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29-mar-2019DHRJ (Expte. 3225)DH, una mujer trans que trabajaba en un call center, era maltratada y discriminada por sus supervisores debido a su identidad de género. Los maltratos consistían en llamarla por el nombre masculino, obligarla a presentarse como tal ante los clientes que atendía, impedirle el uso del baño para mujeres y sancionarla por tomarse un día para realizar el trámite de cambio de nombre en su DNI. Como consecuencia de las situaciones vividas, la salud de DH se vio deteriorada al punto de requerir una licencia por enfermedad psiquiátrica. La empresa empleadora no tomó medidas para preservar su salud y decidió despedirla antes del alta médica. Por este motivo, DH demandó a la empleadora y a la empresa a la que esta prestaba servicios como solidariamente responsables por el despido injustificado. En su presentación, solicitó una suma de dinero en concepto de daño moral resarcitorio de los perjuicios que se le ocasionaron. El juzgado de primera instancia hizo lugar al planteo y condenó de forma solidaria a las empresas por considerarlas empleadoras a ambas, otorgó un monto de dinero en concepto de créditos derivados de la ruptura del vínculo laboral, incluido el daño moral y estableció un monto por intereses. En consecuencia, las demandadas interpusieron un recurso de apelación.
29-mar-2019Rubio (Expte No. 506904)SV tenía, desde su nacimiento, una deficiencia mental, por lo que en 2006 fue declarada incapaz y se designó curadora definitiva a su hermana CV. Residía en un inmueble con su tía (la señora Rubio) y su tío, con quienes subsistía un conflicto derivado de la compra del terreno efectuada en el pasado por su madre y la negativa de los éstos de otorgar la escritura correspondiente. En 2017, la señora Rubio, solicitó ser la curadora de su sobrina. Entonces, SV se presentó en el expediente y requirió que se adecuara la sentencia a su capacidad real. En ese momento puso en conocimiento del juzgado la existencia de un juicio de desalojo en su contra promovido por su tía, en el cual no se le dio intervención. En el año 2018, la jueza de primera instancia modificó la sentencia y restringió la capacidad de SV para realizar actos de administración y disposición de bienes. Asimismo, determinó que su hermana y su tía ejercieran el rol de apoyo de los actos relativos a la administración y disposición de bienes y representación en juicio. De forma paralela, se desestimó la acción de desalojo, por lo que la señora Rubio interpuso un recurso de apelación. Frente a esto, la Cámara de Apelaciones de la Primera Circunscripción Judicial revocó la sentencia dictada en la instancia anterior e hizo lugar al desalojo. En consecuencia, SV interpuso un recurso de inaplicabilidad de la ley y nulidad extraordinario contra la sentencia.
29-mar-2019Sarso (reg. N° 319 y causa N° 33582)Una persona fue imputada por el delito de alteración de numeración identificatoria y por los delitos de hurto y hurto tentado, todos ellos en concurso real entre sí. Luego, suscribió un acuerdo de juicio abreviado con el representante del Ministerio Público Fiscal en el que solicitó la pena de siete meses y quince días de prisión de ejecución condicional. El tribunal ratificó los términos del acuerdo presentado en la audiencia prevista en el artículo 41 del Código Penal y corrió traslado a las partes a fin de que se expidieran acerca de la procedencia del dictado de una pena única. El fiscal consintió el procedimiento de unificación, pero no especificó el monto de la pena única. A su vez, la defensa manifestó que no se oponía a la aplicación del artículo 58 del Código Penal en la medida en que la unificación postulada no superara la pena única de tres años de prisión. El tribunal condenó al imputado a la pena de siete meses de prisión de ejecución condicional y a la pena única de tres años y siete meses de prisión de efectivo cumplimiento. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que el tribunal debía circunscribirse a los términos del acuerdo abreviado y que no correspondía el dictado de una sentencia de unificación.
28-mar-2019Gómez (causa N° 7969)Un hombre detenido en el Complejo Penitenciario Federal de la CABA poseía parálisis del tronco corporal y cuadriparesia, con incontinencia de esfínteres e imposibilidad de moverse por sí mismo. Por tal razón, su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. Una médica del Cuerpo Médico Forense detalló las dolencias del imputado, sugirió actividades de rehabilitación y concluyó que el contexto de encierro no agravaba su condición. Otro profesional del mismo organismo indicó que el hombre presentaba un déficit neurológico motor crónico, por lo que requería asistencia para las actividades cotidianas. El Servicio Penitenciario Federal informó que el hospital de la unidad contaba con profesionales capacitados para efectuar la rehabilitación física. Sin embargo, señaló que no poseía la infraestructura completa para hacerlo ni personal que pudiera asistir de manera diaria al hombre. El juzgado rechazó la solicitud. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
28-mar-2019Benitez (causa Nº 1529)Una persona viajaba en un ómnibus de larga distancia. Al efectuarse un control rutinario, personal policial le solicitó sus datos personales. Luego, con el objeto de corroborarlos, la trasladaron a una comisaría. Allí, le efectuaron una requisa y le encontraron material estupefaciente. Por ese hecho, fue imputada por el delito de transporte de estupefacientes. La defensa planteó la nulidad de la requisa y solicitó el sobreseimiento de su asistido. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable. El juzgado desestimó el planteo por considerar que la persona había sido trasladada a la comisaría por haber estado “indocumentada". Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
28-mar-2019GSS (Causa N°14569)En el marco de un juicio de alimentos, una mujer –en representación de su hijo menor de edad– pactó una cuota alimentaria con el progenitor. Luego, el hombre se desvinculó de su trabajo y discontinuó el pago de la cuota. Como el hombre no contaba con ingresos formales, la mujer no podía avanzar con el cobro de la cuota. Por esa razón, inició un nuevo juicio de alimentos y demandó a la abuela paterna del niño que tenía un empleo formal. En ese proceso, el juzgado fijó una cuota alimentaria a cargo de la abuela y trabó un embargo sobre sus haberes. Con posterioridad, el progenitor del niño se presentó en esa causa. En la audiencia, ofreció una suma de dinero menor a la que había dispuesto el juez contra la abuela demandada. A su vez, ofreció abonar la cobertura de salud del niño. En esa oportunidad, la progenitora rechazó la afiliación del niño a la obra social dado que ya contaba con una cobertura de salud por trabajar en relación de dependencia. En ese sentido, solicitó una cuota más elevada que la propuesta. Además, pidió que se fijara una pauta que permitiera actualizar el valor. Luego, el Tribunal de Familia hizo lugar al ofrecimiento del hombre por el monto menor que había ofrecido. En consecuencia, dejó sin efecto la cuota alimentaria a cargo de la abuela paterna y levantó el embargo. Sin embargo, no se pronunció sobre lo que había peticionado la mujer en la audiencia. En disconformidad, la actora interpuso un recurso de inconstitucionalidad. En concreto, señaló que la solución impuesta era injusta pues el progenitor del niño se había presentado con el único fin de proteger a su madre. Entre sus argumentos, sostuvo que el monto fijado era bajo dado que el hombre no había acreditado sus reales ingresos en el expediente. A su vez, expresó que la sentencia resultaba arbitraria por no haber atendido sus peticiones en la audiencia celebrada.
27-mar-2019PC (causa Nº 25718)La señora S. era víctima de violencia de género y solicitó medidas de protección (cfr. ley Nº 3040) contra el señor P. La jueza interviniente hizo lugar a la petición y dispuso medidas hasta el 31 de marzo de 2019. Con posterioridad, P. inició una acción de amparo con el objeto de que S. no interrumpiera el embarazo de 3 meses que cursaba. Esto, a fin de que, cuando naciera el bebé, se le practicara una prueba de ADN y, en su caso, si ella no quería criarlo, hacerse cargo del niño.
26-mar-2019Institutos Medicos Antartida (causa Nº 344)BMF sufrió una mala praxis médica durante su nacimiento (25/5/1990) que le provocó una parálisis cerebral. En ese momento, sus padres iniciaron una acción civil por daños y perjuicios contra el médico, el sanatorio y la obra social. En ese marco, el 20 de agosto de 1998 el juez de primera instancia condenó solidariamente a los codemandados a pagar $380.000 a BMF y $20.000 a sus padres. Esta decisión fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil el 30 de mayo de 2003. El 10 de febrero de 2003, Institutos Médicos Antártida decretó su quiebra. Por este motivo, los actores debieron solicitar la verificación del crédito de la indemnización. El juzgado de primera instancia en lo comercial declaró la inconstitucionalidad del régimen de privilegios concursales previstos en los arts. 239, primer párrafo, 241, 242 parte general y 243 parte genera e inc. 2º de la ley Nº 24.522 y verificó el crédito a favor de BMF con privilegio especial prioritario de cualquier otro privilegio. Sin embargo, la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó la sentencia y le asignó a la acreencia el carácter de quirografaria, lo que importó dejar sin efecto también el pronto pago dispuesto por el magistrado de primera instancia. Finalmente, la incidentista y la Defensora Pública de Menores e Incapaces ante la Cámara interpusieron un recurso extraordinario federal.
26-mar-2019Acosta (causa Nº J-01-00103109-7)La señora Acosta padecía cáncer de mama (grado IV), carecía de obra social y se atendía desde hacía cuatro años en el Hospital Municipal de Oncología Marie Curie. El médico que la asistía le prescribió los medicamentos Palbociclib (125 mg) y Fulvestrant (250 mg) como tercera línea de tratamiento. Entonces, Acosta solicitó los medicamentos en el hospital. Sin embargo, la petición fue denegada debido a que no se contaba con la medicación en la farmacia del establecimiento. El Banco Nacional de Drogas Oncológicas tampoco le suministro los medicamentos por no estar incluidos en el Vademecúm. En ese marco, Acosta inició una acción de amparo contra el GCBA con el objeto de que se le proveyeran de manera inmediata los medicamentos que le prescribió su médico. Asimismo, solicitó una medida cautelar que fue concedida por el juzgado de primera instancia. Contra esa resolución, el GCBA interpuso un recurso de apelación en el que sostuvo que la actora habitaba en González Catán y que la demanda debió entablarse contra la provincia de Buenos Aires y contra el Estado Nacional.
26-mar-2019Garcia (causa Nº 7789)Una mujer jubilada de 79 años inició una acción contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se declare inconstitucional el artículo 79 inc, c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nº 20.628. La norma establece que constituyen ganancias de cuarta categoría las provenientes de las jubilaciones, pensiones, retiros o trabajo personal (y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto) y de los consejeros de las sociedades coopeativas. El Juzgado Federal de Concepción del Uruguay Nº 2 hizo lugar a la acción y ordenó a la demandada reintegrar a la parte actora los montos que se le retuvieron desde la interposición de la demanda y hasta el efectivo pago. Además, dispuso que cesara para el futuro la aplicación del tributo con relación a sus haberes previsionales. Apelada la decisión, la Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia. Contra esta resolución, la AFIP interpuso un recurso extraordinario federal que fue parcialmente denegado, lo que originó la presentación de un recurso de queja.