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13-feb-2023CJU (Causa N°35872)Dos hombres –JUC y SNVS– desayunaban en un restaurante de comidas rápidas. En ese momento ingresó un grupo de ocho jóvenes, que comenzaron a insultar a JUC por su orientación sexual. Luego, salieron del local y lo atacaron en banda con golpes de puño y puntapiés. Por su parte, SNVS también recibió agresiones físicas y verbales. A raíz de esos hechos, ambos padecieron graves secuelas físicas y psicológicas que requirieron tratamientos prolongados. A su vez, uno de ellos permaneció internado por varios días. En ese marco, se inició una causa penal en la que se les imputó a los agresores el delito de lesiones graves calificadas por haber actuado con odio hacia la orientación sexual de una de las víctimas. En ese proceso se firmó un acuerdo de juicio abreviado. Luego se condenó a los imputados a una pena de tres años de prisión en suspenso. Con posterioridad, JUC y SNVS presentaron una demanda contra sus agresores y reclamaron una indemnización por los daños sufridos. En esa oportunidad, sostuvieron que la golpiza y el ataque de odio habían sido en virtud de su orientación sexual. En ese sentido, fundaron su reclamo en la Ley N° 23.592 de Actos Discriminatorios. Por su parte, los demandados solicitaron el rechazo de la acción. En efecto, algunos de ellos plantearon que debían aplicarse las reglas de la suspensión del juicio a prueba en materia penal. Sobre ese aspecto, indicaron que ese supuesto no implicaba reconocimiento o confesión sobre los hechos que se les adjudicaban en sede civil.
20-oct-2022DFM (Causa N° 2399)Una mujer y un hombre se casaron y tuvieron dos hijos. El hombre trabajó en el Ejército hasta que obtuvo el retiro voluntario. La mujer se dedicó a la crianza de los hijos y a las tareas del hogar. La familia vivía en un inmueble que le alquilaba al Ejército. Con posterioridad, la pareja se separó y el hombre se mudó a otra ciudad. Entonces, la mujer fue intimada a desocupar la vivienda. Sin embargo, se le dificultaba afrontar los costos de un nuevo alquiler. En ese contexto, no lograba insertarse en el mercado laboral atento a su edad y falta de experiencia previa. Tras la separación, no contaba con ingresos propios ni con cobertura médica para atender su salud. Ante esa situación, demandó por alimentos a su ex cónyuge. En su presentación, manifestó que no tenía ingresos suficientes para subsistir mientras que el accionado percibía una jubilación elevada. En su contestación, el demandado destacó que la mujer había trabajado como peluquera en su domicilio y en algunos períodos se había desempeñado como empleada doméstica. La demanda fue rechazada. La actora apeló la decisión. Durante el trámite del expediente se dictó la sentencia de divorcio. Luego, la Cámara confirmó el rechazo del reclamo alimentario. Frente a esa decisión, la actora interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, señaló que no se había tenido en cuenta la distribución de roles durante la vida en común, así como tampoco la dedicación exclusiva al cuidado de los hijos y del hogar. Puntualizó que su pedido se fundaba en las normas vinculadas a los alimentos derivados del matrimonio.
30-sep-2022BNNUna mujer de 18 años vivía en un campo de la provincia del Chaco con su concubino. Tenían un hijo menor de edad. El hombre golpeaba, amenazaba y ejercía violencia sexual contra su pareja y el niño. Su hijo falleció a causa de diversas lesiones. Por ese hecho, la madre fue condenada por el delito de abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo a la pena de diez años de prisión. Para decidir de esa manera, el tribunal interviniente sostuvo que la imputada había violado su deber de cuidado. La defensa de la mujer no recurrió la sentencia condenatoria. Luego, el Observatorio de Derecho Penal del Ministerio Público de la Defensa de la provincia del Chaco entrevistó a la mujer. En esa oportunidad, manifestó que no había sido informada sobre la posibilidad de recurrir el fallo. Ante esa situación, la Defensora General Adjunta del Poder Judicial de la provincia del Chaco interpuso un recurso de casación. En su presentación, explicó que la valoración de la prueba se había realizado en base a estereotipos de género. En ese sentido, remarcó que la incorporación de la perspectiva de género en los procesos judiciales era obligatoria en virtud de los tratados internacionales.
19-sep-2022ALF (Causa Nº 15841)Un hombre había sido convocado a una entrevista laboral para desempeñarse en el sector de ventas de una empresa. Luego, la compañía le informó por correo electrónico que había quedado conforme con su desempeño. Por esa razón, le envió el contrato y le comunicó que, previo a su firma, debía realizarse exámenes médicos preocupacionales. Pese a que el hombre cumplió con ese requisito, la empresa no lo volvió a contactar. En consecuencia, inició una demanda de daños y perjuicios contra la compañía. En su presentación, sostuvo que había sido discriminado porque tenía VIH. En particular, señaló que la demandada no había avanzado con la contratación cuando recibió los resultados de los estudios de labora-torio. Por su parte, la empresa negó haber requerido análisis de VIH al postulante. El juzga-do interviniente hizo lugar a la acción y condenó a la demandada a abonar una indemniza-ción. Contra esa decisión el accionante interpuso un recurso de apelación ya que consideró que los montos de resarcimiento eran bajos. La demandada también apeló la sentencia. Entre otras cuestiones, sostuvo que el accionante no había demostrado la existencia de ac-tos discriminatorios.
12-may-2022LMDL (Causa Nº 5869)Un hombre mendocino había realizado distintos tratamientos de rehabilitación por su consumo problemático de drogas. A su vez, se le había diagnosticado diabetes. Su equipo tratante consideró necesaria su internación en una comunidad terapéutica cerrada. Debido a que en su ciudad no había instituciones de salud con las características indicadas, su madre inició una acción de amparo contra el Ministerio de Salud de Mendoza. En consecuencia, se ordenó la internación del hombre en una comunidad terapéutica en la provincia de Buenos Aires. El pago del tratamiento quedó a cargo de la provincia de Mendoza. Un año después, durante su internación, el hombre se suicidó mientras se encontraba aislado en una habitación que funcionaba como celda de castigo. Las condiciones edilicias del lugar eran deficientes. Por ese motivo, su progenitora demandó por daños y perjuicios al centro terapéutico y al Estado provincial. Luego, amplió el reclamo contra los directores médicos, terapéuticos y contra las autoridades de la fundación que administraba el establecimiento. Entre sus argumentos, destacó que los profesionales no habían cuidado al paciente ni controlado su salud psicofísica. En ese sentido, señaló que el día del hecho no le habían suministrado la insulina que necesitaba por su diagnóstico de diabetes. Además, manifestó que habían obrado de manera negligente al haber dejado al alcance de su hijo elementos idóneos para lesionarse o atentar contra su vida. Por otra parte, la actora sostuvo que el Estado provincial –que había otorgado la habilitación a la comunidad terapéutica– había incumplido su obligación de fiscalización permanente de las condiciones edilicias y del servicio que allí se prestaba. Con posterioridad, se presentó la fundación y señaló que el deceso había sido exclusiva culpa de la víctima, que había tenido recaídas en el consumo y un prolongado cuadro de depresión. Por su parte, la Provincia de Buenos Aires opuso la excepción de falta de legitimación pasiva. En su presentación, expuso que la comunidad terapéutica era una entidad privada y, por ende, ajena a su ámbito de control.
18-abr-2022ROMERO (Causa Nº 1943)Una mujer se encontraba afiliada a la obra social OSDEPYM desde enero de 2020. En abril de ese año, se realizó controles ginecológicos y le fueron detectados dos tumores abdominales. Por ese motivo, se llevó a cabo una cirugía a fin de extraer muestras y realizar un análisis patológico. El estudio concluyó que las tumoraciones no eran de carácter maligno, pero requerían tratamiento. Dos meses después, la mujer recibió una carta documento de la obra social. De esa manera, se la responsabilizó por falsear la declaración jurada al momento de afiliarse debido a que no había indicado su patología. Además, se le informó que, de manera excepcional, se le mantendría el plan de salud contratado mediante el abono de una cuota más costosa. La mujer rechazó la intimación. Entre sus argumentos, sostuvo que desconocía su enfermedad cuando se afilió. Frente a esa respuesta, la obra social la intimó por segunda vez a abonar la cuota diferencial. Además, le comunicó que se daría de baja la cobertura si no cumplía con el pago. En consecuencia, la mujer presentó una acción de amparo. En esa oportunidad, solicitó que se obligara a la obra social a mantener las prestaciones por los valores vigentes al inicio del contrato. Asimismo, como medida cautelar, pidió que la obra social conservara la cobertura integral con el plan elegido por la afiliada.
25-mar-2022De Jesús (causa N° 15-01-024098-16 y reg. N°2491)Una mujer lesbiana había ido a visitar a su familia. Durante el encuentro, consumió alcohol. Mientras se dirigía a comprar más bebidas, fue interceptada por un grupo de vecinos que la insultó y la golpeó por su orientación sexual. Cayó al suelo por los golpes y escuchó que habían agarrado un palo y le decían “te vamos a hacer mujer”. En ese momento, tomó un cuchillo que tenía escondido en su corpiño y con el brazo izquierdo le dio una puñalada en el pecho a uno de los hombres que la atacaban. De esa manera, le provocó la muerte. Cuando arribó la policía, encontró el cuerpo del hombre tirado en el suelo, a un amigo tapándole la herida con una remera y un cuchillo al lado. Luego, otros vecinos le indicaron que la autora del hecho se encontraba adentro de la casa. Sin embargo, la encontraron tirada debajo de un árbol junto a un grupo de vecinos a su alrededor que querían golpearla. Luego, la trasladaron a la comisaría. Por ese hecho, fue imputada por el delito de homicidio. En la etapa de juicio oral, la mujer reconoció su participación en el hecho. En ese sentido, explicó que había sufrido agresiones físicas y verbales en otras oportunidades debido a su orientación sexual y reconoció que llevaba una cuchilla consigo para protegerse. Así, admitió haber blandido el cuchillo como acto de defensa. Por otro lado, un amigo de la víctima declaró que ese día se encontraba muy alterada porque había discutido con su sobrino y, en el momento en que intentaba calmarla, vio un brazo que pasaba por su hombro derecho y le asestaba dos puñaladas. Entonces, giró la cabeza hacia su derecha y pudo ver a su costado a la imputada. Luego, explicó que su amigo le pegó un golpe de puño en el rostro y ella cayó al suelo. El testigo relató que el hombre se desvaneció, advirtió que brotaba sangre de su pecho, tapó la herida con su remera y lo llevó al hospital. Asimismo, los agentes policiales que intervinieron esa noche narraron que vieron a la imputada muy golpeada, que se notaba que estaba bastante alcoholizada y que lo único que decía era “me pegaron, me pegaron”. Al ser interrogada la médica forense, explicó que la herida que había recibido la víctima había perforado un músculo importante, que había perdido gran cantidad de sangre y que no hubiera podido pegarle a la imputada luego de haber recibido la puñalada. Luego, la psicóloga que asistió a la imputada declaró que la había notado muy angustiada, que insistía en que se había defendido y que no había sido su intención ocasionarle la muerte a la víctima. La licenciada aclaró que, si bien no era perito, el relato le resultaba veraz. Asimismo, los peritos que intervinieron en el caso coincidieron en que la imputada padecía de estrés postraumático consecuencia de su historia vital signada por el maltrato, abusos, discriminación y violencia, tanto verbal como física, basada en su orientación sexual. También, descartaron la mendacidad en su discurso e indicaron que era factible que una circunstancia cualquiera disparara en su psiquis, en estado de alerta de hipervigilancia, angustia y temor de revivir situaciones traumáticas pasadas. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la evidencia acreditaba que la imputada había tenido claras intenciones de quitarle la vida a la víctima. Por su parte, la defensa no cuestionó la intervención de su asistida en el hecho, pero afirmó que había actuado en legítima defensa. En ese sentido, explicó que había intentado repeler los golpes que le infringían y evitar la consumación de una agresión sexual correctiva. Por esa razón, solicitó su absolución.
28-dic-2021Reynal (Causa n° 1875)En una causa penal se investigaba una serie de delitos cometidos durante la última dictadura militar. En el año 2000, el juzgado interviniente dispuso la prescripción de la acción penal y sobreseyó al hombre imputado. Contra esa decisión, la querella solicitó la nulidad del sobreseimiento. Entre otras cuestiones, planteó que los hechos investigados eran delitos de lesa humanidad. El juzgado rechazó el planteo y la querella interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó lo resuelto por el juzgado. La querella interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso y anuló la decisión. Entonces, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso extraordinario federal. Ante su denegación, interpuso un recurso de queja.
13-oct-2021Campuzano Montenegro (causa Nº 43340)Un hombre recibió cinco disparos en la vía pública y falleció ese mismo día en el hospital. Durante la instrucción, dos funcionarios policiales relataron que algunos vecinos habían visto a un joven disparar y correr con el arma. Sin embargo, el personal policial solo hizo referencia a personas que no quisieron brindar sus datos por temor. Por ese hecho, el joven fue imputado por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. En la etapa de juicio oral, los testigos brindaron versiones contradictorias de los hechos. Al momento de los alegatos, la defensa manifestó que no existía prueba material ni testimonial contundente que demostrara la culpabilidad de su asistido. A su turno, el representante de Ministerio Público Fiscal alegó que los vecinos temían al imputado y que por ese motivo habían omitido información.
7-sep-2021PGD (causa Nº 32177)Un centro de salud contactó a una persona para que se desempeñara como cajero nocturno en sus instalaciones. El candidato concurrió a varias entrevistas que superó con éxito y, luego, le ordenaron que se realizara un examen pre ocupacional. Cuando la persona acudió, la empleadora solicitó su consentimiento informado para que se hiciera un testeo de VIH. El resultado de esta prueba fue positivo. Desde ese momento, la empleadora no volvió a comunicarse con el candidato. Ante esa situación, el hombre inició una demanda de daños y perjuicios contra el hospital. Entre sus argumentos, consideró que tanto la realización obligatoria del testeo de HIV como su posterior omisión de contratarlo configuraban un acto discriminatorio..