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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 27-nov-2020 | RV y RC (causa N° 16897) | Una mujer madre de un niño contrajo matrimonio con un hombre. Luego, el hombre comenzó a maltratarla y le exigió que el niño llevara su apellido. Ante la reiteración de las situaciones de violencia, el hombre fue registrado como su padre. La mujer continuó recibiendo malos tratos y fue amenazada de muerte en diversas ocasiones. Por esa razón, denunció a su pareja reiteradas veces y decidió divorciarse. Al solicitar el divorcio, informó que el hombre no era padre del niño y que tal reconocimiento había sido una decisión unilateral de él. Como consecuencia de dicho aviso, ambos fueron imputados por haber alterado la identidad de su hijo mediante la inserción de datos falsos en la partida de nacimiento (artículo 293, segundo párrafo, del Código Penal). El juzgado dictó el procesamiento de la mujer y su defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, destacó la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba su asistida y señaló que no había tenido libertad en su accionar. En ese sentido, explicó que la conducta reprochada se había tratado de un modo de resguardar su vida. A su vez, requirió la nulidad de las actuaciones por tratarse de un hecho autoincriminatario que tenía como finalidad evitar que la justicia impusiera un régimen de visitas con su expareja violenta. Por último, solicitó su sobreseimiento. El representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó de manera favorable al planteo. |
| 24-nov-2020 | Goldsonic S.A. y otros (Causa N° 1359) | Dos personas físicas y una jurídica fueron acusadas de ingresar al territorio aduanero nacional mer-cadería procedente de Taiwán con una declaración jurada (formulario C) de la Dirección de Lealtad Comercial apócrifa. Esa conducta fue calificada por el fiscal de instrucción como constitutiva del deli-to de contrabando agravado, previsto en los artículos 863 y 865, inciso f, del Código Aduanero. En la etapa de juicio oral, la defensa de una de las personas físicas y de la persona jurídica solicitó la extin-ción de la acción penal con base en el artículo 59, inciso 6, del Código Penal y la ley N° 27.541. En ese sentido, sostuvo que esa normativa permitía cancelar y/o reparar el daño ocasionado a través del pago del monto resultante del perjuicio fiscal en relación con los tributos que hubiera correspondido abonar. Por su parte, la querella expresó que la maniobra imputada no estaba abarcada por la ley de solidaridad N° 27.541, por lo que la solicitud de la defensa devenía improcedente. A su vez, el repre-sentante del Ministerio Público Fiscal se opuso a la extinción de la acción penal en los términos de la mencionada ley y solicitó que, previo a expedirse con respecto a la reparación integral, debía correrse vista a la AFIP-DGA para ver si aceptaba el ofrecimiento. Entonces, la querella expresó que ese institu-to no podía entenderse como el mero pago de la multa aduanera por lo que no resultaba aplicable al caso. Entonces, el fiscal rechazó el pedido de la defensa porque no era posible realizar una reparación integral sin la aceptación de la parte damnificada. |
| 24-nov-2020 | Recomendación General Nº 36 | El Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial emitió la Recomendación General Nº 36 sobre la prevención y la lucha contra la elaboración de perfiles raciales por parte de los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley. El documento puso de relieve que cuestiones como la seguridad nacional, el control de fronteras y el acceso a los servicios sociales, el uso cada vez mayor de las nuevas tecnologías, los macrodatos, el reconocimiento facial, y la inteligencia artificial tienen el potencial de profundizar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas de exclusión y violación de derechos humanos. Además, señaló que si bien en los procesos de toma de decisiones la inteligencia artificial podía contribuir a una mayor eficacia en determinadas áreas, existía un riesgo de sesgo algorítmico cuando se utilizaba en torno a la aplicación de la ley. En ese sentido, indicó que la elaboración de perfiles algorítmicos generaba serias preocupaciones y sus consecuencias podían ser muy graves. |
| 20-nov-2020 | PVP (causa N°6138) | Una mujer trans de nacionalidad peruana y con discapacidad se encontraba en situación de vulnerabilidad. La mujer era portadora de VIH, padecía parálisis en la mitad de su cuerpo como consecuencia de un ACV y no tenía obra social. Además, tenía dificultades para solventar el costo de la habitación de hotel en la que residía que se vieron agravadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio producto de la pandemia. Ante esta situación, se presentó en la sede del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y solicitó asistencia. El pedido no tuvo respuesta. Ante esta situación, la defensa oficial interpuso una acción de amparo contra el GCBA con el objeto de que se ordenara la provisión de una solución estable y permanente que le garantizase el derecho a una vivienda. |
| 20-nov-2020 | Tulini (casa N° 247689) | En el año 1997, una mujer junto a su pareja solicitó los beneficios de la ley Nº 24.374 (Ley Pierri). La norma establecía un régimen de regularización dominial en favor de ocupantes que acreditasen la posesión pública, pacífica y continua durante tres años, con anterioridad al año 1992, y su causa lícita, de inmuebles urbanos que tuvieran como destino principal el de casa habitación única y permanente. Por ese motivo, la pareja declaró bajo juramento poseer en forma pública, pacífica, continua y con causa lícita desde el año 1980 un inmueble que habitaban en la ciudad de La Plata. Además declararon que no eran titulares de otro inmueble con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda y que no habían solicitado en jurisdicción alguna los beneficios de la Ley 24.374, ni de ningún otro régimen de regularización dominial o plan de vivienda social. Entonces, se procedió a la inscripción del acta de solicitud. Sin embargo, el procedimiento no fue finalizado. Con posterioridad, la pareja contrajo una deuda con un particular. Ante el incumplimiento de la obligación, el acreedor judicializó su reclamo y obtuvo sentencia a su favor. Entonces, ejecutó su sentencia y pretendió cobrar su crédito a través de una subasta pública de la vivienda. En el transcurso del proceso, la pareja de la mujer falleció. En ese contexto, la mujer jubilada y con problemas de salud (artritis e hipertensión arterial) solicitó la suspensión de la subasta. En particular, alegó que su vivienda era inembargable e inejecutable automáticamente porque se encontraba afectada como bien de familia según la ley de la provincia de Buenos Aires Nº 14.432. A su turno, la parte actora solicitó la inconstitucionalidad de la norma por entender que era de una competencia del Congreso Nacional no delegada a las provincias. El juzgado declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial y desestimó la solicitud de la mujer. Contra esa decisión, interpuso un recurso de apelación. |
| 20-nov-2020 | Sánchez (causa Nº 165815) | A través de una denuncia anónima, se informó que en una empresa de encomiendas se había recibido una caja que contenía 20 kilos de marihuana, que se encontraba retenida hacía dos días y tenía como destino la ciudad de Ushuaia. El representante del Ministerio Público Fiscal efectuó el requerimiento de instrucción y el juzgado de instrucción dispuso el allanamiento del lugar. Durante el procedimiento, se incautó una caja de resmas de papel que contenía 19 trozos compactos de cannabis, con un peso aproximado de 16, 5 gramos. En su exterior, la caja poseía pegada una fotocopia del DNI de la persona que habría remitido la encomienda. Luego, el juzgado ordenó la entrega controlada del paquete. Entonces, se llevó a cabo el allanamiento del domicilio de la persona a la que iba dirigida, donde se incautaron 6, 69 gramos de marihuana. Por ese hecho, el remitente y el destinatario de la encomienda fueron imputados por el delito de tráfico de estupefacientes, en su modalidad de transporte. Además, el destinatario fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. En la etapa de juicio oral, las respectivas defensas explicaron que la prueba en la que se había sustentado la acusación había sido obtenida de manera ilegítima. Entre otras cuestiones, indicaron que la encomienda había sido abierta por personal de la empresa sin orden judicial y solicitaron que se declarara la nulidad del secuestro del material estupefaciente y de todo lo actuado en consecuencia. En ese sentido, agregaron que tampoco se había mantenido la cadena de custodia de los elementos incautados. Por esa razón, solicitaron la nulidad de todo lo actuado y la absolución de sus asistidos |
| 20-nov-2020 | ONV y GHE (causa N° 14600) | Un hombre fue acusado por haber abusado y agredido sexualmente a tres personas menores de dieciocho años. Entre las víctimas, se encontraban dos hijas de su ex pareja. Durante el debate, la madre de las niñas declaró en calidad de testigo. En esa oportunidad, la mujer atestiguó a instancias del representante del Ministerio Público Fiscal sobre el objeto de la causa y relató agresiones sexuales sufridas por parte del acusado. Entre sus dichos, también manifestó que el hombre había reconocido como biológico a uno de sus hijos pese a no tener lazos sanguíneos con él. Al momento de dictar la sentencia condenatoria, el tribunal advirtió que esta situación podría haber constituido un delito de acción pública y puso el legajo a disposición de la fiscalía. En este sentido, el Ministerio Público Fiscal instó la formación de un expediente contra ambas personas por haber alterado la identidad del niño mediante la falsedad ideológica de su partida de nacimiento. |
| 20-nov-2020 | RNS (Causa Nº 2346) | Un hombre y una mujer se divorciaron y realizaron un convenio regulador. Entre otras cuestiones, acordaron los alimentos del hijo en común. Sin embargo, el hombre incumplió en forma reiterada con esa obligación. Por esa razón, se ordenó la inscripción del hombre en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Dado que el demandado no modificó su conducta, la mujer solicitó a la jueza interviniente que dispusiera la prohibición de salida del país hasta que cancelara lo adeudado. |
| 20-nov-2020 | PVP (Causa N° 6138) | Una mujer trans de nacionalidad peruana decidió emigrar a Argentina en busca de mejores oportunidades. No obstante, 3 años después de vivir en el país, la mujer padecía serios pro-blemas de salud a raíz de padecer hemiplejia espástica toxoplasmosis lo que le ocasionaba una discapacidad. Además, vivía con VIH. Asimismo, le era imposible acceder a un trabajo lo que le generaba serias dificultades económicas. Tampoco tenía un lugar para vivir. Sólo contaba con un subsidio que provenía del programa “potenciar trabajo” del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación que no le alcanzaba para cubrir las necesidades básicas. Por ese motivo, la mujer decidió presentarse en el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a fin de requerir algún tipo de asistencia, pero no recibió respuesta. Luego, solicitó asesora-miento en la defensoría y se envió un oficio al ministerio para que fuera incluida en el pro-grama habitacional, pero siguieron sin recibir una respuesta. En consecuencia, la defensoría inició una acción de amparo habitacional dada la situación de vulnerabilidad de la mujer. Por su parte, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contestó la demanda y rechazó la acción. Entre sus argumentos, sostuvo que la mujer estaba incluida en el programa “Atención para familias en situación de calle” y que por lo tanto percibía un monto mínimo que estaba regulado. Además, resaltó que no se había acreditado la situación de vulnerabilidad de la persona. |
| 19-nov-2020 | Lee (causa N° 2774) | En el marco de la emergencia sanitaria, la provincia de Formosa implementó el Programa de Ingreso Ordenado y Administrado y dispuso que toda persona que ingresara debía hacer cuarentena obligatoria en los Centros de Alojamientos Preventivos. Varias personas quedaron varadas en la provincia del Chaco por más de treinta días a la espera de que se les permitiese ingresar. Por ese motivo, interpusieron una acción de amparo colectivo contra Formosa y solicitaron el dictado de una medida cautelar a fin de que se ordenase el inmediato ingreso al territorio provincial de los ciudadanos. Además requirieron que, en caso de que no existiera infraestructura suficiente para cumplir la cuarentena en los centros provinciales, se les permitiese realizarla en sus domicilios o en hoteles costeados por ellos mismos. El juzgado de Formosa se declaró incompetente por considerar que la materia era una cuestión de competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En octubre de 2020, la Corte solicitó a la provincia que informase la cantidad de pedidos de ingreso que se habían presentado desde la vigencia del programa. El gobierno de Formosa informó que se habían registrado 13317 personas y que, desde la implementación del programa y hasta el 30 de octubre de 2020, se habían efectivizado 5795 ingresos. Además, hizo saber que se registraban 7522 solicitudes pendientes. |
