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5-jul-2023Guerrero (causa N° 1735)Una mujer, luego de ingerir bebidas alcohólicas y pastillas de clonazepam, se acostó a dormir junto a su hijo de dos años, en la misma cama. En ese contexto, la mujer dormida apoyó todo su peso sobre su hijo. En consecuencia, produjo una compresión toracoabdominal en el cuerpo del niño, que falleció. Por este hecho, la mujer fue imputada y detenida con prisión preventiva por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía. La fiscalía sostuvo en su hipótesis acusatoria que la mujer había presionado con intencionalidad el pecho del niño. Fundó su pretensión, entre otras cuestiones, en distintas declaraciones en donde la mujer, con anterioridad al episodio, había anunciado a su ex pareja que iba a matar a su hijo. Durante el juicio, los médicos forenses señalaron que era probable que la muerte se hubiera producido como consecuencia de que la madre se hubiera quedado dormida sobre el cuerpo del niño de manera involuntaria.
6-jun-2023Monge (causa N° 7639)Un hombre residía junto a su grupo familiar constituido por su pareja y cuatro niños menores de edad. El hijo menor de ambos había nacido prematuro y tenía problemas de salud. En el marco de una causa penal, el hombre fue procesado con prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por el número de intervinientes y por encontrarse en cercanías de establecimientos educativos. La defensa solicitó su excarcelación y, en subsidio, la prisión domiciliaria en los términos del artículo 210, inciso j, del Código Procesal Penal Federal. En ese sentido, destacó el carácter excepcional del arresto preventivo y la ausencia de riesgos procesales en el caso. A su vez, resaltó el buen comportamiento del hombre durante el procedimiento e hizo énfasis en que la investigación no era compleja. El juzgado interviniente corrió vista al Defensor Público de Menores e Incapaces que se expidió de manera favorable al pedido de excarcelación. A su vez, el defensor solicitó la intervención del Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia de Corrientes para que diera una cobertura y un seguimiento especializado a la familia.; Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al planteo de la defensa y el juzgado rechazó la solicitud. Para decidir de esa manera, ponderó la escala penal prevista para el delito, la existencia de antecedentes penales, la intervención de varios imputados en el hecho y la posibilidad de que el imputado destruyera, ocultase o se pusiera en contacto con otros miembros de la organización. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes rechazó la impugnación. Entre sus argumentos, destacó que, si bien el imputado tenía arraigo domiciliario y familiar, le faltaba arraigo laboral. Además, expuso que la gravedad del hecho investigado, la pena en expectativa, la existencia de antecedentes penales, entre otras cuestiones, hacía que hubiera riesgo de fuga. Entonces, la defensa presentó un recurso de casación que fue concedido. En su impugnación, indicó que no debía soslayarse el estado de salud del hijo menor del imputado ni la conclusión del informe socio ambiental que advertía una situación de vulnerabilidad social por parte de la familia. Por último, refirió que, en caso de que se considerara que el riesgo de fuga subsistía, existían medidas alternativas a la prisión preventiva como la pulsera electrónica. Por otro lado, la Unidad Funcional para la Asistencia de Menores de 16 años concluyó que la presencia diaria del imputado en el hogar favorecería el cuidado, la atención y contención emocional necesarias para un adecuado desarrollo de los niños.
27-dic-2022Casco (Causa N° 22051)Un hombre conducía un automóvil en las cercanías de un barrio de emergencia. En el interior del vehículo, llevaba un arma de fuego. En ese contexto, un grupo de policías lo interceptó y obligó a detenerse. Luego, los oficiales realizaron una requisa del vehículo y secuestraron el arma. El hombre, por su parte, reconoció que le pertenecía. En el marco del proceso, personal policial declaró que habían perseguido al automóvil con el dispositivo lumínico colocado y haciendo señales sonoras, motivado porque algunas cuadras antes habían observado que el auto circulaba a gran velocidad, de manera zigzagueante y violando las normas de tránsito. Además, los efectivos policiales manifestaron que el hombre imputado mostró signos de “nerviosismo” al ser detenido y requisado. En contraposición con las declaraciones del personal policial, a partir de registros fílmicos se acreditó que el vehículo era conducido conforme las reglas de tránsito y que los oficiales no estaban uniformados, que se encontraban en un automóvil sin identificación y con la señal lumínica del techo apagada. Una vez elevada la causa a juicio oral, el tribunal oral interviniente condenó al conductor del automóvil a la pena de dos años y cuatro meses de prisión por el delito de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, en concurso ideal con el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro. Contra la condena, su defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras consideraciones, la defensa sostuvo que la requisa realizada por el personal policial debía ser declarada nula, de conformidad con los estándares del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “Fernández Prieto y Tumbeiro vs Argentina”.
24-nov-2022CF (Causa N° 18561)Una niña sufrió reiterados episodios de abuso sexual por parte de su padre. Cuando tenía 10 años le contó a su madre lo que había padecido. En consecuencia, se inició una causa penal en la que el progenitor fue condenado a la pena de 10 años de prisión por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo. Con posterioridad, la madre –en representación de la niña– inició una demanda en sede civil. En su presentación, reclamó al hombre una indemnización por el daño material, psicológico y moral que la violencia sexual le había ocasionado a su hija. A su vez, la progenitora demandó un resarcimiento en el carácter de damnificada directa debido al daño psicológico y moral que los abusos hacia su hija le habían causado. En ese contexto, el juez hizo lugar al planteo de forma parcial. En ese sentido, condenó al hombre a abonar a su hija y a la madre una indemnización. No obstante, rechazó el daño moral solicitado por la progenitora. Para decidir de esa manera, indicó que el artículo 1078 del Código Civil de la Nación –que estaba vigente al momento de los hechos– sólo permitía a la víctima formular su reclamo por daño moral. Luego del dictado de la sentencia, la joven alcanzó la mayoría de edad. Contra lo decidido, las actoras interpusieron un recurso de apelación. En esa oportunidad, consideraron que los montos que se habían fijado eran bajos, por lo que solicitaron su elevación. Por su parte, la progenitora requirió que se hiciera lugar al daño moral a su favor. En ese sentido, cuestionó la constitucionalidad del artículo 1078 del Código Civil.
20-oct-2022DFM (Causa N° 2399)Una mujer y un hombre se casaron y tuvieron dos hijos. El hombre trabajó en el Ejército hasta que obtuvo el retiro voluntario. La mujer se dedicó a la crianza de los hijos y a las tareas del hogar. La familia vivía en un inmueble que le alquilaba al Ejército. Con posterioridad, la pareja se separó y el hombre se mudó a otra ciudad. Entonces, la mujer fue intimada a desocupar la vivienda. Sin embargo, se le dificultaba afrontar los costos de un nuevo alquiler. En ese contexto, no lograba insertarse en el mercado laboral atento a su edad y falta de experiencia previa. Tras la separación, no contaba con ingresos propios ni con cobertura médica para atender su salud. Ante esa situación, demandó por alimentos a su ex cónyuge. En su presentación, manifestó que no tenía ingresos suficientes para subsistir mientras que el accionado percibía una jubilación elevada. En su contestación, el demandado destacó que la mujer había trabajado como peluquera en su domicilio y en algunos períodos se había desempeñado como empleada doméstica. La demanda fue rechazada. La actora apeló la decisión. Durante el trámite del expediente se dictó la sentencia de divorcio. Luego, la Cámara confirmó el rechazo del reclamo alimentario. Frente a esa decisión, la actora interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, señaló que no se había tenido en cuenta la distribución de roles durante la vida en común, así como tampoco la dedicación exclusiva al cuidado de los hijos y del hogar. Puntualizó que su pedido se fundaba en las normas vinculadas a los alimentos derivados del matrimonio.
3-oct-2022Cusumano y otras (causa N° 39)Una mujer había denunciado a un integrante de la policía. En el marco de la investigación, el jefe de la dependencia policial citó a la novia de la denunciante a fin de tomarle declaración testimonial. La mujer fue atendida por una sargenta que comenzó a leer los términos de la denuncia formulada. En ese momento, interrumpió la lectura para afirmar que todo lo denunciado era verdad. Entonces, una cabo primera de la dependencia se incorporó de su asiento, le hizo comentarios humillantes y denigrantes, y la tomó del cabello. Luego de una discusión entre las tres personas, las policías colocaron a la mujer contra la pared dándole patadas y rodillazos en distintas partes del cuerpo. La damnificada intentó defenderse, quitó la mano de la cabo primera con la que sujetaba sus cabellos y le dobló uno de sus dedos. La agente la agredió de manera verbal en razón de su elección sexual. En ese contexto, el jefe de la dependencia les indicó a las policías que continuaran con la golpiza y le colocó a la denunciante esposas con los brazos para atrás. Luego la trasladaron a la guardia del hospital local para que fuera revisada por una médica y la llevaron de regreso a la comisaría. Allí, le dijeron que se quitara el buzo que vestía, le tironearon la remera hasta descoserla y la colocaron en su cuello hasta que le faltara el aire. En ese momento, fue trasladada al calabozo. Cinco horas y media después recuperó su libertad por directivas del representante del Ministerio Público Fiscal. Por esos hechos, los agentes policiales fueron imputados por el delito de privación abusiva de la libertad personal agravada por vejaciones.; En la etapa de juicio oral, la fiscal de cámara mantuvo la acusación. Se elaboraron dos informes psicológicos de la víctima que indicaron que su relato era veraz y que había padecido el hecho que se juzgaba. Por otra parte, las personas imputadas declararon durante el debate y brindaron versiones coincidentes. Relataron que la mujer había llegado enojada y había comenzado a agredirlas de manera verbal. Luego, expresaron que la declarante golpeó un escritorio y se abalanzó sobre la sargenta con intención de pegarle. Ambas funcionarias dijeron que se habían limitado a repeler las agresiones y tratar de calmarla, pero que lesionó el dedo de la cabo primera. Luego aclararon que la trasladaron hasta la zona del pasillo del calabozo y que hasta ese momento no había sido esposada. Precisaron que en ese momento había arribado el jefe de la dependencia, la tomó de la espalda y le dobló uno de sus brazos para atrás con el fin de ser esposada por las agentes.
30-sep-2022BNNUna mujer de 18 años vivía en un campo de la provincia del Chaco con su concubino. Tenían un hijo menor de edad. El hombre golpeaba, amenazaba y ejercía violencia sexual contra su pareja y el niño. Su hijo falleció a causa de diversas lesiones. Por ese hecho, la madre fue condenada por el delito de abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo a la pena de diez años de prisión. Para decidir de esa manera, el tribunal interviniente sostuvo que la imputada había violado su deber de cuidado. La defensa de la mujer no recurrió la sentencia condenatoria. Luego, el Observatorio de Derecho Penal del Ministerio Público de la Defensa de la provincia del Chaco entrevistó a la mujer. En esa oportunidad, manifestó que no había sido informada sobre la posibilidad de recurrir el fallo. Ante esa situación, la Defensora General Adjunta del Poder Judicial de la provincia del Chaco interpuso un recurso de casación. En su presentación, explicó que la valoración de la prueba se había realizado en base a estereotipos de género. En ese sentido, remarcó que la incorporación de la perspectiva de género en los procesos judiciales era obligatoria en virtud de los tratados internacionales.
19-sep-2022Palacios ArceEn el año 2015, una mujer proveniente de un vuelo de Argentina fue detenida en el aeropuerto de Bulgaria al intentar ingresar 2 botellas que contenían ocultos 2.505,71 gramos de cocaína. La mujer fue imputada en el país europeo por delitos vinculados al tráfico de estupefacientes. En ese marco, explicó que un hombre le había entregado las botellas en Buenos Aires y que ella desconocía su contenido. La justicia ordenó su libertad y se clausuró el proceso penal iniciado en ese país. En Argentina, el hombre señalado en la declaración de la mujer fue imputado como participe necesario del delito de contrabando de estupefacientes. En el marco del juicio oral, la mujer declaró bajo reserva de identidad y presentó algunas contradicciones en su relato. Asimismo, durante el juicio se aportó como prueba de cargo un informe policial del que surgía que en el año 2012 el hombre había registrado una detención vinculada al tráfico de estupefacientes y que, al momento del juicio, no contaba con procesos penales pendientes. La defensa del hombre imputado solicitó su absolución. Por su parte, al momento de ejercer su derecho a réplica, la fiscalía modificó la acusación y solicitó que se lo condenara por su calidad de autor mediato del delito de contrabando de estupefacientes.
27-may-2022J.C.R (Causa N° 34115)Un hombre de 88 años había sufrido una fractura de fémur y, ante la imposibilidad de que sus hijas lo cuidaran, aceptó su traslado a una residencia geriátrica. Tiempo después, sus hijas decidieron iniciar un proceso de determinación de la capacidad jurídica de su padre en los términos del artículo 32 del Código Civil y Comercial de la Nación. En esa oportunidad, manifestaron que el hombre se encontraba imposibilitado de tomar sus propias decisiones en tanto presentaba un deterioro cognitivo que le impedía conducir su persona y administrar sus bienes. El hombre se presentó con su abogada patrocinante y la asistencia de la defensa pública. En el marco de una audiencia el hombre manifestó que no quería vivir en un geriátrico. En ese sentido, agregó que una de sus hijas le ofreció la posibilidad de albergarlo en su hogar. Además, solicitó ser evaluado por un equipo interdisciplinario a fin de determinar si requería medidas de apoyo para el ejercicio de sus derechos. Asimismo, destacó que la vejez no era sinónimo de enfermedad. De acuerdo con la voluntad del hombre, la defensa pública solicitó el rechazo de la acción. Entre sus argumentos, sostuvo que la vejez no era motivo suficiente para que se iniciara una causa sobre determinación de la capacidad jurídica. Por último, agregó que las limitaciones propias de la edad podían ser afrontadas con la colaboración de su familia.
26-abr-2022Nocelli y otro (causa N° 21-08131556-3)Un hombre y una mujer a bordo de una motocicleta intentaron sacarle una mochila a una joven. Personal policial que patrullaba la zona advirtió la situación e intervino. El hombre realizó un disparo con un arma de fuego e intentó huir. Entonces, uno de los agentes disparó para “neutralizar” el ataque y la mujer se cayó al suelo con la moto. Luego, otro policía le disparó por la espalda dos veces. Asimismo, disparó al hombre una cantidad indeterminada de veces y también provocó su caída. El hombre estaba tendido en el suelo boca abajo cuando el policía disparó desde corta distancia en tres oportunidades y le provocó lesiones que ocasionaron su muerte. En el acta de procedimiento se asentó que hubo un intercambio de disparos en tres oportunidades. Por esos hechos, el primer policía –HDL– fue imputado por el delito de falsedad ideológica, incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento. Por su parte, el segundo agente –LMN– resultó imputado por el delito de homicidio calificado por haber sido cometido en abuso de sus funciones en dos oportunidades, en concurso real con el delito de falsedad ideológica. Durante el debate, se incorporó la filmación del hecho en el que se observó que la mujer no estaba armada, permanecía pasiva y sentada en la motocicleta. Luego se vio que fue arrojada al suelo cuando su compañero intentó huir hasta que recibió los dos disparos por la espalda.