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FechaTítuloResumen
22-dic-1994Daray, Carlos ÁngelEl proceso se inició con la detención de una persona que circulaba en un automóvil por la ciudad de San Rafael, provincia de Mendoza. A pesar de presentar la documentación correspondiente, el detenido fue trasladado a la sede de la policía. En la comisaría, declaró que sus hijos poseían “vehículos de industria extranjera con patentes colocadas diplomáticas”. Los funcionarios se dirigieron entonces al lugar señalado por el detenido. Luego de ello, se comunicó la detención al juez de la causa solicitando la orden de allanamiento al lugar donde se encontraban los automóviles.
5-may-2007Peralta Cano, Mauricio EstebanUn funcionario policial recibió una llamada anónima que informaba que en la intersección de dos calles había dos jóvenes en actitud sospechosa. Con esa información se dirigió al lugar, interceptó a las personas que allí se encontraba, las detuvo y las condujo al destacamento policial. Posteriormente se las requisó y se encontró entre sus ropas un envoltorio con marihuana. En virtud de ello, el Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de Mendoza lo condenó a un mes de prisión en suspenso por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal. Además, sustituyó la pena por una medida de seguridad. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación, el que fue denegado. En virtud de ello, se presentó un recurso extraordinario federal, cuyo rechazó motivó la interposición de un recurso de queja.
20-oct-2009Ciraolo, Jorge Ramón DanielLa Cámara Nacional de Casación Penal rechazó un recurso de casación interpuesto por la defensa. Dicha impugnación postulaba, entre otras cosas, la nulidad de la detención y requisa del imputado. Contra esa sentencia se presentó un recurso extraordinario federal que fue declarado inadmisible. Por tal razón, se presentó un recurso de queja.
19-jun-2013Vidal Valenzuela, Marcos Esteban y otrosCuatro personas fueron imputadas por dos hechos. En el marco del primero, se les imputó la tenencia de estupefacientes que les fueron secuestrados dentro de un automóvil en el que circulaban en el mes de octubre de 2010. Asimismo, se les imputó el delito de tráfico de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención de dos o más personas, llevado a cabo entre el 31 de mayo y el 18 de octubre del mismo año. Sin embargo, la defensa planteó la nulidad de los procedimientos. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal rechazó la presentación y condenó a los imputados. Contra esa resolución, la defensoría interpuso un recurso de casación.
6-dic-2013S H, LE y otrosLa Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional había dispuesto el sobreseimiento de un grupo de personas detenidas por ser halladas en poder de un teléfono celular presuntamente ajeno. Contra esa resolución, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación.
7-feb-2014Navarro, Roberto Yamil (dictamen)El tribunal oral había condenado al imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes tras rechazar el planteo de nulidad efectuado por la defensa. Contra esa resolución, se interpuso recurso de casación.
7-may-2014S, OAEn el marco de una inspección zoofitosanitaria de rutina, agentes procedieron a la detención de un micro y abrieron, al azar y sin orden judicial, una encomienda. Dentro de la misma se encontró un envoltorio recubierto con cinta de embalar. Así es que se dio intervención a personal policial, quien abrió el paquete y halló material estupefaciente. Por tal razón, se imputó el delito de transporte de estupefacientes a la persona que figuraba como remitente de la encomienda. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal lo condenó a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
11-nov-2014Pyzynski, Eduardo VictorEn el presente caso, el Fiscal General ante la Cámara Federal de Mar del Plata interpuso un recurso de casación contra el fallo de ese tribunal que consideró nula la requisa practicada sobre los imputados y el vehículo en el que transitaban y los sobreseyó. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la impugnación.
20-nov-2014Espinoza Gonzáles v. PerúEl presente caso se enmarca en un contexto de conflicto entre grupos armados y agentes de fuerzas policiales y militares del Perú, iniciado en 1980 y acrecentado por el golpe de Estado del 5 de abril de 1992 y que perduró hasta noviembre del año 2000. En este marco, regía en el país un permanente estado de emergencia que posibilitaba el recorte de garantías. Se aplicaba una legislación antiterrorista que por decreto establecía los delitos de terrorismo y traición a la patria así como la competencia de la justicia militar. Tenía lugar en el marco de las investigaciones de los delitos antes mencionados una práctica generalizada y sistemática de torturas y otros tratos crueles inhumanos y degradantes como instrumento de lucha contra los grupos armados y para la obtención de información. Asimismo, también era una práctica generalizada la violación sexual y otras formas de violencia sexual como medio de tortura. En este contexto, el 17 de abril de 1993 Gladys Carol Espinoza Gonzáles fue detenida junto a su pareja por agentes de la División de Investigación de Secuestros (DIVISE) de la Policía Nacional del Perú (PNP). Allí su compañero murió a causa de las heridas que ambos sufrieron durante la detención. Gladys permaneció incomunicada durante tres semanas sin que se registrara su detención, por lo que permanecía desaparecida para su madre y hermano que la buscaban. Mientras estuvo detenida, las condiciones fueron muy precarias: la comida, el agua, la iluminación eran escasas, la atención médica casi nula. Además, sufrió de golpes, violencia física y amenazas constantes, también durante las requisas, así como de violaciones y otro tipo de ataques sexuales. Esto le ocasionó lesiones físicas y psicológicas constatadas por informes médicos aunque tiempo después de producidas. En junio de ese mismo año fue condenada por el fuero militar a cadena perpetua por traición a la patria. En febrero de 2003 se anuló todo lo actuado y finalmente fue condenada a 25 años de prisión por delito contra la tranquilidad pública y terrorismo. Permanece detenida. Por los hechos denunciados por Gladys no se iniciaron investigaciones hasta el año 2012 como consecuencia de una visita de la CIDH, y recién en mayo se procesó a algunos de los implicados.
mar-2015Condiciones de detención (internacional)Jurisprudencia intenacional sobre las condiciones de detención
25-feb-2015R, R RUn vehículo fue interceptado en la vía pública por haber realizado una maniobra para eludir un control de tránsito operacional. Al hacer descender a sus ocupantes los policías advirtieron un olor particular que hizo suponer se trataría de sustancia prohibida y efectuada una requisa encontraron marihuana. Por ello los ocupantes fueron condenados por el delito de tenencia simple de estupefacientes a un año de prisión, multa y costas del juicio. La defensa pública oficial interpuso recurso de casación planteando la nulidad de la detención y la requisa del automóvil en el que circulaba su defendido, y todo lo obrado en consecuencia.
17-abr-2015Suárez Avila, José LuisEn el marco de un procedimiento policial de rutina se observó a una persona que poseía un elemento extraño que sobresalía de su pantalón. En razón de ello, la policía –sin convocar testigos– le solicitó que exhibiera sus pertenencias. En este marco, se evidenció que la persona detenida poseía marihuana.
21-abr-2015Rodríguez v. Estados UnidosEl señor Rodríguez había sido detenido por la policía por conducir por la banquina de la autopista. Luego de que se le requiriera su documentación, se verificaran sus antecedentes y se le impusiera una multa, el policía le pidió permiso para que un perro olfatee el vehículo, a lo que el conductor se negó. Sin perjuicio de ello, el agente procedió a la inspección y encontró drogas en el interior del automóvil. Rodriguez fue acusado por tenencia de drogas. El juez de primera instancia recomendó desechar los cargos por considerar que no mediaba sospecha razonable para mantener detenido al conductor y proceder a la inspección del vehículo después de que se le impusiera la multa. Sin embargo, aplicó un precedente del Tribunal del Distrito del Octavo Circuito y concluyó que prolongar la detención de Rodríguez por el lapso de entre “siente a ocho minutos” para que el perro pudiera olfatear el vehículo constituía una intromisión de minimis en los derechos consagrados en la Cuarta Enmienda (equiparable al artículo 18 de la Constitución Nacional en lo que atañe a la protección de la intimidad), por lo que resultaba permisible. La defensa solicitó la supresión de la acusación por considerarla violatoria del derecho a la intimidad y por entender que, en el caso, el policía carecía de una sospecha razonable para mantener la detención de Rodríguez. El caso llegó a la Corte Suprema estadounidense que hizo lugar a la solicitud de la defensa.
27-abr-2015Vega Latorrez, Matías y Medina Pablo SantiagoEl juzgado de primera instancia había convalidado un procedimiento policial de requisa de un automóvil (artículo 230 bis CPPN) en el marco de un control caminero ubicado en la rotonda de acceso al Aeropuerto de San Carlos de Bariloche. Allí, los oficiales de gendarmería, al advertir que el imputado realizó “maniobra[s] de frenado […] con indicios de duda”, le hicieron señales para que se detenga. Luego, solicitada la documentación del automóvil, el personal policial advirtió “cierto grado de titubeo y temblor en las manos [del conductor,] demostrando cierto grado de nerviosismo”. Asimismo “a través de la percepción del olfato”, los preventores identificaron olor a marihuana en el vehículo. El juez federal –a partir de consulta de los agentes– autorizó la requisa del automóvil. El procedimiento policial que dio inicio a la causa fue cuestionado por la defensa durante la sustanciación de un recurso de apelación ante la Cámara Federal de General Roca.
28-abr-2015Ferrari, Julio César y otrosUna denuncia telefónica anónima puso en conocimiento de la policía la existencia de un galpón en el que se almacenaban estupefacientes para su posterior comercialización. Luego de ello, el Secretario del juzgado emitió una orden para que se certificara la existencia del mencionado galpón y, en tal caso, se vigilaran sus inmediaciones. En ese marco, se detuvo a dos personas y, al requisar el vehículo en el que circulaban, se encontró un “ladrillo de cocaína”. A raíz de ello se detuvo a un tercer sujeto y se ingresó al galpón, donde se halló una mayor cantidad de droga. El Juez Federal de Quilmes dictó el procesamiento con prisión preventiva de los tres imputados por considerarlos responsables de los delitos de almacenamiento y transporte de estupefacientes. La Sala II de la Cámara Federal de La Plata declaró la invalidez del inicio de las actuaciones y de todos los actos consecutivos, por lo que dispuso su sobreseimiento.
22-may-2015Navarro, Roberto YamilEl tribunal oral había condenado al imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes tras rechazar el planteo de nulidad efectuado por la defensa. Contra esa resolución, se interpuso recurso de casación. Una vez en la Cámara, el fiscal dictaminó en favor de la concesión del recurso.
3-sep-2015Almonacid, Gustavo MartínEl Juzgado de instrucción había entendido que resultaba aplicable a un caso de tenencia de estupefacientes en el ámbito carcelario la doctrina elaborada por la CSJN en el caso “Arriola”. En consecuencia, sobreseyó al imputado. A tal efecto, explicó que el lugar y el modo en que fue encontrada la sustancia estupefaciente (oculta dentro de un termo en el marco de un procedimiento de requisa), sumado a su escasa cantidad, permitían inferir que la tenencia tenía por objeto su consumo personal y que esa conducta era propia de la esfera íntima del imputado. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la decisión. En razón de ello, el fiscal interpuso recurso de casación.
2-nov-2015QHT (causa Nº 56451)Personal del Programa contra la Violencia Institucional y de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación mantuvo entrevistas con la población trans alojada en el Complejo 1 (Módulo 6) y en el Complejo IV del Servicio Penitenciario Federal con el fin de indagar sobre sus condiciones de detención y su relación con las fuerzas de seguridad. En ese marco, denunciaron que, al ser alojadas en las unidades Nº 28 y 29 del SPF, para asistir a los comparendos judiciales, fueron sometidas a exámenes corporales y requisas degradantes e invasivos, llevados a cabo por agentes penitenciarios masculinos y sin intervención del personal sanitario o médico. Asimismo, indicaron que se les requirió desnudarse parcial o íntegramente y que, en ocasiones, fueron maltratadas verbalmente y observadas por varias personas. En consecuencia, la Defensoría General de la Nación interpuso una acción de habeas corpus en el que se postuló el agravamiento en las condiciones de detención de las personas trans que se encontraban a disposición del SPF. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción planteada y ordenó, entre otras medidas, la cesación inmediata del acto lesivo. Además, requirió que se arbitren los medios necesarios para que, frente al ingreso a las unidades en cuestión y, de resultar necesario practicar requisas personales por razones de seguridad penitenciaria y/o de los internos, se adopten los siguientes recaudos: a) que las requisas sean practicadas exclusivamente por personal médico; b) en caso de necesidad fundada, cuando sea necesaria un registro táctil sobre los requisados, se haga sobre prendas de vestir y prescindiendo de los desnudos totales o parciales, previa consulta a la persona involucrada respecto a su preferencia sobre la identidad de género de quien lo llevará a cabo, respetando en todo momento la intimidad del requisado. Frente a esta decisión, el Servicio Penitenciario Federal y el Servicio Central de Alcaidías interpusieron un recurso de apelación. Posteriormente, se sancionó el “Protocolo de Registro Corporal y Pertenencias de Personas Trans en la órbita del Servicio Penitenciario Federal Argentino”.
10-nov-2015Gutiérrez, Roque CecilioEn el presente caso, la policía de la provincia de La Rioja demoró a dos personas luego de que bajaran de un colectivo interceptado con motivo de un control vehicular. En ese marco se los requisó y se les secuestró más de medio kilo de marihuana. La defensa solicitó que se declare la nulidad de la detención y de la requisa que, en consecuencia, se llevó a cabo. El Juzgado Federal de La Rioja hizo lugar al planteo.