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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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1-nov-2022 | PAA (Causa N° 11078) | Dos jóvenes vivían junto a su padre, que trabajaba en el poder judicial de Salta. El hombre era el único sostén del grupo familiar, ya que las jóvenes –que eran mayores de edad– se dedicaban a sus estudios. El hombre falleció a causa de un accidente. Por ese motivo, sus hijas solicitaron a la ANSES el otorgamiento de la pensión directa. En esa oportunidad, les informaron que no podían concretar el trámite en virtud de su mayoría de edad y lo dispuesto por el art. 53 de la ley 24.241. En consecuencia, las jóvenes –con la asistencia de la Defensoría Pública Oficial– enviaron un oficio al referido organismo, pero no obtuvieron respuesta al respecto. Luego de reiterar el pedido, ANSES les notificó que no cumplían los requisitos que preveía la normativa para ser consideradas beneficiarias. En ese contexto, iniciaron una acción de amparo contra el organismo previsional. Ello a fin de obtener el cobro de la pensión hasta que alcanzaran los veinticinco años y mientras acreditaran sus respectivas capacitaciones, de acuerdo a lo establecido por el artículo 658 y 663 del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, solicitaron se declarara la inconstitucionalidad del referido artículo 53, que les impedía acceder al beneficio previsional requerido por haber superado los dieciocho años. Además, destacaron que la urgencia del reclamo se debía a la naturaleza alimentaria de la pensión y a la situación de vulnerabilidad económica en la que se encontraban. Luego, ANSES emitió un informe. En esa presentación, manifestó que existían otros beneficiarios, dado que el hombre tenía una conviviente con quien había tenido dos hijos, que eran menores de edad. En ese sentido, consideró que las actoras pretendían captar un beneficio pese a que ya no reunían la edad necesaria. |
nov-2022 | Uso ilegítimo de la fuerza de los cuerpos de seguridad estatales (Corte IDH) | Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el uso ilegítimo de la fuerza de las fuerzas de seguridad estatales |
1-nov-2022 | Justicia 4.0 - Algoritmos y prueba digital | Contiene los casos "La amenaza IP", "Hallazgos casuales", "Dar la cara". Además, incluye preguntas que guían la reflexión sobre cada uno de los casos y material de estudio. |
1-nov-2022 | SRE (Causa Nº 100896) | En un proceso de alimentos a favor de un niño, se determinó una cuota provisoria a cargo de su progenitor. Pese a las reiteradas intimaciones, el hombre recién canceló lo adeudado un año después. Durante el período de incumplimiento, el juzgado le impuso –a modo de medidas sancionatorias– su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y la inhibición general de bienes. Luego, el demandado pidió que se levantaran las referidas medidas. Remarcó que lo resuelto le ocasionaba un daño debido a que se le limitaba la posibilidad de generar recursos y, de esa forma, hacer frente a sus obligaciones alimentarias. Además, sostuvo que ya no existía deuda, por lo que no tenía sentido mantener lo dispuesto. Añadió que se había demorado apenas unos días a partir del vencimiento ya que, en ese momento, no contaba con ingresos fijos. Sobre esa cuestión, señaló que trabajaba como herrero y no tenía una fecha concreta de cobro. Por su parte, la actora se opuso al planteo del hombre. En concreto, destacó que la normativa permitía la traba de medidas cautelares para asegurar el cumplimiento de alimentos a futuro. El juzgado interviniente no hizo lugar al levantamiento de las medidas. Contra esa resolución, el demandado interpuso un recurso de apelación. |
31-oct-2022 | Recomendación General N° 39 sobre los derechos de las mujeres y niñas indígenas | El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer emitió una recomendación general sobre los derechos de las mujeres y niñas indígenas. Este documento estudia las obligaciones internacionales de los Estados en materia de igualdad, no discriminación y acceso a la justicia para las mujeres y niñas indígenas desde una perspectiva interseccional, intercultural, multidisciplinaria y de género. Luego, efectúa recomendaciones a los Estados para garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de este grupo a partir de un enfoque integral. |
28-oct-2022 | Coronel (Causa N° 22000800) | Agentes del Banco Central de la República Argentina, después de dos años de investigación, se presentaron como querellantes y denunciaron a una organización que habilitaba una vía clandestina de movimiento de moneda extranjera dentro de un café llamado “El Gallina”. Tras diez años de investigación, y a pedido del fiscal, el juez ordenó el allanamiento. En la orden se indicó una dirección, pero ese domicilio no correspondía a “El Gallina”, sino que se trataba de otra confitería llamada “Los Angelitos”. La medida se realizó sobre ese café y, como resultado, se secuestró gran cantidad de dinero y otros elementos. La defensa de una de las personas allanadas indicó que hubo una confusión en la medida porque toda la investigación se realizó a “El Gallina”. Agregó que en el café “Los Angelitos” funcionaban oficinas administrativas y solicitó la devolución de los elementos secuestrados. La fiscalía realizó medidas para corroborar lo informado por el abogado. Se verificó que el allanamiento se realizó en un inmueble distinto respecto del cual debía dirigirse y, en consecuencia, el Juzgado Federal de Salta N°1 declaró la nulidad de la medida y devolvió todos los elementos secuestrados. La querella presentó un recurso de apelación. |
27-oct-2022 | Vilaseco (causa N° 40462) | Un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva. Al momento de su detención aportó sus datos identificatorios, carecía de antecedentes condenatorios y su domicilio fue constatado. Su defensa solicitó la excarcelación. El juzgado de instrucción rechazó el pedido, lo que motivó que se interpusiera un recurso de apelación. La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó el pedido, por considerar, entre otras cuestiones, que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 por remisión del art. 317, inc. 1° del Código Procesal Penal, la naturaleza del hecho y la conducta desplegada por el imputado conducían a pronosticar que la eventual pena a imponer sería de cumplimiento efectivo. Además, estimó que las medidas alternativas previstas en la regulación procesal penal no eran suficientes para asegurar los riesgos procesales presentes en el caso. También entendió que el tiempo de detención no era desproporcionado si se consideraba el estado del proceso y la gravedad de los hechos (conformar una asociación criminal para robar en la vía pública). Contra esa decisión, la defensa del hombre imputado interpuso un recurso de casación. |
27-oct-2022 | REE (Causa nº 683) | Un hombre se presentó en el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista (COPIME) y, a los fines de matricularse, acompañó un certificado analítico de técnico electromecánico emitido por una escuela de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, se constató que la currícula que figuraba en el certificado no se correspondía con ningún plan de estudios. Asimismo, se corroboró que los firmantes del documento no eran ni habían sido autoridades del establecimiento educativo. Por último, se certificó que la emisión del analítico no figuraba en los registros de la escuela. De igual forma, se constató que los sellos y firmas que aparecían en la copia del certificado analítico no guardaban similitud con los registros, la funcionaria interviniente estaba jubilada y su apellido estaba mal escrito. Por tal motivo, se convocó al hombre a prestar declaración indagatoria en el marco de un proceso penal. Antes de la audiencia, la defensa del imputado solicitó la aplicación del instituto de reparación integral. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido. Afirmó que las características e implicancias del hecho, la naturaleza del bien jurídico afectado y la ausencia de una víctima concreta cuyos intereses deban repararse impedían la aplicación del instituto. El juzgado interviniente rechazó la propuesta de reparación integral. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
27-oct-2022 | ADT (Causa N° 30190) | Un joven se encontraba privado de su libertad por haber sido condenado a la pena de seis años de prisión por los delitos de robo agravado por su comisión con arma de fuego entre otros delitos, todos en concurso real. Estos hechos los había cometido cuando era menor de edad. Transcurrido el plazo correspondiente, su defensa solicitó su libertad condicional. Sin embargo, el juzgado de ejecución rechazó el planteo. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación y solicitó la declaración de inaplicabilidad del artículo 14 del CP en virtud del principio de especialidad. En subsidio, planteó su inconstitucionalidad. |
27-oct-2022 | AP ( causa N° 3057) | Un hombre migrante nacido en Costa de Marfil fue imputada por los delitos de robo agravado por haber sido cometido mediante el uso de un arma de fuego en grado de conato, en calidad de coautor, y homicidio calificado criminis causae agravado por el uso de un arma de fuego reiterado en dos oportunidades, en calidad de autor, en concurso real entre sí. Previo a la realización del debate oral, el Programa de Diversidad Cultural intervino con un informe para colaborar con la estrategia de defensa. Durante la audiencia de juicio oral, el imputado indicó que tenía dos hijos menores de edad, que se encontraba en concubinato, que hablaba tres idiomas y residía en este país desde noviembre de 2005 en calidad de refugiado. Con respecto a los hechos, contó que es día había chocado con otro transeúnte mientras circulaba por la vía pública, quien le gritó “negro de mierda”, lo que provocó su reacción y lo golpeó. Luego, continuó caminando y, al darse vuelta, advirtió que el sujeto -que en ningún momento se había identificado como funcionario policial- lo estaba apuntando con un arma. En ese momento, forcejearon, le sacó el arma y se fue corriendo por temor a su vida. Sin embargo, en esos instantes se preguntó qué hacía con la pistola y la dejó en el piso. Aclaró que había tomado la pistola por acto reflejo para que no le dispararan y que de haber sabido que era policía no lo hubiera golpeado. Por último, negó haber apuntado con el arma hacia persona alguna. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal modificó la calificación asignada en el requerimiento de elevación a juicio por el delito de amenaza coactiva agravada por el uso de armas. De ese modo, consideró que el imputado había esgrimido el arma de fuego con la intención de que cesaran la persecución. Por su parte, la defensa planteó, entre otras cuestiones, que su asistido tenía tres indicadores de vulnerabilidad: era migrante, tenía un perfil racial y era refugiado. Asimismo, alegó que la prueba había sido contundente con respecto a la falta del uso intimidante del arma de fuego por lo que la duda llevaba implícita la absolución. |