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Título : Sandoval y otros (causa N° 787)
Fecha: 12-ago-2021
Resumen : Un grupo de vecinos denunció que en un domicilio había un cultivo ilegal de marihuana. Ante esta situación, la Delegación de Toxicomanía Valle Media de la Policía de Río Negro solicitó la apertura de una investigación judicial. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal presentó el requerimiento de instrucción y solicitó la corroboración del hecho. De esa manera, el tribunal interviniente encomendó a la policía provincial que en el plazo de tres días determinara con datos objetivos si en el domicilio identificado se desarrollaban actividades en infracción a la ley N° 23.737. La tarea de investigación se llevó a cabo mediante el uso de un dron. Como resultado de esta diligencia, se identificaron plantas de cannabis a partir de un específico control, seguimiento y enfoque de zoom del dispositivo. Asimismo, desde la toma aérea se obtuvieron fotografías del patio de la vivienda lindante. Los subinspectores a cargo de las actuaciones policiales solicitaron la autorización de una orden de allanamiento respecto de ambos domicilios. Durante el allanamiento, en uno de los domicilios se constataron cuatro plantas de marihuana. En consecuencia, los habitantes del lugar fueron imputados. Contra esta medida, la defensa de una de las personas planteó la nulidad de la orden de allanamiento. En su presentación, sostuvo que esta orden se había respaldado de forma exclusiva en las tareas iniciales efectuadas mediante el uso de un dispositivo dron, cuyo empleo no había sido autorizado por una orden judicial previa. El tribunal rechazó el planteo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca declaró la nulidad del auto que dispuso el allanamiento de la vivienda del imputado (jueces Gallego y Lozano).
Argumentos: 1. Derecho a la intimidad. Estupefacientes. Cultivo de estupefacientes. Dron. Inviolabilidad de domicilio. Vivienda. Derecho a la privacidad. Razonabilidad. “[E]l mandato impartido por el juez fue insuficiente para avanzar sobre la garantía [de inviolabilidad de domicilio] del modo en que se lo hizo. Es que aun cuando no escapa a ese análisis la ´tensión´ que las nuevas tecnologías generan sobre el derecho a la intimidad (art. 19 de la CN), sobre todo por el aumento de eficacia que su empleo depara en la investigación de delitos, una adecuada compatibilización entre ese interés general y el individual comprometido –nada menos que el derecho a la intimidad que se ejerce en el domicilio, lugar en el que, como es sabido, encuentra si se quiere el mayor ámbito de expresión y concreción (art. 18 de la CN)– […]. En esa inteligencia piensa este cuerpo que el patio de una vivienda es un espacio en donde se abriga una importante expectativa de privacidad pues en ese marco es razonable suponer que las personas llevan a cabo actividades que querrían mantener fuera de las miradas extrañas y que –esto es lo relevante– no desarrollarían de saber que sí pueden ser observadas por terceros o por el Estado sin una concreta habilitación jurisdiccional”.
2. Dron. Procedimiento policial. Allanamiento. Derecho a la intimidad. Inviolabilidad de domicilio. Orden Judicial. Principio de proporcionalidad. Deber de fundamentación. Prueba. “[U]na actividad estatal que avance sobre [la] garantía [de inviolabilidad del domicilio] reclama —por su intensidad— una habilitación expresa que sopese la necesidad y proporcionalidad de tal medida de intrusión en función del bien que se intenta preservar y el derecho en juego”. “[N]o se busca censurar la toma de imágenes aéreas ni la utilización de este tipo de dispositivos o de otros medios tecnológicos que faciliten las tareas investigativas en aras de la prevención general, sino determinar los alcances y requisitos mínimos para la disposición de esas injerencias estatales en lugares o espacios en los que, como aquí acontece y quedó dicho, es razonable colegir que existe una expectativa de intimidad legítima que, como tal, debe ser preservada”.
Tribunal : Cámara Federal de Apelaciones de General Roca
Voces: DERECHO A LA INTIMIDAD
ESTUPEFACIENTES
CULTIVO DE ESTUPEFACIENTES
DRON
INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
VIVIENDA
DERECHO A LA PRIVACIDAD
RAZONABILIDAD
PROCEDIMIENTO POLICIAL
ALLANAMIENTO
ORDEN JUDICIAL
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
DEBER DE FUNDAMENTACIÓN
PRUEBA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=SG (causa Nº 1110)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= NN (causa Nº 17673)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= California v. Ciraolo
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Florida v. Riley
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Sandoval y otros (causa N° 787).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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