Buscar


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-10 de 411.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
16-may-2024Moreira (causa N° 9679)Un hombre había sido condenado en dos oportunidades a una pena de prisión. Sin embargo, no había llegado al período de prueba previsto por la Ley de Ejecución Penal. Luego, fue condenado como coautor del delito de robo agravado por su comisión con un arma de fuego a la pena de ocho años de prisión. Además, fue declarado reincidente. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, dejó sin efecto la declaración de reincidencia. En ese sentido, consideró que el período de la pena de prisión cumplido de manera efectiva en las dos condenas previas no había sido suficiente para satisfacer el requisito de cumplimiento parcial de pena privativa de la libertad anterior a la comisión de un nuevo delito. Así, entendió que sólo podía contar como cumplimiento parcial la ejecución de una pena que hubiera permitido al condenado transitar todas las fases del período de tratamiento e ingresar al de prueba. Contra esa decisión, la representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso extraordinario federal basado en la arbitrariedad de los fundamentos de la sentencia. La impugnación fue declarada inadmisible, lo que motivó un recurso de queja.
30-abr-2024Candia (Causa N°14745)Luego de una discusión con su pareja, un hombre presentó quemaduras en su cuerpo y su novia solicitó auxilio médico para asistirlo. Una vez en el hospital, el hombre falleció. Por este hecho, la mujer fue detenida y citada a declaración indagatoria. En esa oportunidad, señaló que el hombre se volcó alcohol en el cuerpo y se prendió fuego. Asimismo, declaró que su relación de pareja era conflictiva y que sufrió episodios de violencia física y psicológica por parte del hombre. En el sumario se tomó declaración, entre otras personas, a los preventores que entrevistaron a la mujer en el hospital, quienes manifestaron que brindó versiones contradictorias. La mujer fue procesada con prisión preventiva e imputada por el delito de homicidio agravado por mediar relación de pareja con la víctima. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
11-abr-2024Karter v. UcraniaUn reconocido activista de la comunidad LGBTIQ+ fue agredido cuando se encontraba junto a un amigo en la calle. Los agresores profirieron insultos homofóbicos, les propinaron golpes y les robaron algunas pertenencias. El hombre denunció esos hechos a la policía y alegó que el ataque había sido motivado por prejuicios homofóbicos. La fiscalía caratuló las actuaciones como robo en concurso con lesiones leves. En el marco de la investigación, no se indagó sobre la posible existencia de motivos discriminatorios.; Algunos meses más tarde, el hombre sufrió otro episodio de violencia física y verbal cuando se encontraba en la calle con otra persona. En esa oportunidad también los agresores realizaron comentarios homofóbicos y efectuaron golpes y patadas. Al denunciar los hechos, el hombre alegó que la agresión había tenido motivos discriminatorios. Sin embargo, la fiscalía calificó la causa como lesiones leves y dejó de lado la posible motivación homofóbica. En esa línea, desconoció la calidad de víctima del hombre por falta de pruebas de lesiones físicas. Las investigaciones fueron suspendidas en varias ocasiones y finalmente las causas fueron archivadas.
3-abr-2024SMC (CAUSA Nº 23578)Una mujer tenía una discapacidad por la que requería acompañamiento de manera permanente. Por ese motivo, solicitó a su cobertura de salud que le otorgara asistencia domiciliaria. En respuesta, la obra social le negó la cobertura de la prestación. A cambio, le otorgó una ayuda económica para subsidiar la asistencia requerida. En consecuencia, la mujer hizo uso de ese subsidio. Sin embargo, el monto era insuficiente para costear la asistencia domiciliaria. Por esa razón la mujer promovió una acción de amparo contra la obra social y solicitó el dictado de una medida cautelar para que solventara la prestación. En concreto, pidió la cobertura total de la asistencia domiciliaria, a través de un salario digno a favor de su acompañante. El juzgado de primera instancia otorgó la medida cautelar, pero con posterioridad, rechazó la acción de amparo. Para decidir así, consideró que la controversia era una cuestión patrimonial y que la actora no había justificado el monto de los honorarios de su acompañante, ya que lo había fijado de manera unilateral. Asimismo, afirmó que la accionante conocía los costos que demandaba la atención del acompañante elegido y que, por lo tanto, no podía después pretender que la obra social se los cubriera. A continuación, el juzgado dictó una resolución, en la que dispuso que la medida cautelar concedida era irrevocable y que pasaba a ser propiedad de la solicitante. Aclaró que, si la demandada reclamaba la devolución de lo otorgado como cautelar, debía hacerlo por la vía procesal pertinente. Contra lo resuelto, la mujer interpuso recurso de apelación. Sostuvo que el juzgado había interpretado el reclamo como patrimonial cuando se afectaba su derecho de acceder a la prestación de asistencia domiciliaria en virtud de su discapacidad. Por su parte, la cobertura de salud también apeló. En su presentación, solicitó la devolución de los fondos pagados a la actora de manera cautelar, dado que lo contrario implicaba una afectación a su derecho de propiedad.
13-mar-2024GRE (Causa N° 54)Dos empresas mineras estadounidenses se instalaron décadas atrás en el Altiplano. Así, iniciaron obras de explotación de litio en la Cuenca Salar Hombre Muerto, territorio compartido por las provincias de Salta y Catamarca. Pese a que las autoridades provinciales habilitaron los proyectos, los vecinos y la comunidad indígena de la zona –Atacameños del Altiplano– no recibieron información ni fueron consultados en forma previa. Tampoco se realizó la evaluación de los efectos de la actividad minera. En ese marco, un hombre –en calidad de Cacique y asistido por un equipo de trabajo conformado por la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Catamarca y por el Programa sobre Diversidad Cultural– inició una acción de amparo ante el fuero federal con asiento en Catamarca. En su presentación, demandó a la provincia de Catamarca, así como al Estado Nacional. Entre sus argumentos, señaló que la actividad de las empresas había causado un daño irreparable al ambiente. Sobre ese aspecto, sostuvo que para la extracción del litio se utilizaban miles de litros de agua dulce y salada, lo que ocasionaba que se secaran los ríos que formaban parte de la subcuenca glaciar. Como medida cautelar, el actor solicitó que se ordenara al estado provincial a dejar sin efecto aquellos decretos y resoluciones que habían autorizado los proyectos hasta que se efectuara una evaluación de impacto ambiental interjurisdiccional y acumulativa. A su vez, pidió que en todo el proceso participaran las comunidades indígenas y los pobladores. Sin embargo, el juzgado federal se declaró incompetente y dispuso la remisión del expediente a la justicia ordinaria de Catamarca. Si bien esa resolución fue apelada, la cámara la confirmó. Frente a lo decidido, el actor se presentó con nuevo patrocinio letrado y reencuadró la demanda. En ese sentido, pidió que se declarara la nulidad de los permisos que se habían otorgado ya que no se había cumplido con la obligación de celebrar audiencias públicas con la comunidad afectada.
13-mar-2024MFI c. OSDE (Causa N°1461)Un hombre era jubilado y estaba afiliado a una cobertura de salud privada desde hacía muchos años. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio del sistema de medicina prepaga–, la cobertura de salud le incrementó el valor de la cuota un 86% en el transcurso de 3 meses. Por ese motivo, el hombre inició una acción de amparo contra la empresa. En su presentación, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del DNU. Argumentó que su dictado había excedido los límites establecidos en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional. En esa oportunidad, solicitó además una medida cautelar para que se suspendieran los efectos jurídicos del decreto hasta la sentencia definitiva.
12-mar-2024TCM (Causa N° 2022)Una mujer y un hombre se divorciaron tras diez años de vínculo matrimonial. En ese marco, iniciaron de manera recíproca varios expedientes que tramitaron ante el fuero civil patrimonial. Entre los numerosos conflictos, discutían sobre las contribuciones que habían realizado con respecto a una casa y a una lancha que tenían en carácter de copropietarios. En una de esas causas, al momento de resolver la jueza interviniente reparó en las expresiones de menosprecio que el hombre había dirigido hacia su ex cónyuge en distintas ocasiones. En otro expediente, la cámara advirtió que los constantes reclamos judiciales del hombre eran una forma de ejercer violencia hacia la mujer. Con posterioridad, el hombre requirió ante la justicia comercial la quiebra de su ex cónyuge con motivo de deudas que le atribuía sobre los bienes comunes. Sin embargo, el juzgado rechazó el pedido. En ese sentido, consideró que no había probado que la mujer se encontrara en estado de insolvencia. No obstante, le impuso a la mujer las costas del proceso en virtud de la mora en el pago de sus obligaciones. Contra ese último aspecto, la mujer interpuso un recurso de apelación.
12-mar-2024ARE c. Swiss Medical (Causa N° 1096)Una mujer tenía una cobertura de salud privada. La mujer tenía afecciones de salud que afectaban su movilidad y contaba un certificado de discapacidad. A su vez, transitaba un tratamiento de salud mental. En ese marco, requería seguimiento médico constante y debía tomar medicación. Además, era titular de una pensión por discapacidad. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio del sistema de salud de la medicina prepaga– la cobertura de salud aumentó de forma significativa las cuotas a sus afiliados. Así, en el transcurso de dos meses incrementó en un 158% su valor. Sin embargo, a lo largo de esos meses, los ingresos de la mujer no aumentaron. En ese contexto, con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Rio Grande, interpuso una acción de amparo contra la cobertura de salud. Por su parte, solicitó una medida cautelar para que se suspendieran los aumentos durante el proceso.
5-mar-2024RNS c. Galeno (Causa N° 1192)Una mujer y su hija menor de edad estaban afiliadas a una cobertura de salud privada. La niña tenía una discapacidad psicosocial y requería prestaciones educativas, de apoyo escolar y de rehabilitación. A su vez, los únicos ingresos del grupo familiar provenían del trabajo en relación de dependencia del progenitor. Luego del dictado del DNU 70/23 –que desreguló el marco regulatorio del sistema de salud– su cobertura aplicó aumentos importantes en las cuotas mensuales. De esa manera, la cuota llegó a representar la mitad de los ingresos del grupo familiar. En ese marco, la mujer inició un amparo contra la cobertura para que no se aplicaran esos incrementos. A su vez, interpuso una medida cautelar para la suspensión de los aumentos durante el proceso. Luego, el juzgado de primera instancia corrió traslado de la demanda a la accionada por un plazo breve. En esa oportunidad, la cobertura de salud expresó que existía un gran retraso en el valor de las cuotas de los asociados. Manifestó que había procedido de forma legal al momento de implementar y notificar los aumentos a los afiliados.
24-feb-2022Kulanczynsky (Causa N°1252)Un grupo de personas inició una acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional a fin de que se declarase la inconstitucionalidad de la Ley N°27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En su presentación, afirmaron que la norma lesionaba y amenazaba el derecho a la vida de las personas por nacer. Además, justificaron su legitimación para representar a ese colectivo en su calidad de ciudadanos. Luego, el juzgado de primera instancia rechazó la acción. Para resolver de esa manera, entendió que era necesario que los actores acreditaran que la norma cuestionada les provocaba un daño concreto para que hubiera un caso judicial, según la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De esa manera, el juez consideró que la condición de ciudadano no era suficiente para demostrar un interés concreto, inmediato y sustancial. Contra esa decisión, los actores presentaron un recurso de apelación. En esa oportunidad, expresaron que el artículo 1 de la Ley Nº26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes otorgaba una legitimación extraordinaria a cualquier ciudadano para restituir el goce de derechos de las personas menores de edad. Además, sostuvieron que era una norma de orden público y que estaba involucrado el interés superior. A su vez, señalaron que las madres que decidían abortar no podían representar a las personas por nacer, dado que existían intereses contrapuestos. Con posterioridad, el fiscal general dictaminó y consideró que los actores no tenían legitimación para iniciar el amparo. En concreto, sostuvo que no se habían reunido los requisitos de la legitimación extraordinaria ya que los argumentos eran genéricos y no referían a un caso concreto. Luego, los demandantes denunciaron como hecho nuevo una sentencia de Salta en la que se había reconocido legitimación activa a los accionantes para representar a niños, niñas y adolescentes en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Nº26.061.