Buscar


Filtros actuales:

Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-10 de 85.
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
5-dic-2019Romero (causa nº10041)Una mujer fue detenida e imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas. La imputada se encontraba a cargo del cuidado de sus cuatro hijos menores de edad. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El juzgado hizo lugar al pedido. El arresto domiciliario fue revocado por el incumplimiento de las pautas de conducta impuestas. Entonces, la defensa volvió a solicitar su concesión. La fiscalía se pronunció de forma desfavorable y el juzgado rechazó el planteo. La resolución fue dictada sin haberle dado intervención a la asesoría de menores. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la resolución. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Por otra parte, la Unidad Funcional de Personas Menores de 16 años, en representación de los hijos de la imputada, solicitó que se hiciera lugar al planteo a fin de garantizar el interés superior del niño.
2-dic-2019Ortiz Castillo (Causa N° 996)En horas de la madrugada, personal policial realizaba tareas de prevención en un vehículo sin identificación, y visualizaron a dos ciclistas que se pasaron una mochila en la vía pública. A poca distancia, los ciclistas se separaron y tomaron direcciones distintas. La policía optó por seguir al que tenía la mochila. La persona, una vez detenida, manifestó que tenía cocaína dentro del bolso. Cuatro horas más tarde, la secretaria del juzgado consultó, al juez lo sucedido quien ordenó el allanamiento en el domicilio de la persona detenida. Como resultado de la medida, se secuestraron semillas de marihuana y un arma de fuego. Ante esa situación, el hombre fue procesado por los delitos de guarda de semillas para producir estupefacientes, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil condicional, en concurso real. Durante los alegatos, la defensa solicitó la absolución. El Tribunal Oral de Santa Rosa declaró nulo el allanamiento y absolvió por el delito de guarda de semillas para producir estupefacientes con fines de comercio ilegal en concurso real con tenencia ilegal de arma de uso civil. Aun así, lo condenó como autor del delito de tenencia ilegal de estupefacientes con fines de comercialización. Contra esa decisión, la fiscalía presentó un recurso de casación.
4-oct-2019Medina (reg. Nº 2033 y causa Nº 21000299)El Escuadrón Nº 48 de la Gendarmería Nacional, ubicado en la ciudad de Corrientes, contaba con espacio físico para alojar a seis personas detenidas de manera transitoria. Sin embargo, allí se encontraban veintiocho personas que compartían un baño y un espacio reducido para comer. Por tal razón, la defensa interpuso una acción de hábeas corpus colectivo y correctivo en la que sostuvo que los detenidos se encontraban en situación de hacinamiento. El juzgado hizo lugar a la presentación y dispuso que el servicio penitenciario hiciera cesar el estado de superpoblación carcelaria. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que se había omitido la orden de medidas concretas. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes dispuso que en el término de cuarenta y ocho horas el Servicio Penitenciario Federal fijara un destino para las personas que excedían el cupo y señaló que no podían superar el término de quince días alojadas en el escuadrón. Contra esa decisión, el representante del Servicio Penitenciario Federal interpuso un recurso de casación. En su presentación señaló que la medida resultaba de imposible cumplimiento y agravaba aún más la situación de emergencia. En tal sentido, se agravió por el plazo otorgado para implementar el traslado. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes dispuso que en el término de cuarenta y ocho horas el Servicio Penitenciario Federal fijara un destino para las personas que excedían el cupo y señaló que no podían superar el término de quince días alojadas en el escuadrón. Contra esa decisión, el representante del Servicio Penitenciario Federal interpuso un recurso de casación. En su presentación señaló que la medida resultaba de imposible cumplimiento y agravaba aún más la situación de emergencia. En tal sentido, se agravió por el plazo otorgado para implementar el traslado.
17-jul-2019Sanz (causa Nº 29164)Un grupo de personas detenidas en los Complejos Penitenciarios Federales I y II era trasladado al Centro Universitario de Devoto para cursar distintas carreras. Los traslados fueron interrumpidos y los estudiantes interpusieron una acción de hábeas corpus. Entonces, el juzgado ordenó su normalización y la causa fue archivada. Las irregularidades en los traslados se mantuvieron y Sanz –integrante del grupo de personas detenidas– presentó una nueva acción de hábeas corpus. Entre sus argumentos, señaló que se había restringido de manera ilegítima el derecho a la educación. El juzgado de turno rechazó la acción y remitió testimonios al tribunal que había intervenido previamente. Contra esa resolución, se interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Por tal razón, se interpuso un recurso de casación in pauperis, que fue fundamentado por la defensa.
10-jul-2019FMM (Causa Nº 5349)Una joven de diecisiete años fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En la etapa de juicio cumplió dieciocho años y suscribió un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó que se declarara su responsabilidad penal por aplicación de la ley Nº 22.278 y que fuera sometida a un año de tratamiento tutelar. Además, manifestó que en caso de que el resultado del tratamiento indicara que era innecesaria la aplicación de una sanción, requeriría su absolución. El Tribunal Oral declaró su responsabilidad penal y señaló que el tratamiento no procedía ya que la joven había adquirido la mayoría de edad. En cambio, consideró que podía suplirse con un in-forme sobre su conducta y pidió que la policía provincial lo elaborara. La policía informó que la joven estaba desempleada, que se había mudado en varias oportunidades y que, según dos vecinos, continuaba con la venta de estupefacientes. En la audiencia fijada para la evaluación de la conveniencia de la aplicación de una pena, la fiscalía valoró de forma negativa el resultado del informe policial sobre la joven y solicitó que se la condenada a una pena de cuatro años de prisión. El Tribunal Oral la condenó a la pena de dos años de prisión en suspenso y le impuso el cumplimiento de una serie de reglas de conductas por el mismo plazo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La fiscalía ante la CFCP peticionó que se hiciera lugar a la impugnación por compartir los argumentos de la defensa. En particular, sostuvo que el in-forme no suplía en el caso la exigencia del tratamiento tutelar necesario para determinar la pena, de acuerdo al artículo 4 de la ley N° 22.278.
5-jul-2019Benítez (causa N°3589)A raíz de una investigación por el presunto comercio de estupefacientes en forma organizada, un juez ordenó 16 allanamientos simultáneos. Las órdenes disponían en todos los casos que los procedimientos se llevaran a cabo un día determinado a partir de las 8 horas, en su momento más propicio y hasta su finalización, con la debida habilitación de horario nocturno en caso de ser necesario por la extensión del procedimiento. Todos los allanamientos se realizaron el día ordenado después de las 23h y algunos a primeras horas del día siguiente. Como resultado, se encontraron estupefacientes y plantas de marihuana. Varias personas resultaron imputadas por el delito de comercio de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas y otras por ser integrantes de una organización delictiva conformada con el objeto de comercializar estupefacientes. Durante el juicio, la defensa solicitó la nulidad de los registros domiciliarios de las viviendas de sus defendidos y de todos los actos que fueron consecuencia. El Tribunal Oral de Paraná declaró la nulidad de los allanamientos y absolvió a los imputados. Contra esa decisión, la fiscalía presentó un recurso de casación.
10-jun-2019Constantín (reg. N° 1189 y causa N°60000615)En diciembre del 2007 cinco agentes penitenciarios intervinieron en una pelea entre personas detenidas en el Módulo II del CPF I de Ezeiza. Los policías JEP y VDS del Módulo III fueron advertidos de la pelea, por lo que se trasladaron al Módulo II, esposaron a dos de ellos y los trasladaron a la “leonera”, donde fueron arrojadas al piso. Allí, los agentes SHG y PAJ les retiraron su calzado, los insultaron, patearon y golpearon con bastones en la cabeza, los pies, tobillos y pantorrillas. Todos los hechos fueron consentidos por el jefe de turno del establecimiento, RC. Tres días después, el médico de la Procuración Penitenciaria efectuó un informe en el que constató las lesiones. El defensor de las víctimas denunció el hecho y describió los golpes que observó en sus cuerpos y la dificultad que tenían para caminar, moverse y sentarse. Además, señaló que uno de ellos tenía un golpe en la cabeza. Por último, indicó que ambos se encontraban muy afligidos y doloridos y no querían efectuar la denuncia por miedo a recibir represalias. Al prestar declaración en sede judicial, las víctimas se expidieron en el mismo sentido y la causa fue archivada. El caso fue analizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, en el año 2013, dispuso, entre otras cosas, que el Estado debía investigar los hechos de tortura denunciados para que se determinaran las eventuales responsabilidades penales y se aplicaran las sanciones correspondientes. El caso fue reabierto. En ese marco, el Tribunal Oral condenó a RC por el delito de torturas a la pena de seis años de prisión. Además, condenó a SHG y PAJ a cinco años de prisión. Las penas fueron determinadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 7, inciso f, del Estatuto de Roma. Además, el tribunal absolvió a JEP y DVS por considerar trabajaban en el módulo III del complejo y que, en consecuencia, no se había logrado acreditar su intervención en los hechos. Contra esa sentencia, la defensa y la fiscalía interpusieron recursos de casación.
21-may-2019Rubinowicz (Causa Nº3017)Cuatro personas se encontraban imputadas por el delito de lavado de activos. Durante la instrucción, solicitaron la producción de ciertas medidas de prueba. La solicitud fue denegada con fundamento en que podían ser producidas en la etapa posterior. Elevada la causa a juicio, la defensa solicitó su realización. El Tribunal Oral rechazó casi la totalidad de la prueba ofrecida. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de reposición. El Tribunal Oral rechazó las impugnaciones. Entonces, se interpuso un recurso de casación que, denegado, motivó la interposición de una queja.
7-may-2019Provisiero (reg. N° 837 y cuasa N° 990000189)Una persona fue imputada por la presunta evasión del pago del Impuesto al Valor Agregado correspondientes al ejercicio fiscal 2003, 2004 y 2005 y del pago del Impuesto a las Ganancias por los períodos fiscales 2004 y 2005, a los que se encontraban obligadas dos sociedades anónimas. En la etapa de juicio oral, la defensa solicitó el sobreseimiento de su asistida por extinción de la acción penal. Así, sustentó el pedido en el principio de retroactividad de la ley penal más benigna. El Tribunal Oral hizo lugar al pedido. Para resolver de esa manera, indicó que debía aplicarse al caso la ley N° 27.430 por resultar más benigna que la ley N° 24.769, vigente al momento de los hechos. En ese sentido, expuso que la nueva norma había modificado la pauta cuantitativa contemplada para el delito de evasión agravada por lo que la conducta imputada resultaba atípica. Contra esa decisión, la querella y la representante del Ministerio Público Fiscal interpusieron sendos recursos de casación. Entre otras cuestiones, plantearon que no correspondía aplicar de manera retroactiva la ley N° 27.430 debido a que las modificaciones de los montos de las figuras penales tributarias previstas por esa ley no expresaban un cambio en la valoración social de los comportamientos delictuales.
12-abr-2019Rollan (Causa Nº12858)Una mujer era madre de un niño que poseía una discapacidad. La obra social no cumplía con las prestaciones necesarias para su atención médica. Entonces, la mujer interpuso una acción de amparo. El juzgado hizo lugar al planteo. Sin embargo, la entidad continuó sin realizar las prestaciones, lo que provocó graves afectaciones en la salud del niño. Por ese motivo, su madre denunció a las autoridades de la obra social por el delito de desobediencia y se presentó en calidad de querellante. El representante del Ministerio Público Fiscal requirió a la obra social que informase el estado de cumplimiento de la resolución judicial. Sus autoridades indicaron que se había llevado a cabo todo lo ordenado. Entonces, la fiscalía dictaminó que no había existido un incumplimiento doloso en la ejecución de la sentencia y que el hecho denunciado no con-figuraba un delito. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado desestimó la denuncia y dispuso el archivo del expediente. La querella, junto con el patrocinio letrado de la defensoría, interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó la decisión. Contra esa resolución, se interpuso un recurso de casación.