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FechaTítuloResumen
16-jun-2015P, A c. Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas DiscapacitadasLa accionante demandó al Servicio Nacional de Rehabilitación y a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas Discapacitadas para que brinde la cobertura total de las prestaciones que requería con motivo de su discapacidad. El juez de grado rechazó la acción. Contra dicha resolución, la parte actora interpuso recurso de apelación. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal hizo lugar a la impugnación. En consecuencia, condenó a la demandada a brindar la cobertura total de las prestaciones. El representante del Servicio Nacional de Rehabilitación dedujo recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja.
16-jun-2015P., César NapoleónEl actor inició una acción sumarísima de cambio de nombre y requirió la sustitución de su segundo nombre, “Napoleón”, por el sentimiento de vergüenza que le generó a lo largo de su vida.
16-jun-2015E, MD c. P, PF (competencia)Una pareja de argentinos se trasladó a España en el año 2007. En el año 2010 tuvieron un hijo y, con posterioridad, se separaron. La madre retornó a la Argentina con su hijo en 2012. Un año después, el padre del niño pidió su restitución internacional ante el Juzgado de Familia de Primera Nominación de Santiago del Estero en los términos del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores. Ese juzgado se inhibió de intervenir y remitió la causa a un juez de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional designado como juez de enlace con competencia en materia de restitución internacional de menores en el marco del Convenio de La Haya. Esa atribución de competencia fue consentida por las defensorías oficiales que ejercían la representación del progenitor y del niño, por la demandada y por las fiscalías de primera y de segunda instancia. En tales condiciones, el juicio se sustanció íntegramente ante dicho magistrado, sin que el padre peticionario ni el Ministerio Público presentaran ninguna objeción. El juez actuante rechazó la solicitud de restitución. El actor apeló esa decisión y, además, cuestionó la competencia y requirió la nulidad de lo actuado. El Tribunal Superior de Justicia hizo lugar a las peticiones. En virtud de ello, la progenitora del niño interpuso recurso extraordinario cuya denegación dio lugar al recurso de queja.
15-jun-2015LVDUn hombre solicitó la custodia de sus hijos, al cuidado de la abuela materna al momento de la demanda por encontrarse la madre trabajando en otra provincia. Sostuvo que los cuidados de la abuela no son buenos y que los niños deseaban vivir con él. La madre se opuso a la solicitud y afirmó que iba a promover una demanda para llevárselos a vivir con ella.
15-jun-2015L, VD c. C, DSUn hombre solicitó la custodia de sus hijos, quienes se encontraban al cuidado de la abuela materna por trabajar la madre en otra provincia. Sostuvo que los cuidados de la abuela no era buenos y que los niños deseaban vivir con él. La madre se opuso a la solicitud y afirmó que iba a promover una demanda para llevárselos a vivir con ella.
15-jun-2015Mansour Leghaei v. AustraliaEl señor Leghaei había llegado por primera vez a Australia en 1994 y contaba con dos visados temporales que le permitían trabajar como líder religioso musulmán (sheij) y entrar y salir del país. En noviembre de 1996, solicitó un visado de carácter permanente para que se incluyeran a su esposa y a sus hijos como personas a su cargo. Ambos visados fueron denegados con el pretexto de que, según la Organización Australiana de Inteligencia de Seguridad (OAI), el requirente constituía una amenaza para la seguridad nacional. En octubre de 1997, la decisión fue confirmada por la Oficina de Revisión Interna del Departamento de Inmigración y Asuntos Multiculturales. En dicha decisión no se mencionó el motivo por el que era considerado una amenaza ni se le comunicó la existencia de testigos que den cuenta de su supuesta peligrosidad. Un mes más tarde, el peticionario solicitó que el Tribunal de Examen de Asuntos de Inmigración revisara la decisión. Todos los recursos judiciales que presentó fueron desestimados.
13-jun-2015Soto Parera, MarianoUn hombre había sido condenado a una pena de prisión. El imputado padecía adicción a las drogas y había sido alojado durante cuatro años en instituciones de tratamiento psiquiátrico. Durante ese tiempo, se le suspendido la progresividad en el cumplimiento de la pena. Cumplido el requisito temporal, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. La unidad penitenciaria informó que se encontraba calificado con conducta muy buena y concepto regular. Asimismo, las diversas áreas del complejo indicaron que el imputado trabajaba, estudiaba, cumplía con los reglamentos carcelarios y poseía un domicilio de referencia. El Consejo Correccional hizo saber que el penado se encontraba al inicio del régimen de progresividad, por lo que se expidió de manera desfavorable. El representante del Ministerio Público Fiscal consideró que la opinión del Consejo Correccional era arbitraria y concluyó que debía haberse concederse la libertad condicional. El juzgado de ejecución rechazó la solicitud. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
12-jun-2015Gentile, Maximiliano JoséEl Juzgado Nacional de Ejecución Penal había resuelto no hacer lugar a la libertad asistida del condenado. Ante esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación.
11-jun-2015Quiñones Hilda Mónica y otros c. Ferraro Raúl y otrosEn un acumulado de procesos se reclamaban los daños y perjuicios ocasionados por un accidente vial que produjo lesiones graves al conductor del automóvil embestido y la muerte a su acompañante. El juez de primera instancia reprodujo en los argumentos de la sentencia las conclusiones de la resolución dictada en sede penal, donde se sostuvo que no había certeza para afirmar que el resultado dañoso se debiera a una conducta imprudente, negligente o antirreglamentaria del co-demandado. Con relación a la pretensión de los herederos del acompañante, el juez encuadró esta situación en la figura del transporte benévolo y declaró la responsabilidad objetiva de ambos demandados (conductor del automóvil embistiente y conductor del automóvil embestido).
10-jun-2015Gónzalez, Lisandro DanielEl tribunal oral había resuelto no hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad del decreto 18/97 del PEN, rechazar el planteo de nulidad y confirmar las sanciones disciplinarias aplicadas al detenido. En razón de ello, la defensa interpuso recurso de casación.