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27-oct-2023Cifarelli (Causa N° 49884)Tres varones y una mujer iban a bordo de un vehículo, detuvieron la marcha y dos de los hombres descendieron para amenazar a una mujer y a su hijo. Luego de hacer ademanes de tener armas entre las ropas, le sacaron un celular de sus manos y tiraron de la cartera que llevaba cruzada sobre su torso. Ese accionar provocó que la víctima cayera al piso y resultara golpeada a fin de quitarle sus pertenencias. Entonces corrieron hacia el vehículo en el que los aguardaban sus compañeros y se dieron a la fuga. Veinticinco minutos más tarde fueron detenidos. En el interior del rodado se encontraron el celular y un monedero de cuero que pertenecía a la víctima. En la etapa de juicio oral, fueron condenados por el delito de robo en poblado y en banda. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, se agravió por la errónea aplicación del agravante previsto en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
14-jun-2019Rodríguez Duarte (Causa N° 17185)Una mujer, con la participación de una joven menor de dieciocho años y un hombre que no pudo ser identificado, interceptó a dos personas y les exigió la entrega de sus pertenencias. Luego, personal policial detuvo a la mujer y a la joven, y les secuestraron los elementos sustraídos. Por ese hecho, fue procesada. En la etapa de juicio oral resultó condenada a la pena de cuatro años de prisión por el delito de robo doblemente agravado por su comisión en poblado y en banda con la participación de un menor de dieciocho años. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En el plazo de término de oficina, el defensor ante la cámara introdujo como nuevo agravio la agravante genérica de “intervención de menores de edad” prevista en el artículo 41 quater del Código Penal. En particular, criticó que esa agravante exigía que hubiera habido por parte de la imputada una utilización del menor de edad para descargar su responsabilidad aprovechándose de esa condición.
28-dic-2018Ramírez Cabrera (Causa Nº 43469)Un domicilio fue allanado por personal policial. En su interior se hallaron preservativos, un cuaderno con anotaciones sobre servicios prestados a cambio de dinero y otros elementos que fueron asociados con el ejercicio de la prostitución. Además, se obtuvo el contrato de locación de la vivienda y se advirtió que su única locataria era una mujer. Esta persona fue citada a prestar declaración indagatoria. En esa oportunidad, expresó que ejercía la prostitución en el domicilio y que tenía dos amigas que también se prostituían allí entre dos o tres veces por semana y colaboraban con el pago de algunos servicios. El Tribunal Oral la condenó por el delito de facilitación de la prostitución a la pena de cuatro años de prisión en los términos del artículo 125 bis del Código Penal. Contra ese pronunciamiento, su defensa interpuso un recurso de casación.
27-mar-2018CCVJ (causa Nº 157192)Un joven presentaba problemas de adicción a las drogas desde los diecisiete años. A los dieciocho, fue detenido y condenado a una pena privativa de la libertad. Durante su alojamiento en la Unidad Penitenciaria fue calificado con conducta ejemplar y buen concepto. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional, por mayoría, emitió un informe favorable a su otorgamiento. El área criminológica, en disidencia, tuvo en cuenta la problemática de adicción del joven y la falta de su tratamiento durante la detención. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado de ejecución sostuvo que el pronóstico de reinserción social del imputado no sería favorable y rechazó la solicitud. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
10-dic-2016T, CAUn grupo de personas se había apoderado de un teléfono celular, zapatillas y otros elementos que eran propiedad de otro individuo. Para eso se valieron de un cuchillo y pinches de cocina con punta filosa. El Tribunal Oral condenó a T. a la pena de seis años de prisión por ese episodio y lo calificó como robo con armas en concurso real con robo en grado de tentativa. A ese fin, valoró la declaración de la víctima, que refirió durante la audiencia de debate oral que el imputado se le presentó acelerado y le preguntó si podía prestarle plata para consumir algo. Luego, cuatro personas “se le vinieron encima” y “le empezaron a pegar y a bolsijear”. Cuando se levantó, el imputado, que se había quedado al lado suyo, le dijo que él no había hecho nada y se fue. Posteriormente, la víctima explicó el hecho de modo diferente: sostuvo que uno de los muchachos (“flaco alto con los pelos sucios”) lo atacó con un cuchillo y, luego, lo “tiraron para atrás” y le pegaron. El imputado –agregó– estaba “ahí al lado suyo” y lo pudo ver en ese grupo que “se le tiró encima” y le arrebató sus pertenencias. A su vez, admitió que, al momento de los hechos, se encontraba en estado de ebriedad. La sentencia fue recurrida por la defensa. Entre otros argumentos, planteó que el tribunal había valorado de modo incorrecto el testimonio del damnificado y cuestionó su credibilidad. Además, de modo subsidiario, objetó la calificación legal asignada al primer hecho.
28-oct-2016C, RAUna mujer había denunciado a su esposo por agresiones violentas y lesiones ante la Oficina de Violencia Doméstica de la CSJN. Dicha oficina, a su vez, remitió las actuaciones al juzgado penal de turno. Desde la primera citación, y en sucesivas ocasiones, la denunciante manifestó su voluntad de no continuar con el proceso ya que no se habían producido nuevos hechos de violencia. Sin embargo, el Juzgado Nacional en lo Correccional condenó al imputado a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso casación. Entre otros argumentos, sostuvo que la Oficina de Violencia Doméstica no es una autoridad competente para recibir denuncias.
4-oct-2016PLREn 2008, el Tribunal Oral le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. En 2011, el Juzgado de Ejecución tuvo por cumplidas las reglas de conducta impuestas y remitió las actuaciones al Tribunal Oral. Este último declaró en 2012 la nulidad de la resolución y reenvió la causa al juzgado para la sustanciación de la audiencia prevista en el art. 515 CPPN. La defensa interpuso un recurso de casación. La Sala IV de la CFCP revocó la sentencia, tuvo por cumplidas las pautas establecidas para la suspensión y reenvió las actuaciones al Tribunal Oral. En 2015, volvió a revocar la probation. Para llegar a esa conclusión, consideró que el Juzgado de Ejecución en 2011 había extendido a tres años el plazo de cumplimiento y que, durante ese término, el imputado cometió otros dos delitos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-may-2016S, HEUna persona alquiló una habitación en un hotel. Al ingresar para la limpieza del cuarto, la encargada del hospedaje encontró un arma en su interior. Ante esta situación se comunicó con la policía. Con posterioridad, dos oficiales ingresaron a la habitación, secuestraron el arma, entre otras pertenencias, y detuvieron al huésped. Éste fue procesado por el delito de tenencia de arma de guerra. Oportunamente, la defensa planteó la nulidad del procedimiento de registro de la habitación. El Tribunal Oral en lo Criminal rechazó la nulidad planteada y condenó al imputado a la pena de prisión por el delito de tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legal. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
29-sep-2015AJJUna persona había sido imputada por el delito de lesiones leves. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el encausado ofreció el pago de $200 a modo de reparación y la realización de tareas comunitarias. A su vez, el fiscal dictaminó de modo favorable a la concesión del instituto. Por su parte, la damnificada rechazó el ofrecimiento monetario. El juzgado correccional concedió la probation. Luego de la resolución, la damnificada solicitó ser tenida como parte querellante y remitió documentación que daba cuenta de que las lesiones eran más graves que lo que consignaba la calificación jurídica. El juzgado rechazó el pedido y corrió vista al fiscal de la documentación adjunta. El fiscal aclaró que incluso aunque las lesiones fueran más graves, la probation se mantendría a raíz de la tesis amplia fijada por la CSJN en “Acosta”. Sin embargo, esta circunstancia motivó que se practicaran nuevas pericias que arrojaron como resultado que las lesiones sean recalificadas como graves. En consecuencia, el fiscal solicitó que se revocara la probation concedida. El juzgado dejó sin efecto la suspensión del juicio a prueba y remitió las actuaciones para que se sorteara un TOC por incompetencia. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
26-ago-2015ADNEl juzgado rechazó la solicitud de suspensión de juicio a prueba efectuada respecto de una persona con fundamento en que el delito que se le imputaba preveía pena de inhabilitación. La defensa interpuso un recurso de casación.