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Resultados por ítem:
Fecha | Título | Resumen |
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12-dic-2019 | Leyes Migueles (causa Nº 14462) | Una mujer fue condenada por el delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro años y dos meses de prisión y se encontraba detenida en un calabozo del Escuadrón Nº 10 de la Gendarmería Nacional. El espacio tenía capacidad para albergar a dos personas y alojaba a cinco. La mujer dormía en el piso, no recibía visitas y el único contacto familiar que mantenía era vía telefónica con su hijo de once años. El niño se encontraba al exclusivo cuidado de su abuela materna, quien trabajaba de manera informal en un geriátrico. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria a su asistida. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable. En su presentación la defensa planteó que debía ponderarse de manera primordial el interés superior del niño y garantizar el derecho de la madre de cuidar y mantener contacto directo con su hijo. |
12-dic-2019 | Arce Leon (Causa N° 24537) | Una persona migrante vivía en Argentina y tuvo una hija en el país. Con posterioridad, fue condenado a seis años de prisión por el delito de tráfico de estupefacientes. Por ese motivo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia en el territorio nacional, dispuso su expulsión y le prohibió reingresar de manera permanente. Sin embargo, al momento de notificarle lo resuelto, la DNM no le informó sobre su derecho a contar con representación letrada ni le dio intervención al Ministerio Público de la Defensa. Recién cuando fue retenido pudo tomar vista del expediente administrativo. En esa oportunidad –con la asistencia de la defensa pública– planteó la nulidad de todo lo actuado. Además, manifestó que deseaba quedarse en Argentina junto a su hija.; En ese marco, el hombre interpuso un recurso contra el acto administrativo de expulsión. El juzgado de primera instancia consideró que se encontraba cumplido uno de los impedimentos previstos en la Ley Nacional de Migraciones y rechazó el recurso. En consecuencia, el hombre presentó un recurso de apelación. En su presentación, solicitó la nulidad de la sentencia y de las actuaciones administrativas previas. En ese sentido, sostuvo que la omisión de la DNM de dar intervención al Ministerio Público de la Defensa había afectado su derecho de defensa. |
12-dic-2019 | Asca Lay (Causa Nº 20396) | Un hombre fue acusado, entre otras cosas, de haber privado de la libertad a su ex pareja (RR), de lesionarla, amenazarla y de haber abusado sexualmente de ella (“hechos I y II”). La mujer declaró durante la instrucción antes de que se diera intervención a la defensa del acusado. Luego de eso, RR falleció y, al comenzar el debate, la fiscalía solicitó que se incorporen por lectura sus declaraciones. El tribunal autorizó su lectura pese a la oposición de la defensa. El acusado fue condenado por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haberse cometido con el empleo de violencia y amenazas, y abuso sexual con acceso carnal. Para decidir de esa manera, el tribunal oral valoró las declaraciones de RR prestadas durante la etapa de instrucción. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
10-dic-2019 | Flores (causa Nº 73904) | Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Al momento de su detención, tenía una prótesis en una de sus piernas. Una vez alojado en un complejo penitenciario, una de sus rodillas se infectó y el Cuerpo Médico Forense indicó que la prótesis debía extraerse. Su defensa aportó informes médicos sobre el estado de salud de su asistido y solicitó en reiteradas oportunidades que se le realizara la intervención quirúrgica. Además, el imputado interpuso en tres hábeas corpus por el mismo motivo sin conseguir que se realizase la operación. Después de un año y siete meses de encontrase detenido en prisión preventiva, el imputado fue condenado a la pena de cinco años y diez meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Luego solicitó que se le concediera la excarcelación e indicó que podía vivir en la casa de su padre junto a su familia. El tribunal rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, consideró que la salud del imputado era tratada en el establecimiento penitenciario y que la libertad solicitada no estaba prevista dentro de ninguno de los supuestos contemplados por el artículo 317 del CPPN. Por otra parte, destacó que el monto de la condena era elevado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa planteó, entre otras cuestiones, que la condena no se encontraba firme y que su asistido revestía la calidad de imputado. Además, sostuvo que su salud no se encontraba atendida de forma correcta y que continuaba sin respuesta ante la indicación médica de intervención quirúrgica. Por último, recordó que el hombre contaba con una residencia en la que podía vivir junto con su familia. |
10-dic-2019 | Valiente Escobar (Causa Nº 60941) | Una mujer de nacionalidad paraguaya residía de manera permanente en el territorio nacional junto a su hijo menor de edad. Con posterioridad, fue condenada a la pena de cuatro años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Por este motivo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) encuadró su situación en lo contemplado por el artículo 62 inc. b. de la Ley 25.871, modificada por el DNU Nº 70/17. En consecuencia, canceló su residencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. Contra esa decisión la mujer presentó recursos en sede administrativa. Sin embargo, la DNM rechazó los planteos efectuados. Para así decidir, sostuvo que en el caso se hallaba configurado uno de los impedimentos previstos en el artículo 29 de la Ley Nº 25.871. Por último, el Cotitular de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación se presentó en el expediente y solicitó la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 4, 6 y 7 del DNU Nº 70/2017. Además, solicitò la dispensa por reunificación familiar y arraigo. |
6-dic-2019 | Cam Prado (Causa Nº 2591) | Un hombre de nacionalidad peruana fue condenado en su país a la pena de cuatro años de prisión por el delito de homicidio culposo. Luego de vivir varios años en Argentina, Inició el trámite para regularizar su situación migratoria. En ese momento, había formado pareja, tenía una hija argentina menor de edad y un empleo. Sin embargo, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) denegó la solicitud, declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión. Contra ese decisorio, con la representación de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, presentó un recurso en sede administrativa, que fue rechazado. Por ese motivo, el hombre interpuso un recurso directo. Entre otras cuestiones, alegó que se había afectado su derecho a la reunificación familiar así como el interés superior del niño. En primera instancia, el recurso fue rechazado. Por ese motivo, el hombre interpuso un recurso de apelación. |
6-dic-2019 | Ore Cisneros (Causa Nº 48668) | Dos hombres (OC y CC) fueron acusados, entre otras cosas, de haberse presentado en la casa de una mujer (DS) y de haberla amenazado y golpeado (“hecho 5”). La mujer declaró ante la policía y luego ratificó su declaración durante la instrucción, cuando los dos hombres todavía no habían sido identificados e imputados. La mujer no concurrió a declarar al juicio oral pese a que el Tribunal, ante su ausencia, había reiterado su citación. Por ello, la fiscalía solicitó la incorporación por lectura de su declaración, la que fue autorizada por el Tribunal a pesar de la oposición de la defensa. Los dos acusados fueron condenados por el delito de amenazas coactivas en concurso ideal con el delito de lesiones leves. Para decidir de esa manera se tuvieron en cuenta las declaraciones de DS en sede policial y durante la etapa de instrucción. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
5-dic-2019 | Grandon (causa nº14687) | El 6 de noviembre de 2019, un hombre circulaba alcoholizado en un automóvil y chocó. Al ser asistido por personal policial, se halló droga. El hombre no registraba antecedentes penales, trabajaba y tenía un domicilio donde residía. Por ese hecho, fue procesado con prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. El 13 de noviembre de ese año la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal dictó la Resolución Nº 2/2019. Entonces, la defensa solicitó su excarcelación en los términos de los artículos 210, 221 y 222 del CPPF. En su presentación la defensa sostuvo que el nuevo CPPF constituía una expresión legislativa que caracterizaba la prisión preventiva como una herramienta de aplicación subsidiaria. En tal sentido, consideró que debían aplicarse medidas cautelares menos lesivas para el aseguramiento de los fines del proceso y que la restricción de la libertad debía limitarse a la existencia real de riesgos procesales. En particular, señaló que su asistido poseía arraigo y que no existían medidas de prueba pendientes que pudiera obstaculizar. |
5-dic-2019 | Robles (Causa Nº5791) | Una mujer fue detenida por personal policial en la vía pública. Los agentes la requisaron y encontraron dentro de su cartera tres paquetes con marihuana. Por ese hecho, fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En su declaración indagatoria explicó que su pareja se encontraba detenida y que la había contactado con otra persona que le había pedido recibir un bolso y esperar sus instrucciones. Además sostuvo que desconocía el contenido del bolso que había recibido. El informe socio ambiental señaló que la mujer se encontraba en una situación de vulnerabilidad económica, social y laboral. Asimismo, indicó que había sido víctima de violencia de género durante su infancia y del hombre que era su pareja. El juzgado dictó su procesamiento y ponderó la cantidad de marihuana secuestrada y la forma en la que estaba acondicionada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Por su parte, la fiscalía solicitó su sobreseimiento. El informe socio ambiental señaló que la mujer se encontraba en una situación de vulnerabilidad económica, social y laboral. Asimismo, indicó que había sido víctima de violencia de género durante su infancia y del hombre que era su pareja. El juzgado dictó su procesamiento y ponderó la cantidad de marihuana secuestrada y la forma en la que estaba acondicionada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Por su parte, la fiscalía solicitó su sobreseimiento. En su presentación la defensa planteó que la conducta reprochada era atípica dado que su asistida desconocía que llevaba estupefacientes. Además, sostuvo que no podía acreditarse la ultraintención requerida por la figura. Por último requirió que, en caso de duda, se estuviera a la interpretación de los hechos más beneficiosa a su asistida, sobre la base del principio in dubio pro reo. |
5-dic-2019 | Romero (causa nº10041) | Una mujer fue detenida e imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas. La imputada se encontraba a cargo del cuidado de sus cuatro hijos menores de edad. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El juzgado hizo lugar al pedido. El arresto domiciliario fue revocado por el incumplimiento de las pautas de conducta impuestas. Entonces, la defensa volvió a solicitar su concesión. La fiscalía se pronunció de forma desfavorable y el juzgado rechazó el planteo. La resolución fue dictada sin haberle dado intervención a la asesoría de menores. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la resolución. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Por otra parte, la Unidad Funcional de Personas Menores de 16 años, en representación de los hijos de la imputada, solicitó que se hiciera lugar al planteo a fin de garantizar el interés superior del niño. |