Buscar por Voces CONSUMO PERSONAL DE ESTUPEFACIENTES
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Fecha | Título | Resumen |
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27-dic-2006 | Vega Giménez, Claudio Esteban | El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó a Claudio Esteban Vega Giménez a la pena de un año y dos meses de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes en infracción al art. 14, primer párrafo de la ley 23.737. La defensa oficial del nombrado interpuso recurso de casación por inobservancia de las normas sustantivas y procesales toda vez que, a su juicio, dada la escasa cantidad detentada y demás circunstancias que confluían en el caso, debía concluirse en que la tenencia era para consumo personal en el marco del art. 14, segundo párrafo de la ley 23.737. |
4-feb-2011 | Aguilar Millán, Cristian | La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán había declarado la inconstitucionalidad del art. 14, segundo párrafo, de la ley 23.737. En consecuencia, revocó la resolución de primera instancia y sobreseyó al imputado, a quien se le habían secuestrado en su dormitorio 0,2 gramos de cocaína. Frente a ello, el fiscal interpuso recurso de casación. |
mar-2014 | Delitos de competencia federal (nacional) | Jurisprudencia nacional sobre delitos de competencia federal (tenencia de estupefacientes, interrupción de vías de comunicación y transporte, infracciones a las leyes de marcas y/o propiedad intelectual, trata de personas). |
5-sep-2014 | M, L | Tres personas detenidas habían sido halladas con escazas cantidades de material estupefaciente. Por ese motivo, fueron imputadas por tenencia de estupefacientes para consumo personal. El juzgado de primera instancia los sobreseyó por aplicación del fallo "Arriola" de la CSJN. Ante el recurso presentado por el fiscal, la Cámara revocó el pronunciamiento. Para llegar a esa decisión, los jueces indicaron que la situación no podía ser equiparada a una actividad privada o íntima. A su vez, adujeron que el ámbito carcelario hacía factible el consumo de terceros y, por ende, un daño que tornaba inaplicable el estándar de la Corte. |
19-sep-2014 | A, AB | Durante un allanamiento al domicilio de una mujer, la policía encontró 17 cigarrillos de marihuana en el interior de un marquilla. El peritaje del material arrojó un peso total de 10 gramos pero no se pudo determinar su grado de pureza. Por este motivo la mujer fue detenida y, pese a aclarar en todo momento que lo incautado era para consumo personal, imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. |
10-oct-2014 | F, AA | Una persona había intentado entregar 2 gramos de marihuana a su hermano menor de edad que se encontraba detenido en una comisaría. Por ese hecho fue imputada por el delito suministro de estupefacientes a título gratuito (art. 5 inc. e segundo párrafo ley 23.737) en perjuicio de menores de edad (art. 11 inc. e ley 23.737) en grado de tentativa. |
may-2016 | Tenencia de Estupefacientes | Jurisprudencia sobre tenencia de estupefacientes para consumo personal y tenencia de estupefacientes en establecimientos carcelarios. |
31-may-2016 | Gómez y otro (causa Nº 6587) | Un policía realizaba tareas de prevención cuando advirtió que dos hombres intercambiaban un objeto en el interior de un vehículo. Por ese hecho, se estacionó detrás del rodado e hizo sonar la sirena. En ese instante, quien se encontraba del lado del acompañante, intentó descender y emprender la huida. Sin embargo, fue detenido. Una vez identificados, se procedió a la requisa. Fue así que se hallaron cien pastillas de éxtasis, dinero, chips de celulares, marihuana, LSD, y tarjetas de ingreso a fiestas electrónicas y pulseras a boliches bailables. Ante esas circunstancias, dada la gran cantidad de material estupefaciente, se dispuso el allanamiento de las moradas de los dos hombres. En ese procedimiento, secuestraron más de 1500 pastillas, 2 envoltorios de nylon con sustancia similar al clorhidrato de cocaína y 2 frascos de marihuana. Asimismo, se encontraron balanzas y cuadernos con anotaciones. Además, se advirtió una suerte de laboratorio en la morada por lo que se procedió a su franjado a la espera del arribo de personal especializado en la materia. De esa manera, los dos hombres fueron procesados con prisión preventiva en calidad de coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso ideal con el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de autor material. |
26-sep-2016 | Balali, Edgardo Gabriel | Una persona fue acusada por dos hechos vinculados con infracciones a la ley 23.737 por los que, finalmente, fue absuelto. En primer término, se le atribuía la tenencia simple de estupefacientes. El imputado Había sido detenido en la vía pública con quince envoltorios con cocaína y un cigarrillo de armado casero. Durante el debate, el representante del Ministerio Público Fiscal alegó que se trataba de un caso de tenencia para consumo personal y solicitó la desestimación de la acción penal. El Tribunal Oral –por aplicación de la doctrina del fallo “Tarifeño” de la CSJN– absolvió al imputado. En segundo lugar, se le atribuía el delito de transporte de estupefacientes. El proceso se inició por un control vehicular de un micro. En ese marco, uno de los policías reconoció entre los pasajeros –por sus antecedentes judiciales– a al imputado. Luego de hacer descender a todos los pasajeros del vehículo y solicitarles que retiren sus valijas, se requisó el equipaje de una adolescente que viajaba junto a él. Entonces, se secuestraron 584 gramos de marihuana. La defensa planteó, entre otras cuestiones, la nulidad del procedimiento. A tal fin, resaltó que no había mediado orden judicial para proceder a la detención y requisa de su asistido y que no concurrieron circunstancias que justificaran el actuar del personal policial en los términos del art. 230 del CPPN. |
5-jun-2017 | C, D | Un hombre se encontraba fumando un cigarrillo de marihuana en la vía pública, cuando fue observado por personal policial. En el lugar no había ninguna otra persona. El agente le solicitó que mostrara sus pertenencias. El imputado extrajo de uno de sus bolsillos once cigarrillos de elaboración casera y tres envoltorios de nylon con marihuana. El total del material estupefaciente secuestrado fue de 7 gramos. Por tal motivo, el juzgado federal dictó su procesamiento por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
15-sep-2017 | CLE y otro | Dos hombres que circulaban a bordo de un vehículo fueron interceptados por personal de Gendarmería Nacional. Del interior del automóvil se secuestraron diez gramos de marihuana (con 1,16% de concentración de THC) y un picador de plástico. En consecuencia, fueron imputados por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal (artículo 14, segundo párrafo, ley Nº 23.737). El juzgado de instrucción decidió sobreseerlos. Contra esa decisión, el fiscal interpuso un recurso de apelación. |
18-sep-2017 | LPA (causa Nº 4808 2016) | Una mujer ingresó como visita a la Unidad de Detención Nº 1 de Ushuaia. Durante el control rutinario, se hallaron, en su corpiño, 9,75 gramos de marihuana y papel para armar cigarros. Por ese hecho, fue imputada por el delito de entrega o suministro de estupefacientes a título gratuito, agravado por ser cometido en un lugar de detención, en grado de tentativa (artículos 5, inciso e y 11, inciso e, ley 23.737). Al prestar declaración indagatoria, la mujer declaró que era consumidora de marihuana y que, el día del hecho, se olvidó que tenía droga. El juzgado dictó su procesamiento. Para decidir de esa manera, sostuvo que la intención de la imputada era entregarle la droga al interno que iba a visitar. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, solicitó que se modificara la calificación por la de tenencia de estupefacientes para consumo personal y se sobreseyera a su asistida. |
10-oct-2017 | DMJ (causa Nº 5702) | Un individuo se encontraba investigado por el delito de cultivo de estupefacientes. Al practicarse un allanamiento sobre su domicilio, se hallaron diecinueve macetas, cinco frascos y dos latas con 186 gramos de marihuana. En oportunidad de prestar declaración indagatoria, el sujeto manifestó que cultivaba dicha sustancia para consumo personal. En tal sentido, explicó que no deseaba comprar en lugares que consideraba peligrosos, como así tampoco adquirir marihuana de mala calidad. Finalmente, sostuvo que siempre había consumido en el ámbito de su hogar. El juzgado dictó su procesamiento, en los términos del artículo 5, inciso a, de la ley Nº 23.737. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelación y Garantías de Necochea rechazó la impugnación, por entender que no se daban los presupuestos para considerar que la sustancia estupefaciente estuviera destinada al consumo personal. Llegadas las actuaciones a la etapa de juicio, la defensa solicitó el sobreseimiento de su asistido. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al planteo. |
17-nov-2017 | ADL (causa Nº 1251) p | La Sección de Controles Especiales de la Dirección General de Aduanas incautó tres sobres blancos que contenían anfetamina. En esos sobres se había consignado como destinatario a ADL. Por este motivo, se dispuso el allanamiento de su domicilio, en donde se encontraron distintas sustancias estupefacientes y una balanza. ADL fue imputado por los delitos de contrabando y tenencia de estupefacientes, ambos con fines de comercialización. Al momento de prestar declaración indagatoria, el imputado manifestó que había comprado la anfetamina –así como el resto de las sustancias encontradas en su domicilio– para su uso personal y que en ningún momento había intentado comercializarla. Sin embargo, el juez de instrucción dispuso su procesamiento por no haber acreditado la finalidad de consumo personal. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
1-dic-2017 | CHD (causa Nº 6660) | A través de una denuncia anónima, se informó que un hombre cultivaba plantas de marihuana para su producción y comercialización. Por tal razón, personal policial realizó tareas de investigación en el domicilio del sujeto, donde se identificaron plantas similares a las denunciadas. Sobre esa base, el juzgado libró una orden de allanamiento. En el procedimiento, se secuestraron veintiún plantines de marihuana y elementos para su consumo. El hombre fue imputado por el delito de cultivo de plantas destinado a la producción de estupefacientes, conforme al artículo 5, inciso a) de la ley N° 23.737. Al momento de prestar declaración indagatoria, el imputado sostuvo que cultivaba marihuana para consumo personal. Durante el debate, su defensa solicitó que el hecho se calificara como tenencia de estupefacientes para consumo personal, en los términos del artículo 5, penúltimo párrafo, de la ley N° 23.737. En ese sentido, planteó la inconstitucionalidad de esa figura –en línea con el precedente “Arriola” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación— y, en consecuencia, requirió la absolución de su asistido. |
2-feb-2018 | BCM (causa Nº 10853) | En el marco de una causa en la que se investigaba un robo, se ordenaron cinco allanamientos con el fin de buscar los elementos sustraídos. En uno de los domicilios se encontraron dos bolsas de marihuana con un peso de 204,79 gramos. Por ese motivo, el hombre que vivía allí fue imputado por el delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal, en los términos del artículo 14, segundo párrafo, de la ley N° 23.737. En oportunidad de prestar de declaración indagatoria, el imputado indicó que poseía problemas psicológicos y que consumía marihuana para su estabilización. En tal sentido, aportó un certificado médico confeccionado por su psiquiatra. El juzgado declaró la inconstitucionalidad de la figura y sobreseyó al imputado. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la resolución, lo que motivó la interposición de un recurso de casación. |
5-abr-2018 | LJA (causa Nº 19362) | Un individuo fue interceptado por personal policial en la vía pública. Entre sus pertenencias se hallaron 24,5 gramos de cocaína y 3 gramos de marihuana. Por tal razón, fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. En el informe médico practicado al sujeto se concluyó que éste consumía droga con frecuencia y que había intentado abandonar el consumo en reiteradas oportunidades. En la etapa de juicio, el individuo suscribió un acuerdo de juicio abreviado y reconoció ser consumidor. Por su parte, la fiscalía propuso que la calificación legal fuera modificada a tenencia de estupefacientes para consumo personal. Para decidir de ese modo, tuvo en consideración la cantidad de estupefaciente secuestrado, el informe médico y el reconocimiento del imputado de su condición de consumidor. El Tribunal Oral rechazó el acuerdo, por considerar irrazonable la calificación propuesta por la fiscalía en base a la cantidad de droga secuestrada. Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Además, durante el término de oficina, solicitó que, en caso de hacerse lugar a la impugnación, se declarara la prescripción de la acción penal por hallarse cumplido el plazo previsto el artículo 62, inciso 2º, del Código Penal. |
31-may-2018 | FSA (causa Nº 29679) | Un sujeto era agresivo con su pareja, le revisaba el teléfono celular y la amenazó de muerte en caso de verla con otra persona. En una oportunidad, ingresó a su domicilio y le exigió dinero para comprar droga. Al hacerlo, rompió algunas de sus pertenencias y le robó objetos de valor. Por tal razón, la mujer lo denunció ante la Oficina de Violencia Doméstica. En sede civil, un juzgado dispuso la prohibición de contacto por cualquier medio entre el individuo y la denunciante. Sin embargo, el sujeto intentó reiteradamente comunicarse con la mujer por vía telefónica. Por esos hechos, fue imputado por los delitos de robo, amenazas simples y coactivas y desobediencia, en concurso real entre sí. Durante la etapa de juicio, suscribió un acuerdo de juicio abreviado. En el marco de la audiencia, el imputado expresó que era adicto a las drogas y que se encontraba en tratamiento para superar su adicción. En tal sentido, manifestó que trabajaba en una panadería para costear la estadía en el centro de rehabilitación. Finalmente, la fiscalía solicitó que se le impusiera una pena de dos años de prisión en suspenso. Por su parte, la querella se expidió de manera favorable al acuerdo y solicitó su homologación. |
jul-2018 | Un mapeo de la jurisprudencia de la CFCP sobre la tenencia de estupefacientes para consumo personal | Este trabajo plantea analizar el modo en que la Cámara Federal de Casación Penal ha interpretado y aplicado la doctrina contenida en el caso “Arriola”, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A tal efecto, se indagará acerca del criterio con el que los jueces de la CFCP determinan si una tenencia de estupefacientes –en este caso, de marihuana– se encuentra amparada en el artículo 19 CN. |