Buscar por Voces TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES

Ir a una fecha de inicio:
Mostrando resultados 41 a 60 de 100 < Anterior   Siguiente >
FechaTítuloResumen
20-dic-2016A, BP y otroDos personas fueron detenidas por personal de la Gendarmería Nacional. En esa oportunidad, se los requisó a ambos y se les secuestró dinero en efectivo, cinta de embalar y envoltorios de cocaína. Según el acta de procedimiento labrada por esa fuerza, la detención se había llevado a cabo en la vía pública, donde se habría observado un “pasamanos” entre los imputados. Sin embargo, en oportunidad de prestar declaración indagatoria, los nombrados manifestaron que los agentes policiales habían ingresado de manera violenta al domicilio de uno de ellos, donde hallaron los objetos secuestrados. Dicho material, explicaron, habría sido dejado por un tercero. Por este motivo, la defensa planteó la nulidad del procedimiento y de todo lo actuado con posterioridad. Junto con la presentación, ofreció declaraciones testimoniales de los vecinos prestadas en la sede de la defensoría y fotografías que avalaban las declaraciones de los imputados.
26-dic-2016SCCL (causa N° 51004898)Una persona había sido imputada por la presunta comisión del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de tenencia con fines de comercialización. Durante el trámite de la causa, prestó declaración indagatoria en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de cuatro años de prisión. Posteriormente, se inició otro proceso penal y se dictaron una serie de medidas con el objeto de corroborar los datos aportados en carácter de arrepentido: se ordenó el allanamiento de diversos domicilios, se secuestraron estupefacientes y se detuvo a trece integrantes de una banda dedicada a su comercialización. Por tal motivo, la defensa interpuso un recurso de revisión. Entre sus argumentos, sostuvo que correspondía la revisión de la pena impuesta a su asistido. El fiscal dictaminó de manera favorable.
2-mar-2017PEA (causa N° 1312)Un adolescente de diecisiete años se encontraba en una estación de tren. Personal policial halló 649 gramos de marihuana y cinta de embalar entre sus pertenencias. Por tal razón, se le imputó el delito de tenencia simple de estupefacientes. El imputado, por ser menor de dieciocho años, fue sometido a diversos tratamientos en los que, según los informes incorporados al proceso, logró un progreso favorable. En ese sentido, se indicó que había cumplido con los objetivos establecidos y que había sido derivado a un centro ambulatorio. Asimismo, se afirmó que había logrado insertarse en el ámbito laboral y afectivo. Durante la etapa de juicio, celebró un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía tuvo en consideración esa información y solicitó que se declarara su responsabilidad penal por el delito que se le reprochaba y se dictara su absolución de conformidad con el artículo 4 de la ley N° 22.278.
22-mar-2017PG (causa N° 7513)Dos personas –una de ellas, de diecisiete años– viajaban a bordo de un automóvil. Al observar la presencia de personal policial, arrojaron una bolsa con cuatro envoltorios con 405 gramos de marihuana, una balanza, una tijera, un plato y una cinta de aislar. Además, de la butaca del acompañante se secuestraron recortes de nylon. Por tal razón, fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Los informes socio- ambientales practicados a la imputada menor de edad daban cuenta de que, desde aquel momento, había evolucionado de manera favorable. Al celebrar un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía tuvo en cuenta esa información y solicitó que se declarara su responsabilidad penal y requirió su absolución.
5-abr-2017G, MNUna persona fue requisada por el Servicio Penitenciario al visitar a su concubino en un establecimiento carcelario. Allí, le practicaron una inspección íntima vaginal, que obtuvo como resultado la obtención de un envoltorio plástico que contenía estupefacientes. Por este hecho, se le imputó el delito de comercialización de estupefacientes agravado por cometerse en el interior de un establecimiento carcelario, en grado de tentativa. La defensa planteó la nulidad del procedimiento. Argumentó que aquel vulneraba los derechos a la intimidad y a la dignidad de las personas. El Fiscal General adhirió a la impugnación. Sin embargo, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán consideró que no se había demostrado el perjuicio a la imputada y rechazó el planteo. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La defensa adhirió a la presentación.
7-abr-2017M, FY y otrosEn septiembre de 2014 un juez ordenó el allanamiento de un domicilio en el marco de una investigación por venta de estupefacientes. En la orden no se especificó el horario estimado ni se habilitó la realización de la medida en horario nocturno. Sin embargo, la policía de la provincia de Río Negro allanó el domicilio a las 20.05h. y encontró sustancias estupefacientes. La defensa solicitó la nulidad del procedimiento. La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca hizo lugar al pedido. Para llegar a esa conclusión, confirmó a través de internet que el horario de la puesta de sol había sido a las 19:26h. y el crepúsculo vespertino a las 19:53h.; es decir, determinó que la medida se llevó a cabo en horario nocturno. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación.
9-may-2017MRM y otrosEn el marco de una investigación iniciada en el año 2013, varias personas habían sido identificadas como miembros de una asociación que se dedicaba al tráfico de estupefacientes. Entre otras medidas de prueba, se habían ordenado intervenciones telefónicas. Como conclusión de aquellas, se indicó que el líder de la organización había tenido conversaciones sospechosas con su primo, M., que hasta el momento no había sido individualizado como parte de la organización. El juez dispuso la intervención de su línea telefónica, pero no se hallaron conversaciones que guardaran relación con el delito investigado. Sin embargo, el magistrado federal ordenó la realización de allanamientos a varios domicilios, entre los que se encontraba el que M. compartía con su pareja. Como resultado de la medida, se secuestraron una granada explosiva de mano, una escopeta, un kilo y medio de pasta base de cocaína, cinco celulares y doce chips. El Juzgado Federal procesó a M. como partícipe primario del delito de almacenamiento de estupefacientes, agravado por el número de intervinientes, y como autor del delito de tenencia de material explosivo y armas de fuego y por ser miembro de una asociación ilícita, todos en concurso real. Por otra parte, procesó a su pareja como partícipe secundaria del delito de almacenamiento de estupefacientes, también agravado. Para llegar a esa conclusión, el juez consideró que resultaba poco creíble que la mujer desconociera la utilización de su domicilio para el acopio de la droga, especialmente cuando su esposo era pariente del líder de la organización investigada. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
5-jun-2017C, DUn hombre se encontraba fumando un cigarrillo de marihuana en la vía pública, cuando fue observado por personal policial. En el lugar no había ninguna otra persona. El agente le solicitó que mostrara sus pertenencias. El imputado extrajo de uno de sus bolsillos once cigarrillos de elaboración casera y tres envoltorios de nylon con marihuana. El total del material estupefaciente secuestrado fue de 7 gramos. Por tal motivo, el juzgado federal dictó su procesamiento por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
17-jul-2017OCIL (causa N° 71003040)OCIL, de nacionalidad boliviana y menor de edad, fue imputada por el delito de tenencia simple de estupefacientes en concurso real con el de adulteración de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas. Por esa razón, se dispuso su prisión preventiva. Ningún tratamiento tutelar fue ordenado a su respecto. Posteriormente, suscribió un acuerdo de juicio abreviado por el que la fiscalía solicitó que se declarara su responsabilidad penal y se la eximiera de pena. La defensa y la asesora de menores adhirieron a la propuesta. Durante la audiencia celebrada en los términos del artículo 431 del Código Procesal Penal de la Nación, la joven manifestó que era madre soltera de tres niños, que no había finalizado sus estudios primarios y que trabajaba en un comercio de indumentaria.
19-ago-2017FLCA través de una denuncia anónima efectuada en un destacamento policial de Tigre se informó que una vivienda poseía una plantación de marihuana en su jardín. Por esa razón, se dio intervención a la Unidad Fiscal Especializada en Drogas Ilícitas de esa localidad, que ordenó una serie de tareas de investigación en torno al domicilio señalado. De los resultados de esas diligencias no surgió actividad alguna relacionada al comercio de estupefacientes. Sin embargo, la fiscalía solicitó el allanamiento del inmueble. En el marco de ese procedimiento se secuestraron frascos, envases y envoltorios que contenían marihuana y ocho plantas de la misma especie. El peso total de la sustancia secuestrada fue de 2613 gramos. Como consecuencia de ese hecho, se detuvo al ocupante del inmueble y se dictó su procesamiento por el delito de cultivo de estupefacientes (artículo 5, inciso a, ley Nº 23.737). Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, sostuvo que la marihuana estaba destinada a su consumo personal. De manera subsidiaria, solicitó que se modificara la calificación legal imputada por la de tenencia simple. En paralelo, se requirió la excarcelación del imputado y, frente al rechazo de la solicitud, se dedujo el recurso correspondiente.
15-sep-2017CLE y otroDos hombres que circulaban a bordo de un vehículo fueron interceptados por personal de Gendarmería Nacional. Del interior del automóvil se secuestraron diez gramos de marihuana (con 1,16% de concentración de THC) y un picador de plástico. En consecuencia, fueron imputados por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal (artículo 14, segundo párrafo, ley Nº 23.737). El juzgado de instrucción decidió sobreseerlos. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de apelación.
18-sep-2017LPA (causa Nº 4808 2016)Una mujer ingresó como visita a la Unidad de Detención Nº 1 de Ushuaia. Durante el control rutinario, se hallaron, en su corpiño, 9,75 gramos de marihuana y papel para armar cigarros. Por ese hecho, fue imputada por el delito de entrega o suministro de estupefacientes a título gratuito, agravado por ser cometido en un lugar de detención, en grado de tentativa (artículos 5, inciso e y 11, inciso e, ley 23.737). Al prestar declaración indagatoria, la mujer declaró que era consumidora de marihuana y que, el día del hecho, se olvidó que tenía droga. El juzgado dictó su procesamiento. Para decidir de esa manera, sostuvo que la intención de la imputada era entregarle la droga al interno que iba a visitar. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, solicitó que se modificara la calificación por la de tenencia de estupefacientes para consumo personal y se sobreseyera a su asistida.
10-oct-2017DMJ (causa Nº 5702)Un individuo se encontraba investigado por el delito de cultivo de estupefacientes. Al practicarse un allanamiento sobre su domicilio, se hallaron diecinueve macetas, cinco frascos y dos latas con 186 gramos de marihuana. En oportunidad de prestar declaración indagatoria, el sujeto manifestó que cultivaba dicha sustancia para consumo personal. En tal sentido, explicó que no deseaba comprar en lugares que consideraba peligrosos, como así tampoco adquirir marihuana de mala calidad. Finalmente, sostuvo que siempre había consumido en el ámbito de su hogar. El juzgado dictó su procesamiento, en los términos del artículo 5, inciso a, de la ley Nº 23.737. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelación y Garantías de Necochea rechazó la impugnación, por entender que no se daban los presupuestos para considerar que la sustancia estupefaciente estuviera destinada al consumo personal. Llegadas las actuaciones a la etapa de juicio, la defensa solicitó el sobreseimiento de su asistido. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al planteo.
20-oct-2017MMBD (causa N° 3067)Una persona se encontraba detenida por la comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El imputado declaró como arrepentido y celebró un acuerdo de colaboración en los términos del artículo 4 de la ley Nº 27.304. La defensa solicitó su excarcelación. El Tribunal Oral rechazó el planteo por entender que, hasta ese momento, no se había corroborado la eficacia de los datos aportados. Sin embargo, posteriormente, la fiscalía informó que se había producido un importante avance en la investigación de la organización criminal que incluyó el secuestro de droga y armas. Por tal razón, consideró que correspondía la excarcelación del imputado y la reducción de dos años en la pena, en caso de recaer sentencia condenatoria.
17-nov-2017ADL (causa Nº 1251) pLa Sección de Controles Especiales de la Dirección General de Aduanas incautó tres sobres blancos que contenían anfetamina. En esos sobres se había consignado como destinatario a ADL. Por este motivo, se dispuso el allanamiento de su domicilio, en donde se encontraron distintas sustancias estupefacientes y una balanza. ADL fue imputado por los delitos de contrabando y tenencia de estupefacientes, ambos con fines de comercialización. Al momento de prestar declaración indagatoria, el imputado manifestó que había comprado la anfetamina –así como el resto de las sustancias encontradas en su domicilio– para su uso personal y que en ningún momento había intentado comercializarla. Sin embargo, el juez de instrucción dispuso su procesamiento por no haber acreditado la finalidad de consumo personal. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
1-dic-2017CHD (causa Nº 6660)A través de una denuncia anónima, se informó que un hombre cultivaba plantas de marihuana para su producción y comercialización. Por tal razón, personal policial realizó tareas de investigación en el domicilio del sujeto, donde se identificaron plantas similares a las denunciadas. Sobre esa base, el juzgado libró una orden de allanamiento. En el procedimiento, se secuestraron veintiún plantines de marihuana y elementos para su consumo. El hombre fue imputado por el delito de cultivo de plantas destinado a la producción de estupefacientes, conforme al artículo 5, inciso a) de la ley N° 23.737. Al momento de prestar declaración indagatoria, el imputado sostuvo que cultivaba marihuana para consumo personal. Durante el debate, su defensa solicitó que el hecho se calificara como tenencia de estupefacientes para consumo personal, en los términos del artículo 5, penúltimo párrafo, de la ley N° 23.737. En ese sentido, planteó la inconstitucionalidad de esa figura –en línea con el precedente “Arriola” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación— y, en consecuencia, requirió la absolución de su asistido.
22-dic-2017AVH (causa N° 67844)A través de una denuncia anónima, se informó a la Gendarmería Nacional acerca de un posible intercambio de estupefacientes. Los agentes de esa fuerza se presentaron en el domicilio y horario indicado y observaron a un hombre que, al percatarse de la presencia policial, intentó huir. Por tal razón, se lo detuvo y requisó. De sus pertenencias se secuestraron dos bolsas de nylon que contenían novecientas pastillas de éxtasis. Por ese hecho, fue imputado por el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de tenencia para comercialización. Durante la etapa de juicio, el imputado solicitó declarar en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. A partir de sus declaraciones se dispuso la extracción de testimonios y se dictó el procesamiento de otras personas vinculadas al tráfico de estupefacientes. En oportunidad de celebrar un acuerdo de juicio abreviado, la defensa solicitó que se tuviera en cuenta la colaboración prestada por su asistido y que, en consecuencia, se redujera su pena.
2-feb-2018BCM (causa Nº 10853)En el marco de una causa en la que se investigaba un robo, se ordenaron cinco allanamientos con el fin de buscar los elementos sustraídos. En uno de los domicilios se encontraron dos bolsas de marihuana con un peso de 204,79 gramos. Por ese motivo, el hombre que vivía allí fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal, en los términos del artículo 14, segundo párrafo, de la ley N° 23.737. En oportunidad de prestar de declaración indagatoria, el imputado indicó que poseía problemas psicológicos y que consumía marihuana para su estabilización. En tal sentido, aportó un certificado médico confeccionado por su psiquiatra. El juzgado declaró la inconstitucionalidad de la figura y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la resolución, lo que motivó la interposición de un recurso de casación.
6-feb-2018SLB (causa Nº 94002512)Una persona detenida se encontraba incorporada al régimen de salidas transitorias. En el marco de una requisa, se encontró marihuana en su celda. Por ese motivo, el Consejo Correccional de la Unidad Penitenciaria le aplicó una sanción de aislamiento. A su vez, modificó su calificación y retrotrajo a la fase de consolidación su situación en el régimen de progresividad. La defensa solicitó la nulidad de la decisión. En ese sentido, sostuvo que había existido una doble sanción contra su asistido en relación a la tenencia de estupefacientes. Asimismo, agregó que las consecuencias de la disposición resultaban desproporcionadas. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Al decidir de esa manera, se pronunció respecto de la sanción y omitió expedirse sobre la reducción de la calificación. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación.
27-feb-2018FA (causa Nº 9797)Dos mujeres cargaron combustible en una estación de servicio y abonaron con tres billetes apócrifos. El empleado advirtió la falsedad del dinero y dio aviso a la policía, que interceptó el vehículo. En su interior se halló una caja con 2.700 pastillas del medicamento Rohypnol. Por tal razón, las mujeres fueron imputadas por los delitos de expendio de moneda falsa y transporte de estupefacientes. Durante el debate, las imputadas declararon que eran consumidoras de sustancia estupefaciente desde temprana edad, y que las pastillas secuestradas estaban destinadas a su consumo personal. Además, indicaron que desconocían que el dinero fuera falso. En oportunidad de alegar, la defensa sostuvo, por un lado, que la figura de expendio de moneda falsa requería dolo directo y que, en el caso, el conocimiento de la falsedad por parte de sus asistidas no había podido ser probado. Además, consideró que los billetes eran de burda imitación y no poseían aptitud para circular como auténticos. Con base en tales motivos, consideró que la conducta de sus asistidas resultaba atípica. En relación a la segunda imputación, tuvo en cuenta las declaraciones efectuadas por las nombradas y solicitó que se recalificara bajo la figura de tenencia de estupefacientes. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal rechazó los planteos y requirió que se condenara a las imputadas a la pena de cinco años de prisión.