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Fecha | Título | Resumen |
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10-nov-2016 | DNB (Causa Nº Nº 17816380) | Un hombre que trabajaba en una radio zonal fue condenado al pago de alimentos a favor de su hijo. Por ese motivo, el juez ordenó a la empleadora que retuviera del salario del progenitor el monto establecido en concepto de cuota alimentaria. Si bien la empresa retuvo el importe, no cumplió con el depósito del dinero en la cuenta judicial correspondiente. En consecuencia, se fijó una multa diaria a la emisora radial. Pese a ello, la empresa persistió en su incumplimiento. |
29-may-2018 | Cabral y otro (causa Nº 78009) | Dos hombres bajaron de un automóvil y llevaron a cabo un robo. Por ese hecho, fueron condenados por el delito de robo agravado por haber sido cometido con armas de fuego. A su vez, el tribunal interviniente dispuso el decomiso del automóvil. Las defensas de los imputados recurrieron la decisión. En lo que refiere al decomiso, se argumentó que el rodado era de la madre de uno de los imputados. |
18-feb-2020 | Pascucci y otro (causa nº 71487) | Un hombre fue imputado por el delito de robo. Durante el proceso, las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. En esa oportunidad, el tribunal interviniente difirió el tratamiento de la cuestión relativa al decomiso de un vehículo. En ese sentido, sostuvo que primero se debía contar con la documentación original de su titularidad y dominio. Con posterioridad, esa información fue remitida. De la documentación surgía que la titularidad registral del vehículo estaba en cabeza del hermano de la persona condenada. Sin embargo, el tribunal resolvió decomisar el rodado. En ese sentido, sostuvo que la documentación de la titularidad era meramente formal ya que el rodado había sido adquirido con fondos de todo el grupo familiar. A su vez, señaló que el imputado tenía su uso exclusivo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
11-mar-2020 | Kim (causa Nº 68214) | Un hombre embistió con un vehículo a una persona. Por ese hecho fue condenado por el delito de lesiones gravísimas imprudentes. La defensa solicitó la suspensión del proceso a prueba. Durante la audiencia, el representante del Ministerio Público Fiscal no se expidió sobre el decomiso. Sin embargo, la jueza interrogó sobre ese aspecto al imputado, que consintió el decomiso. El tribunal rechazó la suspensión del proceso a prueba. No obstante, esa decisión fue revocada por la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, que remitió las actuaciones al tribunal de origen para que se expidiera sobre la razonabilidad de la reparación patrimonial y el decomiso ofrecido. Devueltas las actuaciones, se resolvió decomisar el automóvil, pues se consideró que el vehículo había sido objeto del ilícito investigado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
5-oct-2021 | Danna (causa Nº 40066) | Un hombre alquilaba un inmueble a un grupo de personas que habían sido investigadas por maniobras delictivas. Cuando el locador tomó conocimiento del embargo dispuesto en el marco de un decomiso, se presentó en la causa y solicitó la restitución del inmueble. El tribunal interviniente no hizo lugar al planteo y ordenó su decomiso. Por ese motivo, la defensa del locador presentó un recurso de casación. El representante del Ministerio Público Fiscal ante la CFCP solicitó que se rechace la impugnación. En este sentido, alegó que no estaba amparado por la buena fe ya que, si bien no participaba de los hechos, conocía las actividades que se realizaban en el lugar. |
28-oct-2021 | Cruz y otro (causa Nº 7154) | En el marco de un proceso sustanciado por la presunta comisión del delito de comercio de estupefacientes, se investigó a la pareja de uno de los imputados y luego se la desvinculó del proceso por considerarse que no había participado en el ilícito. Sin embargo, los dos hombres involucrados en el caso fueron condenados por aplicación del artículo 5, c de la ley 23.737. A su vez, el tribunal ordenó el decomiso de un automóvil. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Respecto del decomiso, sostuvo que la titular del vehículo era la pareja de uno de los imputados. |
1-nov-2021 | FMO (Causa Nº 279355) | Un hombre adeudaba los alimentos a su hijo menor de edad. Tras haber transcurrido más de un año en esa situación, la madre del niño inició el proceso de ejecución, que fue admitido por el juez. Entonces, practicó una liquidación y pidió el embargo de un automóvil que le pertenecía al hombre. Con posterioridad, reclamó nuevos períodos impagos. En consecuencia, solicitó que se impusieran al demandado las medidas previstas por el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación. En particular, pidió que se le suspendiera la licencia de conducir y que se le prohibiera renovarla. Ambas medidas fueron admitidas. Debido a que el incumplimiento persistía, la mujer pidió que se trabara un embargo sobre un inmueble del demandado. Una vez que se cumplió con la medida, se presentó en el expediente la hermana del hombre. En su presentación, manifestó que su hermano le había donado la mitad del bien. Por lo tanto, solicitó la apertura de una cuenta judicial en la que depositó el monto adeudado. De esa forma, pidió que se cancelara el embargo. Sin embargo, la actora se opuso a ese pedido. En ese sentido, expuso que el progenitor demandado no estaba en condiciones de realizar una donación sin antes saldar la deuda alimentaria. Sobre esa cuestión, señaló que la hermana del accionado había actuado de mala fe, por lo que solicitó que se le aplicara la multa prevista por el artículo 83 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba. Resaltó que el monto embargado no alcanzaba para cubrir la deuda. Por último, la Asesora de Menores dictaminó a favor de mantener el embargo. |
28-dic-2021 | Vera y otros (causa Nº 40610) | Cinco hombres fueron condenados en el marco de una causa en la que se investigaba un homicidio en ocasión de robo. En la sentencia de condena se decomisó un vehículo. Las defensas interpusieron un recurso de casación. En lo relativo al decomiso señalaron que el rodado no pertenecía a uno de los imputados, sino que la titularidad correspondía a la hermana de uno de ellos. En la misma línea se sostuvo que no se había probado que el imputado hubiera utilizado el vehículo para cometer el delito, sino que se había demostrado que lo utilizaba de manera ocasional. |
26-jul-2022 | MCT (Causa N° 105899817) | Un hombre que vivía en la provincia de Mendoza escuchó gritos de auxilio en las proximidades de su casa y se comunicó con el servicio local de emergencias. En esa ocasión, denunció que había una voz femenina que pedía ayuda e indicó que podía tratarse de una situación de violencia de género. Sin embargo, la agente policial que atendió el llamado no dio curso a la denuncia y, sin justificación alguna, cortó la comunicación. La agente tampoco dio aviso a sus superiores ni identificó mediante el sistema informático el lugar de los hechos. Ese mismo día, la persona que había pedido ayuda fue asesinada. Con posterioridad, se inició una causa penal contra la agente en la que se comprobó que los gritos provenían de la adolescente víctima de femicidio. En consecuencia, se condenó a la agente por los delitos de abandono de persona e incumplimiento de los deberes de funcionario público en el marco de violencia institucional. Asimismo, se le impuso al Estado provincial que revisara los protocolos de intervención, que capacitara al personal en materia de violencia de género y que adecuara sus sistemas informáticos de geolocalización. Por su parte, los familiares de la víctima demandaron a la provincia de Mendoza por daños y perjuicios. En su presentación, señalaron que su dependiente había incumplido el protocolo interno debido a que había descartado la llamada por considerarla falsa. En ese sentido, los actores sostuvieron que si la operadora hubiera prestado el servicio de manera diligente, los móviles policiales cercanos habrían acudido al lugar de inmediato y se habría evitado el fallecimiento. Por su parte, la demandada se presentó y negó la relación causal entre la omisión de la agente policial y la muerte de la joven. Sobre ese aspecto, agregó que era un caso de dolo de un tercero por el que no debía responder y atribuyó responsabilidad a los progenitores por falta de cuidado. |
28-nov-2023 | ACL (Causa Nº 13288/2019) | En el marco de un expediente por aumento de cuota alimentaria a favor de una niña, se ordenó un embargo sobre el sueldo de su progenitor. Si bien el empleador del hombre quedó notificado de lo dispuesto, no cumplió ya que no retuvo las sumas correspondientes. Por esa razón, el juzgado interviniente intimó a la empresa a depositar la cuota alimentaria en la cuenta judicial en un plazo de tres días a partir de la retención de los haberes. Señaló que, de lo contrario, le impondría una multa y obligaría al presidente de la compañía a asistir a un Dispositivo de Abordaje para Varones que ejercen violencia. Con posterioridad, la actora informó que el empleador seguía sin efectuar los depósitos. |
18-dic-2023 | El incumplimiento de la obligación alimentaria como forma de violencia económica | Jurisprudencia nacional sobre el incumplimiento de la obligación alimentaria como forma de violencia económica (2017-2023). |
17-abr-2024 | ACL (Causa Nº 13288) | En el marco de un expediente por aumento de cuota alimentaria a favor de una niña, se embargó el sueldo de su progenitor. Lo dispuesto fue notificado al empleador del hombre, que no cumplió con la retención correspondiente. Luego, se intimó a la empresa a depositar la cuota alimentaria en un plazo de tres días desde que retuvieran los haberes. Así, el juez determinó que –de lo contrario– le impondría una multa y obligaría al presidente de la compañía a que asistiera a un Dispositivo de Abordaje para Varones que ejercen violencia. Con posterioridad, la actora informó que el empleador seguía sin efectuar los depósitos en la cuenta judicial. En consecuencia, se le impuso a la empresa el pago de una multa equivalente a un Jus diario por cada día de incumplimiento con la retención de haberes. Asimismo, dispuso el embargo de los activos financieros de la empresa por la suma adeudada en concepto de cuota alimentaria, de acuerdo con lo previsto por el artículo 551 del Código Civil y Comercial de la Nación. Además, ordenó que el presidente de la empresa debía concurrir a entrevistas a fin de ser admitido en un dispositivo de abordaje para varones que ejercen violencia en la ciudad de Olavarría. Estableció que, en caso que fuera admitido, debía participar de todos los encuentros previstos. Agregó que, si no cumplía el proceso de admisión en forma voluntaria, sería llevado por la fuerza pública. Por último, dio intervención a la justicia penal por el delito de desobediencia a una orden judicial. A pesar de todas las medidas impuestas, los incumplimientos por parte de la empresa continuaron. |
2-jul-2024 | GDS (Causa N° 972) | Un hombre conducía su vehículo por la vía pública en Las Heras, Mendoza. Frente a un control de tránsito, debió detener su marcha. En ese momento, los agentes allí presentes advirtieron que el conductor no llevaba puesto el cinturón de seguridad. Por ese motivo, labraron un acta de infracción, le impusieron una multa y le retuvieron la licencia de conducir. Ante esa situación, el hombre inició una acción de amparo. En su presentación, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de algunos artículos de le Ley de Tránsito local N° 6082, que determinaban que el incumplimiento del uso obligatorio del cinturón de seguridad era una falta vial grave. En ese sentido, planteó que la normativa contrariaba el principio de autonomía contemplado en el artículo 19 de la Constitución Nacional. El juzgado de primera instancia hizo lugar al reclamo. Entre sus argumentos, interpretó que la legislación cuestionada afectaba el derecho de defensa del actor ya que disponía el retiro inmediato de la licencia de conducir. Agregó que esa medida resultaba desproporcionada y le impedía ejercer su derecho de defensa. Por su parte, la cámara interviniente confirmó de manera parcial la sentencia de la anterior instancia. Para decidir así, consideraron que la no utilización del cinturón era una falta de gravedad. Sin embargo, entendieron que el artículo 28 de la ley de tránsito mendocina era inconstitucional dado que habilitaba la quita de la licencia y no otorgaba oportunidad para ejercer una defensa. Contra lo resuelto, el accionante interpuso un recurso de inconstitucionalidad, que fue rechazado por el Superior Tribunal de Mendoza. En ese marco, concluyó que la obligatoriedad del uso de cinturón de seguridad no invadía el ámbito de privacidad de las personas. Asimismo, señaló que la finalidad de la norma era prevenir daños a terceros. En consecuencia, el actor presentó un recurso extraordinario. Debido a que también fue rechazado, interpuso un recurso de queja. |
3-sep-2024 | Medidas razonables para el cumplimiento de la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental | El presente boletín recopila jurisprudencia nacional sobre medidas razonables para exigir el cumplimiento de la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental, conforme lo dispone el artículo 553 del CCyCN. |