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Título : Gómez (causa Nº 572)
Fecha: 9-jul-2020
Resumen : Una mujer había sido procesada con prisión preventiva por el delito de comercio de estupefacientes agravado por haberse servido de menores y por la intervención de tres o más personas de manera organizada. La mujer solicitó en forma in pauperis que se le concediera la prisión domiciliaria. En la presentación explicó que su pareja se encontraba detenida y que juntos tenían una hija de seis años. En ese sentido, explicó que la niña se encontraba al cuidado de su abuela materna, quien frente a la emergencia sanitaria no podía hacerse cargo de su nieta pues vivía en una situación de hacinamiento. El Consejo Provincial del Niño, Adolescente y la Familia elaboró un informe que señalaba que la niña no poseía derechos vulnerados en relación a la alimentación, vivienda, salud y educación. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera desfavorable al planteo. Por su parte, la defensa fundó y amplió el pedido de arresto domiciliario de su asistida. El juzgado rechazó la solicitud. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. El Ministerio Público Especializado en Minoridad sostuvo que la nena había dejado de visitar a la imputada debido a las medidas de seguridad implementadas por la pandemia y refirió la importancia de su crecimiento junto a su madre. En esa dirección, cuestionó el informe elaborado por el Consejo e indicó que la privación de la libertad de sus padres implicaba una grave afectación a los derechos fundamentales de la niña vinculados a su desarrollo integral. Por otra parte, la fiscalía ante la instancia de apelación explicó que debía velarse por el interés superior de la niña y revocarse la decisión apelada. Por otra parte, la defensa se agravió por la imposición de costas frente a la apelación puesto que le causaba a su asistida un gravamen irreparable.
Argumentos: La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, por unanimidad, hizo lugar a la impugnación, revocó la decisión apelada y concedió el arresto domiciliario a la imputada. Además, la eximió del pago de costas (juezas Aranguren y Gómez y juez Busaniche). 1. Prisión preventiva. Riesgos procesales. Código Procesal Penal. “[S]i a la luz de las normas del nuevo Código Procesal Penal Federal la valoración de los riesgos procesales con relación a los imputados es contraria, en principio, a la concesión de su libertad o de alguna medida de coerción menos intensa, el alegado cumplimiento de algunos de los supuestos previstos por el art. 10 C.P. y 32 de la ley 24.660 impone considerar su procedencia. […] Así, debe señalarse que la ley de ejecución de la pena privativa de la libertad […] deviene de aplicación al presente caso, en virtud de lo estatuido por el art. 11 de la citada norma”. 2. Prisión domiciliaria. Niños, niñas y adolescentes. Interés superior del niño. “[D]e las constancias de autos, surge que la imputada Gómez es madre de una niña […] de 6 años de edad, que estaría al cuidado de su abuela materna […], por lo que se plantea la posibilidad de obtener la detención domiciliaria en un supuesto no contemplado legalmente, toda vez que, si nos atenemos a la literalidad del […] art. 32 en su inciso f) de la ley 24660, T.O. Ley 26472, no resulta aplicable el instituto en análisis. […] Sin perjuicio de ello, aun cuando no le corresponde legalmente a la imputada gozar del beneficio en cuestión, en el presente se ha solicitado la aplicación de un orden normativo superior, debiendo procederse a su consideración”. “Como puede advertirse, la normativa en análisis llama a otorgar particular incidencia en la resolución de la cuestión al ‘interés superior del niño’, por lo que habrá de atenderse a las particularidades de cada caso en concreto, teniendo en consideración que el supuesto previsto por la norma –menor de cinco años- no debe interpretarse como un límite insalvable que impida decretar la detención domiciliaria cuando las circunstancias del caso así lo exijan…”. “[S]in perjuicio de lo concluido [en el informe elaborado por el Consejo Provincial del Niño, el Adolecente y la Familia] y atento que el padre [de la niña] también se encuentra en prisión preventiva por estar imputado en las presentes actuaciones, se estima prudente –en consonancia con lo sostenido por el Sr. Fiscal General y el representante del Ministerio Público Pupilar- otorgar preponderancia al interés superior de la niña, en lo que refiere a la necesidad de tutela y preservación de las relaciones familiares directas, procurando conservar el contacto directo con su progenitora fuera del ámbito carcelario, aun cuando la imputada siga privada de su libertad, rescatando una vez más, la importancia que ello tiene para cualquiera de los protagonistas, por lo que conlleva a una solución diferente a la adoptada por el a quo”. 3. Costas. Prisión preventiva. “[P]or otro lado, la defensa de la imputada sostiene ante esta Alzada los agravios impetrados en relación a la imposición de costas por la presente incidencia […] por considerar que ello le irroga un gravamen irreparable y vulnera derechos fundamentales de su defendida”. “[C]on los elementos obrantes en el presente legajo autoriza a inferir que en el caso, la defensa pudo tener una razonable expectativa a la obtención de la prisión domiciliaria de su defendida, permitiendo tener por conformada la exigencia normativa de ‘razón plausible para litigar’ a la que alude el rito. Esta circunstancia, sumada a la provisionalidad del encierro cautelar y a la posibilidad que otorga la norma procesal de revisión periódica de la situación de privación de libertad de una persona, no habiéndose advertido una utilización irrazonable de dicha facultad, autoriza a dispensar de costas a la encausada por el presente incidente de prisión domiciliaria. […] Por lo expuesto, y atento a cuanto aquí se resuelve, corresponde revocar el punto II) de la resolución recurrida, eximiendo de las costas a la incidentante (arts. 530 y 531 del CPPN)”.
Tribunal : Cámara Federal de Apelaciones de Paraná
Voces: PRISIÓN PREVENTIVA
RIESGOS PROCESALES
CÓDIGO PROCESAL PENAL
PRISIÓN DOMICILIARIA
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
COSTAS
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Gómez (causa Nº 572).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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