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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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16-jun-2016 | F, MP | El 11 de junio de 1997 una mujer fue declarada incapaz mediante sentencia firme. Con posterioridad, la Unidad de Letrados para la Revisión de Sentencias que Restringen el Ejercicio de la Capacidad Jurídica realizó un informe interdisciplinario y solicitó la rehabilitación de FMP. |
16-jun-2016 | CH (causa Nº 43209) | Una mujer recriminó a su pareja que la engañaba. Entonces, discutieron y el hombre se enojó, la insultó, golpeó y amenazó con un revólver. Tres años más tarde, tuvieron otra discusión por razones similares. En esa oportunidad también la insultó y amenazó de muerte. La mujer se presentó ante la Oficina de Violencia Doméstica y lo denunció. Luego, ratificó sus declaraciones ante el juzgado. Por esos hechos, el hombre fue imputado por el delito de amenazas coactivas. El imputado declaró por escrito y negó los hechos. En particular, sostuvo que las denuncias de la mujer eran falsas y que tenían origen en conflictos de pareja. Durante la audiencia de debate, fue incorporada por lectura su declaración. Luego, declaró la víctima y manifestó que durante la época de los hechos había mantenido la relación con el imputado y había quedado embarazada en diversas oportunidades. Además, sostuvo que había vuelto con él porque no podía sostener sola a su familia. La fiscalía consideró que el relato de la víctima había sido preciso y consistente y que la relación entre las partes formaba parte del círculo propio de la violencia de género. Por tal razón, solicitó que se lo condenara a la pena de dos años y ocho meses de prisión. La defensa entendió que los hechos fueron motivados por peleas de pareja en las que no debía intervenir la justicia. En tal sentido, solicitó la absolución de su asistido. |
16-jun-2016 | Colectivo del Pabellón C y D (causa Nº 8891) | El Servicio Penitenciario Federal resolvió trasladar a las personas del colectivo trans que se encontraban en un complejo penitenciario en el que se alojaban hombres a otro en el que se alojaban mujeres. Dos hombres homosexuales no estaban de acuerdo con el traslado dispuesto. Sostenían que eran gays y no trans y que preferían quedarse en el mismo penal. En consecuencia, interpusieron un habeas corpus a fin de ser reintegrados a su lugar de alojamiento anterior. El juzgado de primera instancia no hizo lugar a la acción. Contra esa decisión, interpusieron un recurso de apelación. |
15-jun-2016 | B, JA c. V, DM | En el marco de una acción por reclamo de daños y perjuicios, la parte actora solicitó la nulidad de la notificación electrónica cursada por el juzgado y la inconstitucionalidad de la Acordada Nº 3/15 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –que regula la aplicación del Sistema de Notificaciones Electrónicas–. El Juzgado Nacional Civil Nº 110 rechazó el planteo. La actora interpuso recurso de apelación. |
15-jun-2016 | LCE (Causa Nº 73876) | Una persona inició una acción de amparo con el objeto de que se le asigne un subsidio extraordinario y reparatorio, de manera mensual y vitalicia, equivalente al salario mínimo vital y móvil. Dicha petición se fundó en sus necesidades de supervivencia y a la discriminación que padecía desde su niñez a causa de su identidad de género. El tribunal de primera instancia rechazó la acción. En consecuencia, la actora interpuso un recurso de apelación que fue desestimado por la Cámara por motivos formales. El caso, finalmente, fue decidido por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. |
14-jun-2016 | M, S N | En el presente caso, se había iniciado una causa a partir de la denuncia de sustracción de elementos electrónicos de un local. Allí, había resultado imputado un grupo de personas a partir del hallazgo de uno de los televisores faltantes en su domicilio. Un año después, el fiscal federal instó la acción respecto a M. por el delito de contrabando en razón de la relación de amistad que mantenía con los imputados. La defensa solicitó que se declare la nulidad del dictamen que ampliaba el requerimiento de instrucción por no satisfacer el requisito de motivación del art. 69 CPPN. |
14-jun-2016 | A., I. y otros | En el presente caso, varias personas habían utilizado pasaportes falsos para ingresar al país. El juzgado de instrucción elevó la causa a juicio por el delito de uso de documento falso destinado a acreditar la identidad de las personas. Ello, pese a que se encontraba pendiente de resolución el pedido de reconocimiento de la condición de refugiados de los individuos implicados en el proceso. Con posterioridad, la Comisión Nacional para los Refugiados hizo lugar al pedido en cuestión. En virtud de ello, la defensa solicitó el sobreseimiento de sus representados por aplicación del art. 40 de la ley 26.165. Dicha norma establece que “…no se impondrán sanciones penales ni administrativas al solicitante de la condición de refugiado por motivo de ingreso ilegal al país, a condición de que se presente sin demora a las autoridades y alegue causa justificada de su ingreso o permanencia ilegal”. |
14-jun-2016 | SAC (Causa Nº 35.41) | SAC inició una información sumaria para conseguir una declaración de idoneidad genérica para iniciar los trámites de adopción internacional y un compromiso documentado de seguimiento de integración postadopción, para el caso de que le fuera otorgada. El juzgado de primera instancia admitió parcialmente la información sumaria y desestimó el compromiso de seguimiento. Contra esa resolución, la pretensa adoptante interpuso un recurso de apelación. |
14-jun-2016 | Aldeguer Tomás v. España | Un ciudadano español requirió una pensión de viudedad después de la muerte de su compañero. Ambos habían tenido una relación marital de hecho. La solicitud fue rechazada debido a que no estaban casados y, en consecuencia, no se podía considerar la existencia de un “cónyuge superviviente” en los términos del artículo 174.1 de la Ley General de la Seguridad Social. La legislación española les había impedido casarse mientras vivieron juntos. Sin embargo, tres años después de la muerte del compañero de Aldeguer, la legislación española posibilitó el matrimonio entre personas del mismo sexo (ley Nº 13/2005). Dicha normativa suprimió la distinción que existía hasta ese momento en torno al derecho a casarse de las parejas homosexuales y las heterosexuales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid no reconoció el carácter retroactivo de la ley Nº 13/2005 con relación al derecho a obtener una pensión de viudedad. Eso, a diferencia de lo que había acontecido con la aplicación de ley Nº 30/1981 –que aludía a la situación de las parejas de hecho heterosexuales– que contenía una cláusula de retroactividad. |
13-jun-2016 | López, César Ángel | El Tribunal Oral condenó al imputado a una pena de prisión en el marco de un acuerdo de juicio abreviado. A su vez, lo declaró reincidente. Ello, pese a que esta última proposición no había sido incluida en el acuerdo. Contra esta resolución, la defensa interpuso recurso de casación. |