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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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12-ago-2022 | Retamozo Moza (causa N° 4328) | Una persona de nacionalidad boliviana había sido condenada a una pena de prisión. El 23/3/2023 cumplía la mitad de la condena. Sin embargo, su defensa pidió su expulsión anticipada. Entre sus argumentos, tuvo en cuenta que la persona era el único sostén de su grupo familiar y sus hijos habían abandonado sus estudios. Por otra parte, destacó que no contaba con antecedentes penales y poseía disposición migratoria firme y consentida que lo declaraba irregular en el país y ordenaba su expulsión. Más allá de que no poseía la mitad de la condena cumplida solicitó que se ordenara su inmediata expulsión del país a Bolivia por razones humanitarias. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal acompañó lo solicitado por la defensa. |
11-ago-2022 | Zeballos (causa N° 29694) | Un hombre fue procesado por el delito de defraudación por retención indebida, cometido en forma reiterada, en tres oportunidades, en concurso real. Ante la orden de detención librada por el juzgado de instrucción, el hombre se presentó voluntariamente. En ese momento se identificó correctamente y acreditó lugar de residencia. En la etapa de preparación del juicio oral, la defensa planteó su excarcelación. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 18 rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, estimó que el pedido no era procedente en los términos del art. 317 inc. 5 del Código Procesal Penal de la Nación porque planteaba la hipotética imposición de la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, circunstancia que no podía verificarse en esa etapa procesal y menos aún si se consideraba la opinión de las acusaciones sobre la eventual sanción. Además, ponderó la gravedad, complejidad y magnitud de los hechos atribuidos y la severidad de la pena en expectativa y concluyó que el tiempo de detención no lucía irrazonable, ya que solo estaba pendiente proveer los ofrecimientos de prueba y luego de ello se fijaría la fecha de debate. Ante esta situación, su defensa interpuso un recurso de casación. |
11-ago-2022 | Orrego (causa N° 3099) | Un hombre había sido imputado por el delito de transporte de estupefacientes. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo de juicio abreviado. Allí, se estableció una pena de seis años y seis meses de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario. Además, se acordó una autorización para efectuar salidas laborales. En ese sentido, se explicó que el hombre era el sostén económico de su familia. En particular, pagaba los gastos médicos de sus sobrinos que tenían la enfermedad de fabry. |
11-ago-2022 | Rossel (reg. N° 1208 y causa N° 51839) | Una persona había intentado cortar con una pinza una cadena que sujetaba una bicicleta a un poste. La situación fue advertida por un transeúnte que avisó al personal policial que se encontraba cerca. La policía observó cuando la persona efectuaba el corte de la cadena. A continuación, la detuvo y secuestró la bicicleta, la pinza y la cadena. Por ese hecho, resultó condenada por el delito de robo de un vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa. Contra esa resolución, su defensa interpuso un recurso de casación. |
9-ago-2022 | DFA (Causa N° 125.656) | Dos niños crecieron y vivieron con sus progenitores en el partido de Lanús. En 2021, cuando tenían 12 y 15 años, sus padres fallecieron. A partir de ese momento, los dos hermanos estuvieron a cargo de una amiga de la pareja que vivía en Cañuelas. No obstante, se respetó la voluntad de la madre para que concurrieran a un colegio en Lomas de Zamora. En ese contexto, debían trasladarse de una cuidad a la otra. En julio de ese año, la mujer se presentó ante un juzgado en la ciudad de La Plata e inició una acción para solicitar la guarda de ambos. En consecuencia, los tíos se presentaron y solicitaron que se designara un abogado del niño a sus sobrinos. Entre sus argumentos, expresaron que la actora decidió trasladarlos a Cañuelas cuando el centro de vida de los niños siempre había sido en Lanús. Sobre ese aspecto, agregaron que incluso concurrían al colegio en esa localidad. Por ese motivo, requirieron que se declarara incompetente al juzgado interviniente y se remitieran las actuaciones al departamento judicial de Avellaneda-Lanús. Por su parte, el juzgado hizo lugar a lo solicitado conforme al artículo 716 del Código Civil y Comercial de la Nación que establecía la competencia en función del centro de vida del niño. Por ese motivo, remitió el expediente al departamento judicial solicitado. En esa oportunidad, intervino la Asesora de Menores. En su intervención, luego de escuchar a los niños, consideró que su deseo era estar al cuidado de su guardadora y vivir con ella. Respecto del conflicto de competencia, elevó las actuaciones a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. |
9-ago-2022 | Rodas (causa N° 3590) | Un hombre que se encontraba detenido regresaba de una visita carcelaria cuando el personal penitenciario avisó que se realizaría una requisa. En ese momento, el detenido ingirió 47 cápsulas que contenían en total 58.90 gramos de marihuana. Como consecuencia, sintió ganas de vomitar. Para acceder a la atención médica, debió avisar a un guardia y explicarle su situación. Se le suministró un balde donde vomitó las cápsulas, que luego fueron secuestradas por el personal penitenciario. El detenido fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. La defensa planteó la nulidad del procedimiento. Entre otros argumentos, expresó que se había vulnerado la garantía de prohibición de autoincriminación y postuló la aplicación de la doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Baldivieso”. El juzgado rechazó el planteo de nulidad y dictó el procesamiento. La defensa interpuso un recurso de apelación. La fiscalía de cámara acompañó el pedido de nulidad. La cámara de apelaciones rechazó el recurso. Para resolver así, manifestó que no resultaba aplicable la doctrina del fallo “Baldivieso”, por no tratarse de una denuncia efectuada por personal médico. Frente a su rechazo, tanto la defensa como la fiscalía interpusieron recursos de casación. La defensa mantuvo los argumentos planteados y agregó la afectación a los principios que regían el sistema acusatorio. Las impugnaciones fueron denegadas. Entonces, la defensa interpuso un recurso de queja. |
9-ago-2022 | Personas de edad privadas de la libertad | La Experta Independiente sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas de edad realizó un informe temático sobre la situación de los adultos mayores privados de su libertad. Este documento estudia el impacto diferencial del encierro en las personas de edad en el contexto de la justicia penal, de la detención relacionada con la migración y en los centros de cuidado. Luego, efectúa recomendaciones a los Estados para garantizar el respeto al principio de autodeterminación y el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los adultos mayores en contextos de encierro. |
4-ago-2022 | El derecho a la privacidad en la era digital | El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos elaboró un informe temático sobre el impacto de las tecnologías de vigilancia electrónica en la protección de la privacidad. El documento analizaba los riesgos que conllevaban las medidas de hackeo y vigilancia sistemática empleadas por los Estados en el disfrute de los derechos fundamentales. Luego, presentaba lineamientos para garantizar que las medidas de seguridad fueran respetuosas del derecho a la vida privada y familiar. |
4-ago-2022 | RJN (Causa N° 499456) | Un joven tenía una discapacidad psicosocial y cobraba una pensión no contributiva. Su padre había sido excluido del hogar familiar por ejercer violencia contra él y su madre. La mujer también tenía una discapacidad psicosocial y realizaba un tratamiento ambulatorio. En el 2014 el joven decidió irse a vivir con su progenitor. Con posterioridad, éste inició un proceso judicial para que se determinara la capacidad jurídica de su hijo para la realización de determinados actos jurídicos. En su presentación, solicitó ser designado como apoyo. El juzgado interviniente determinó que el joven no podía disponer o administrar bienes registrables ni grandes sumas de dinero, realizar tareas remuneradas, contraer matrimonio, ejercer derechos electorales, llevar a cabo actos jurídicos no patrimoniales y aquellos vinculados con su salud. Asimismo, el juez designó al hermano del joven como su apoyo, bajo la modalidad de representación. Sobre ese aspecto, evaluó que ninguno de los progenitores resultaba idóneo para ejercer ese rol. Contra lo decidido, el padre interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, señaló que los informes que se habían acompañado en el expediente indicaban que su hijo podía realizar actividades remuneradas simples. Con respecto a los actos no patrimoniales, agregó que la restricción era muy genérica y, por lo tanto, lo afectaría en todos los aspectos de su vida. Respecto de esos actos, expresó que resultaba más adecuada la modalidad de asistencia. Por último, destacó que no se había tenido en cuenta la voluntad del joven, que a lo largo del proceso había manifestado su intención que se designara a su padre como apoyo. |
4-ago-2022 | GMFN (Causa Nº 55713) (Cámara) | Un hombre desarrolló un fuerte lazo socioafectivo con el hijo de su pareja, con el que convivió durante muchos años. Por ese motivo, solicitó judicialmente la adopción por integración del joven. En ese sentido, peticionó que se le otorgara bajo la modalidad simple para que el adolescente conservara sus vínculos de origen. Por su parte, los progenitores biológicos consintieron la presentación. Luego de ser citado por el juez, el joven sostuvo que no deseaba elegir a un papá debido a que quería a ambos El juzgado interviniente concedió la adopción por integración del adolescente con efectos simples. Asimismo, acogió la triple filiación solicitada por el actor. En su decisión, se basó tanto en el vínculo biológico como en el socioafectivo y, por lo tanto, dispuso la inconstitucionalidad del artículo 558 que vedaba la posibilidad de tener más de dos vínculos filiales. Contra ese último aspecto, la Defensora de Menores e Incapaces y el Fiscal interpusieron, respectivamente, un recurso de apelación. En sus presentaciones, consideraron que la declaración de inconstitucionalidad era innecesaria, ya que la situación del joven se enmarcaba en las normas sobre adopción integrativa. |