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Título : M, L
Fecha: 5-sep-2014
Resumen : Tres personas detenidas habían sido halladas con escazas cantidades de material estupefaciente. Por ese motivo, fueron imputadas por tenencia de estupefacientes para consumo personal. El juzgado de primera instancia los sobreseyó por aplicación del fallo "Arriola" de la CSJN. Ante el recurso presentado por el fiscal, la Cámara revocó el pronunciamiento. Para llegar a esa decisión, los jueces indicaron que la situación no podía ser equiparada a una actividad privada o íntima. A su vez, adujeron que el ámbito carcelario hacía factible el consumo de terceros y, por ende, un daño que tornaba inaplicable el estándar de la Corte.
Argumentos: La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal casaron la resolución de la instancia anterior y mantuvieron lo decidido por el juzgado de primera instancia. Para arribar a esta conclusión, los jueces sostuvieron que “la circunstancia de que la imputación de tenencia para consumo personal esté dirigida a una persona detenida en un establecimiento penitenciario, no implica por sí solo que se haya producido un daño a bienes o derechos de terceros. Para determinar esa afectación resulta también necesario realizar un examen sobre las particulares especificidades del caso”. En este marco, afirmaron que en el caso en estudio “no se ha invocado ninguna circunstancia que demuestre que la conducta de los imputados haya ocasionado – en concreto- un daño o un peligro a derechos o bienes de terceros, conforme a la doctrina del fallo [Arriola]”.
Tribunal : Cámara Federal de Casación Penal, Sala II
Voces: ESTUPEFACIENTES
TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES
SOBRESEIMIENTO
CONSUMO PERSONAL DE ESTUPEFACIENTES
DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD
CÁRCELES
LEY DE ESTUPEFACIENTES
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Rodriguez (Causa n°8956)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/M, L.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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