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Fecha | Título | Resumen |
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10-oct-1996 | HO (Causa N° 40) | En 1993, un hombre reclamó a la ANSES el reajuste de su haber jubilatorio. Sin embargo, el organismo rechazó su solicitud. De esa forma, le comunicó que había calculado la movilidad que le correspondía según las leyes vigentes. Frente a esa respuesta, el hombre apeló ante la entonces Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social. En marzo de 1995 –mientras aún tramitaba su recurso– entró en vigencia la Ley N° 24.463 que introdujo reformas al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. En ese contexto, el actor planteó la inconstitucionalidad del artículo 24 de la nueva norma, que disponía la conversión inmediata del procedimiento en aquellas causas en trámite ante la cámara. En ese sentido, el hombre destacó que lesionaba el principio de preclusión y su derecho de defensa, ya que suponía iniciar un nuevo juicio ante los juzgados de primera instancia. Luego, la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional a esa norma. Sostuvo que los beneficios previsionales tenían carácter alimentario y cubrían riesgos de subsistencia y ancianidad. Por lo tanto, entendió que la norma cuestionada retrotraía el trámite del proceso a una instancia concluida, lo que afectaba el debido proceso. Contra esa decisión, tanto la ANSES como el fiscal interpusieron recurso extraordinario federal. Entre sus argumentos, señalaron que bajo el régimen anterior debían aceptar las sentencias de la cámara, pues no tenían la posibilidad de probar la legalidad de los actos administrativos. Al respecto, ANSES indicó que los jueces fijaban haberes exorbitantes que colocaban al sistema previsional al borde del colapso financiero. Agregó que, mediante la ley 24.463 los litigantes solo debían adaptar los recursos que hubieran presentado a una demanda por reajuste de haber, bajo las reglas del proceso sumario. Por su parte, el fiscal opinó que la ley 26.463 era de orden público y materia federal, por lo que debía aplicarse de inmediato a los expedientes en trámite. Sobre ese aspecto, sostuvo que el actor no había obtenido una sentencia definitiva al momento de la sanción de la ley. |
29-ago-2012 | P, MA | Una persona se encontraba imputada por el delito de homicidio culposo. En oportunidad de iniciarse la audiencia de debate, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El fiscal se pronunció favorablemente y el tribunal hizo lugar al planteo. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de casación. |
23-oct-2014 | R, BE y otros | Varias personas se encontraban imputadas por violación de la ley Nº 23.737. Después de la sustanciación del debate oral, en su alegato de clausura, la defensa solicitó que se les concediera la suspensión del juicio a prueba. El fiscal se expidió de manera favorable. Sin embargo, el tribunal condenó a los imputados a penas de prisión. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Durante el término de oficina, sostuvo que el acuerdo entre las partes respecto de la probation tenía carácter vinculante para los jueces. |
12-mar-2015 | F, FG y otros | Una persona había sido sometida a juicio oral por el delito de robo con armas. Al momento de alegar, el fiscal estimó que el hecho calificaba como robo simple porque no se había acreditado la utilización de un arma. Por ese motivo, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El fiscal se opuso al pedido por extemporáneo. El tribunal oral denegó la solicitud y condenó al imputado a una pena de prisión en suspenso. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
10-feb-2017 | Goroso, Pablo Ezequiel | En el marco de un procedimiento de flagrancia, durante la audiencia de clausura, el fiscal de instrucción requirió la elevación a juicio sin solicitar la prisión preventiva del imputado. Concluida la instrucción, el acusador pidió la reapertura de la audiencia y, en esa oportunidad, la imposición de la medida cautelar. La defensa se opuso a la petición del fiscal con el argumento de que el pedido resultaba extemporáneo y que el momento procesal para solicitar la medida había precluido. A su vez, presentó un pedido de excarcelación. La jueza de instrucción denegó la excarcelación y dictó la prisión preventiva del imputado. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de apelación. |
7-mar-2017 | V, LD | Una persona había sido imputada de acuerdo al procedimiento de flagrancia. Durante la audiencia de clausura (art. 353 quinquies del CPPN), la defensa solicitó su excarcelación. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso. El juez de instrucción rechazó la solicitud y declaró la clausura de la instrucción. Sin embargo, no se expidió sobre la prisión preventiva del imputado. Por esa razón, la defensoría interpuso un recurso de apelación. |
may-2017 | Probation (CFCP) | Jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal sobre suspensión del juicio a prueba |
14-jun-2017 | FGC (causa Nº 70563) | Dos personas vendieron varios lotes a otras dos. Después de percibir una parte de la suma de dinero correspondiente a la transacción, omitieron realizar la transferencia mediante escritura a los adquirientes y vendieron los mismos lotes a terceros. Por estos hechos, fueron imputados por el delito de desbaratamiento de derechos acordados (artículo 173, inciso 11 del Código Penal). Las personas afectadas se constituyeron como parte querellante en el proceso penal y ejercieron acciones por la vía civil. En la etapa de juicio oral, la defensa solicitó que se le concediera la suspensión del proceso a prueba a sus asistidos. Los imputados ofrecieron ochocientos mil pesos en concepto de reparación patrimonial. La fiscalía y querella se opusieron por considerar que la posibilidad de reparación del daño por parte de los imputados era superior. Por esa razón, el Tribunal Oral rechazó la solicitud. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó esa resolución. Entonces, la defensa realizó un nuevo pedido de probation. En esa oportunidad, ofreció el pago de cien mil dólares. La representante del Ministerio Público Fiscal prestó su consentimiento para la concesión del instituto. La querella, en cambio, se opuso por entender que, de acuerdo al principio de preclusión de los actos procesales, la etapa prevista en el artículo 293 del Código Procesal Penal ya había sido agotada. Sin embargo, solicitó que, de concederles la probation a los imputados, se les impusiera la obligación de depositar la suma ofrecida en carácter de caución, a resultas de la sentencia que se dictase a futuro en sede civil. |
11-sep-2017 | CDM (causa Nº 117) | Un hombre había sido imputado por la infracción a la Ley de Marcas (ley N° 22.362), en concurso ideal con el delito de tenencia ilegítima de arma. Un juzgado le concedió la suspensión del juicio a prueba y dispuso la realización de tareas comunitarias. Una vez cumplidas, el representante del Ministerio Público Fiscal advirtió que el imputado no había pagado el monto mínimo de la multa prevista en los delitos que se le atribuían. Por tal razón, el juzgado fijó una multa de diez mil pesos como condición para disponer la extinción de la acción penal y el sobreseimiento. Contra esa decisión, el imputado interpuso un recurso de apelación in pauperis, que fue fundado por su defensa y reconducido como recurso de casación. La impugnación aludía a que, al momento de disponerse la probation, la fiscalía no había expuesto ningún agravio en relación a la ausencia del pago de la multa. |
18-oct-2017 | KHP y otro (causa Nº 29646) | B. se reunió con G. a fin de negociar un emprendimiento comercial. El encuentro tuvo lugar en la casa de B., donde también se encontraba un tercero, K. Luego de una discusión, el encuentro se tornó violento. Ante la falta de un acuerdo, B. le exigió dinero a G., quien le entregó su tarjeta de débito. A partir de ese momento, no se supo más de G. Durante la investigación de su desaparición, la policía obtuvo el registro de llamadas de los intervinientes y tomó conocimiento del lugar en el que se celebró el encuentro con la víctima. Por esa razón, detuvo a B. y le tomó declaración testimonial –bajo juramento de decir la verdad– en la comisaría. En su declaración, asumió haber golpeado a G. y vinculó a K. con el hecho. En esa línea, se analizaron las llamadas telefónicas entre la víctima y K., como así también imágenes en las que se veía a una persona encapuchada que utilizaba la tarjeta de débito de la víctima en un cajero automático. Con base en dicha prueba, la policía detuvo a K., quien también prestó declaración testimonial en la comisaría. Luego, las detenciones fueron formalizadas en sede judicial. Tres días después del hecho, G. fue hallado muerto. Su cuerpo presentaba severos golpes. Durante la instrucción, la defensa de B. sostuvo que, al momento de su declaración testimonial en sede policial, su asistido no era testigo sino sospechoso. Por tal razón, planteó la nulidad de la declaración. El juzgado rechazó la presentación. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión. En la etapa juicio, la defensa insistió sobre la nulidad del testimonio prestado en sede policial. El Tribunal Oral rechazó el planteo y condenó a los dos imputados a la pena de prisión perpetua por el delito de privación ilegal de la libertad con el fin de obligar a la víctima a hacer algo contra su voluntad, agravado por haber causado intencionalmente su muerte (artículo 142 bis, anteúltimo párrafo, del Código Penal). Para decidir de esa manera, consideró que la posibilidad de impugnar la declaración había precluido. Asimismo, entendió que, aun cuando la declaración de B. hubiese sido nula, existían elementos obtenidos de manera independiente – como las imágenes del cajero automático– que habrían llevado a la vinculación de K. al proceso. Contra esa sentencia, las defensas interpusieron recursos de casación. |
1-jul-2022 | Soto (causa N° 2091) | Un integrante de la policía había sido imputado por el delito de encubrimiento de contrabando. En el marco del proceso, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El juzgado interviniente no hizo lugar al pedido. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta el carácter de funcionario público de la persona imputada y consideró que el último párrafo del artículo 76 bis del Código Penal restringía la aplicación del instituto respecto de los delitos previstos en la ley N° 22.415. En consecuencia, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, señaló que debía declararse la inconstitucionalidad de la norma en tanto la exclusión establecida resultaba irrazonable. Durante su trámite ante la cámara interviniente, la causa fue elevada a juicio. |
29-ago-2023 | GGE (causa Nº 931) | En el marco de una causa penal, se investigó el delito de abuso sexual de un abuelo hacia su nieto. En la etapa de juicio oral, el hombre fue condenado a la pena de diez años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por la convivencia y el vínculo. La defensa recurrió la sentencia. Por ese motivo, la Sala Civil y Penal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró su nulidad y remitió las actuaciones para que otro tribunal dictara un nuevo pronunciamiento. Para decidir así, tuvo en cuenta que la sentencia condenatoria tenía un vicio grave e insubsanable sobre la deliberación que habían realizado los jueces. En ese sentido, destacó que sólo dos de los magistrados habían votado sobre la totalidad de las cuestiones planteadas y el tercero omitió expedirse sobre la calificación legal y el monto de la pena. Contra esa sentencia, el progenitor del niño que se había presentado como querellante, interpuso un recurso extraordinario. Ante su denegación, interpuso un recurso de queja. En esa oportunidad, solicitó que se restableciera la sentencia condenatoria. Entre sus argumentos, expresó que la decisión había sido arbitraria y había lesionado el interés superior del niño. Asimismo, resaltó la revictimización que había sufrido su hijo al haber sido convocado más de cuarenta veces a entrevistas durante el proceso. Por último, consideró que la sentencia afectaba la tutela judicial efectiva y los derechos de la víctima reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño. Por su parte, el Defensor General Adjunto, en representación del niño, indicó que mantener la solución impugnada implicaba su revictimización. Además, sostuvo que el tribunal analizó el caso sin observar el interés superior del niño y optó por reeditar la cuestión al declarar una nulidad de lo actuado en base a una justificación aparente. |
7-dic-2023 | Duarte (Causa Nº 745) | Una mujer denunció a su pareja de haberla amenazado con un arma y golpeado con patadas, puños y un palo. Por estos hechos, el hombre fue procesado por el delito de amenazas coactivas agravadas por la utilización de armas y lesiones leves, doblemente agravadas por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género y por la relación de pareja, en concurso ideal entre sí. La causa fue elevada a juicio oral y, concluido el debate, la fiscalía solicitó su absolución por el delito de amenazas coactivas agravadas por el uso de arma y sostuvo la acusación por el delito de lesiones leves doblemente agravadas. El tribunal oral dispuso la nulidad del alegato fiscal y señaló que las diferentes conductas atribuidas habían sido consideradas jurídicamente como una unidad de acción y que el planteo fiscal resultaba inadmisible por vulnerar la garantía constitucional contra la doble persecución penal. Por esa razón, el tribunal oral absolvió al hombre imputado. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. |