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FechaTítuloResumen
5-oct-2017Comunidad Iwi Imemb'yLa comunidad Iwi Imemb’y, que se escinde de la Comunidad Iguopeigendá, habitaba en la provincia de Salta. En el año 2003 fueron desalojados por una empresa propietaria de un ingenio azucarero. Posteriormente, la comunidad Iguopeigendá reclamó judicialmente la reinvindicación territorial y se le devolvieron 52 hectáreas. Sin embargo, a raíz de la violencia que sufrieron sus integrantes, migraron a Buenos Aires, donde algunos arrendaron una hectárea de tierra para el cultivo, que funcionaba, a la vez, como un espacio de encuentro comunitario. Más tarde, se inició una acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de la Plata y se solicitó, como medida cautelar, que se les provea tierras aptas y suficientes para su desarrollo y se les otorgue el título de propiedad comunitaria indígena. El juzgado de primera instancia declaró formalmente inadmisible la acción colectiva y ordenó recaratular la causa como “Amparo ley 16.986”. En consecuencia, la parte actora interpuso un recurso de apelación.
5-oct-2017VBAD (causa Nº 30)Una persona fue procesada por el delito de facilitación de lugar para la comercialización y el uso de estupefacientes, agravado por haberse cometido en un evento público (artículos 10 y 11 de la ley Nº 23.737). Además, se dispuso su prisión preventiva. La defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. El juzgado denegó el pedido. Por tal razón, se interpuso un recurso de apelación. La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario rechazó la impugnación. Para decidir de esa manera, tuvo en cuenta la gravedad del delito y la pena que pudiera corresponderle en caso de ser condenada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
4-oct-2017Almirón (causa Nº 14000695)En enero del año 1977, el gerente de una empresa de transporte denunció a un chofer, dirigente gremial, por presuntas maniobras defraudatorias. El chofer fue detenido y trasladado a una comisaría, donde permaneció durante una semana. Luego, se dictó su procesamiento por el delito de defraudación y se dispuso su alojamiento en una prisión. En abril de ese año se le concedió la excarcelación. En julio de 1984, el chofer denunció al empresario y a tres policías. En particular, manifestó que había sido privado de su libertad de manera ilegítima y que, en la delegación policial, había sido interrogado y torturado. En abril del 2008, prestó declaración testimonial en sede judicial y reiteró su denuncia. Las cuatro personas fueron imputadas por la comisión de delitos de lesa humanidad. En el debate, las defensas sostuvieron, entre otras cuestiones, que no correspondía calificar los hechos como delitos de lesa humanidad y que, en consecuencia, la acción penal se encontraba prescripta. El Tribunal Oral rechazó la solicitud y condenó a los imputados. Para decidir de ese modo, consideró que su detención había tenido lugar en el marco del plan sistemático de la última dictadura militar y se relacionó con la actividad gremial del chofer. Contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos de casación.
4-oct-2017T (Causa Nº 887)Un niño de cuatro años tenía una discapacidad psicosocial. Vivía con su abuela materna –quien a su vez era su guardadora– y con su progenitora. Asimismo, la abuela percibía un programa social y estaba a cargo del hogar, ya que la madre del niño se encontraba desempleada. Tiempo después, el niño fue diagnosticado con un problema cardíaco. Por ese motivo, debió ser sometido a una intervención quirúrgica. En esa ocasión, la abuela y su pareja afrontaron los costos de la operación. Por su parte, el progenitor del niño se desempeñaba como marino y no tenía ningún vínculo con su hijo. A su vez, el hombre había ejercido actos de violencia contra la abuela y la madre del niño. En ese marco, se le había impuesto la prohibición de acercamiento a ambas mujeres. Frente a esa situación, la abuela del niño inició una acción judicial para que se incrementara la cuota alimentaria a favor de su nieto. Debido a que el progenitor demandado no se presentó en el expediente, el juez resolvió aumentarla de manera provisoria. Luego, la empleadora informó el período en el que el accionado había prestado servicios e indicó que había sido desvinculado.
3-oct-2017Jofre (reg. Nº 954 y causa Nº 58073)Un hombre había sido condenado, entre otros delitos, por haber proferido amenazas coactivas contra su pareja. La sentencia no estableció que realizara ningún tipo de tratamiento sobre violencia de género. Al cumplirse el requisito temporal de detención, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional de la unidad se expidió de manera favorable a su otorgamiento. Por su parte, la fiscalía solicitó que se informara si el imputado había realizado alguna terapia vinculada con cuestiones de género. El Servicio Penitenciario informó que no existía pronóstico de reinserción en tal sentido, ya que desconocía la existencia de una condena vinculada a dicha temática. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado rechazó la concesión del instituto. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
3-oct-2017Aloe (causa Nº 67056)Una empresa correntina que se dedicaba a la fabricación y comercialización de productos medicinales alternativos diseñó una campaña publicitaria que se apoyaba en la venta telefónica. Por este motivo, contrató a una empresa de telefonía para habilitar tres líneas: dos comunes y un 0810. La empresa contratada solicitó que se firmaran una serie de documentos. Pese a que la empresa los suscribió y entregó, la línea de 0810 nunca funcionó. Por este mo-tivo, la campaña de publicidad fue un fracaso. En consecuencia, la empresa contratante inició una demanda por daños y perjuicios en concepto de perdida de chance y daños punitivos. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. Contra esa resolución la parte demandada interpuso un recurso de apelación y expresó, entre sus agravios, que la parte acto-ra no había producido prueba.
3-oct-2017KAUna persona solicitó al Ministerio del Interior y Transporte de la Nación que se lo reconozca como refugiado. El ministerio rechazó la solicitud y dispuso que la Dirección Nacional de Migraciones defina su situación migratoria de acuerdo a la normativa vigente. El solicitante interpuso una demanda con el objeto de impugnar la resolución. Con posterioridad, informó que había obtenido la ciudadanía argentina y que, en virtud de eso, desistía del reclamo. El juez de primera instancia declaró extinguido el proceso e intimó al accionante para que pague la tasa de justicia. Contra esa resolución, el actor interpuso un recurso de apelación.
3-oct-2017IMEB (Causa Nº 7009 2017)En el mes de octubre de 2006, una persona de nacionalidad chilena, IMEB, fue condenada en su país a la pena de 30 días de prisión por los delitos de caza y comercialización de especies protegidas. En el año 2013 viajó a Argentina y obtuvo el certificado de residencia precaria, expedido por la Dirección Nacional de Migraciones. Ese año inició los trámites para la concesión de la residencia temporaria. La DNM rechazó la solicitud, canceló la residencia precaria otorgada y declaró irregular su permanencia en el país. Además, ordenó su expulsión y prohibió su regreso por un plazo de 8 años. Para decidir de esa manera, consideró que el antecedente condenatorio registrado en Chile se hallaba vigente en los términos del artículo 51 del Código Penal. Contra esa disposición, se interpuso un recurso de reconsideración. La impugnación fue rechazada por la DNM, por entender que se encontraban reunidas las condiciones del artículo 29 de la ley 25.871. Esa norma prevé, entre las causales de impedimento de ingreso y regreso de extranjeros al país, haber sido condenado por delitos que en Argentina tuvieran previstos pena privativa de la libertad. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de alzada que también fue rechazado. En el mes de junio del 2017, agotada la vía administrativa, se interpuso un recurso judicial. El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia hizo lugar al planteo, dejó sin efecto la disposición impugnada y ordenó que se dictara una nueva disposición. Entre sus argumentos, consideró que la situación de IMEB no se encontraba comprendida en los impedimentos previstos en la Ley de Migraciones. Contra esa decisión, el representante legal de la DNM interpuso un recurso de apelación.
3-oct-2017CS Y MADos personas iniciaron una acción de amparo en representación de su hijo. Dicho reclamo tenía por objeto que su obra social le cubriera una serie de prestaciones indicadas por un médico en razón de la artrofia muscular espinal del niño. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó a la demandada la entrega de Nutrilon, una silla de ruedas motorizada y hacerse cargo de todo gasto que fuera necesario erogar en relación con esa afección. Con posterioridad, por prescripción médica, los padres solicitaron la cobertura del medicamento Nusinersen (Spinraza). Ante la negativa, denunciaron el incumplimiento de la sentencia y requirieron que se intime a la obra social a entregar el medicamento. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición. Contra dicha resolución, la demandada interpuso un recurso de apelación.
3-oct-2017DDG (causa Nº 64326)Una persona fue imputada por la comisión de cuatro hechos delictivos. El primero de ellos consistió en el robo de dinero a un colectivero y del celular a un pasajero. En segundo lugar, se le imputó el robo de una billetera y un teléfono celular al conductor de un vehículo particular. En el marco del tercer hecho, cometido a pocas horas de los anteriores, el imputado habría intentado realizar un nuevo robo pero se descompensó frente a la víctima. Finalmente, en el cuarto hecho, se le atribuyó haber subido a un taxi, presionado el cuello al conductor desde el asiento trasero y exigirle la entrega de su dinero y celular. Una vez logrado el desapoderamiento, descendió del vehículo e intentó huir. Al momento de ser detenido por ese delito, se encontró un destornillador entre sus pertenencias. De los exámenes médicos y sociales practicados, se concluyó que el imputado se encontraba en una situación económica muy precaria y presentaba, desde temprana edad, adicción a sustancias estupefacientes. Los testigos que presenciaron su detención por los tres primeros hechos, declararon que “balbuceaba” y se hallaba “fuera de eje”, “muy excitado” y “con las pupilas dilatadas”. En relación con el cuarto hecho, el conductor del taxi señaló que lo había tomado del cuello con algo “duro” envuelto en un pañuelo. Sin embargo, no dio mayores precisiones sobre el objeto. Durante el debate oral, la defensa sostuvo, en lo que respecta a los primeros tres hechos, que su asistido no había podido comprender la criminalidad de sus actos ni dirigir sus acciones. En esa línea, solicitó su absolución en los términos del artículo 34 del Código Penal y, de manera subsidiaria, por aplicación del principio in dubio pro reo. Con respecto a la cuarta imputación, entendió que no se había acreditado el uso del destornillador. La fiscalía consideró que el imputado era responsable por el delito de robo con arma cometido en tres oportunidades y solicitó la imposición de una pena de cinco años de prisión. Respecto del tercer hecho, postuló su absolución.