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FechaTítuloResumen
29-nov-2025Calcaterra y otroEn el marco de un proceso penal, la Cámara Federal de Casación Penal había declarado la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 1 con competencia electoral. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la nulidad de la decisión. Entre sus argumentos, señaló la falta de notificación e intervención de la Unidad de Información Financiera (UIF) como querella.
29-may-2026Acceso a los primeros actos de investigación penal y el derecho a conocer la prueba de cargo: estándares sobre violaciones a los artículos 8 de la CADH y 6 de la CEDHEste boletín de jurisprudencia internacional sistematiza las principales sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos orientadas al análisis del derecho de defensa en el marco de los procesos penales. A través del estudio de los artículos 8 de la CADH y 6 del CEDH, el documento aborda la vigencia del derecho de las personas a conocer la información que existe en su contra en etapas tempranas y el deber de revelación por parte del órgano acusador. El objetivo de este trabajo es aportar herramientas conceptuales y argumentos de raigambre convencional que fortalezcan el litigio y optimicen la actuación de la defensa pública frente a las tensiones cotidianas en el acceso a la evidencia y a los primeros actos de investigación.
18-may-2026Derecho Penal AmbientalEl presente trabajo se realizó de manera conjunta con el Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la UBA, el Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales Ambrosio L. Gioja y la Universidad Maimónides1. El boletín recopila decisiones en materia de derecho penal ambiental de distintos tribunales nacionales dictadas entre los años 2007 y 2026. Los casos escogidos permiten reconstruir los principales criterios en torno a la persecución penal de conductas que afectan el ambiente y la salud pública.
14-may-2026Vargas (causa N° 1601)En el marco de una causa penal que tramitaba ante la justicia nacional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la defensa de un imputado planteó la incompetencia en razón de la materia. Ante su rechazo, presentó un recurso de casación que también fue denegado. En consecuencia, presentó un recurso de inconstitucionalidad en los términos del artículo 27 de la ley N° 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para justificar la aplicación de esta norma, sostuvo la transitoriedad de la justicia nacional en la ciudad conforme a los precedentes “Corrales” y “Nisman” de la CSJN. Del mismo modo, recordó el precedente “Bazán” en el que se había resuelto que el Tribunal Superior de Justicia de CABA debía decidir los conflictos de competencia que se plantearan entre dos órganos jurisdiccionales con competencia no federal con asiento en este distrito. Por último, invocó los precedentes “Levinas” y “Chocobar” del Tribunal Superior de Justicia de la CABA, que habían hecho lugar a la pretensión de que ese órgano entienda en recursos de inconstitucionalidad presentados contra los pronunciamientos de las cámaras nacionales. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró improcedente el recurso. Para así decidir, entendió que no podía derivarse de los precedentes invocados la posibilidad de alterar el esquema de competencias y valerse de una normativa distinta a la aplicable en el proceso (Código Procesal Penal de la Nación). Sin embargo, con posterioridad a la decisión, el Tribunal casatorio recibió un oficio proveniente del STJ de la CABA que dejaba sin efecto el auto que denegaba el recurso de inconstitucionalidad y disponía que se confiera su traslado para pronunciarse sobre la admisibilidad. Ante esta circunstancia, la Sala I declaró que no correspondía adoptar ningún temperamento e hizo saber al TSJ que no sustanciaría nuevos oficios dirigidos a la Sala relativos a la temática. En ese contexto, la defensa recurrió ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
may-2026Derecho penal y administrativo sancionador en materia electoralEl presente boletín reúne una selección de decisiones judiciales relevantes en materia de derecho penal electoral y sancionador administrativo dictadas durante el período comprendido entre los años 2025 y 1999. El recorte incluye pronunciamientos de la Cámara Nacional Electoral, de la Cámara Federal de Casación Penal y de juzgados federales con competencia electoral, lo que permite ofrecer una mirada articulada entre criterios de primera instancia y estándares fijados por los tribunales de alzada.
30-abr-2026TAC (Causa N° 49482)En 2016, la ANSES y la Secretaría de Comunicación Pública celebraron un Convenio Marco de Cooperación, que fue aprobado luego por la Jefatura de Gabinete de Ministros. En esa oportunidad, acordaron el intercambio electrónico de información alojada en sus bases de datos. En ese contexto, una mujer promovió una acción de hábeas data contra la ANSES con el objeto de preservar sus datos. En su presentación, sostuvo que había consentido la utilización de su teléfono y mail a los efectos del trámite de su jubilación. En ese sentido, expuso que el uso de esa información para otras finalidades afectaba su derecho a la privacidad y a la confidencialidad de los datos personales. Si bien en primera instancia se rechazó la acción, con posterioridad la cámara la admitió. Para decidir de ese modo, los jueces remarcaron el principio general del artículo 5, inciso 1 de la Ley N° 25326 de Protección de los Datos Personales, según el cual el tratamiento de información personal requiere la autorización de sus titulares. Asimismo, entendieron que en el caso no se configuraban las causales previstas por la referida norma para eximir al Estado de su obligación de recabar el consentimiento. En particular, valoraron que esas excepciones se limitaban a dos supuestos: cuando el manejo de datos tuviera como propósito la defensa nacional, la seguridad pública o la represión de un delito; o cuando la cesión de datos se realizara en razón de las competencias legales de los organismos estatales. Contra lo resuelto, la parte demandada interpuso un recurso extraordinario federal. Aunque fue concedido debido a la naturaleza de las normas involucradas, se rechazó el planteo de arbitrariedad, lo que motivó una queja por parte del Estado Nacional. Entre sus argumentos, manifestó que la interpretación de la alzada era errónea, ya que no surgía del texto de la referida ley. Además, expresó que la cesión de datos entre la ANSES y la Secretaría de Comunicación Pública era válida porque ambos entes habían actuado en el ámbito de sus competencias. Por último, destacó que la actora no había demostrado una molestia concreta por parte del Estado, así como tampoco la titularidad de un teléfono y de un correo electrónico.
24-abr-2026Roth (Causa N° 27116)Una querella de una causa penal presentó un recurso de casación. El tribunal de alzada hizo lugar a la impugnación, anuló la decisión previa y ordenó que el proceso continuase a la etapa de juicio oral. Contra esa resolución, la defensa técnica de una de las personas imputadas interpuso un recurso de inconstitucionalidad. Entre sus argumentos, sostuvo que su reclamo se había basado en el artículo 27 de la ley N° 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que regulaba la impugnación de normas ante el Tribunal Superior de Justicia. Además, solicitó la suspensión de la audiencia de juicio e indicó que existía una oferta de reparación integral del daño, pendiente de resolución firme. Por último, invocó el derecho a la revisión judicial y garantías constitucionales. Los coimputados adhirieron al planteo. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal y la querella rechazaron la concesión de la vía extraordinaria.
24-abr-2026Honorable Consejo Deliberante de El Calafate (Causa N° 5187)El Consejo Deliberante de El Calafate, junto con la Municipalidad de esa ciudad y algunos legisladores provinciales promovieron una acción colectiva de amparo ambiental contra el Estado Nacional, con la finalidad de que se declarara la inconstitucionalidad, inconvencionalidad y nulidad absoluta de la reforma de la Ley N° 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial. Asimismo, solicitaron el dictado de una medida cautelar de no innovar para que se suspendieran los efectos de la normativa cuestionada hasta el dictado de la sentencia definitiva. Ello con el objetivo de evitar la eventual producción de daños irreversibles. En su presentación, señalaron que los glaciares y el ambiente periglacial constituyen reservas estratégicas de recursos hídricos, esenciales para la regulación de cuencas y el abastecimiento de agua. Especificaron que su afectación podría comprometer el acceso a dicho recurso, en un contexto de cambio climático y creciente estrés hídrico, con particular incidencia en la región patagónica y en la Provincia de Santa Cruz. En ese sentido, indicaron que la reforma legislativa podría implicar una regresión en los estándares de tutela ambiental establecidos por la Ley N° 26.639. Al respecto, manifestó que el traslado a las provincias de facultades correspondientes al Congreso de la Nación, la determinación del objeto protegido y la autorización de actividades con impacto ambiental afectaban al sistema de presupuestos mínimos previstos en el artículo 41 de la Constitución Nacional.
24-abr-2026GD (Causa N° 22544)Una mujer presentaba algunas afecciones de salud, entre ellas obesidad mórbida y prediabetes. A raíz de su cuadro de salud, su médica le indicó la medicación semaglutida. En consecuencia, la mujer solicitó a su obra social la cobertura del tratamiento prescripto. No obstante, su pedido fue rechazado. En esa ocasión, le informaron que el medicamento no estaba contemplado en la Ley N° 26396 de Trastornos alimentarios. Agregaron que no había evidencia científica que la semaglutida arrojara mejores resultados en comparación con otros tratamientos convencionales. En ese marco, la mujer acudió a la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Mercedes. Con el patrocinio de esa defensoría, intimó a la obra social, que de nuevo denegó la solicitud. Ante esa situación, la mujer inició una acción de amparo. Como medida cautelar, pidió la cobertura integral, ininterrumpida e inmediata de la referida medicación. Antes de dictar sentencia, el juzgado interviniente remitió el expediente al Cuerpo Médico Forense. En concreto, requirió que determinara si el medicamento solicitado era adecuado al estado clínico de la actora. Por su parte, los profesionales del CMF respondieron que el tratamiento indicado resultaba acorde a la situación de salud de la mujer y que no surgían contraindicaciones en su caso.
23-abr-2026Valdez (Causa N° 61007837)Un integrante de la Prefectura Naval Argentina fue imputado por falsificar actas en el Libro de Registros de Habilitaciones Náuticas. Los hechos investigados habían ocurrido en 2009, mientras que la persona fue citada a juicio en agosto 2019. En julio de 2025 el tribunal oral fijó fecha para el debate y en octubre de ese año la condenó a una pena de ejecución condicional e inhabilitación absoluta por el delito de falsificación de documento público agravado por su condición de funcionario público (artículos 292 y 298 CP). Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta que el auto que fijó la fecha de debate del juicio oral había interrumpido el curso de la prescripción de la acción penal debido a que resultaba “un acto procesal equivalente” a la citación a juicio prevista en el artículo 67, inciso d, del CP. La defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, planteó la prescripción de la acción penal debido a que habían transcurrido más de seis años sin que mediara un acto interruptivo entre la citación a juicio (26/8/2019) y la sentencia (7/10/2025). En ese sentido, señaló que ese plazo había excedido el máximo de la escala penal prevista en el artículo 292 CP. A su vez, sostuvo que la tramitación del proceso a lo largo de dieciséis años afectó el derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal coincidió con la defensa respecto de la extinción de la acción penal y solicitó que se haga lugar a la impugnación.