Buscar por Voces PLAN MÉDICO OBLIGATORIO

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FechaTítuloResumen
6-may-2024CDMS (Causa N° N° 37459)Un niño fue diagnosticado con un trastorno de crecimiento en los huesos (Acondroplasia) y contaba con certificado de discapacidad. Por ese motivo, su médico tratante indicó que debía realizar un tratamiento con la medicación Vosoritide (Voxzogo), que no se producía en Argentina. En esa oportunidad, el profesional destacó que no existía otra medicación con las mismas características en el mercado. Agregó que, una vez que se avanzara con el tratamiento, no podía suspenderse ni interrumpirse. En ese contexto, los progenitores del niño solicitaron a su prepaga la cobertura total del medicamento según la prescripción médica. Ante la negativa, presentaron una acción de amparo en representación de su hijo. El juzgado que intervino hizo lugar a la medida cautelar. En ese sentido, ordenó a la prepaga que acreditara el inicio de las gestiones de importación para garantizar la cobertura integral del tratamiento indicado. Contra esa decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que la Comisión Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Excelencia Clínica (CONETEC) no recomendó que se otorgara el medicamento por falta de experiencia científica y que había otros tratamientos alternativos. Asimismo, destacó que el medicamente no se encontraba incluido en el Plan Médico Obligatorio (PMO) y que insumiría un costo elevado en dólares. Por último, señaló que el medicamento no estaba autorizado por la Agencia Nacional de Medicamentos, Alimentos y Técnología Médica de la Argentina (ANMAT) para su utilización y distribución en el país. No obstante, manifestó que estaba inscripto en el registro de especialidades medicinales (REM). En ese contexto, intervino la defensa pública.