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Título : Arce (causa N° 1253)
Fecha: 2-ago-2021
Resumen : Una mujer había sido madre cuando era adolescente. También fue víctima de violencia familiar y de género, y durante su adultez ejerció la prostitución. A lo largo de su vida estuvo en situación de calle y padeció un consumo problemático de estupefacientes. Un día, un cliente le entregó un paquete para que despache en el Correo Argentino. En el envío postal consignó ropa de bebé con destino a Grecia, pero la encomienda contenía oculto 665 gramos de cocaína. Por este motivo, se le imputó el delito de contrabando de exportación agravado en grado de tentativa. Las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. La representante del Ministerio Público Fiscal consideró el escenario persistente de exclusión social de la mujer y dictaminó que se encontraba lesionado el principio de proporcionalidad de las penas. De esa manera, las partes acordaron una pena de prisión por debajo del mínimo legal.
Argumentos: El Tribunal Oral Penal Económico N° 1, de manera unipersonal, declaró la inconstitucionalidad del artículo 866 segundo párrafo del Código Aduanero en lo relativo al mínimo de la pena de prisión y dejó en suspenso la condena impuesta a la imputada (juez Losada). 1. Juicio abreviado. Contrabando. Determinación de la pena. Vulnerabilidad. Razonabilidad. Principio de proporcionalidad. Cárceles. Personas privadas de la libertad. Reinserción social. Finalidad de la pena. “[I]ndependientemente de la conducta específica y de la escala amenazada en abstracto, es menester analizar las circunstancias de la causa y los factores personales que adviertan la eficacia de la reforma y adaptación social de la imputada como fin de la pena a imponer […]”. “[E]s del caso indagar cuál es el sentido de resocialización que tiene hoy la aplicación a su respecto de una pena de prisión de cumplimiento efectivo. Si por su propia naturaleza tal resocialización implica adquirir la capacidad de comprender y de respetar la ley […] y de integrarse en la sociedad según sus parámetros normales cabe preguntarse si el encierro de [la imputada] logrará esos fines o si, por su propia historia personal de exclusión social incluso en libertad, de hecho el mismo sólo contribuirá a profundizar esa marginalización. En todo caso, como se propondrá, esa integración social debe hacerse por un medio distinto al encierro”. “[E]l cumplimiento de tal pena por parte de [la mujer] en un establecimiento carcelario resulta desproporcionado a hoy constitucional y convencionalmente. La razonabilidad constitucional de una determinada pena sólo debe importar en su ejecución las mortificaciones naturales que deriven de ella. Cuando dichas mortificaciones exceden dicho alcance, la pena deja de ser razonable y, por ende, constitucional (CSJN Fallos 312:857). Por ello mismo, un Estado democrático de Derecho no puede consagrar soluciones injustas a los conflictos a sabiendas de tal injusticia”. 2. Contrabando. Código Aduanero. Declaración de inconstitucionalidad. Determinación de la pena. Monto mínimo. Condena condicional. Principio de proporcionalidad. “[L]a declaración de inconstitucionalidad de una ley es un acto de suma gravedad institucional, pues las leyes sancionadas con arreglo a su propio régimen gozan de una presunción de legitimidad que sólo puede ser destruida cuando la lesión al derecho de que se trate no pueda ser reparado de ninguna otra forma. En el caso, como se ha dicho, la única opción para ello, atento el mínimo legal aplicable respecto a la pena de prisión es la declaración de inconstitucionalidad del mismo pues no cabe interpretación posible que consagre la justa solución al respecto sin prescindir de su letra”. “[S]erá declarado inconstitucional el art. 866 2do párrafo del CA en lo relativo al mínimo de su escala de prisión por lesión al derecho de la imputada a la proporcionalidad de las penas y, a su partir, será aplicada una pena de prisión que permita su cumplimiento en suspenso, esto es, tres (3) años o menos (arts. 26 del CP y 861 del CA)”. 3. Vulnerabilidad. Responsabilidad del Estado. Poder Judicial. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Medidas de acción positiva. Género. Asistencia social. “[E]l Tribunal no puede permanecer indiferente a la realidad social que le toca juzgar en cada uno de los casos. Se ha dicho ya que resocialización a través de una pena de encierro en el caso de [la imputada] no resulta posible. Sin embargo, su situación de vulnerabilidad social subsiste a la fecha –recuérdese en ese sentido que es una persona joven, con domicilio inestable, sin familia fija y que no posee empleo fijo alguno (dijo ser ´cartonera´)–, Los derechos a la vida y a la dignidad e integración personal de todo ser humano consagrados por los arts. 1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos establecen deberes positivos en los Estados respecto a la adopción de medidas preventivas concretas no sólo frente a conductas de terceros que pongan la vida en riesgo sino también en el ámbito de la integración social considerada en sentido amplio (salud pública, laboral, familiar). Esa responsabilidad, por lo demás, se extiende a cualesquiera de los poderes públicos, entre ellos el Poder Judicial, dentro de sus respectivas esferas de actuación”. “[S]e librarán oficios a los Ministerios de las Mujeres, Géneros y Diversidad y de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires a fin de que, dentro de sus correspondientes ámbitos, consideren la posibilidad de incluir a la imputada en alguno de los programas existentes de asistencia social”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 1
Voces: JUICIO ABREVIADO
CONTRABANDO
DETERMINACIÓN DE LA PENA
VULNERABILIDAD
RAZONABILIDAD
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
CÁRCELES
PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD
REINSERCIÓN SOCIAL
FINALIDAD DE LA PENA
CÓDIGO ADUANERO
DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD
MONTO MÍNIMO
CONDENA CONDICIONAL
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
PODER JUDICIAL
CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
MEDIDAS DE ACCIÓN POSITIVA
GÉNERO
ASISTENCIA SOCIAL
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Roldán (reg. N° 656 y causa Nº 104)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Tejeda y otros (causa N° 12459)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Arce (causa N° 1253).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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