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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 24-nov-2011 | Familia Barrios v. Venezuela | La familia Barrios era una familia de escasos recursos que residía en Aragua, Venezuela. Allí era frecuente el uso arbitrario de la fuerza y las ejecuciones extrajudiciales por parte de la policía. En ese marco, diversos miembros de la familia sufrieron detenciones y allanamientos sin orden judicial. Asimismo, fueron amenazados y maltratados en reiteradas oportunidades por la policía. En un episodio, la policía detuvo a dos integrantes menores de edad, les propinó amenazas y golpes, y los liberó al día siguiente. Luego, siete miembros de la familia perdieron la vida en manos de la policía. Entre ellos, se encontraba un niño. La familia realizó diversas denuncias ante la fiscalía, pero las investigaciones no dieron lugar a la identificación de los culpables. |
| 21-nov-2011 | L, AM | Una persona había sido imputada por el delito de defraudación por administración fraudulenta. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El fiscal se opuso a la petición porque consideró insuficiente el monto dinerario ofrecido en concepto de reparación del supuesto daño. El tribunal rechazó el pedido. Contra esa resolución, la defensa interpuso recurso de casación. |
| 9-nov-2011 | C, SE | Una persona se encontraba detenida e imputada por el delito de abuso sexual agravado en provincia de Buenos Aires. A su vez, fue imputada por una infracción a la ley de marcas y patentes. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. El fiscal se opuso a la concesión del instituto. Argumentó, en este sentido, que la gravedad del delito por el que se encontraba detenido en sede provincial obstaba a esa posibilidad. El tribunal oral consideró vinculante el dictamen y rechazó la probation. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 3-nov-2011 | Informe Nº 169-11 Fazenda Brasil Verde v. Brasil | El presente caso se relaciona con los acontecimientos que tuvieron lugar en Brasil, cuando en el año 1989 las autoridades estatales realizaron visitas o fiscalizaciones a la Fazenda Brasil Verde para constatar las condiciones en las que se encontraban los trabajadores. En ellas, se pudo verificar la existencia de trabajo esclavo, así como otras irregularidades laborales (contratados bajo condiciones que posteriormente no son cumplidas) y algunas fallas en dicha hacienda. Los trabajadores que lograron huir en los diferentes intentos realizaron declaraciones sobre la existencia de amenazas de muerte en caso de abandonar la hacienda, el impedimento general que tenían de salir libremente, la falta de salario o la existencia de un salario ínfimo, el endeudamiento con el hacendado, la falta de vivienda, alimentación y salud dignas, entre otros. En este ámbito tuvo lugar la desaparición de los adolescentes Iron Canuto y Luis Ferreira, de 16 y 17 años respectivamente, quienes previamente habían denunciado ante las autoridades las anteriores circunstancias. El contexto particular en el que tuvieron lugar dichos hechos es algo propio en Brasil, donde decenas de miles de trabajadores son sometidos a trabajo esclavo. Dicho contexto tiene sus orígenes en una discriminación integral y exclusión histórica. En este sentido, el grupo afectado lo constituyen en su mayor parte hombres de entre 15 y 40 años de edad, afrodescendientes y morenos originarios de los estados más pobres del país (aquellos situados en el norte) y con menos perspectiva de trabajo. La situación de extrema y especial vulnerabilidad de dicho grupo se debe, entre otros factores, a la falta de recursos adecuados y efectivos que protejan sus derechos, a la pobreza extrema en la que vive gran parte de dicha población, y a la insuficiente presencia de instituciones estatales así como a la inequitativa distribución de la tierra |
| 3-nov-2011 | AP (Causa Nº 1532) | Un grupo de personas fue denunciado por haber realizado una maniobra en perjuicio de los intereses de una empresa en el año 1990. Por ese hecho, fue imputado por el delito de defraudación por administración fraudulenta y desbaratamiento de los derechos acordados. En marzo del 2011, el juzgado convocó a los imputados a prestar declaración indagatoria por considerar que existía “una leve sospecha” en su contra. Luego, dictó su sobreseimiento por atipicidad de las conductas reprochadas. Las defensas requirieron que se dictara la nulidad del llamado. El juzgado rechazó el planteo. Contra esa decisión, interpusieron recursos de apelación. Entre otras cuestiones, sostuvieron que el acto se había motivado solamente en la interrupción del curso de la prescripción. |
| 3-nov-2011 | MJA (Causa N° 35049) | Una madre y sus hijos/as eran víctimas de violencia de género por parte de su marido y progenitor de los niños/as. Luego de sucesivos eventos violentos, la mujer realizó dos denuncias. En el marco de la segunda denuncia, y al entender que los hechos denunciados podrían ser actos de violencia, el juez de Instrucción Sumaria Tercera Nominación de Salta instruyó a la dependencia policial sacar fotocopias de las actuaciones y remitir al Defensor de Menores e Incapaces para que inicie la presentación que correspondiere por ante el Juzgado de Primera instancia en lo civil de Personas y Familia. Dicha orden no fue cumplida por el agente policial a cargo. También existía otro sumario abierto por amenazas y lesiones entre las mismas partes. No obstante, el hombre asesinó a la mujer y a dos de sus hijos. La hija menor de edad que sobrevivió al ataque quedó al cuidado del abuelo materno. En el marco de la causa penal, la hija ―ya mayor de edad― interpuso una acción civil contra el Estado Provincial y el agente policial por los daños que le ocasionó la muerte de su madre y hermanos. |
| 1-nov-2011 | Leiva (causa N° L. 421. XLIV) | Leiva estaba embarazada, vivía con su pareja y sufría violencia de género. En una oportunidad, el hombre la encerró en la casa y la golpeó con un palo de escoba. Para repeler los golpes y, por temor a perder el embarazo, lo hirió con un destornillador en la zona del tórax. En ese momento, comenzó a gritar por la ventana para pedir una ambulancia, por lo que los vecinos forzaron la puerta para poder entrar. El hombre murió yla mujer fue trasladada a un hospital, donde quedó alojada durante una semana debido a las lesiones que presentaba. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio. Al ser indagada, Leiva afirmó que había actuado en legítima defensa. En ese sentido, sostuvo que había temido por su propia vida y la del feto ya que, en otra oportunidad, había sufrido un aborto provocado por los golpes de su pareja. Por otro lado, la historia clínica no fue agregada al expediente. De los informes médicos surgía que la mujer presentaba varias lesiones en el cuerpo. El informe psicológico practicado en el hospital a pocas horas del hecho concluyó que la mujer cursaba una crisis de angustia por efecto del suceso traumático acontecido. La primera pericia psiquiátrica ordenada por la instrucción indicó que la imputada estaba deprimida y tenía una “actividad psíquica pasiva”, por lo que debía postergarse la entrevista. La médica psiquiatra que practicó la pericia agregó que no se observaban parámetros que denotaran falta de control de los impulsos y que su conducta poseía rasgos obsesivos. Seis meses después, se efectuó un segundo estudio efectuado por otro experto del servicio judicial, debido a que en el primero no había intervenido el perito de parte. Allí se diagnosticó que la mujer se encontraba depresiva, angustiada y que había sido víctima de una pareja agresora, lo que provocaba en ella un sentimiento de vulnerabilidad y sumisión. Asimismo, el dictamen del perito de parte informó que la imputada presentaba un cuadro depresivo tipo reactivo y concluyó que no había sido dueña de sus acciones y que la respuesta a la violencia recibida debía entenderse como una reacción emocional violenta. La Cámara en lo Criminal de Primera Nominación de Catamarca consideró que no había existido una agresión ilegítima por parte del hombre y la condenó a la pena de doce años de prisión por el delito de homicidio simple. Para decidir de esa manera valoró solo la primera pericia psiquiátrica efectuada debido a que las posteriores se habían basado exclusivamente en las entrevistas con la acusada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación, que fue rechazado por la Corte de Justicia de Catamarca. En ese sentido, sostuvo que, aunque se aceptara la existencia de una agresión ilegítima por parte del varón, la imputada se había sometido a ella de manera voluntaria. Por esa razón no podía invocar esa agresión para defenderse. Entonces, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. |
| 6-sep-2011 | Diéguez Herrera (Causa N°13139) | Dos personas denunciaron la comisión de un delito . Luego de una investigación, el representante del Ministerio Público Fiscal desestimó la denuncia por considerar que los hechos referidos no constituían delito. La jueza de instrucción resolvió en el mismo sentido. Entre los fundamentos de esa decisión, sostuvo que el dictamen fiscal que prescinde del ejercicio de la acción resulta vinculante para los jueces, en tanto el titular de la acción penal pública es el Ministerio Público Fiscal y la función de la judicatura se limita al control jurisdiccional de validez de los actos procesales. Frente a esto, los damnificados pretendieron constituirse como querella y presentaron un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la resolución y señaló que el sistema legal no prevé la figura del acusador particular autónomo para los delitos de acción pública. Contra esta decisión, presentaron un recurso de casación. |
| 26-ago-2011 | D, AO y otros | En oportunidad de contestar la vista del requerimiento de elevación a juicio (art. 349 CPPN), la defensa había solicitado la suspensión del juicio a prueba. El juzgado no hizo lugar al planteo. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión. Para decidir de esa manera, sostuvieron que el art. 76 bis refiere a “juicio” y no a “proceso”. Así, concluyeron que no era posible pedir la probation en la etapa de instrucción. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 17-ago-2011 | Rodríguez Sisti (reg. N° 15341 y causa N° 12393) | Una persona fue condenada a cinco años y once meses de prisión. La pena venció en marzo de 2005. En 2004 fue imputada y detenida por la comisión de un nuevo delito. En octubre de 2006 el tribunal declaró la nulidad de todo actuado, ordenó su libertad y devolvió la causa al juzgado para que se continuara con su trámite. Una vez que recuperó la libertad, en noviembre de 2006, fue imputada por un nuevo delito y un año más tarde fue condenada a la pena de nueve años de prisión. Al momento de efectuar el cómputo, el tribunal no consideró el tiempo de detención sufrido en la causa que había tramitado ante el juzgado federal. La defensa observó el cómputo y el tribunal rechazó el planteo. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de casación. |
