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Fecha | Título | Resumen |
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nov-2013 | Tribunales Orales en lo Criminal (nacional) | Jurisprudencia de los Tribunales Orales en lo Criminal (2012-2013) |
10-jul-2014 | FFMC c. Poder Ejecutivo CABA s. amparo | En este caso, la accionante solicitó que se ordene al RUAGA (Registro único de aspirantes a guarda con fines adoptivos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) su admisión como aspirante, con fundamento en su derecho a la familia, a su pleno desarrollo como mujer y al interés superior del niño. El RUAGA había denegado la admisión con base en que la actora debía asistir a un espacio terapéutico para superar los obstáculos que dificultaron su inclusión en el Registro. Con posterioridad, la accionante acreditó haber cumplido con la medida sugerida y solicitó una nueva evaluación. El registro contestó que no correspondía la reevaluación peticionada conforme el art. 14 de la ley 25.854 (por no haber transcurrido el plazo de dos años). Finalmente, el magistrado de primera instancia declaró la nulidad del rechazo de la solicitud de nueva evaluación y ordenó a la demandada que tramite dicho pedido. |
27-oct-2016 | W, GM | En mayo del año 1999 una persona fue condenada a una pena de prisión cuyo cumplimiento se dejó en suspenso. Posteriormente, en el año 2006, el condenado habría cometido un nuevo delito. En el marco de esa causa, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El tribunal oral rechazó el pedido. Para adoptar esa decisión entendió que, a la fecha del hecho, aún no se había cumplido el plazo de diez años dispuesto por el artículo 27 del CP. Por esa razón, eventualmente, correspondería la imposición de una pena de efectivo cumplimiento. En esa línea, tuvo en cuenta que la información del antecedente fue obtenida por los jueces antes del año 2009, momento en el que caducó el registro de la sentencia (art. 51, inciso 1° del CP). Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Allí argumentó que el criterio sostenido por el tribunal era violatorio del principio de inocencia, pues a la fecha de la solicitud del instituto se había producido la caducidad registral de la condena. |
dic-2016 | Adultos mayores | Jurisprudencia internacional y nacional sobre personas adultas mayores |
20-dic-2016 | Ocampo, Jonathan Oscar | Una persona fue detenida por la presunta comisión del delito de robo con arma de utilería y se le aplicó el procedimiento previsto en el art. 353 bis y siguientes del CPPN, modificados por la ley 27.272. Entre otras cuestiones, esta norma establece la instrucción mediante dos audiencias orales multipropósito, una de inicio y una de clausura. Asimismo, el art. 353 sexies establece que en esa instancia –bajo pena de caducidad– se puede solicitar la suspensión del proceso a prueba o realizar un acuerdo de juicio abreviado. En este caso, durante la instrucción, el juez había decidido unificar ambas audiencias en una sola. En esta oportunidad, la defensa no solicitó la suspensión del proceso a prueba. Sin embargo, lo hizo en la etapa de juicio. El fiscal se opuso al pedido, pues entendió que, en su interpretación literal, la oportunidad para solicitarla se limita únicamente a las audiencias inicial y de clausura. |
21-dic-2016 | Retamozo, Matías Gabriel | Una persona había sido imputada por el delito de robo en grado de tentativa. La causa se sustanció de acuerdo al procedimiento de flagrancia (ley 22.272, modificatoria del CPPN). El Código de procedimientos prevé en el art. 353 sexies que los acuerdos de juicio abreviado y/o pedidos de suspensión del juicio a prueba sólo podrán ser presentados, bajo pena de caducidad, hasta el momento que se celebre la audiencia de clausura (regulada en el art. 353 quinquies). Sin embargo, antes de dar inicio a la audiencia de ofrecimiento de prueba y constitución del tribunal (art. 353 septies), el juez del Tribunal Oral informó que había recibido un acuerdo de juicio abreviado, en los términos del art. 431 bis CPPN. |
may-2017 | Probation (CFCP) | Jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal sobre suspensión del juicio a prueba |
14-jul-2017 | Flagrancia. Conflicto de competencias - Instrucción y Tribunal Oral de Menores | Una persona menor de edad había sido imputada de acuerdo al procedimiento de flagrancia. Luego de la audiencia de clausura, el juez de instrucción remitió el caso al Tribunal Oral. El tribunal, sin embargo, declaró la nulidad de la audiencia mencionada y retrotrajo el proceso a la etapa anterior. Para decidir de ese modo, consideró que se afectó el derecho de defensa del imputado, que no fue informado sobre la imposibilidad de solicitar en esa instancia soluciones alternativas al juicio oral. El juez de instrucción rechazó la remisión y elevó la causa a la Cámara. |
12-nov-2019 | Díaz Barrios (Causa Nº 45664) | En 2006, un hombre de nacionalidad peruana fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional. Por ese motivo, en 2010 y 2018 la Dirección Nacional de Migraciones ordenó su expulsión. Contra ambas disposiciones, el hombre presentó un recurso judicial que no prosperó. Luego, apeló ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. En su presentación, alegó que la sentencia condenatoria en base a la cual se dictó la expulsión había prescripto conforme el artículo 51 del Código Penal y que, por lo tanto, la expulsión carecía de fundamento. |
1-jul-2020 | CYI (Causa N° 100663) | Una mujer se encontraba al cuidado exclusivo de sus dos hijas. El progenitor de las niñas estaba cumpliendo una condena penal y habían perdido todo tipo de contacto. En ese contexto, la mujer estaba desempleada y percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH), la cual le había sido otorgada por una medida cautelar en el año 2016. Sin embargo, en agosto de 2019 la ANSES comenzó a incumplir con la medida judicial. En esa oportunidad, la ANSES le informó que el cese del pago se debía a que el progenitor seguía registrado en su antiguo empleo. En consecuencia, la mujer con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo para que se reanudara el pago de la asignación y se le abonara el retroactivo por los meses que no percibió. Por su parte, la ANSES consideró que la vía del amparo era improcedente. El juzgado de primera instancia hizo lugar a lo peticionado. Contra esa decisión, la ANSES apeló. |
11-ago-2020 | SEY (causa N° 193) | Un hombre ejercía violencia de género contra su conviviente. Por este motivo, la mujer cesó la convivencia y, con posterioridad, interpuso una demanda por compensación económica. La demanda fue presentada con el plazo de seis meses que prevé el art. 525 CCCN vencido. Entonces, la actora sostuvo que dicho plazo perjudicaba de manera injustificada a las uniones convivenciales en comparación con los matrimonios porque, en estos últimos, el plazo comenzaba a correr a partir de una sentencia judicial. En cambio, en el caso de la convivencia bastaba con la ruptura. Por esa razón, planteó la inconstitucionalidad de la norma. El juzgado hizo lugar al reclamo sin expedirse sobre la constitucionalidad del artículo. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. |
15-sep-2020 | HALR (Causa N° 96649) | Una mujer vivía en la Villa 31, ubicada en el barrio de Retiro y no contaba con ingresos económicos para garantizar las necesidades de su familia. La mujer era madre de seis hijos, uno de ellos tenía una discapacidad psicosocial. Por ese motivo, percibía la Asignación Universal por Hijo con discapacidad. No obstante, el niño requería de controles médicos periódicos, tratamientos terapéuticos, y prestaciones de rehabilitación y educativas tendientes a promover su autonomía. En consecuencia, en 2018 inició un trámite ante la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para que le brindara una pensión no contributiva por discapacidad para su hijo, pero no obtuvo respuesta. Con posterioridad, en 2019 se presentó ante la ANDIS y requirió una resolución expresa, pero tampoco fue atendido su pedido. Por ese motivo, con la representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el Fuero de la Seguridad Social interpuso una acción de amparo contra la ANSES y ANDIS para que se le otorgara la pensión no contributiva por discapacidad. Además, solicitó que, si se concedía la pensión solicitada, se trasformara la AUH por hijo con discapacidad que ya percibía por una AUH para la protección social para que no existieran incompatibilidades entre las prestaciones. En ese sentido, resaltó que si no se reconfiguraba la AUH entonces los ingresos económicos de la familia se afectarían y, también el derecho del niño a desarrollarse en igualdad de condiciones respecto de aquellos que no tenían una discapacidad. Además, interpuso una medida cautelar para que ANDIS abonara la pensión no contributiva por discapacidad y abonara la AUH hasta tanto se resolviera la causa. Si bien la medida cautelar fue rechazada en primera instancia, luego la Cámara hizo lugar a lo solicitado. Por su parte, con relación a la acción de amparo la ANSES contestó que había caducado el plazo para la interposición de la demanda. Además, expresó que la pensión debía ser otorgada por ANDIS. Asimismo, sostuvo que la petición de la actora respecto de la AUH no se encontraba legislada y que era una prestación no clasificable en AUH por discapacidad o común. Por su parte, la agencia ANDIS contestó fuera de plazo. |
12-ago-2021 | Price (causa N° 2646) | Tres personas fueron imputadas por el delito de homicidio. Transcurrido el plazo previsto en el artículo 282 del Código Procesal Penal de la provincia de Chubut, la Cámara en lo Penal de Trelew las sobreseyó. Esa normativa preveía un plazo de seis meses para la investigación penal preparatoria y, de persistir la falta de acusación luego de que el fiscal sea intimado para su formulación, correspondía al juzgado interviniente dictar el sobreseimiento. Contra esa decisión, la querella interpuso una impugnación extraordinaria. El Superior Tribunal de Justicia de Chubut declaró inadmisible el recurso. Entre sus argumentos, sostuvo que en el caso se había excedido el plazo para la duración de la investigación penal preparatoria, previsto en el artículo 282 del código de procedimiento penal local. En ese sentido, explicó que la norma había sido sancionada en ejercicio de las facultades otorgadas por la Constitución Nacional a las provincias en el dictado de sus ordenamientos procesales. Por esa razón, sostuvo que la provincia de Chubut había reglamentado el derecho de los imputados a ser juzgados en un plazo razonable y había brindado un resguardo más protector que el establecido por el legislador nacional al regular el régimen de la acción penal. La querella interpuso un recurso extraordinario federal. Entre otras cuestiones, planteó que el legislador local había regulado en materia de extinción de la acción penal, lo que resultaba competencia del Congreso Nacional. Por ese motivo, solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 282 del código procedimental provincial. |
14-oct-2021 | OSS (Causa N° 10122) | Una mujer se separó de su pareja con quien tenían dos hijas. En esa época, la mujer no tenía trabajo y percibía la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). Asimismo, se encontraba al cuidado exclusivo de sus hijas. En ese contexto, el progenitor no cumplía con sus deberes parentales, y no tenían vínculo con el hombre desde hacía más de cinco años. Con posterioridad, la mujer dejó de cobrar la asignación. En consecuencia, la mujer se presentó ante la ANSES. En esa oportunidad, le informaron que la suspensión se debía a que el padre de las niñas estaba registrado como autónomo. Por ese motivo, concurrió al Ministerio de Desarrollo Social para informar que ella era la única adulta a cargo de las niñas y que ya había denunciado que el progenitor incumplía con sus deberes de asistencia familiar. No obstante, su petición no fue resuelta. Por ese motivo, con representación de la Unidad de Letrados Móviles ante el fuero de la Seguridad Social inició una acción de amparo contra la ANSES para que le restableciera el pago de la AUH por sus dos hijas. En esa oportunidad, destacó que el progenitor no sólo incumplía con sus obligaciones parentales, sino que ya no pertenecía al grupo familiar. Por su parte, la ANSES contestó que la mujer no tenía derecho al reclamo de la asignación dado que los autónomos se encontraban excluidos del régimen de asignaciones. Agregando que, la AUH era incompatible con la situación del progenitor como trabajador autónomo. Asimismo, se opuso a la admisibilidad de la acción de amparo. |
11-abr-2022 | MSA (Causa N° 64928) | En 2015 una pareja se separó a raíz de episodios de violencia de género. Seis años después se dictó la sentencia de divorcio. Luego, la mujer inició un reclamo para que se fijara una compensación económica a su favor. Por ese motivo, se convocó a una mediación a la que su ex cónyuge no concurrió. En consecuencia, la mujer inició una demanda en la que solicitó que se determinara una compensación económica con fundamento en los artículos 441 y 442 del Código Civil y Comercial de la Nación por el desequilibrio que le generó el vínculo matrimonial y su ruptura. La defensa del demandado planteó la caducidad de instancia respecto de la posibilidad de peticionar la compensación económica. Entre sus argumentos, expuso que habían transcurrido más de 6 años desde la separación de hecho. Por esa razón, la mujer manifestó que había sido erróneo el plazo de caducidad que invocó su ex pareja, que debía contarse a partir de la sentencia definitiva de divorcio. Además, resaltó que el hombre no tuvo en cuenta que la mediación suspendió el plazo de caducidad. |
9-jun-2022 | CMH (Causa Nº 7936) (Cámara) | Un hombre se encontraba suspendido en el ejercicio de la responsabilidad parental. Por ese motivo, su hijo estaba bajo el exclusivo cuidado de su abuelo. Ante el fallecimiento del abuelo, el hombre solicitó a la ANSES que le otorgara a su hijo con discapacidad una pensión derivada por el fallecimiento. Sin embargo, el organismo rechazó el pedido. En ese sentido, señaló que el artículo 53 de la ley N° 24.241 no incluía a los nietos como beneficiarios de ese tipo de pensiones. En consecuencia, el progenitor inició una acción de amparo. El juzgado interviniente hizo lugar a la demanda y reconoció el derecho del adolescente a percibir la pensión. Contra esa decisión, la ANSES interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, reiteró que la normativa aplicable no contemplaba a los nietos como destinatarios de las pensiones por fallecimiento. Asimismo, planteó la caducidad del plazo para promover la acción de amparo. |
12-may-2023 | Salinas Niño (Causa Nº 12705) | En 2000, un hombre de nacionalidad peruana fue condenado en su país de origen a la pena de diez años de prisión por el delito de robo agravado. En 2012, se produjo el vencimiento de la pena. Al año siguiente, el hombre ingresó a la Argentina donde se radicó junto con su pareja. En 2016, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, decretó su expulsión del territorio nacional y estableció una prohibición de reingreso de carácter permanente de conformidad con lo establecido en el art. 29 inc. c) de la ley 25.871. El acto administrativo fue motivado en los antecedentes condenatorios que el hombre tenía en su país de origen. Contra esa decisión, la Comisión del Migrante impetró recurso jerárquico. Allí, remarcó que la pena impuesta al hombre en Perú había vencido en 2012. Por otra parte, puso de resalto su intención de permanecer en el país junto con su pareja, que se encontraba cursando un embarazo, y la familia de ella, a la que consideraba como propia. El recurso fue rechazado. En ese marco, se interpuso la pertinente demanda judicial. En la vía recursiva se planteó la aplicación de la dispensa por razones humanitarias en razón de que la pareja había sido diagnosticada con cáncer de mama –lo cual derivó en la interrupción de su embarazo- y que dependía de él para su manutención. |
4-oct-2023 | AUH, incompatibilidades y el rol de la defensa pública | Jurisprudencia sobre Asignación Universal por Hijo, incompatibilidades y el rol de la defensa pública. Incluye dictámenes y presentaciones de la defensa pública . |
27-ago-2024 | La maestra que no podía dar clases y los plazos de caducidad registral de las condenas | El presente artículo propone un análisis en torno a la razonabilidad de los plazos de caducidad registral de las sentencias condenatorias que dispone el Código Penal de la Nación (CP) en su artículo 51. |