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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 11-nov-2020 | Martínez (causa N° 278) | Una mujer se encontraba detenida en el marco de una condena a una pena de prisión. Durante su detención, denunció haber sufrido un hecho de abuso sexual con la supuesta conniven-cia de una celadora del penal. Su defensa solicitó la urgente detención domiciliaria de su asis-tida. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó en favor de lo solici-tado. |
| 10-nov-2020 | MC | Una mujer presentaba desde temprana edad dificultades en el aprendizaje y en la posibilidad de establecer vínculos sociales. Por este motivo, necesitó control permanente para determinadas actividades de su vida y para el manejo de su patrimonio. De todas maneras, poseía cierta autonomía que le permitía realizar por si misma actividades personales, emprendimientos sencillos y mantener vínculos sociales simples. Una sentencia judicial había señalado que tenía un ochenta por ciento de incapacidad psíquica y la declaró inhabilitada. Por su parte, su madre percibía una pensión por el fallecimiento de su marido. Luego de la muerte de su madre, su hermano pasó a ser su curador. De esa manera, en su representación, solicitó ante la Caja de Jubilación de Villa María, Córdoba, la percepción de las dos pensiones por fallecimiento correspondientes a sus padres. En ese sentido, presentó diversos certificados y estudios médicos junto a la copia certificada de la sentencia judicial que la había declarado inhabilitada. La junta médica de la Caja de Jubilaciones alegó que no cumplía con los requisitos establecidos en la ley para acceder a tales beneficios y denegó la pensión solicitada. Para decidir de ese modo, consideró que no se había acreditado la incapacidad y que la mujer realizaba ciertas actividades por su propia cuenta. Contra esa resolución, la mujer interpuso un recurso de reconsideración. Ante su rechazo, la mujer presentó junto a su hermano –en calidad de curador– una demanda contenciosa administrativa. Entre sus argumentos, sostuvieron que se había vulnerado el debido proceso adjetivo, el derecho a ser oído y el derecho a ofrecer y producir prueba. |
| 10-nov-2020 | Olivares Muñoz y otros | El 10 de noviembre de 2003, miembros de la Guardia Nacional (cuerpo de naturaleza militar que forma parte de la Fuerza Armada Nacional de Venezuela) ingresaron a la cárcel de Vista Hermosa. Durante el operativo, los agentes realizaron disparos e infligieron patadas y golpes con distintos objetos, incluidos palos y piedras, a varias de las personas privadas de libertad. Como consecuencia, fallecieron siete internos y veintisiete resultaron lesionados. La investigación de los hechos se inició el mismo día por parte de las autoridades competentes. Dentro de las diligencias llevadas a cabo, fueron practicadas las autopsias a los cadáveres de las siete personas fallecidas, seis de las cuales fallecieron por fracturas de cráneo debido a heridas por arma de fuego. Con posterioridad, fueron exhumados cinco de los cadáveres, a solicitud del Ministerio Público. En el informe de exhumación y autopsia se concluyó que no se les había practicado autopsia craneana durante la autopsia realizada con anterioridad, que no se habían tomado fotografías de los cuerpos ni se les realizó radiografía alguna. En marzo de 2004, el Ministerio Público solicitó que se emitiera orden de captura contra cuatro funcionarios de la Guardia Nacional. En noviembre de 2012, el Ministerio Público formuló acusación contra los cuatro imputados por el delito de homicidio calificado con alevosía. En junio de 2014 se dictó el auto de apertura de juicio, mediante el cual fue admitida la acusación del Ministerio Público. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia en diciembre de 2016, absolvió́ a los acusados y dispuso su libertad. |
| 6-nov-2020 | Zalazar (Causa N° 1423) | Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo doblemente agravado por haber sido cometido con armas y en banda, en grado de tentativa, en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado que contempló la imposición de una pena de dos años y once meses de prisión. Además, fue declarado reincidente. La sentencia no se encontraba firme. En este contexto, su defensa solicitó el arresto domiciliario, entre otros aspectos, por ser padre de menores de edad. El juzgado, sin haber dado intervención al asesor de menores, rechazó el pedido. Entre sus argumentos, sostuvo que la referencia genérica a un mayor riesgo de recontagio de COVID—19 en el ámbito carcelario no habilitaba de manera automática la concesión del beneficio solicitado. A su vez, refirió que los hijos del imputado no se encontraban desamparados por estar al cuidado de su madre y que existían riesgos procesales que no habilitaban ninguna medida menos lesiva a la actual. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| 5-nov-2020 | CC (causa N° 38028) | Dos hermanas adolescentes fueron víctimas del delito de abuso sexual agravado con acceso carnal en el predio conocido como “Viejos Talleres” del ex Ferrocarril Sarmiento en la Municipalidad de Morón, provincia de Buenos Aires. Su madre, por derecho propio y en representación de sus hijas, interpuso una demanda contra el Estado Nacional, el Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE), la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), la Municipalidad de Morón y las firmas Trenes de Buenos Aires SA (TBA SA) y América Latina Logística Central SA (ALL Central SA). La presentación individualizó la conducta irregular de la empresa concesionaria y reprochó a la CNRT no haber realizado un control adecuado del modo en que la misma llevaba a cabo sus obligaciones contractuales. En consecuencia, solicitó que se ordenase el pago de un resarcimiento patrimonial por los daños y perjuicios sufridos. Por su parte, la CNRT sostuvo que correspondía a a la empresa concesionaría mantener el buen estado del predio. El juzgado hizo lugar a la acción de manera parcial. Contra esa decisión interpusieron un recurso de apelación la parte actora, el Estado Nacional, la CNRT y la firma ALL Central SA. |
| 5-nov-2020 | EYV (causa Nº 33871) | Una mujer vivía con su hijo y su hija menores de edad en una vivienda de la localidad de Moreno. La mujer había sido víctima de violencia por parte de su expareja, padre de los niños, por lo que se había separado y cambiado de domicilio. Además, interpuso una demanda, en representación de sus hijos, por alimentos. Entre otras cuestiones, el juzgado dispuso el embargo y depósito a favor de la mujer de las asignaciones familiares por hijo. La mujer trabajaba en un comercio mientras sus hijos asistían al colegio. Al declararse la emergencia sanitaria por el virus Covid-19, perdió su trabajo. Por ese motivo, el 31 de marzo de 2020 solicitó a la Administración Nacional de la Seguridad Social –ANSeS– el Ingreso Familiar de Emergencia –IFE–. ANSeS rechazó la solicitud. Entonces, la defensa realizó gestiones ante la Administración para acreditar que la mujer residía con su hijo e hija, que conformaban un solo grupo familiar y que no tenía vínculo con su expareja. El 19 de mayo del mismo año la mujer solicitó nuevamente la IFE. El pedido fue rechazado. ANSeS señaló que se había verificado que la mujer había cobrado una asignación familiar mediante un embargo. La defensa interpuso una acción de amparo con el objeto que se le reconociera el derecho de su asistida al IFE y se ordenase el pago de las sumas correspondientes desde el mes de abril de 2020 hasta la fecha de la interposición de la demanda y las que se liquidasen en el futuro. Al contestar la demanda, ANSeS manifestó que la actora tenía una afiliación como grupo familiar en la obra social de su expareja. El juzgado, previó a resolver la cuestión, solicitó a la parte demandada que acompañase copia del expediente administrativo iniciado por la parte actora. Sin embargo, ANSeS contestó que la inscripción al IFE era virtual y que no existía un expediente administrativo. |
| 5-nov-2020 | Ćwik v. Polonia | Un hombre formaba parte de una banda criminal implicada en el tráfico a gran escala de cocaína a Polonia. En un momento, el hombre quiso empezar a operar independientemente y no dio cuenta de un gran cargamento de cocaína. Luego, la banda lo secuestró y torturó para obtener información sobre la cocaína no contabilizada y el dinero de la banda, grabando algunas declaraciones en una cinta de audio. La policía encontró y liberó al rehén y se incautó el casete del audio. Unos años más tarde, el hombre fue declarado culpable de tres delitos de tráfico de cocaína. El tribunal se basó principalmente en las declaraciones de dos miembros de la antigua banda criminal del demandante, que habían decidido cooperar con las autoridades. También se basó, como prueba complementaria, en la transcripción de las declaraciones tomadas de la grabación de la banda, dictaminando que confirmaban la implicación del demandante en el negocio de la cocaína. En su recurso, el demandante impugnó, entre otras cosas, el uso de la transcripción, alegando que las declaraciones se habían obtenido mediante tortura y que, por tanto, eran inadmisibles. El Tribunal de Apelación desestimó la impugnación, al considerar que la regla de exclusión operaba respecto de conductas cometidas por las autoridades que llevan a cabo la investigación, y no por particulares. Más tarde, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación del demandante por considerarlo manifiestamente infundado. |
| 3-nov-2020 | Fernandez (Causa n°4109) | Un hombre se encontraba cumpliendo una suspensión de juicio a prueba por el término de un año. En ese período, el hombre empujó a una mujer en la vía pública y le arrebató una cadenita de oro que llevaba. Luego intentó alejarse del lugar, pero fue alcanzado por personal policial que lo detuvo. El hombre fue imputado por el delito de robo simple en grado de tentativa. La defensa del imputado se contactó con la damnificada y arribaron a un acuerdo entre las partes mediante el que el hombre le formuló un pedido de disculpas y le ofreció la suma de dos mil pesos. La víctima aceptó el ofrecimiento y solicitó que el importe fuese donado a la Fundación Garrahan. Además, la mujer hizo saber que no deseaba participar de la audiencia y aportó su teléfono para la eventualidad que el Tribunal requiriese contactarla. Entonces, la defensa presentó el acuerdo conciliatorio y solicitó su homologación. La fiscalía se opuso por considerar, entre otras cuestiones, que el hombre se encontraba desarrollando una suspensión del juicio a prueba. |
| nov-2020 | Compensación por daños sufridos en el ámbito carcelario y por deficientes condiciones materiales de detención | El artículo analiza las razones axiológicas y normativas por las cuales, frente al padecimiento de tratos crueles, inhumanos y degradantes durante el encarcelamiento, los jueces deberían habilitar una reducción de la pena privativa de la libertad. Para ello repasa la jurisprudencia del sistema interamericano de derechos humanos, así como también decisiones emitidas en el contexto local. |
| nov-2020 | Revista del MPD N° 15. La defensa de las personas privadas de la libertad | Históricamente, la atención de las personas privadas de la libertad había sido un tema sensible dentro del Ministerio Público de la Defensa; sin embargo, hacia fines del pasado año la Defensa Pública enfrentaba nuevos desafíos, vinculados con la declaración de la emergencia penitenciaria decretada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) advirtió sobre la propagación, a nivel planetario, de un nuevo virus, el Covid-19, y alertó sobre los riesgos de su expansión. Solo dos meses más tarde, ante la pandemia que afrontaba el mundo entero, la Argentina declaró la emergencia sanitaria nacional. Desde entonces, las cárceles se convirtieron en un foco de especial preocupación. A las habituales condiciones de hacinamiento e insalubridad se sumó la necesidad de paliar la propagación del virus Covid-19 al interior de dichas instituciones de encierro. |
