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FechaTítuloResumen
23-jun-2009Ni I-HsingEn 1995, una persona extranjera ingresó al país y pidió regularizar su situación migratoria para obtener la ciudadanía argentina . La autoridad administrativa le otorgó un certificado de residencia precaria que debía renovar cada tres meses. Sin embargo, en 1996, se le negó la solicitud, se declaró ilegal su permanencia en el país y se lo intimó a regularizar su situación bajo apercibimiento de ser expulsado. La autoridad migratoria sostuvo que el peticionario no había acreditado la inversión que se le exigió oportunamente (conf. disp. DNM Nº 002/94 anexo I) inc. “i” ) y no había residido legalmente en el país de modo continuo durante dos años . En 2001, el actor presentó una nueva solicitud para regularizar su situación migratoria. La autoridad administrativa rechazó el requerimiento con los mismos argumentos. El caso fue judicializado y culminó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
22-sep-2009SDUna persona de nacionalidad senegalesa ingresó al territorio argentino en diciembre de 2008 por un paso fronterizo que no estaba habilitado. En el año 2013, inició el trámite tendiente a la regularización de su situación migratoria en el marco del “Régimen Especial de Regularización de Extracción de Nacionalidad Senegalesa”. El pedido fue denegado porque su ingreso legal al país no se acreditó y no constaba en los registros de la DNM. En consecuencia, se declaró irregular su permanencia en Argentina y se le prohibió reingresar por el término de cinco años. Dicha decisión motivó la interposición de un recurso de reconsideración con un recurso jerárquico en subsidio. Las impugnaciones fueron rechazadas en la órbita administrativa, por lo que se interpuso un recurso judicial de conformidad con lo establecido en el artículo 69 septies de la ley Nº 25.871.
23-nov-2010Vélez Loor v. PanamáJesús Tranquilino Vélez Loor, de nacionalidad ecuatoriana, fue retenido el 11 de noviembre de 2002 en el Puesto Policial de Tupiza, en la provincia del Darién, República de Panamá. El motivo fue por no portar la documentación necesaria para permanecer en dicho país. Posteriormente, la Directora Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia dictó una orden de detención en su contra. El peticionario fue trasladado a una cárcel pública. El 6 de diciembre de 2002 se resolvió imponerle una pena de dos años de prisión por haber infringido las disposiciones del Decreto Ley Nº 16 sobre Migración de 30 de junio de 1960. La referida resolución no le fue notificada al peticionario. El 18 de diciembre de 2002, fue trasladado al centro penitenciario La Joyita. Mediante resolución de 8 de septiembre de 2003, la Directora Nacional de Migración resolvió dejar sin efecto la pena impuesta. El 10 de septiembre de 2003, fue deportado hacia Ecuador. Tras ser devuelto a su país, el señor Vélez Loor alegó haber sido víctima de actos de tortura y malos tratos ocurridos durante su estancia en los diversos centros penitenciarios.
11-jun-2011HC deducido por Dai Jianqing, Lin Xuehui, Xie Chenguang y Zhuang BishengCuatro ciudadanos chinos que no habían podido acreditar su ingreso regular al país ni su identidad fueron puestas a disposición de la Dirección Nacional de Migraciones, ordenó su expulsión y los retuvo hasta que esa decisión se encontrara firme. Ante la presentación de un habeas corpus, un tribunal dispuso su libertad bajo caución juratoria y ordenó a la DNM que documentara a los actores de acuerdo con el artículo 20 de la ley Nº 25.871. Frente a esto, la DNM interpuso un recurso de apelación.
11-nov-2013GC, JDEn el año 1991, en virtud de una disposición judicial uruguaya, un hombre de esa nacionalidad ingresó a la Argentina con el objeto de vivir con tu tía materna. Luego, migró al país su núcleo familiar completo, compuesto por su padre, la esposa de éste y sus hijos. En 2004 fue condenado por un tribunal a la pena de un año de prisión en suspenso. La Dirección Nacional de Migraciones –en marzo de 2009– rechazó su requerimiento de residencia permanente y canceló la residencia precaria que le había emitido, declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el término de cinco años. La determinación fue impugnada en sede administrativa y judicial.
31-mar-2015BR, ZCEn 1999, una persona extranjera había sido condenada a la pena de seis años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada. En 2006, solicitó la residencia en el país ante la DNM en el marco del Programa Nacional de Normalización Documentaria Migratoria para nativos de países del Mercosur y Asociados. A tal efecto, acreditó que vivía desde hacía veinte años en Argentina, tenía su grupo familiar en el país (madre, marido, hermano y sobrinos) y que, luego de cumplir la condena penal, se había reinsertado en la sociedad y contaba con un trabajo. La autoridad migratoria rechazó el pedido y ordenó su expulsión del país y la prohibición de reingreso por el término de quince años (conf. art. 29 inc. c, ley Nº 25.871). Ante el recurso directo presentado por la actora en sede judicial, la jueza de grado rechazó la demanda. Contra esa resolución, la accionante interpuso recurso de apelación.
12-ago-2015CC, R (JCAF)En el año 2000 una mujer de nacionalidad boliviana ingresó a la Argentina, donde vivía su hermana. A los siete meses conoció a su pareja, con quien tuvo una hija. En agosto de 2008 fue condenada por un tribunal a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Por esa razón, cuatro meses más tarde, el Ministerio del Interior –en el marco de un expediente de la Dirección Nacional de Migraciones– declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión y prohibición de reingreso por el término de ocho años. Contra esa resolución, interpuso un recurso de reconsideración. Al dictaminar sobre su procedencia, la Dirección de Asuntos Legales consideró que la situación de la actora encuadraba dentro de las excepciones del art. 29 in fine de la Ley de Migraciones. Sin embargo, el organismo rechazó la impugnación. Contra esa disposición, se interpuso un recurso de alzada, cuya denegatoria motivó la judicialización del caso.
feb-2017Migrantes (internacional)Jurisprudencia internacional sobre los derechos de las personas migrantes
mar-2017Migrantes. Jurisprudencia nacionalEl presente boletín tiene como finalidad actualizar la jurisprudencia nacional más relevante en materia de derechos humanos de las personas migrantes durante el periodo comprendido entre el año 2007 y 2017.
10-may-2017Observaciones finales sobre el quinto y sexto informe conjunto periódico de ArgentinaObservaciones finales sobre el quinto y sexto informe conjunto periódico de Argentina CAT/C/ARG/5-6), examinadas por el Comité contra la tortura de Naciones Unidas y aprobadas el 10 de mayo de 2017.
10-ago-2017Observación General 24Esta recomendación general, emitida por el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, profundiza las observaciones realizadas con anterioridad en relación con los efectos que las actividades empresariales tienen sobre el disfrute de derechos concretos del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Entre estos derechos, se destacaron los relativos a la salud, la vivienda, la alimentación, el agua, la seguridad social, el derecho al trabajo, el derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias y el derecho a fundar sindicatos y a sindicarse.
ene-2018El derecho de acceso a la justicia y la garantía del debido proceso de las personas migrantes en ArgentinaEl artículo introduce el fenómeno actual de las migraciones y los derechos y las obligaciones de los Estados en el marco de la movilidad humana y efectúa un análisis particular de la cuestión migratoria en la República Argentina. Enumera y analiza los problemas que se suscitan en la ejecución de las normas vigentes y reflexiona acerca del modo en que impactan –y, en algunas ocasiones, restringen– la posibilidad de las personas migrantes de acceder a la justicia y defender sus derechos. Además, describe de forma pormenorizada el modo en que la jurisprudencia abordó cada uno de los conflictos identificados
22-mar-2018CELS (causa Nº 3061)El Centro de Estudios Legales y Sociales, la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes y el Colectivo por la Diversidad presentaron una acción de amparo colectivo e impugnaron el decreto de necesidad y urgencia Nº 70/17, modificatorio de la ley 25.871, por considerar que resultaba violatorio del principio de legalidad y del debido proceso. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. Contra tal decisión los actores interpusieron un recurso de apelación.
8-may-2018Apaza León (causa Nº 39845)Una persona de nacionalidad peruana fue condenada a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso por el delito tentativa de robo en poblado y en banda. En abril de 2010 la Dirección Nacional de Migraciones (D.N.M) declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión con prohibición de reingresar por el término de 8 años. Para decidir así, tuvo en cuenta lo previsto en los artículos 3, inc. “j” y 29, inc. “c”. de la ley Nº 25.871 (texto anterior a la reforma introducida por el decreto de necesidad y urgencia 70/2017). Contra esa decisión, ALPR –con representación de la defensa pública oficial– interpuso un recurso judicial directo. El juzgado de primera instancia hizo lugar al recurso y declaró la nulidad de la disposición de la D.N.M. Por su parte, el organismo estatal interpuso un recurso de apelación. La cámara de apelaciones revocó la sentencia y confirmó la resolución dictada por la D.N.M. Para decidir de este modo los jueces sostuvieron que ALPR –que contaba con una condena– se encontraba dentro de uno de los supuestos previstos en artículo 29 inc. “c”, que establece como impediente para permanecer en el territorio “haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres (3) años o más”. Ante ello, el defensor público interpuso un recurso extraordinario federal y cuestionó la interpretación realizada por la cámara de acuerdo con la cual el inciso “c” mediante el uso de la disyunción “o” contiene dos causales diferentes de impedimento para el ingreso y permanencia en el país y postuló que la referencia que el mencionado inciso realiza del monto de la pena no califica solamente los antecedentes del migrante –que justifican su expulsión– sino también las condenas que hubiera recibido.
24-may-2018WX causa Nº (37103 2016)Un extranjero había ingresado al país de manera irregular y, después de dos años, solicitó la ciudadanía por naturalización. Para ello, solicitó que se declare la inconstitucionalidad del decreto Nº 70/2017 en tanto modificó el art. 2 de la ley Nº 346 (Ley de Ciudadanía) y estableció condiciones más estrictas para la obtención de la ciudadanía por naturalización. El reformado artículo, de acuerdo al marco normativo vigente, establece que pueden acceder a la ciudadanía por naturalización los extranjeros que acrediten haber residido en el país, como residentes permanentes o temporarios, en forma continua durante los dos años anteriores a la solicitud y manifestasen ante los jueces federales su voluntad de serlo. El Juzgado de primera instancia rechazó la inconstitucionalidad y ciudadanía peticionadas. Para decidir de ese modo, consideró que el actor ingresó al país de manera irregular, eludió los controles migratorios, y no tenía residencia permanente o temporaria en forma continua de acuerdo a los artículos 29 inc. k) y 27 de la Ley de Migraciones. Contra esa decisión, el Señor WX interpuso un recurso de apelación.
2-nov-2018Marca Choque (causa Nº 90248)Una persona de nacionalidad boliviana con residencia permanente desde 2009 y en pareja con una mujer argentina –con quien, además, tuvo una hija– fue condenada a la pena de tres años de prisión por el delito de robo agravado por haberse cometido con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada. Por este motivo, en junio de 2017 la Dirección Nacional de Migraciones le canceló la residencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. Dicha decisión motivó la interposición de una acción de revisión judicial.
1-mar-2019La interpretación de la causal de expulsión de extranjeros en la ley de migracionesEl presente artículo analiza el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Apaza León”. De esta forma, se desarrolla el modo en que el tribunal examinó el alcance del art. 29, inc. c) de la ley 25.871 en relación con las causas que impiden el ingreso y la permanencia de extranjeros en el territorio nacional. Asimismo, se explican los argumentos que se utilizaron para concluir que sólo se puede justificar tal proceder si la condena y los antecedentes a los que alude la norma son por los delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o bien con cualquier otro delito cuya pena mínima en la legislación argentina esté prevista en tres o más años de prisión.
6-ago-2019WN (Causa Nº 17217)WN nació en la República Popular de China y a los catorce años ingresó a nuestro país junto con su padre, su madre y su hermano. Al momento del ingreso, no se le requirió la presentación de sus pasaportes. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) entendió que la situación de WN encuadraba dentro de los impedimentos para ingresar o permanecer en el territorio nacional previstos por el artículo 29 inciso k) de la Ley Nº 25.871. En consecuencia, declaró irregular su permanencia en el territorio nacional y dispuso su expulsión del país con una prohibición de reingreso por el término de 5 años. Contra esa decisión, la adolescente interpuso diversos recursos administrativos y judiciales. En reiteradas oportunidades, expresó su deseo de permanecer en el país junto a su familia y amigos. En paralelo, la DNM inició procedimientos independientes de expulsión contra ambos progenitores de la adolescente. Así, la madre fue expulsada a China y el padre fue retenido a los fines de proceder a su expulsión. La defensa pública apeló la expulsión de la adolescente, mientras que el padre solicitó dejar sin efecto su retención.
sep-2019Migrantes (internacional)Actualización de la jurisprudencia internacional en materia de derechos humanos de las personas migrantes durante el periodo comprendido entre el año 2017 y 2019. Se identificación 24 sentencias que se presentan divididas por sistemas regionales de protección de derechos humanos.