Buscar por Voces TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES
Mostrando resultados 1 a 19 de 79
Siguiente >
Fecha | Título | Resumen |
---|---|---|
21-nov-2012 | MMA y ZMM (causa Nº 6602) | El 9 de marzo de 2011, aproximadamente a las 13:30 horas, un policía a bordo de un móvil policial no identificable observó que en la esquina de dos calles se hallaba emplazado un vivero delimitado con alambre tipo tejido y con una media sombra negra a media altura a su alrededor. Sin perjuicio de esto, sostuvo que, desde la calle, se podían observar plantas de Cannabis. Entonces, sacó fotos y se las entregó al fiscal, que solicitó una orden de registro domiciliario. A partir de la concreción de esa medida, se secuestraron nueve plantas de marihuana, un envase de cartón de dulce de leche con ramas y hojas de la misma planta, un frasco plástico con cincuenta y cinco semillas de Cannabis Sativa Linneo y una gavilla de ramas también de marihuana. Por este hecho fueron imputadas dos personas. Una de ellas, MMA, licenciada en ciencias naturales, al brindar declaración indagatoria explicó que usaba la planta con fines medicinales porque tuvo un accidente de tránsito en el año 1994 que le trajo una serie de afecciones en su salud. Por otro lado, la coimputada MMZ, pareja de MMA, también licenciada en ciencias naturales con orientación botánica, manifestó que desarrollaba investigaciones en torno al cannabis y su uso medicinal. Sin perjuicio de esto, los dos imputados fueron procesados por la presunta comisión del delito previsto en el art. 5°, inc. “a”, de la ley Nº 23.737, en la modalidad de cultivo de plantas y guarda de semillas utilizables para producir estupefacientes. La decisión fue impugnada por la defensa. |
15-may-2014 | VCOL (causa Nº 7900) | Dos mujeres fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Al momento de los hechos, una de ellas tenía dieciséis años. Por tal razón, fue sometida a un tratamiento tutelar. El informe socio- ambiental estableció que asistía a una escuela y que contaba con contención afectiva y material prestada por su familia. Además, el informe de situación sostuvo que no se había identificado ningún indicador de vulnerabilidad penal en la imputada, por lo que no correspondía su residencia en el dispositivo de “jóvenes en infracción a la ley penal”. Asimismo, concluyó que poseía vínculos familiares fuertes, una evolución favorable a nivel escolar, y que sus compañeros y docentes tenían un buen concepto de ella. Al celebrar un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía valoró esa información y solicitó que se la absolviera por aplicación del artículo 4 de la ley N° 22.278. |
21-oct-2014 | Tulián, Juan Pablo | El imputado había sido procesado como supuesto responsable de distintos hechos de comercialización de estupefacientes agravados por ser realizados en las inmediaciones de establecimientos educativos. Asimismo, tres de ellos fueron calificados por haber tenido lugar en perjuicio de menores de edad. Dicha decisión motivó que la defensora interpusiera un recurso de apelación. |
17-dic-2014 | VRC (causa N° 2909) | Una persona fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real con los delitos de encubrimiento y tenencia ilegítima de arma de guerra. El imputado proporcionó datos personales, domicilios y descripciones físicas de personas que se dedicaban al comercio de droga. De manera paralela, y de manera previa a su declaración, ya existía un expediente judicial donde se investigaba a esas personas. En dichas actuaciones, finalmente, se secuestró gran cantidad de material estupefaciente y se dictó el procesamiento de diversas personas. En su alegato, el defensor solicitó que, al momento de mensurar la pena de su asistido, se tuvieran en cuenta los aportes por él realizados en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. La fiscalía, por su parte, solicitó que se le impusiera la pena de cuatro años de prisión. |
3-nov-2015 | Silva (causa N° 58) | A través de una denuncia anónima, se informó que un grupo de personas comercializaban estupefacientes. Por tal razón, el juzgado dispuso la realización de tareas inteligencia. Durante meses se recolectaron datos, informes de diversos registros y fotografías. Así, se logró determinar que en un local bailable se vendía marihuana, cocaína y pastillas de éxtasis. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado dispuso la intervención de cinco líneas telefónicas. Posteriormente, el Tribunal Oral condenó a los imputados a penas de dos años y seis meses a cinco años de prisión. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación, declaró la nulidad del auto que había dispuesto las intervenciones telefónicas y absolvió a los imputados. Para decidir de ese modo, sostuvo que la resolución carecía de suficiente fundamentación. Contra esa resolución, la fiscalía interpuso un recurso extraordinario federal, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja. |
21-jun-2016 | ASNE (causa Nº 51445) | Una mujer de diecisiete años extrajo un objeto de una bolsa blanca y se lo entregó a otra persona. Luego, ambas se acercaron a un tercero y le dieron un paquete. Esas maniobras fueron observadas por personal policial. La mujer fue detenida y los otros dos sujetos huyeron. Efectuada una requisa sobre sus pertenencias, se secuestraron veintiséis envoltorios con cocaína y dinero en efectivo. Por tal razón, fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Posteriormente, no fue sometida a ningún tipo de tratamiento tutelar. De los informes elaborados a su respecto, se concluyó que se habían cumplido los objetivos del artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Al celebrarse un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía tuvo en consideración esos informes y solicitó la absolución de la imputada. |
4-jul-2016 | PMAM (causa N° 7920) | Un joven menor de edad formaba parte de una organización dedicada al comercio de estupefacientes. En ese sentido, fue imputado en los términos del artículo 5, inciso c, de la ley N° 23.737. Durante la instrucción de las actuaciones, fue sometido a un tratamiento tutelar. En etapa de juicio, cumplió dieciocho años y celebró un acuerdo de juicio abreviado junto a su defensa, la defensoría de menores y la fiscalía. Allí, se pactó la reducción de la pena de conformidad con la escala prevista para la tentativa. |
3-ago-2016 | FT y otros | Dos personas habían sido acusadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y, una tercera, por el delito de transporte de estupefacientes en grado de tentativa. En el último caso, una embarcación había descargado bolsas junto a dos personas que huyeron ante la voz de alto dada por la Prefectura Naval. En el lugar se detuvo al acusado y se secuestraron 135,725 kilos de marihuana en paquetes. |
8-ago-2016 | SLA (causa N° 6347) | A través de una denuncia anónima, se informó que un grupo de jóvenes realizaría un saqueo a un supermercado. Al ser interceptados por personal policial, uno de ellos arrojó una bolsa. De su interior se secuestraron 60 gramos de marihuana. Por tal razón, fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El joven no poseía antecedentes condenatorios y fue sometido a un tratamiento tutelar durante tres meses, hasta alcanzar la mayoría de edad. Luego, comenzó a trabajar. Durante la audiencia de juicio, la fiscalía solicitó que se le impusiera una pena de cuatro años de prisión. Por su parte, la defensa tuvo en consideración la edad de su representado al momento de cometer el hecho que se le atribuía y requirió que se lo eximiera de pena. La defensoría de menores, además, solicitó su absolución. |
24-ago-2016 | G., J. M. | Una mujer, G., y su pareja fueron imputadas por una infracción a la ley Nº 23.737. La defensa de G. solicitó su sobreseimiento por haberse encontrado en estado de necesidad justificante. Por lo demás, requirió que, hasta el momento en que se resuelva su situación, se separe el trámite procesal de la causa. La defensora fundamentó el estado de necesidad en la violencia física y psíquica que la imputada había sufrido durante años de parte de su pareja. Esta situación se había constatado en el marco de un proceso judicial en el que esta persona fue condenada por lesiones agravadas por mediar violencia de género. Por otra parte, manifestó que la separación del trámite de la causa resultaba necesaria para evitar la revictimización de su representada y para preservar su integridad física. |
26-dic-2016 | SCCL (causa N° 51004898) | Una persona había sido imputada por la presunta comisión del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de tenencia con fines de comercialización. Durante el trámite de la causa, prestó declaración indagatoria en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de cuatro años de prisión. Posteriormente, se inició otro proceso penal y se dictaron una serie de medidas con el objeto de corroborar los datos aportados en carácter de arrepentido: se ordenó el allanamiento de diversos domicilios, se secuestraron estupefacientes y se detuvo a trece integrantes de una banda dedicada a su comercialización. Por tal motivo, la defensa interpuso un recurso de revisión. Entre sus argumentos, sostuvo que correspondía la revisión de la pena impuesta a su asistido. El fiscal dictaminó de manera favorable. |
22-mar-2017 | PG (causa N° 7513) | Dos personas –una de ellas, de diecisiete años– viajaban a bordo de un automóvil. Al observar la presencia de personal policial, arrojaron una bolsa con cuatro envoltorios con 405 gramos de marihuana, una balanza, una tijera, un plato y una cinta de aislar. Además, de la butaca del acompañante se secuestraron recortes de nylon. Por tal razón, fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Los informes socio- ambientales practicados a la imputada menor de edad daban cuenta de que, desde aquel momento, había evolucionado de manera favorable. Al celebrar un acuerdo de juicio abreviado, la fiscalía tuvo en cuenta esa información y solicitó que se declarara su responsabilidad penal y requirió su absolución. |
9-may-2017 | MRM y otros | En el marco de una investigación iniciada en el año 2013, varias personas habían sido identificadas como miembros de una asociación que se dedicaba al tráfico de estupefacientes. Entre otras medidas de prueba, se habían ordenado intervenciones telefónicas. Como conclusión de aquellas, se indicó que el líder de la organización había tenido conversaciones sospechosas con su primo, M., que hasta el momento no había sido individualizado como parte de la organización. El juez dispuso la intervención de su línea telefónica, pero no se hallaron conversaciones que guardaran relación con el delito investigado. Sin embargo, el magistrado federal ordenó la realización de allanamientos a varios domicilios, entre los que se encontraba el que M. compartía con su pareja. Como resultado de la medida, se secuestraron una granada explosiva de mano, una escopeta, un kilo y medio de pasta base de cocaína, cinco celulares y doce chips. El Juzgado Federal procesó a M. como partícipe primario del delito de almacenamiento de estupefacientes, agravado por el número de intervinientes, y como autor del delito de tenencia de material explosivo y armas de fuego y por ser miembro de una asociación ilícita, todos en concurso real. Por otra parte, procesó a su pareja como partícipe secundaria del delito de almacenamiento de estupefacientes, también agravado. Para llegar a esa conclusión, el juez consideró que resultaba poco creíble que la mujer desconociera la utilización de su domicilio para el acopio de la droga, especialmente cuando su esposo era pariente del líder de la organización investigada. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
23-may-2017 | RME (causa N° 22000324) | A través de una denuncia anónima, se informó que una organización comercializaba estupefacientes en la ciudad de Rawson. Como consecuencia de las medidas de investigación adoptadas, se detuvo a veintisiete personas, dos de ellas menores de edad. Los jóvenes –que no poseían antecedentes condenatorios– fueron imputados por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el juicio oral, el asistente técnico y la defensoría de menores solicitaron la absolución de sus asistidos. De manera subsidiaria, para el caso de que se declarara su responsabilidad penal, la defensa requirió que se los sometiera a un tratamiento tutelar por el término de un año. |
19-ago-2017 | FLC | A través de una denuncia anónima efectuada en un destacamento policial de Tigre se informó que una vivienda poseía una plantación de marihuana en su jardín. Por esa razón, se dio intervención a la Unidad Fiscal Especializada en Drogas Ilícitas de esa localidad, que ordenó una serie de tareas de investigación en torno al domicilio señalado. De los resultados de esas diligencias no surgió actividad alguna relacionada al comercio de estupefacientes. Sin embargo, la fiscalía solicitó el allanamiento del inmueble. En el marco de ese procedimiento se secuestraron frascos, envases y envoltorios que contenían marihuana y ocho plantas de la misma especie. El peso total de la sustancia secuestrada fue de 2613 gramos. Como consecuencia de ese hecho, se detuvo al ocupante del inmueble y se dictó su procesamiento por el delito de cultivo de estupefacientes (artículo 5, inciso a, ley Nº 23.737). Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, sostuvo que la marihuana estaba destinada a su consumo personal. De manera subsidiaria, solicitó que se modificara la calificación legal imputada por la de tenencia simple. En paralelo, se requirió la excarcelación del imputado y, frente al rechazo de la solicitud, se dedujo el recurso correspondiente. |
5-sep-2017 | DJM (causa N°74001771) | Una persona fue imputada por el delito de tráfico de estupefacientes en las modalidades de tenencia con fines de comercialización y comercio agravado por la intervención de tres o más personas de manera organizada. Durante la etapa de instrucción, el imputado solicitó declarar en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. En dicha oportunidad, aportó información de distintas personas de la organización. El Tribunal Oral, finalmente, lo condenó a la pena de ocho años de prisión. Unos meses después de dictada la sentencia, y como consecuencia de las medidas de investigación realizadas a partir de los datos aportados por el imputado, se detuvo a cinco personas pertenecientes a una organización de tráfico de estupefacientes. Por esa razón, la defensa interpuso un recurso de revisión. En su presentación, solicitó que se redujera la pena impuesta a su asistido. |
5-oct-2017 | VBAD (causa Nº 30) | Una persona fue procesada por el delito de facilitación de lugar para la comercialización y el uso de estupefacientes, agravado por haberse cometido en un evento público (artículos 10 y 11 de la ley Nº 23.737). Además, se dispuso su prisión preventiva. La defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. El juzgado denegó el pedido. Por tal razón, se interpuso un recurso de apelación. La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario rechazó la impugnación. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta la gravedad del delito y la pena que pudiera corresponderle en caso de ser condenada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
22-nov-2017 | CCD (causa Nº 26358) | En el marco de una investigación, varias personas habían sido identificadas como integrantes de una asociación que se dedicaba al tráfico de estupefacientes. En esa línea, se ordenó la realización de allanamientos en diferentes domicilios. Como resultado de la medida, se secuestraron grandes cantidades de sustancia estupefaciente y dinero, como así también armas, cartuchos, balanzas de precisión y teléfonos celulares. Además, fueron detenidos OLA, ORE, PFN y DVBN. A su vez, fue imputado FGF, quien en ese momento tenía 16 años. El joven poseía adicción a las drogas y fue internado en el Instituto de Menores Roca. Al prestar declaración indagatoria, OLA manifestó que, al momento de su detención, se encontraba en su casa con su primo y que allí no se vendía droga. Por su parte, ORE expuso que trabajaba con un arquitecto y que, al momento del allanamiento, realizaba arreglos de albañilería. De igual modo, PFN expresó que también trabajaba como albañil y que era la primera vez que iba a ese domicilio. Por último, DVBN declaró que era la esposa de uno de los imputados, quien era consumidor, y que vivía junto a él en el domicilio allanado. Al celebrarse la audiencia de debate oral, se exhibieron imágenes que mostraban a DVBN salir de su casa luego de que otra persona efectuase una venta de estupefacientes. En tal sentido, al prestar declaración testimonial, dos de los policías a cargo de la investigación expresaron que la imputada no había estado involucrada en ninguna de las operaciones observadas. Finalmente, las defensas de OLA, ORE, PFN y DVBN sostuvieron que no existían pruebas suficientes para condenarlos. En relación a FFG, solicitaron su absolución en los términos del artículo 4 de la ley Nº 22.278. |
22-dic-2017 | AVH (causa N° 67844) | A través de una denuncia anónima, se informó a la Gendarmería Nacional acerca de un posible intercambio de estupefacientes. Los agentes de esa fuerza se presentaron en el domicilio y horario indicado y observaron a un hombre que, al percatarse de la presencia policial, intentó huir. Por tal razón, se lo detuvo y requisó. De sus pertenencias se secuestraron dos bolsas de nylon que contenían novecientas pastillas de éxtasis. Por ese hecho, fue imputado por el delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de tenencia para comercialización. Durante la etapa de juicio, el imputado solicitó declarar en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. A partir de sus declaraciones se dispuso la extracción de testimonios y se dictó el procesamiento de otras personas vinculadas al tráfico de estupefacientes. En oportunidad de celebrar un acuerdo de juicio abreviado, la defensa solicitó que se tuviera en cuenta la colaboración prestada por su asistido y que, en consecuencia, se redujera su pena. |