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FechaTítuloResumen
5-ene-2023Soria (FSA 3650/2021)La defensa oficial solicitó el acceso al original de prueba documental en poder de la fiscalía con el propósito de realizar una pericia caligráfica. La fiscalía rechazó el pedido por lo que la defensa solicitó al juez la habilitación de la feria judicial y el acceso a esa prueba documental. Entre sus argumentos, sostuvo que esa prueba documental era necesaria para la construcción de la teoría del caso y para poder presentarla como prueba en la próxima audiencia de control de acusación.
31-dic-2022Derechos humanos de las personas mayores y sistemas nacionales de protección en las AméricasLa Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó un informe sobre la situación de los derechos humanos de las personas mayores en las Américas. Allí, dio cuenta de las principales preocupaciones y desafíos respecto de las personas mayores en la región. Además, resaltó buenas prácticas estatales en torno de los sistemas nacionales de protección. Luego, recomendó a los Estados que adoptasen legislaciones, políticas públicas y prácticas y que crearan instituciones especializadas para la protección adecuada de ese grupo, acorde con los estándares internacionales en la materia.
29-dic-2022Lopuzzo (Causa N° 25)Una persona fue imputada por el delito de contrabando de importación de mercadería, en la que se había acompañado una factura falsa necesaria para realizar la operación, donde se había consignado mercadería diferente de la que arribó al país. En la etapa de juicio oral, la defensa solicitó la extinción de la acción penal en los términos de la ley N° 25.541 y que se declarara el sobreseimiento de su asis-tida. Además, agregó que, en virtud de la ignorancia sobre el monto de la obligación tributaria a regu-larizar conforme al nuevo régimen, dejaba planteada la suspensión de la acción penal. El tribunal oral ordenó una serie de medidas para corroborar si correspondía la aplicación del instituto solicitado. En enero de 2021, la División Control y Fiscalización Simultánea de la Dirección General de Aduanas re-mitió un informe técnico que decía que la liquidación correspondiente a los tributos adeudados era de $16.085.062. Sin embargo, en marzo de ese año, la Sección Recaudación de la Dirección General de Aduanas, consignó que el importe a abonar ascendía a $ 46.446.820,19. Entonces, la represen-tante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se requiera a la Aduana un amplio informe esclarece-dor, en atención a la discordancia advertida. Por esa razón, el tribunal encomendó a la AFIP la realización un nuevo informe del que se despren-diera si la imputada había regularizado los tributos adeudados. En consecuencia, se incorporaron cuatro informes. Entre otras cuestiones, se refirió que la contribuyente había consolidado un plan de pago que se encontraba cancelado. También se explicó que la diferencia de montos existente entre los informes presentados con anterioridad obedecía al tipo de cambio aplicado a los conceptos con-signados en dólares, ya que el primero hacía referencia al tipo de cambio a la fecha de cierre de la verificación y el segundo aplicaba el tipo de cambio correspondiente al del día anterior del efectivo pago. Finalmente, indicaron que el importe a considerar era el informado por Sección Recaudación, por lo que la pretensión fiscal no se encontraba satisfecha. Por su parte, la defensa explicó que se habían cumplido las previsiones legales establecidas en el Código Aduanero para la cancelación de los tributos. En ese sentido, dijo que la normativa establecía que el momento imponible para la determi-nación de los tributos que gravaban la importación era la fecha de oficialización de la destinación o, en el caso, la del cierre de la verificación que ha sido el momento de constatación del hecho irregular atribuido a su asistida. Entonces, adujo que frente a ese acto administrativo regular del ente recau-dador la contribuyente había actuado conforme al mismo y que debía extinguirse la acción penal. Por su parte, la fiscal entendió que no debía acogerse el planteo extintivo de la defensa hasta que se die-ra cumplimiento a la cancelación total de los montos determinados por el organismo recaudador. En ese sentido, expresó que el pago podía ser total o a través del acogimiento a planes en ese momento vigentes (ley N° 27.653).
29-dic-2022Casco (causa N° 25170)En el marco de una causa penal, un hombre había sido condenado a la pena de seis años de prisión y una multa de ocho mil pesos. Además, el tribunal oral lo declaró reincidente y dispuso que el cumplimiento de la pena se realizara bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Tiempo después, se incorporó al condenado al régimen de libertad asistida y se le impusieron ciertas pautas de conducta. Sin embargo, luego de cuatro meses fue procesado en el marco de otra causa penal y se dispuso su prisión preventiva. Para decidir de esa manera, el juzgado interviniente sostuvo que había cometido un nuevo delito mientras se encontraba bajo el régimen de libertad asistida. En consecuencia, el tribunal oral de la primera causa revocó la libertad asistida. En sus fundamentos, afirmó que haber tenido inconvenientes con la ley era suficiente para tener por incumplidas las pautas de conducta. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que no debía revocarse la libertad asistida sin que hubiera una sentencia condenatoria firme respecto al segundo hecho investigado.
29-dic-2022ML (Causa N° 28019)Un hombre difundió imágenes y grabaciones íntimas de su ex pareja en páginas de contenido pornográfico sin su consentimiento. Por ese motivo, en 2021 la mujer inició una demanda de daños y perjuicios. En ese marco, solicitó como medida cautelar un embargo sobre los bienes del demandado a fin de asegurarse el cobro de una eventual indemnización. El juzgado hizo lugar al pedido y, en virtud de ello, dispuso distintas diligencias procesales para concretar el embargo. En octubre de 2022, el demandado planteó la caducidad de instancia. En su presentación señaló que había transcurrido el plazo legal sin que la mujer impulsara el proceso. El juez admitió el planteo. Para decidir de esa manera, consideró que las diligencias vinculadas a medidas cautelares no implicaban un impulso procesal del expediente. En consecuencia, la mujer interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que no se había tenido en cuenta la situación violencia de género que había sufrido ni lo previsto por la ley Nº 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. A su vez, la mujer destacó que la decisión implicaba promover una nueva demanda, lo que ocasionaba una revictimización y generaba un retardo en la resolución del caso.
28-dic-2022CJN (Causa N° 558)Un niño se encontraba en situación de vulnerabilidad socioeconómica ya que sus progenitores no podían asumir su cuidado. Por un lado, nunca había tenido vínculo con su padre, y por el otro, su madre había sufrido situaciones de violencia intrafamiliar que le impidieron asumir el cuidado de su hijo. En virtud de ello, se adoptó una medida excepcional a favor del niño. Luego, se intentaron distintas estrategias para reinsertarlo en su familia de origen. Sin embargo, ello no fue posible. Asimismo, como el niño no contaba con otros referentes afectivos que pudieran cuidarlo, ingresó en un dispositivo de cuidado institucional (DCI). En ese marco, la Secretaría de Niñez de la provincia de Tucumán solicitó al juzgado interviniente que se declarara el estado de adoptabilidad. El Ministerio de Niñez local adhirió al pedido. En agosto de 2021 se hizo lugar a lo requerido. En consecuencia, la sentencia implicó la privación de la responsabilidad parental de ambos progenitores, de acuerdo a lo que establecía el artículo 700 inciso d del Código Civil y Comercial de la Nación. Luego, el Registro Único de Adoptantes informó que el niño no estaba en condiciones emocionales de afrontar un nuevo proceso de vinculación. Por ese motivo, sugirió que era necesario que se le brindara un espacio terapéutico y que continuara con el acompañamiento por parte de la institución en la que estaba alojado. Con posterioridad, la madre –que vivía en la provincia de Río Negro– se presentó en la institución y en la defensoría para retomar contacto con su hijo. A partir de ese momento, la psicóloga incorporó a la mujer a las sesiones a fin de fortalecer el vínculo con el niño. También participó en ese proceso la hermana unilateral del niño, que vivía con la madre. En ese contexto, el Ministerio de la Niñez requirió que se rehabilitara la responsabilidad parental de la progenitora. A su vez, el DCI presentó una nota escrita por el niño en la que expresaba su deseo de volver a vivir tanto con su mamá como con su hermana. La jueza le dio a esa nota el tratamiento de un recurso de revocatoria in extremis.
28-dic-2022Varacalli (causa N° 801 y reg. N° 1820)Una mujer, su hijo de once años y su pareja fueron captados y acogidos con fines de explotación laboral por dos personas. Por ese hecho, fueron imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, agravado por mediar engaño, por la cantidad de víctimas, por el abuso de su situación de vulnerabilidad, por haberse consumado la explotación y por haber sido cometido en perjuicio de un menor de edad. Las víctimas no se constituyeron como parte querellante en el proceso penal.; En la etapa de juicio oral, la defensa particular de las personas imputadas solicitó su sobreseimiento. Al contestar la vista, el representante del Ministerio Público Fiscal retiró la acusación. Entre sus argumentos, sostuvo que el hecho investigado no encuadraba en ninguna figura legal. Entonces, el tribunal oral las sobreseyó. Para decidir de esa manera, se basó en los lineamientos fijados en el precedente “Tarifeño” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese sentido, señaló que la víctima no constituida en parte querellante en el proceso carecía de la facultad de ejercer la acción penal conjunta o de manera alternativa con el Ministerio Público Fiscal. Por último, expresó que el fiscal había valorado de manera minuciosa los elementos probatorios reunidos durante la instrucción y había concluido que no se había configurado ninguna conducta delictiva.; La Defensoría Pública de Víctimas, en representación de la mujer, interpuso un recurso de casación contra la resolución que declaró el sobreseimiento. Entre otras cuestiones, argumentó que se había vulnerado el derecho de la víctima a ser oída con las debidas garantías. Además, expuso que se había violado el principio de preclusión cuando se dispuso el sobreseimiento de las personas imputadas por supuestos no habilitados por la ley procesal. Asimismo, refirió que se había omitido realizar el debido control jurisdiccional sobre el dictamen fiscal. Por último, indicó que la resolución impugnada había desconocido el derecho de la víctima a contar con la asistencia de la Defensoría Pública de Víctimas, por lo que afectó el debido proceso y el derecho de defensa en juicio de su asistida.
28-dic-2022Gallegos (causa N° 32000769)Un hombre cumplía pena en un establecimiento carcelario. Tenía tres hijos menores de edad que estaban a cargo de su abuela. La defensa solicitó que se le concediera una morigeración en el cumplimiento de la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria con salidas laborales y con dispositivo electrónico. En ese contexto, el Equipo Interdisciplinario de la Comuna de Chabas elaboró un informe ambiental y confirmó que la presencia del hombre en el domicilio resultaba indispensable para el bienestar físico y psicológico de sus hijos y para contribuir al sustento económico familiar. Además, se pidió un informe ambiental en el lugar donde cumpliría su actividad laboral. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable.
28-dic-2022Cabezas (Causa N° 11572)En el marco de una causa relacionada con delitos de trata de personas agravado, el juzgado interviniente ordenó el procesamiento de las personas imputadas sin prisión preventiva. Frente a esta decisión, la parte querellante (Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación) interpuso un recurso de apelación, donde solicitó la prisión preventiva de los acusados. Al momento de resolver, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal declaró mal concedido el recurso. En consecuencia, la querella interpuso un recurso de casación, cuya denegación motivó la presentación de una queja.
27-dic-2022Peñaranda Ibarra (causa N° 4835)Una persona de nacionalidad boliviana había sido condenada a una pena de cuatro años y cuatro meses de prisión. El 19/9/2023 cumplía la mitad de la condena. Sin embargo, su defensa pidió la expulsión anticipada. Entre sus argumentos, tuvo en cuenta que la persona era el único sostén de su grupo familiar. Asimismo, señaló que –ante su detención– su hermana se hizo cargo de los niños y tuvo que abandonar sus estudios. Por otra parte, acompañó un informe social que daba cuenta de que sus padres se encontraban en una situación de salud delicada. Por último, sostuvo que la persona no contaba con antecedentes penales y poseía disposición migratoria firme y consentida que lo declaraba irregular en el país y ordenaba su expulsión. Más allá de que no poseía la mitad de la condena cumplida solicitó que se ordenara su inmediata expulsión del país a Bolivia por razones humanitarias. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal y el Asesor de Menores interviniente acompañaron lo solicitado por la defensa.