memoria. En este caso, el detective [...] y el técnico informático enumeraron los archivos en el directorio y también realizaron una búsqueda de palabras clave, pero no utilizaron la información obtenida para limitar su búsqueda a los elementos especificados en la orden, ni obtuvieron una nueva orden que autoriza la búsqueda de pornografía infantil”. “Debemos concluir que el detective [...] se excedió en el alcance de la orden judicial del caso. Su incautación de las pruebas, en las que se basó la acusación y condena, fue consecuencia de un registro inconstitucional y el tribunal de distrito cometió un error al negar su exclusión”.
Tribunal : Tribunal de Apelaciones del Décimo Circuito Judicial de los Estados Unidos
Voces: SISTEMA INFORMÁTICO
PRUEBA
PRUEBA INFORMÁTICA
PRUEBA DIGITAL
ORDEN JUDICIAL
TESTIMONIOS
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
ALLANAMIENTO
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia internacional

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