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28-dic-2010Nahuelfil (causa Nº 23915)Una mujer lesionó a su pareja en el abdomen con un cuchillo mientras dormía. El hombre falleció en el hospital luego de dos intervenciones quirúrgicas. Por ese hecho, fue imputada por el delito de homicidio. En la etapa de juicio oral, declaró que era víctima de violencia de género, que el día del hecho se encontraban en la cocina y su pareja la había agredido de manera verbal y física, por lo que ella se había defendido con un cuchillo. Por otra parte, testigos dijeron que la víctima había manifestado en el hospital que había sido atacada mientras descansaba en la cama. Además, la policía constató manchas de sangre en el dormitorio junto a la cama. La Cámara en lo Criminal de Viedma condenó a la mujer a la pena de diez años de prisión por el delito homicidio. Para decidir de esa manera sostuvo que la utilización de un cuchillo para herir a la víctima que se encontraba acostada implicaba que había tenido una intención homicida. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación que fue rechazado. Por esa razón, interpuso un recurso extraordinario federal. Entre otras cuestiones, planteó que la mujer había actuado en legítima defensa por haber sufrido violencia de género por parte de su pareja. Además, agregó que el hombre había muerto por mala praxis médica, lo que descartaba la atribución del resultado mortal a la imputada.
17-dic-2018Najera Mendoza (Causa Nº37765)El señor Najera Mendoza adquirió la nacionalidad argentina por naturalización en el año 2013. Durante 2015 realizó el curso de ingreso a la policía de la provincia de Buenos Aires y se recibió de oficial de esa fuerza. El 28 de agosto del 2017 decidió optar por el cambio a la policía de la Ciudad de Buenos Aires. Entonces, comenzó el trámite para ingresar al Instituto Superior de Seguridad Pública. En este proceso superó todas las pruebas. En diciembre de ese año, el ISSP le notificó que fue preseleccionado para el ingreso y lo citó para regularizar su situación administrativa y documental. Entonces, le informaron que se encontraba apto para el ingreso y que podía solicitar la baja en la fuerza provincial, pues sólo le restaba cumplir con ese requisito. Sin embargo, posteriormente, el ISSP le informó verbalmente que no podía ingresar por ser argentino naturalizado en virtud de lo dispuesto en el artículo 128, inciso 1 de la ley Nº 5688, que sólo contemplaba el ingreso de los argentinos nativos o por opción. En ese marco, Najera Mendoza interpuso una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- Ministerio de Seguridad y Justicia con el objeto de que se le permitiera ingresar al Curso de Integración y Nivelación para Personal Ingresante de otras fuerzas. Además, solicito una medida cautelar innovativa para que el ISSP lo reincorporara al curso de formación de policías.
26-ago-2016NAM c. ANSES y otroLa abuela y tutora de un niño con discapacidad solicitó a la ANSES que se integre la pensión por el fallecimiento de la madre del niño, otorgada bajo la modalidad de renta vitalicia, hasta alcanzar el haber mínimo garantizado por el Estado. El organismo rechazó el pedido. En virtud de ello, la solicitante inició una acción de amparo contra la ANSES y, en segundo lugar, contra el Estado Nacional. Además, requirió que se ordene cautelarmente el pago de la pensión garantizando el haber previsional mínimo previsto en el art. 125 de la ley Nº 24.241. Subsidiariamente, solicitó que se declare la inconstitucionalidad del citado artículo, como así también del art. 5 de la ley Nº 26.425 y decretos Nº 2104/2008 y 279/2008, en virtud de los cuales se dispuso que la garantía de haber mínimo sólo alcance a los beneficiarios del régimen previsional público y a los del régimen de capitalización que perciban componente público, con exclusión de quienes optaron por el régimen de renta vitalicia. El Juzgado Federal de Villa María consideró que la causa requería mayor debate y prueba. En consecuencia, tramitó la demanda como un juicio ordinario. La parte actora apeló lo decidido.
14-mar-2018NAMA (causa Nº 42740 2011 )Una pareja con 5 hijos y un embarazo en curso se encontraba en situación de calle. Para paliar su situación, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) les ofreció soluciones precarias de alojamiento (paradores nocturnos), las que fueron rechazadas por diferentes motivos. Por esta razón, el GCBA les asignó un subsidio de dos cuotas del Programa de Atención para Familias en Situación de Calle, el cual no les permitió superar el problema habitacional. Estando todavía en situación de calle, en junio de 2010 nació su sexto hijo, quien luego de 25 días falleció a causa de una neumopatía. Ante esta situación, ambos padres, por sí y en representación de sus hijos, iniciaron una demanda por daños y perjuicios contra el GCBA –por haber incumplido sus obligaciones de asistencia– y contra el Hospital “Ramos Mejía” –por considerar que los médicos le habían dado al niño el alta en forma prematura –. El juzgado de primera instancia condenó al GCBA y rechazó el reclamo respecto al hospital. Contra esa decisión, las partes interpusieron un recurso de apelación.
23-jun-2021NAR (Causa N° 84570)Una mujer quería que su hija fuese reconocida por su padre. En consecuencia, inició una demanda de filiación en representación de su hija. Además, pidió de forma cautelar que se fijara una cuota alimentaria y que se condenara al progenitor por los daños y perjuicios ocasionados a su hija. En particular, respecto del daño moral causado ante la falta de reconocimiento paterno. En 2019, el juzgado de primera instancia denegó el reclamo de daños y perjuicios. Entre sus argumentos, expuso que el reclamo por daño moral se debió iniciar en un proceso separado. A su vez, resaltó que para comprobar la existencia de daño moral era necesario producir prueba. Asimismo, se ordenó la intervención del Ministerio Público de la Defensa. No obstante, el expediente se remitió a la Defensoría Pública de Menores en marzo de 2021. En consecuencia, la defensoría interviniente interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Entre sus argumentos, expuso que no era necesaria la producción de prueba específica para reclamar el daño moral. En efecto, señaló que quedaba acreditado por la comisión del hecho y sujeto a la valoración de los jueces. En este sentido, sostuvo que correspondía que se condene al progenitor por los daños ocasionados por la falta de reconocimiento de su hija. También, resaltó que la intervención de la defensoría de menores era parte esencial y legítima en todo asunto en el que intervenga un niño, niña o adolescente. El juzgado desestimó los recursos. En consecuencia, la defensoría interpuso un recurso de queja.
11-sep-2012Naredo (causa N° 2206)Un cabo de la Policía Federal Argentina conducía un móvil de la comisaría 8° a cargo de un oficial. En ese momento fueron desplazados por comando radioeléctrico como refuerzo del personal de la comisaría 20° hacia una plaza en la que había disturbios. Camino al lugar, los funcionarios policiales vieron a dos jóvenes, uno de dieciocho años y otro de catorce años, que corrían por una avenida y doblaban en una calle. De manera inmediata, los agentes policiales comenzaron su persecución. Luego, los policías dieron la voz de alto, se bajaron del patrullero y persiguieron a los jóvenes. El oficial alcanzó al menor de edad y lo redujo. Por su parte, el cabo extrajo su arma de fuego. En ese momento alcanzó al joven de dieciocho años, lo puso de espaldas y apoyó el arma en la cabeza del joven que llevaba puesta una gorra. Entonces, le disparó y el joven cayó al suelo. La víctima fue trasladada en ambulancia al hospital, permaneció internado y fue intervenido quirúrgicamente. Finalmente, falleció cuatro días después. Por otro lado, el joven menor de edad continuó detenido. En el lugar del hecho se constituyó un subcomisario de la comisaría 8va. que ordenó el traslado del joven a la dependencia policial en la que permaneció privado de su libertad por varias horas sin el cumplimiento de formalidad legal alguna. Cuando la autoridad judicial interviniente fue notificada del suceso determinó que el procedimiento fuera llevado a cabo por la Gendarmería Nacional Argentina. Sin embargo, el personal policial de la comisaría 8va. retrasó la entrega de las actuaciones y no comunicó la existencia de dos testigos presenciales del hecho. Sus declaraciones testimoniales fueron recibidas en la seccional policial de modo conjunto, con ambos declarantes sentados uno al lado del otro. Por esos hechos, el cabo fue imputado por el delito de homicidio agravado por haber sido cometido por un miembro integrante de las fuerzas policiales en abuso de su función. En la etapa de juicio oral, el acusado declaró que el disparo había sido un accidente. Por otro lado, se elaboraron distintos informes periciales que concluyeron que la proyección del disparo comenzó en el sector occipital derecho del cráneo de la víctima y egresó del cuerpo por la región temporal izquierda. En ese sentido, se informó que la trayectoria del proyectil había sido de atrás hacia adelante, de derecha a izquierda y levemente de arriba hacia abajo.
15-sep-2021Naredo (reg. N° 1344 y causa N° 2206)Un oficial y un cabo de la policía federal fueron desplazados por comando radioeléctrico hacia una plaza en la que había disturbios. Camino al lugar, vieron a dos jóvenes –uno de dieciocho años y otro de catorce– que corrían por una avenida y doblaban en una calle. De manera inmediata, los agentes policiales comenzaron su persecución, dieron la voz de alto, se bajaron del patrullero y persiguieron a los jóvenes. El oficial alcanzó al menor de edad y lo redujo. Por su parte, el cabo extrajo su arma de fuego. En ese momento, alcanzó al joven de dieciocho años, lo puso de espaldas y apoyó el arma sobre la gorra que llevaba puesta. Entonces, le disparó y el joven cayó al suelo. La víctima fue trasladada en ambulancia al hospital, permaneció internada, pero falleció cuatro días después luego de ser intervenida quirúrgicamente. Por ese hecho, el cabo resultó imputado por el delito de homicidio agravado por haber sido cometido por un miembro integrante de las fuerzas policiales en abuso de su función. En la etapa de juicio oral, el tribunal interviniente condenó al imputado a la pena de prisión perpetua e inhabilitación especial por diez años para desempeñarse en cargos públicos y para tener y portar armas de todo tipo. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta los testimonios brindados, la prueba pericial realizada y la autopsia. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la valoración probatoria que había efectuado el tribunal y señaló la arbitrariedad del pronunciamiento.
26-nov-2019Narvaez Lugo (Reg. Nº 1760 y causa Nº 44952)Una mujer se comunicó con personal policial y denunció a su expareja. En su declaración manifestó que en el pasado el hombre la había golpeado y amenazado. En ese sentido, explicó que en esa oportunidad su expareja había violado la restricción de acercamiento y había ingresado a su domicilio, donde la había insultado, golpeado, encerrado e intentado ahorcar. Por esos hechos el hombre fue detenido e imputado por los delitos de amenazas coactivas, amenazas simples, hurto, privación ilegítima de la libertad y lesiones leves. En el juicio oral la mujer negó los hechos y señaló que había mentido para vengarse por unos episodios de infidelidad por parte de su pareja. Sus declaraciones prestadas con anterioridad no fueron incorporadas al debate. La fiscalía solicitó que se condenara al imputado a la pena única de tres años y seis meses de prisión. El Tribunal Oral lo condenó a la pena única de cinco años de prisión. La sentencia reiteró los argumentos utilizados en el procesamiento. Además, sostuvo que no había motivos para dudar de la veracidad de la denuncia de la mujer. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa sostuvo, entre otras cuestiones,  que el Tribunal había desoído lo declarado por la damnificada en el debate oral y que no existía prueba suficiente para condenar a su asistido.
17-abr-2020Nast (causa n°85000124)Un hombre había sido condenado a la pena de veintidós años de prisión por delitos de lesa humanidad y se hallaba alojado en la Unidad N° 31 del Servicio Penitenciario Federal. El hombre tenía 66 años y, entre otras cuestiones, presentaba insuficiencia respiratoria e hipertensión arterial. Frente a la declaración de la emergencia sanitaria, el Servicio Penitenciario Federal lo incluyó en el listado de personas que se encontraban en riesgo ante un eventual contagio del Covid-19. Por ese motivo, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. El tribunal rechazó el pedido sin considerar los problemas de salud del imputado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
26-feb-2016Navalnyy y Ofitserov v. RusiaEn el año 2009, una empresa estatal rusa, Kirovles, comenzó a registrar importantes pérdidas económicas. En consecuencia, el gobernador de la región convocó al abogado y líder de la oposición para que ayudara a la empresa a salir de la crisis. Luego de discutir el asunto con su director, el señor X, se firmó un contrato con otra empresa (VLK) creada al solo efecto de atraer nuevos clientes. Dicho contrato estipulaba que Kirovles vendería sus productos a VLK para comercializarlos con sus clientes a cambio de una comisión. Meses más tarde, el señor X fue despedido por mala gestión y el contrato con VLK culminó. En el año 2012, poco después de que uno de los implicados en la contratación hubiera publicado un artículo que contenía acusaciones contra el jefe del comité investigador, se inició un proceso por la presunta conspiración para disipar activos de la empresa estatal. En este marco, el señor X suscribió un acuerdo de juicio abreviado y fue condenado. Otro de los imputados apeló la decisión por entender que era perjudicial para el resultado de su juicio. El tribunal rechazó el planteo por considerar que no contaba con legitimidad para impugnar la resolución. En oportunidad de llevarse a cabo el juicio oral contra el resto de los sujetos implicados en el caso, éstos reclamaron que la sentencia contra el señor X no sea tenida en cuenta como prueba. Tal planteo fue desestimado. Durante el desarrollo de la audiencia, el señor X fue convocado a declarar en calidad de testigo y, antes de que la defensa hiciera el con-tra-examen, se le leyó su declaración como imputado. Esto fue objetado por los peticionarios con fundamento en que, al brindar tal declaración, el señor X no estaba obligado a decir la verdad. El tribunal rechazó el planteo y condenó a los dos imputados. A uno de ellos por organizar el robo de activos y al otro por facilitarlo.
22-may-2015Navarro, Roberto YamilEl tribunal oral había condenado al imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes tras rechazar el planteo de nulidad efectuado por la defensa. Contra esa resolución, se interpuso recurso de casación. Una vez en la Cámara, el fiscal dictaminó en favor de la concesión del recurso.
7-feb-2014Navarro, Roberto Yamil (dictamen)El tribunal oral había condenado al imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes tras rechazar el planteo de nulidad efectuado por la defensa. Contra esa resolución, se interpuso recurso de casación.
6-sep-2018Navtej Singh Johar y otrosLa Constitución de la República de la India establecía la competencia originaria de la Suprema Corte de ese país para decidir acerca del cumplimiento de los derechos consagrados en su Parte III. El tribunal, además, contaba con la potestad de tomar las medidas necesarias para que su vigencia fuera efectiva y sus decisiones eran obligatorias para el poder judicial de todo el Estado. En ese marco, se impugnó la constitucionalidad de la sección 377 del Código Penal, que castigaba con la pena de prisión perpetua o de diez años y multa a quien, voluntariamente, tuviera relaciones carnales “…contra el orden natural con cualquier hombre, mujer o animal”. La norma especificaba, asimismo, que la penetración era suficiente para constituir la relación carnal que configuraba el delito.
6-may-2021Nazarevich (causa Nº 9127)Una mujer se presentó en la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) a fin de solicitar el beneficio de Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). Sin embargo, ANSeS rechazó su solicitud sin fundar la decisión. En consecuencia, la mujer interpuso un recurso de reconsideración y expresó que el acto administrativo no había sido debidamente motivado. Además, manifestó que la decisión resultaba arbitraria y solicitó que se revisara el caso. ANSeS rechazó el recurso y confirmó su acto. Para decidir de esa manera, indicó que la peticionante no cumplía con alguno de los requisitos previstos en la norma. Sin embargo, no especificó qué requisitos incumplía. Ante esta situación, la mujer interpuso una acción de amparo. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y obligó a ANSeS a otorgar el beneficio. Contra esa decisión, ANSeS interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios expresó que no podía evaluar el cumplimiento de los recaudos legales necesarios para autorizar el IFE debido a que no encontraba en sus registros los datos actualizados de la peticionante.
24-abr-2018NBA (causa N° 29554)Una mujer trans vivía con su pareja y sufría violencia de género por parte del hombre. En una oportunidad la encerró en su casa y se fue, luego volvió, consumieron cocaína y una botella de vodka. Comenzaron a discutir, él la insultó y tomó un cuchillo. Entonces, ella lo agarró del brazo, forcejearon, le sacó el arma y se la clavó en el pecho. La mujer salió a pedir ayuda, pero el hombre falleció en el momento. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En la etapa de juicio oral, la mujer declaró que no había tenido una buena convivencia con su pareja. Explicó que el hombre la obligaba a trabajar para pagar el alquiler y comprarle estupefacientes, toda vez que tenía un consumo problemático de drogas. En ese sentido, señaló que si no consumía se volvía muy violento con ella y la agredía. Además, dos testigos contaron que, desde su niñez, la imputada había padecido severos castigos por parte de su padre que no aceptaba su identidad. Agregaron también que había recibido agresiones físicas y psíquicas por parte de sus parejas. Además, una psiquiatra forense explicó que la mujer tenía una mirada idealizada de su pareja, lo que la había llevado a aceptar el maltrato. La Cámara Primera en lo Criminal de General Roca la condenó a la pena de nueve años de prisión por el delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación. Para resolver de esa manera sostuvo que, si bien de las constancias médicas surgía que ambos presentaban cortes producidos con un arma blanca, ante la ausencia de testigos, no podía determinarse que el hombre hubiera comenzado la agresión con el cuchillo. En ese sentido sostuvo que no resultaba creíble la versión de los hechos aportada por la imputada y que no podía probarse la existencia de una agresión ilegítima que la habilitara a defenderse de esa manera. Además, explicó que como la mujer era el sostén económico podría haberse mudado a otro lugar en vez de continuar con el vínculo. Por otra parte, consideró la vulnerabilidad de la mujer trans como atenuante de la pena. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó la necesidad de abordar el caso desde una perspectiva de género y criticó que el tribunal hubiese considerado la historia de vida de la mujer solo al aplicar las circunstancias excepcionales de atenuación de la pena y no así en relación con la causal exculpatoria de legítima defensa.
21-dic-2016NBA Y ARFDos hermanos escuchaban música en su casa con amigos. El padre se enojó con ellos por el género musical y comenzó a golpear a su hijo de quince años, que se recuperaba de una reciente operación. Mientras lo golpeaba blandía una cuchilla. En ese contexto, intervino su esposa para detener la agresión, le tiró de los pelos al hombre, pero como continuaba golpeando al joven, ella tomó una chaira y lo golpeó en la cabeza. Entonces, su esposo se dio vuelta y comenzó a golpear a la mujer. Ante esta situación, el otro hijo de la pareja, mayor de edad, le asestó varias puñaladas a su padre con la cuchilla que éste tenía en la mano, mientras la mujer le pegaba. El hombre murió en el momento. En la etapa de juicio oral, uno de los testigos declaró que la víctima siempre golpeaba a su familia. Por su parte, la madre y su hijo mayor explicaron que temían por la vida del joven. El Tribunal Oral condenó a ambos a la pena de doce años de prisión como coautores del delito de homicidio calificado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que el tribunal no había tenido en cuenta el contexto de violencia de género en el que estaban inmersos los imputados.
19-jun-2017NEBUna mujer con una incapacidad sobreviniente del 70% solicitó una pensión por invalidez a la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Dicha asignación fue otorgada en mayo de 2016. Sin embargo, un año más tarde, de modo intempestivo, fue suspendida. En consecuencia, inició un reclamo ante la Comisión Nacional, que informó que el problema radicaba en que la beneficiaria contaba con una pensión derivada de $1.145,41. Frente a esto, se interpuso una acción de amparo y se solicitó, como medida cautelar, que se reanude el cobro de la pensión.
28-nov-2023Negación del embarazo y neonaticidio: características de las mujeres en Argentina (2008-2020)El objetivo principal de este trabajo es determinar la frecuencia de la negación del embarazo en mujeres acusadas de neonaticidio en Argentina y conocer sus características socio-demográficas. Para ello, se realizó un estudio descriptivo de reporte de casos de tipo observacional, retrospectivo, de mujeres acusadas de neonaticidio entre el 2008 y 2020 en Argentina. De esta manera, se pretende brindar herramientas para nutrir y complejizar los debates y las discusiones y que este trabajo sirva como herramienta para pensar en la intervención en el litigio de este tipo de casos.
23-abr-2020Negri (causa N° 2895)En el marco del aislamiento social, preventivo y solidario, un hombre circulaba en su moto cuando fue detenido por personal policial. El hombre explicó que trabajaba para una pizzería y estaba realizando un reparto. En ese sentido, explicó que se encontraba exceptuado y tomó su teléfono celular para mostrarles el permiso de circulación. La policía le quitó el aparato. Por ese hecho, el hombre fue imputado por el delito de violación de las medidas adoptadas por las autoridades para impedir la propagación de una epidemia, en los términos del artículo 205 del Código Penal. Además, fue imputado por resistencia a la autoridad. Por otra parte, el imputado denunció que había sido víctima de un exceso en el procedimiento policial. Su defensa requirió que se dictara su sobreseimiento. En particular, señaló que en el caso no se verificaba el aspecto objetivo ni subjetivo de los tipos penales imputados, por cuanto su asistido se encontraba autorizado a circular y había sido víctima de un procedimiento policial. La fiscalía se expidió de manera favorable al planteo.
10-nov-2015NEP c. Universidad de La Matanza (CSJN)Una persona con una discapacidad motriz se graduó como licenciado en educación física en una universidad. Al año siguiente intentó continuar sus estudios en la misma institución y obtener el título de profesor en educación física. La universidad negó el pedido sobre la base de que no reunía las condiciones físicas requeridas para la carrera. En consecuencia, inició una acción de amparo. Tanto en primera como en segunda instancia hicieron lugar al amparo y ordenaron la inscripción en la carrera. La demandada interpuso un recurso extraordinario federal. Ante su rechazo, interpuso un recurso de queja.