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FechaTítuloResumen
2-feb-2015Aragonés (causa N° 64989)En el marco de un operativo de control vehicular, dos funcionarios policiales habían interceptado a un hombre que conducía una moto. Ante la negativa de entregar el vehículo, los agentes lo trasladaron a la dependencia policial. Luego de que se le efectuara un chequeo médico en el hospital municipal, el hombre fue detenido y alojado en el sector de los calabozos. En ese momento, los policías le dijeron que debía firmar unos papeles para obtener la libertad. El hombre se negó y fue trasladado en diversas oportunidades desde el calabozo hacia la oficina del Oficial de Servicio con el fin de persuadirlo. Sin embargo, continuó negándose a firmar. Tres agentes policiales lo llevaron de nuevo al calabozo y le aplicaron una serie de golpes en distintas partes del cuerpo. Le dieron puñetazos, puntapiés y bastonazos. Además, intentaron suministrarle en su boca un líquido extraño y amargo. Finalmente, perdió la conciencia y fue trasladado al hospital. Por esos hechos, los agentes policiales fueron imputados por el delito de apremios ilegales. En la etapa de juicio oral, se incorporaron diversos informes médicos que descartaron que las lesiones fueran autoinfligidas o compatibles con un episodio de epilepsia o crisis nerviosa. Asimismo, la instructora judicial que durante el debate entrevistó a la víctima en tres oportunidades señaló que no había vacilado en referir que habían sido tres personas las que intervinieron en la golpiza y aportó sus descripciones físicas. El tribunal oral condenó a los imputados a penas de entre cuatro años y cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitaciones especiales de entre ocho y nueve años por el delito de apremios ilegales. Contra esa decisión, las defensas particulares y el representante del Ministerio Público Fiscal interpusieron recursos de casación. Entre otras cuestiones, las defensas plantearon que los dichos de la víctima resultaban insuficientes para tener por probada la materialidad y la coautoría. Por su parte, el fiscal se agravió contra la calificación atribuida y explicó que se debía condenar a los imputados a la pena de catorce años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua en orden al delito de torturas.
12-may-2015Khadzhiev v. TurkmenistánEn el año 2006, el señor Khadzhiev –activista y defensor de derechos humanos- fue detenido ilegalmente por agentes de seguridad estatales y trasladado a un centro de detención del Ministerio de Seguridad. Aunque en los primeros días que estuvo detenido no se le informó de los motivos por los que había sido privado de la libertad, se le comunicó –posteriormente– que estaba acusado de conspiración y venta ilegal de armas. No quedó ningún registro oficial de su detención ni se le permitió comunicarse con su familia ni reunirse con su abogado hasta pasados cinco días de su aprehensión. Mientras permaneció detenido, fue torturado y maltratado para obligarlo a declararse culpable. Compartió celda con once personas en 6 m2 en un lugar en el que la temperatura rondaba los 50º C. y se le denegó alimento y acceso a asistencia médica. Durante los dos primeros años de cárcel se lo mantuvo incomunicado. Su familia no tuvo información de su paradero y se le negó el derecho a recibir visitas y a intercambiar correspondencia. Durante ese tiempo, presentó distintas denuncias ante las instituciones judiciales locales que fueron ignoradas.
15-may-2015Torales (causa N° 550)En el marco de un procedimiento policial, personal policial del Destacamento de Lomas del Mirador detuvo a un joven de 16 años y lo trasladó a la dependencia policial. Al momento de su ingreso, una médica lo examinó y no constató ningún tipo de lesión física. En ese contexto, el joven fue alojado en el sector de la cocina y se le impidió todo tipo de contacto. El oficial de servicio a cargo del destacamento el día de los hechos golpeó al joven mientras otro funcionario policial lo sujetaba del brazo. De esa manera, le ocasionaron un traumatismo facial en la frente y en el pómulo izquierdo. Al mismo tiempo, lo amenazaron con quitarle la vida y lo humillaron. Por esos hechos, el jefe de servicio fue imputado por el delito de tortura. En la etapa de juicio oral, la madre del joven explicó que el día del hecho su hijo se había ido a trabajar temprano y al mediodía arribó un móvil policial a su casa a fin de avisarle que el joven estaba detenido por el delito de robo. La mujer contó que en el destacamento se entrevistó con un policía que le dijo que esperara en el sector de guardia. Luego, el oficial le manifestó que no podía ver a su hijo porque estaba detenido e incomunicado. Según su declaración, esperó durante horas hasta que decidió regresar a su casa y solicitarle ayuda a su hija. Cuando regresaron juntas al destacamento escucharon que el joven gritaba. En ese momento, se abrieron dos puertas y escuchó que su hijo gritaba “Vane sacame de acá que me están matando a palos”. Entonces, solicitó de nuevo ver al joven, pero le dijeron que no era posible debido a que carecía de la documentación necesaria para acreditar el vínculo familiar. La mujer explicó que desde que se retiró del destacamento hasta que regresó con la partida de nacimiento transcurrieron dos horas. Por último, manifestó que vio caminar por un pasillo al joven que lloraba e insultaba al imputado.
22-may-2015Navarro, Roberto YamilEl tribunal oral había condenado al imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes tras rechazar el planteo de nulidad efectuado por la defensa. Contra esa resolución, se interpuso recurso de casación. Una vez en la Cámara, el fiscal dictaminó en favor de la concesión del recurso.
17-jul-2015TDBAUna persona imputada en un proceso penal solicitó la suspensión del juicio a prueba. El imputado estaba detenido en el marco de otro proceso penal por un hecho posterior al que se le atribuía en aquél caso. La fiscalía prestó su consentimiento para la concesión de la probation. Sin embargo, el tribunal rechazó la petición. Para llegar a esa decisión, argumentó que su situación de detención hacía imposible el cumplimiento de las reglas de conducta. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-nov-2015Gutiérrez, Roque CecilioEn el presente caso, la policía de la provincia de La Rioja demoró a dos personas luego de que bajaran de un colectivo interceptado con motivo de un control vehicular. En ese marco se los requisó y se les secuestró más de medio kilo de marihuana. La defensa solicitó que se declare la nulidad de la detención y de la requisa que, en consecuencia, se llevó a cabo. El Juzgado Federal de La Rioja hizo lugar al planteo.
21-mar-2016Homologación Guía (causa n° 56451)Un grupo de personas trans había sido alojado en las unidades Nº 28 y 29 del Servicio Penitenciario Federal para asistir a los comparendos judiciales. En ese contexto, las personas fueron sometidas a exámenes corporales y requisas degradantes e invasivas por parte de agentes penitenciarios masculinos y sin intervención de personal sanitario o médico. Asimismo, se les requirió desnudarse de manera parcial o íntegra y, en algunos casos, fueron maltratadas verbalmente y observadas por varias personas. A partir de entrevistas realizadas por personal de la Defensoría General de la Nación se tomó conocimiento de estas circunstancias. Asimismo, entre otras cuestiones, las personas explicaron que el contexto era violento y humillante, y que se proferían comentarios discriminatorios y ofensivos por parte de los agentes penitenciarios hacia ellas a través del uso de pronombres masculinos que violaban su identidad de género autopercibida. La Comisión de Cárceles, el Programa contra la Violencia Institucional y la Comisión sobre Temáticas de Género de la DGN presentaron una acción de hábeas corpus. El juzgado hizo lugar a la acción y ordenó que cesara de forma inmediata el acto lesivo. Además, ordenó que se arbitraran los medios para que, en caso de que ingresaran personas trans para comparendos judiciales, y si por razones estrictamente de seguridad penitenciaria resultaba necesario practicar requisas personales en forma invasiva, se adoptaran una serie de medidas. Dentro de las disposiciones adoptadas, se indicó que las requisas debían ser realizadas por personal penitenciario profesional de la salud y que,si fuera necesario practicar un registro táctil, debía hacerse sobre las prendas de vestir, previa consulta a la persona involucrada respecto de su preferencia sobre la identidad de género de quien lo llevará a cabo. De igual manera, se dispuso que en situaciones en las que debiera procederse al examen físico para constatar lesiones, se debía garantizar la participación exclusiva de personal médico o sanitario, y sólo en la cantidad estrictamente necesaria para llevar a cabo la diligencia. Por otro lado, se ordenó que se informara sobre la posibilidad de implementar medios tecnológicos que puedan suplir las requisas corporales y los avances en la elaboración de los protocolos de ingreso específicos para el tratamiento de detenidas trans. Contra esa decisión, el Servicio Penitenciario Federal y el Servicio Central de Alcaidías interpusieron un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia de primera instancia y encomendó al juez de grado que convocara a una mesa de diálogo entre las partes a fin de determinar las condiciones en las que debían efectuarse las revisiones médicas y las requisas por motivos de seguridad. En ese marco, se elaboró el “Protocolo de Registro Corporal y Pertenencias de Personas Trans en la órbita del Servicio Penitenciario Federal Argentino”.
abr-2016Debido proceso en la jurisprudencia internacional de 2015Jurisprudencia internacional de 2015 sobre el debido proceso.
8-abr-2016GR (probation)Una persona imputada por el delito de lesiones culposas causadas como consecuencia de un accidente de tránsito solicitó la suspensión del juicio a prueba. El imputado se encontraba detenido en el marco de otro proceso para otro tribunal. Durante la audiencia, el fiscal dictaminó de manera favorable a la concesión del instituto. Sin embargo, el juzgado correccional rechazó la solicitud. A tal fin, argumentó que las reglas de conducta ofrecidas resultaban de imposible cumplimiento dada la situación de detención del encausado. Contra aquella decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-abr-2016Manickavasagam Suresh v. CanadáEl señor Suresh, ciudadano esrilanqués, había solicitado protección como refugiado en Canadá frente al temor de ser perseguido por una organización separatista de su país de origen. En 1991 Canadá lo reconoció como refugiado. Ese mismo año, solicitó el estatuto de inmigrante residente que permite a los refugiados reconocidos solicitar la residencia permanente. Sin embargo, en 1995, fue puesto bajo detención obligatoria debido a que el Servicio de Seguridad e Inteligencia informó que era un miembro ejecutivo de la organización separatista en cuestión. En consecuencia, por razones de seguridad nacional, se iniciaron acciones para deportarlo a Sri Lanka. El peticionario estuvo detenido durante 29 meses sin revisión judicial. Tampoco dispuso de un recurso efectivo para impugnar su detención. Esta situación estaba contemplada en la Ley de Inmigración canadiense vigente al momento de la petición para aquellos casos de no ciudadanos que no son residentes permanentes y están sujetos al certificado de seguridad. Esa norma, además, permitía la revisión judicial de la detención sólo después de la conclusión del proceso de determinación de la razonabilidad del certificado de seguridad, proceso que podía durar hasta 120 días a partir de la detención. Posteriormente, un juez de la Corte Federal determinó la razonabilidad del certificado de seguridad y estimó que Suresh debía ser deportado. Esta decisión no fue notificada al peticionario.
12-may-2016Mejdoub Chani v. ArgeliaMejdoub Chani residía en Luxemburgo y contaba con doble nacionalidad (argelina y luxemburguesa). Fue detenido el 16 de septiembre de 2009 por agentes de control de fronteras en el aeropuerto de Argel para “examinar su situación”. Permaneció 20 días recluido e incomunicado en un lugar desconocido, sin poder contactar a sus familiares ni a un abogado. Durante ese periodo se lo interrogó a cualquier hora del día o de la noche, fue intimidado y sometido a una gran presión física y psicológica. Posteriormente, Chani pasó a estar en detención preventiva, acusado oficialmente de delitos relacionados con una operación de corrupción en el contexto de la construcción de una autopista. Varias etapas del procedimiento penal se resolvieron de manera sumaria, en un solo día. El peticionario denunció ante las autoridades correspondientes la detención arbitraria que se le impuso, que fue sometido a tortura y que confesó el delito que se le atribuía en ese marco. La denuncia fue archivada sin hacerlo comparecer ni emprender una investigación de los hechos.
19-may-2016JN v. Reino UnidoEn el presente caso, el peticionario de origen iraní, cuya solicitud de asilo en Reino Unido había sido denegada, permaneció durante dos períodos de tiempo detenido por razones migratorias. Su segundo período de detención comenzó por una orden judicial; desde enero del 2008 hasta septiembre de 2009. El peticionario no contaba con identificación formal que le permitiera obtener un documento de viaje emitido por la embajada de su país. Asimismo, se negaba a cooperar y prestar conformidad para su retorno a Irán. El peticionario manifestó su disposición de retornar a Irán si era compensado económicamente por los períodos de detención sufridos. Dicha solicitud le fue denegada, conjuntamente con sus peticiones de ser liberado bajo fianza. El fundamento de dicha denegatoria se basó en su negativa a cooperar. Ante el TEDH, el peticionario alegó la violación de su derecho a la libertad (art. 5.1 del CEDH).
7-jul-2016Bonilla Dei, Juan GabrielEn el presente caso, una persona había sido vista por personal policial mientras se tocaba los genitales en la vía pública. Por ese motivo, y con fines identificatorios, los agentes le solicitaron que detenga su marcha. En ese momento, el imputado presuntamente había intentado desprenderse de un teléfono celular y darse a la fuga, lo que provocó la intervención policial y su posterior aprehensión. La defensa solicitó la nulidad de la detención y de todo lo actuado en consecuencia. Sostuvo que “…la función de la policía en prevenir el delito no puede desarrollarse en desmedro de los derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos”, por lo que resulta arbitrario detener a una persona solo porque demuestra conductas fuera de la “normalidad”. Dicho planteo fue rechazado, por lo que interpuso recurso de apelación.
14-jul-2016De Nardis y otros (causa N° 59617)Un hombre ingresó a un local de comidas, molestó a los comensales y discutió con el personal de seguridad. Ante esa situación, se dio aviso a la policía bonaerense. En ese momento, arribaron cinco agentes que detuvieron al hombre, lo amarraron de pies y manos, y lo redujeron en la caja de la camioneta policial. Luego lo trasladaron a la comisaría y después a un hospital, donde falleció producto de noventa y una lesiones en el cuerpo. Por ese hecho, los agentes policiales fueron imputados por el delito de tortura seguido de muerte. En la etapa de juicio oral, se aportaron elementos probatorios que indicaban que la mayor cantidad de heridas se produjeron durante los once minutos que había durado el traslado del hombre de la comisaría al nosocomio. Además, los peritos declararon que el hombre había fallecido por asfixia. Por otra parte, un grupo de testigos declaró que la persona aparentaba encontrarse en situación de calle. El tribunal oral absolvió a los imputados. Para decidir de esa manera, sostuvo que 34 de las 91 lesiones que presentaba la víctima debían excluirse del objeto de imputación porque eran defensivas o dudosas. Contra esa sentencia, la fiscalía y la querella interpusieron recursos de casación.
28-oct-2016S, PLMUn grupo de policías se dirigieron al domicilio de una persona con el fin de diligenciar una cédula de notificación. En el domicilio se encontraban tres personas –una de ellas, destinataria de la notificación–. Ante la llegada de los oficiales, el requerido se negó a notificarse y comenzó a insultarlos. Posteriormente, se retiró en su vehículo a alta velocidad. Los policías informaron que el imputado “se había dado a la fuga”. Ante esta situación, fue interceptado por otro móvil y detenido. El Juzgado Federal de Paso de los Libres, Corrientes lo condenó a la pena de seis meses de prisión como autor del delito de resistencia a la autoridad. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
2-nov-2016A, DEUna persona fue detenida por personal de la Gendarmería Nacional en la vía pública con el objeto de que se identifique y exhiba el contenido de su mochila. Los agentes observaron “a simple vista” que el imputado tenía en su poder varios envoltorios y dinero en efectivo. Por este motivo, lo requisaron, y secuestraron sesenta y tres envoltorios de cocaína y tres de marihuana. La defensa solicitó la nulidad del procedimiento y de todo lo actuado con posterioridad. Argumentó, entre otras cuestiones, que en el caso no existieron circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente permitieran justificar la detención y requisa efectuadas por el personal policial, en los términos del art. 230 bis del CPPN.
22-nov-2016Yarce y otras v. ColombiaEn el año 2002, durante un conflicto entre grupos armados en la Comuna 13 de Medellín (Colombia), el Poder Ejecutivo declaró por decreto un “estado de conmoción interior”. Posteriormente, con otro decreto, ordenó medidas de control del orden público con el fin de retomar el control territorial. Sin embargo, no logró que los grupos armados ilegales cesen su actividad y, como consecuencia de las amenazas y los enfrentamientos producidos, una gran cantidad de personas se desplazaron hacia otras zonas de la ciudad. El presente caso refiere a la situación de cinco mujeres, defensoras y activistas de los derechos humanos y lideresas comunitarias. Dos de ellas –Rúa y Ospina–, estaban incluidas en listas de los grupos paramilitares, lo que implicaba un peligro para su vida. Ante esto, las peticionarias, sus parejas e hijos, abandonaron sus lugares de residencia. Sus casas fueron ocupadas y destruidas por paramilitares. La investigación de esos sucesos fue suspendida y retomada años después. Asimismo, se les negó la inscripción en el Registro Único de Desplazados (RUD). Las otras tres mujeres –Naranjo, Mosquera y Yarce– fueron señaladas como “milicianas” con intenciones de evadir la justicia. Por tal razón, fueron detenidas sin orden judicial. Nueve días después fueron dejadas en libertad y, luego de seis meses, se ordenó el archivo de los expedientes por falta de elementos para afirmar la existencia de un delito. Las actuaciones disciplinarias para investigar la responsabilidad en la detención ilegal fueron archivadas. Luego de estos hechos, recibieron amenazas de los grupos paramilitares, por lo que abandonaron sus lugares de residencia. Una persona fue detenida por las intimidaciones; no obstante, se la liberó al día siguiente. Ese mismo sujeto, en octubre de 2004, asesinó a Yarce. Se inició, entonces, una investigación por el homicidio y por las amenazas que resultó en la condena de tres personas.
28-nov-2016Adam v. EslovaquiaAdam, un joven romaní de 16 años, y otras dos personas fueron arrestados por el presunto robo de un teléfono celular. Los tres fueron interrogados en la estación de policía de forma separada. Ese mismo día, Adam fue examinado por un médico que elaboró un informe que indicaba que tenía una de sus mejillas inflamadas. Al día siguiente fue liberado y, a los pocos días, se retiraron los cargos. Posteriormente, las tres personas detenidas presentaron una denuncia penal en la que alegaron que habían sido sometidas a malos tratos durante su detención. Adam refirió que fue golpeado en la mejilla y en la cabeza mientras era presionado por personas uniformadas para que confesara. También manifestó que había sido obligado a permanecer parado y que las autoridades no habían notificado a sus tutores legales de su detención. La Sección de Control e Inspección desestimó la denuncia al sostener que el denunciante no había mencionado este episodio durante su detención y que sus dichos no se correspondían con lo informado por el médico. Aunque la decisión fue impugnada, la Oficina del Fiscal confirmó la resolución. Finalmente, Adam denunció ante el Tribunal Constitucional a la Oficina del Fiscal y a la oficina regional la ausencia de una investigación efectiva de los hechos de los que había sido víctima por motivos discriminatorios. La denuncia fue rechazada.
20-dic-2016A, BP y otroDos personas fueron detenidas por personal de la Gendarmería Nacional. En esa oportunidad, se los requisó a ambos y se les secuestró dinero en efectivo, cinta de embalar y envoltorios de cocaína. Según el acta de procedimiento labrada por esa fuerza, la detención se había llevado a cabo en la vía pública, donde se habría observado un “pasamanos” entre los imputados. Sin embargo, en oportunidad de prestar declaración indagatoria, los nombrados manifestaron que los agentes policiales habían ingresado de manera violenta al domicilio de uno de ellos, donde hallaron los objetos secuestrados. Dicho material, explicaron, habría sido dejado por un tercero. Por este motivo, la defensa planteó la nulidad del procedimiento y de todo lo actuado con posterioridad. Junto con la presentación, ofreció declaraciones testimoniales de los vecinos prestadas en la sede de la defensoría y fotografías que avalaban las declaraciones de los imputados.
4-ene-2017Yusiv v. LituaniaLa noche del 22 de octubre de 2011, la policía de Kaunas registraba una zona en busca de varios jóvenes que habían participado de un robo. Yusiv, de dieciséis años, se encontraba caminando con su novia cuando fue abordado por un patrullero. Entonces, comenzó a correr y fue detenido por ocho agentes. A partir de esto, se le inició un proceso administrativo por desacatar las órdenes de la autoridad e insultar a los preventores. Al día siguiente, la policía lo dejó al cuidado de su madre en las inmediaciones de una estación de tren. Al notar heridas y hematomas en el cuerpo de Yusiv, la mujer acudió al Departamento de la Policía y denunció que había sido golpeado al momento de la detención. En consecuencia, un investigador de la División de Delitos contra el Servicio Civil e Interés Público de la Unidad de Investigación Criminal del Departamento de Policía de Kaunas impulsó una pesquisa. Las heridas de Yusiv fueron constatadas por un médico forense. Los agentes involucrados explicaron que el joven se había resistido al arresto, por lo que debieron recurrir al uso de la fuerza para someterlo. La fiscalía de la ciudad discontinuó la investigación al entender que, en el caso concreto, el uso de la fuerza se encontraba justificado.