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FechaTítuloResumen
31-oct-2016RMJL (dictamen PGN)Un joven fue imputado por el delito de robo, agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. En particular, la defensa sostuvo que el instituto solicitado podía constituir una solución alternativa al proceso en los términos de la Convención sobre los Derechos del Niño. Por tal razón, entendió que la decisión del tribunal resultaba arbitraria. La CFCP, con base en el plenario “Kosuta”, consideró que la probation no era aplicable al caso, por cuanto el máximo de la pena del delito reprochado superaba los tres años de prisión. En esa línea, declaró mal concedida la impugnación. Por tal razón, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
nov-2016CNCCC - Informes anualesJurisprudencia del año 2016 y finales de 2015 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (informes anuales).
29-nov-2016D, MA y otroDos personas ascendieron a un automóvil de alquiler y solicitaron transportarse a un punto de la ciudad. Al llegar a destino una de ellas sostuvo al conductor por debajo de las axilas y le colocó una tijera en el cuello, mientras la otra tomó la recaudación que guardaba en su billetera. Luego de dar aviso a personal policial que se encontraba en la zona, se aprehendió a uno de los sujetos que intervino en el hecho y se le secuestró la tijera en cuestión. A unas cuadras de ese lugar, una agente policial detuvo al otro con $648 en su poder. El tribunal Oral condenó a los imputados a la pena de cinco años de prisión y el pago de las costas por considerarlos coautores del delito de robo agravado por el uso de un arma y declaró reincidente a S, SA. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-dic-2016T, CAUn grupo de personas se había apoderado de un teléfono celular, zapatillas y otros elementos que eran propiedad de otro individuo. Para eso se valieron de un cuchillo y pinches de cocina con punta filosa. El Tribunal Oral condenó a T. a la pena de seis años de prisión por ese episodio y lo calificó como robo con armas en concurso real con robo en grado de tentativa. A ese fin, valoró la declaración de la víctima, que refirió durante la audiencia de debate oral que el imputado se le presentó acelerado y le preguntó si podía prestarle plata para consumir algo. Luego, cuatro personas “se le vinieron encima” y “le empezaron a pegar y a bolsijear”. Cuando se levantó, el imputado, que se había quedado al lado suyo, le dijo que él no había hecho nada y se fue. Posteriormente, la víctima explicó el hecho de modo diferente: sostuvo que uno de los muchachos (“flaco alto con los pelos sucios”) lo atacó con un cuchillo y, luego, lo “tiraron para atrás” y le pegaron. El imputado –agregó– estaba “ahí al lado suyo” y lo pudo ver en ese grupo que “se le tiró encima” y le arrebató sus pertenencias. A su vez, admitió que, al momento de los hechos, se encontraba en estado de ebriedad. La sentencia fue recurrida por la defensa. Entre otros argumentos, planteó que el tribunal había valorado de modo incorrecto el testimonio del damnificado y cuestionó su credibilidad. Además, de modo subsidiario, objetó la calificación legal asignada al primer hecho.
27-dic-2016JDA (causa N° 66291)Dos niños de catorce años y un adolescente fueron imputados por el delito de homicidio criminis causae, en concurso ideal con el delito de robo doblemente agravado y portación de arma de guerra sin autorización. Los dos primeros fueron sobreseídos. Al celebrarse la audiencia de juicio, el tercero había cumplido dieciocho años. La fiscalía explicó que los hechos juzgados preveían la aplicación de una pena de prisión perpetua. Sin embargo, consideró que dicha sanción resultaba desproporcionada, en línea con los estándares fijados por la Convención de los Derechos del Niño, el caso ‘Mendoza’ de la CorteIDH, y el caso ‘Maldonado’ de la CSJN. Por tal razón, solicitó que se le impusiera la pena de quince años de prisión y se la revisara periódicamente. El asistente técnico, junto a la defensoría de menores, solicitó que se lo eximiera de pena.
28-dic-2016AJE (causa Nº 14087)Un hombre arribó a un lugar a bordo de una motocicleta y aparcó frente a un estacionamiento. Al bajarse de la moto, le disparó varias veces a una persona y la mató. Luego del ataque, apuntó y disparó contra un agente de policía e hirió a un transeúnte. Seguidamente, intentó huir. Mientras corría, se quitó y arrojó a la vía pública los guantes, la gorra y la campera que vestía, como así también el arma de fuego. Finalmente, fue perdido de vista por el policía. En este sentido, tanto la motocicleta como el casco quedaron abandonados en el lugar del hecho. El vehículo poseía calcomanías con el nombre de una agencia comercial. Entonces, un inspector de policía se dirigió al local y los empleados le exhibieron documentación de la que surgía que la motocicleta había sido adquirida por AJE. Durante el juicio, los empleados de la agencia declararon que AJE adquirió la motocicleta el mismo día, acompañado de otro sujeto. Al pagar, aportó su DNI y un número telefónico. Asimismo, contaron que el nombrado regresó a la agencia unos días más tarde e informó que le habían robado el vehículo. Por otra parte, del informe de comunicaciones del teléfono celular aportado por el imputado, surgía que había recibido llamados treinta minutos antes del hecho. La mayoría de las comunicaciones fueron mantenidas con personas de nacionalidad colombiana y provenían de diferentes centros de detención. El Tribunal Oral condenó a AJE a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por precio. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
30-dic-2016SEMUna persona cumplió dos tercios de la pena de ocho años de prisión que se le impuso por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y homicidio criminis causae. La defensa requirió su incorporación al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional del Servicio Penitenciario emitió un informe favorable a su concesión. Por su parte, el Juzgado de Ejecución Penal rechazó la petición. Para decidir de ese modo, sostuvo que el delito por el que la persona había sido condenada –homicidio criminis causae– se encontraba dentro de los supuestos excluidos para la concesión del instituto solicitado, de acuerdo al art. 14 CP, segundo supuesto, y 56 bis de la ley Nº 24.660. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, solicitó la declaración de inconstitucionalidad de las normas aludidas.
16-feb-2017A B, CADurante una discusión, una mujer de 72 años dio muerte a su hijo mediante una herida de arma blanca (cuchillo de cocina) en el tórax. De las declaraciones presentadas durante el debate oral surgió que tanto la imputada como la víctima tenían problemas de adicción al alcohol y que las peleas con contenido violento entre ambos eran frecuentes. En este sentido, el hermano de la víctima e hijo de la acusada manifestó que había visto golpeada a su madre en otras oportunidades. Asimismo, los peritajes psicológicos indicaron que la acusada presentaba rasgos que daban cuenta de su participación habitual en circuitos de violencia. En oportunidad de alegar, el fiscal solicitó que se le imponga la pena de ocho años de prisión por el delito de homicidio agravado por el vínculo bajo circunstancias extraordinarias de atenuación (art. 80 inc. 1º último párrafo CP).
23-feb-2017Benavídez (causa N° 2747)Dos adultos y un joven menor de dieciocho años ingresaron a un local comercial con armas de fuego. Luego de reducir a uno de los empleados, exigieron a las personas allí presentes que les entregasen dinero y objetos de valor. En ese momento, una persona se comunicó al 911 e informó lo ocurrido. Los hombres y el joven huyeron en un vehículo. Sin embargo, fueron detenidos en las cercanías por un móvil policial alertado del suceso. Por ese hecho, fueron imputados por los delitos de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal, robo calificado por su comisión con armas de fuego y resistencia a la autoridad calificado por el uso de arma de fuego. En el caso de los adultos, se incluyó el agravante contemplado en el artículo 41 quater del Código Penal. En la etapa de juicio oral, los hombres fueron condenados a la pena de quince años de prisión. Por su parte, el joven fue declarado penalmente responsable por los hechos y condenado a la pena de tres años y cuatro meses de prisión. Contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos de casación. En particular, con respecto a los adultos criticaron la agravante genérica de “intervención de menores de edad”. Así, sostuvieron que exigía que hubiera habido por parte de los imputados una utilización del joven para descargar su responsabilidad aprovechándose de esa condición, extremo que no se había verificado en el caso.
7-mar-2017LSHUna persona robó un local comercial mediante la exhibición una pistola plástica y huyó. Miembros de la policía detuvieron a un individuo a pocas cuadras del lugar y secuestraron en su poder el elemento plástico mencionado. El imputado contaba con un antecedente condenatorio por el que había permanecido en prisión seis meses. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de dos años de prisión por tentativa de robo con arma de utilería –art. 166, tercer párrafo del CP– y lo declaró reincidente. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-mar-2017PGDUn hombre ingresó a un edificio en la misma oportunidad en que lo hacía el repartidor de diarios. Entonces, se dirigió hacia el sótano y se apoderó de una billetera que pertenecía al portero. Al salir, fue interceptado por el diarero, que advirtió la situación e intentó detenerlo. Luego, se produjo un forcejeo entre ambos. El hombre extrajo una aguja metálica de tejer crochet y amenazó al repartidor. Sin embargo, fue detenido con la ayuda del portero del edificio. En ese momento, extrajo la billetera y se la devolvió a su dueño. Como consecuencia de estos, se le imputó el delito de robo agravado por haber sido cometido con armas, en grado de tentativa. Durante la audiencia de debate, el imputado reconoció los hechos. Por su parte, la defensa solicitó que se los calificaran como robo simple en grado de tentativa.
15-mar-2017BSC (causa N° 6220)Cuatro personas fueron imputadas por el delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada; una de ellas tenía diecisiete años. Durante la etapa de juicio oral, se celebró un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó que se declarara la responsabilidad penal de la imputada menor de edad y postuló su absolución por aplicación del artículo 4 de la ley N° 22.278.
30-mar-2017LQEUna persona había sido condenada a la pena de catorce años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado en al menos dos oportunidades y agravado por haber sido cometido contra una menor de dieciocho años y aprovechando la situación de convivencia preexistente. Contra dicha sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que la determinación de la pena había sido infundada y excesiva.
abr-2017Banda. CNCCC.Jurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre el concepto de “banda” (art. 167, inc. 2º CP).
18-abr-2017FFJA y otrosVarias personas armadas se presentaron en la casa de la presunta víctima y su familia, casa 75 manzana 1 del Barrio Esperanza, y la intimaron a abandonar su vivienda antes de las 17 hs. de la tarde de ese día. De lo contrario, la incendiarían. La familia tenía, a su vez, otra casa en el barrio, la número 77. Por estos hechos, el Tribunal Oral condenó a tres personas como coautoras del delito de tenencia ilegítima de arma de guerra en concurso ideal con amenazas agravadas por haber tenido como propósito compeler a una persona a abandonar su residencia habitual. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación y, entre otras cosas, cuestionó la calificación legal aplicada.
31-may-2017RBA y otrosCuatro personas robaron ocho cascos de motociclista de un comercio. En oportunidad de abandonar el lugar a bordo de un vehículo, fueron observados por personal policial. Por tal motivo, se inició una persecución que finalizó cuando su automóvil chocó con otro. Como consecuencia de esa colisión resultó lesionada la conductora del vehículo. Así, los cuatro individuos fueron detenidos. El juzgado de instrucción dictó su procesamiento por el delito de robo calificado en virtud de haberse ocasionado lesiones graves (artículo 166, inciso 1°, Código Penal). Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, argumentó que el hecho había quedado en grado de tentativa.
jun-201741 quater CP. CNCCC.Jurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre el agravante: intervención de una persona menor de edad (art. 41 quater CP).
2-jun-2017MPFUna persona tenía en su poder un auto que había sido robado. Para ocultar la procedencia ilícita del vehículo, sustituyó la patente. La policía incautó el auto y detuvo a su conductor. Asimismo, en el marco de otra causa, se le imputó haberles facilitado a dos personas un vehículo para que llevaran a cabo un robo con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada. El Tribunal Oral condenó al imputado a la pena de tres años y ocho meses de prisión por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, en concurso real con robo agravado por haber sido cometido mediante el uso de un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo la falta de fundamentación sobre la configuración del elemento subjetivo del delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro. A su vez, cuestionó la aplicación del artículo 166, inc. 2º, último párrafo CP.
2-jun-2017Martinez (causa N° 55649)Un automotor fue utilizado por los autores de un robo para desplazarse, interceptar al damnificado y, luego de cometer el hecho, darse a la fuga. El vehículo fue incautado con un dominio colocado y con partes no originales frente al domicilio de un hombre. El tribunal interviniente lo condenó como autor penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, en concurso real con robo agravado por haber sido cometido mediante el uso de un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada, en calidad de partícipe necesario. Por este motivo, la defensa presentó un recurso de casación. Dentro de sus fundamentos, solicitó que se reformule la calificación legal del hecho por la del delito de encubrimiento simple.
22-jun-2017VNO (causa Nº 74176)Dos personas en una motocicleta abordaron a un hombre con el objeto de robarle su teléfono celular. Ante su resistencia, una de ellas lo amenazó de muerte. Luego, se retiraron. A los pocos minutos regresaron con un arma e intentaron nuevamente apoderarse de su teléfono. La víctima se negó y comenzó a correr. Entonces, recibió un impacto de bala en la cabeza y cayó al suelo. La persona que disparó fue detenida. Al requerir la elevación a juicio, el representante del Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como homicidio agravado por haberse procurado la impunidad para sí, por no haber logrado el fin propuesto al intentar cometer otro delito, en grado de tentativa, en los términos del artículo 80, inciso 7°, del Código Penal. Durante el debate, la fiscalía de juicio subsumió el hecho bajo la figura de homicidio agravado por no haberse logrado el fin propuesto al intentar otro delito, en grado de tentativa, bajo la misma normativa. El Tribunal Oral condenó al imputado en esos términos, a la pena de doce años de prisión. Para decidir de esa manera, consideró que el fundamento del agravante previsto en el inciso 7° del artículo 80 del Código Penal radicaba en castigar un estado de ánimo frustrado que, en el caso, se tradujo en disparar un arma contra una víctima. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación e inconstitucionalidad.