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FechaTítuloResumen
31-oct-2022Pulars S.A. (causa N° 502)Una empresa, junto con su presidenta y su contador, fueron imputados por la retención indebida del Impuesto a las Ganancias de sus proveedores y empleados durante los períodos fiscales 11/16, 12/16, 4/17, 7/17 y 8/17. En la etapa de juicio oral, su defensa argumentó que los montos retenidos se habían depositado con demora. Por esa razón, solicitó la aplicación del artículo 59, inciso 6, del Código Penal. A fin de reparar el daño económico ocasionado por la mora, ofreció realizar una donación a una institución de bien público. La representante del Ministerio Público Fiscal manifestó que la aplicación de la reparación integral resultaba la alternativa más adecuada para resolver el conflicto penal.
28-oct-2022Coronel (Causa N° 22000800)Agentes del Banco Central de la República Argentina, después de dos años de investigación, se presentaron como querellantes y denunciaron a una organización que habilitaba una vía clandestina de movimiento de moneda extranjera dentro de un café llamado “El Gallina”. Tras diez años de investigación, y a pedido del fiscal, el juez ordenó el allanamiento. En la orden se indicó una dirección, pero ese domicilio no correspondía a “El Gallina”, sino que se trataba de otra confitería llamada “Los Angelitos”. La medida se realizó sobre ese café y, como resultado, se secuestró gran cantidad de dinero y otros elementos. La defensa de una de las personas allanadas indicó que hubo una confusión en la medida porque toda la investigación se realizó a “El Gallina”. Agregó que en el café “Los Angelitos” funcionaban oficinas administrativas y solicitó la devolución de los elementos secuestrados. La fiscalía realizó medidas para corroborar lo informado por el abogado. Se verificó que el allanamiento se realizó en un inmueble distinto respecto del cual debía dirigirse y, en consecuencia, el Juzgado Federal de Salta N°1 declaró la nulidad de la medida y devolvió todos los elementos secuestrados. La querella presentó un recurso de apelación.
27-oct-2022Vilaseco (causa N° 40462)Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva. Al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y su domicilio fue constatado. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó el pedido, por considerar, entre otras cuestiones, que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, la naturaleza del hecho y la conducta desplegada por el imputado conducían a pronosticar que la eventual pena a imponer sería de cumplimiento efectivo. Además, estimó que las medidas alternativas previstas en la regulación procesal penal no eran suficientes para asegurar los riesgos procesales presentes en el caso. También entendió que el tiempo de detención no era desproporcionado si se consideraba el estado del proceso y la gravedad de los hechos (conformar una asociación criminal para robar en la vía pública). Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación.
27-oct-2022REE (Causa nº 683)Un hombre se presentó en el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista (COPIME) y, a los fines de matricularse, acompañó un certificado analítico de técnico electromecánico emitido por una escuela de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, se constató que la currícula que figuraba en el certificado no se correspondía con ningún plan de estudios. Asimismo, se corroboró que los firmantes del documento no eran ni habían sido autoridades del establecimiento educativo. Por último, se certificó que la emisión del analítico no figuraba en los registros de la escuela. De igual forma, se constató que los sellos y firmas que aparecían en la copia del certificado analítico no guardaban similitud con los registros, la funcionaria interviniente estaba jubilada y su apellido estaba mal escrito. Por tal motivo, se convocó al hombre a prestar declaración indagatoria en el marco de un proceso penal. Antes de la audiencia, la defensa del imputado solicitó la aplicación del instituto de reparación integral. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Afirmó que las características e implicancias del hecho, la naturaleza del bien jurídico afectado y la ausencia de una víctima concreta cuyos intereses deban repararse impedían la aplicación del instituto. El juzgado interviniente rechazó la propuesta de reparación integral. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
27-oct-2022ADT (Causa N° 30190)Un joven se encontraba privado de su libertad por haber sido condenado a la pena de seis años de prisión por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego entre otros delitos, todos en concurso real. Estos hechos los había cometido cuando era menor de edad. Transcurrido el plazo correspondiente, su defensa solicitó su libertad condicional. Sin embargo, el juzgado de ejecución rechazó el planteo. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación y solicitó la declaración de inaplicabilidad del artículo 14 del CP en virtud del principio de especialidad. En subsidio, planteó su inconstitucionalidad.
27-oct-2022AP ( causa N° 3057)Un hombre migrante nacido en Costa de Marfil fue imputada por los delitos de robo agravado por haber sido cometido mediante el uso de un arma de fuego en grado de conato, en calidad de coautor, y homicidio calificado criminis causae agravado por el uso de un arma de fuego reiterado en dos oportunidades, en calidad de autor, en concurso real entre sí. Previo a la realización del debate oral, el Programa de Diversidad Cultural intervino con un informe para colaborar con la estrategia de defensa. Durante la audiencia de juicio oral, el imputado indicó que tenía dos hijos menores de edad, que se encontraba en concubinato, que hablaba tres idiomas y residía en este país desde noviembre de 2005 en calidad de refugiado. Con respecto a los hechos, contó que es día había chocado con otro transeúnte mientras circulaba por la vía pública, quien le gritó “negro de mierda”, lo que provocó su reacción y lo golpeó. Luego, continuó caminando y, al darse vuelta, advirtió que el sujeto -que en ningún momento se había identificado como funcionario policial- lo estaba apuntando con un arma. En ese momento, forcejearon, le sacó el arma y se fue corriendo por temor a su vida. Sin embargo, en esos instantes se preguntó qué hacía con la pistola y la dejó en el piso. Aclaró que había tomado la pistola por acto reflejo para que no le dispararan y que de haber sabido que era policía no lo hubiera golpeado. Por último, negó haber apuntado con el arma hacia persona alguna. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal modificó la calificación asignada en el requerimiento de elevación a juicio por el delito de amenaza coactiva agravada por el uso de armas. De ese modo, consideró que el imputado había esgrimido el arma de fuego con la intención de que cesaran la persecución. Por su parte, la defensa planteó, entre otras cuestiones, que su asistido tenía tres indicadores de vulnerabilidad: era migrante, tenía un perfil racial y era refugiado. Asimismo, alegó que la prueba había sido contundente con respecto a la falta del uso intimidante del arma de fuego por lo que la duda llevaba implícita la absolución.
27-oct-2022López (reg. N° 1741 y causa N° 27372)Una persona había sido condenada a una pena de prisión de efectivo cumplimiento. Cumplido el plazo requerido, le concedieron la libertad asistida. Luego, cometió un nuevo delito y fue condenada. El tribunal interviniente efectuó el cómputo de la pena, que fue observado por la defensa. En su presentación, solicitó que se contabilizara el período en el que su asistida transitaba el régimen de la libertad asistida. El tribunal rechazó el pedido. Para resolver de esa manera, consideró que la persona había in-cumplido las obligaciones impuestas al ser incorporada al régimen de libertad asistida al cometer un nuevo delito y, por lo tanto, no correspondía contabilizar el tiempo transcurrido bajo esa modalidad. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, expresó que la resolución incurría en una errónea interpretación del artículo 56 de la ley N° 24.660. En particular, mencionó que la comi-sión de nuevos delitos durante el régimen de la libertad asistida no traía como conse-cuencia el descuento del tiempo transcurrido dentro del instituto.
25-oct-2022GPEN (Causa N° 1836)Una mujer era beneficiaria previsional de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos. Por ese motivo, sus aportes eran derivados al Instituto de Obra Social de Entre Ríos. No obstante, cuando la mujer solicitó afiliarse, el instituto rechazó su pedido. En consecuencia, presentó una acción de amparo a fin de obtener su incorporación como afiliada. El juzgado que intervino hizo lugar a lo solicitado. Contra esa decisión, la demandada interpuso un recurso de apelación. En virtud de ello, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos revocó la sentencia de primera instancia. Para decidir así, sostuvo que la vía excepcional del amparo exigía que se examinara si la mujer tenía cobertura de salud y si padecía una afectación actual o posible que ameritara su urgente reparación. En ese sentido, señaló que la mujer ya contaba con otra obra social por su profesión como docente y que no demostró ningún problema de salud urgente. Por ese motivo, concluyó que no procedía la acción de amparo entablada. Contra esa decisión, la mujer interpuso un recurso extraordinario. En esa oportunidad, consideró que la sentencia dictada era arbitraria y que la decisión se sustentó en una superposición inexistente de coberturas. Además, resaltó que la sentencia afectaba sus derechos constitucionales a la salud, al debido proceso y a la igualdad ante la ley, así como el principio de legalidad.
24-oct-2022EstupefacientesContiene los casos "De viaje", "Empoderada", "Tu jardín primitivo", "La visita" y "Privado de privacidad". Además, incluye preguntas que guían la reflexió´n sobre cada uno de los casos y material de estudio.
20-oct-2022DFM (Causa N° 2399)Una mujer y un hombre se casaron y tuvieron dos hijos. El hombre trabajó en el Ejército hasta que obtuvo el retiro voluntario. La mujer se dedicó a la crianza de los hijos y a las tareas del hogar. La familia vivía en un inmueble que le alquilaba al Ejército. Con posterioridad, la pareja se separó y el hombre se mudó a otra ciudad. Entonces, la mujer fue intimada a desocupar la vivienda. Sin embargo, se le dificultaba afrontar los costos de un nuevo alquiler. En ese contexto, no lograba insertarse en el mercado laboral atento a su edad y falta de experiencia previa. Tras la separación, no contaba con ingresos propios ni con cobertura médica para atender su salud. Ante esa situación, demandó por alimentos a su ex cónyuge. En su presentación, manifestó que no tenía ingresos suficientes para subsistir mientras que el accionado percibía una jubilación elevada. En su contestación, el demandado destacó que la mujer había trabajado como peluquera en su domicilio y en algunos períodos se había desempeñado como empleada doméstica. La demanda fue rechazada. La actora apeló la decisión. Durante el trámite del expediente se dictó la sentencia de divorcio. Luego, la Cámara confirmó el rechazo del reclamo alimentario. Frente a esa decisión, la actora interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, señaló que no se había tenido en cuenta la distribución de roles durante la vida en común, así como tampoco la dedicación exclusiva al cuidado de los hijos y del hogar. Puntualizó que su pedido se fundaba en las normas vinculadas a los alimentos derivados del matrimonio.